1000 resultados para LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN


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La investigación Opinión pública 2.0 en el entorno de Twitter respecto al proyecto de Ley Orgánica de Comunicación en Ecuador realiza una aproximación desde el análisis de contenido a los mensajes de Twitter respecto al asunto de la Ley en cuestión. Muestra la diversidad de opiniones de una comunidad dialogante que trata de aportar con ideas a la discusión política de la Ley en el seno de la Asamblea Nacional. Los datos muestran que existe un imaginario de censura y coartamiento a las libertades pero al mismo tiempo la necesidad de impostar una ley que cambie el panorama comunicacional del Ecuador, acorde con las exigencias del mandato popular. Aunque existe esta dicotomía, el trabajo muestra que a partir de estas evidencias es necesario pensar la noción de comunidad social y comunidad democrática a partir de la idea de la conversación, base de lo que acontece en Twitter. El autor asimismo plantea la necesidad de pensar una nueva formación social, cual es la opinión pública 2.0 diferente a las clásicas convenciones que se tienen de esta.

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De acuerdo con la información aportada por el Instituto Nacional de Evaluación (2012), España ha participado en las ediciones de 1990, 2006 y 2011 de PIRLS y en las ediciones de 1995 y de 2011 de TIMSS. Por otra parte, en el año 2009, nuestro país participó por primera vez en el Estudio Internacional de Civismo y Ciudadanía (Instituto de Evaluación, 2010). Finalmente, España participa en el Programa para la Evaluación Internacional de los Alumnos (PISA). Por otra parte, junto a estas evaluaciones internacionales, tanto a nivel estatal como autonómico, se han implementado otras pruebas externas. Esta tendencia se ha visto reafirmada y ampliada por la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), aspecto que será analizado en esta comunicación. La proliferación de estas prácticas puede ser analizada desde diversas perspectivas. En esta comunicación se realiza una aproximación sustentada en numerosos escritos recientes (Pérez y Soto, 2011, Perrenoud, 2008; Stake, 2006), que advierten sobre los impactos de los sistemas de evaluación en las prácticas de enseñanza. Por otra parte, desde esta aproximación crítica, se sostiene que las evidencias sobre lo que éstas aportan para la mejora de la educación no parecen ser tan abundantes.

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Desde 1980 hasta 2010, la población penitenciaria no dede crecer. Sin embargo, desde 2010 esta tasa se está reduciendo. En este trabajo se trata de buscar una serie de explicaciones para este aumento, y para la posterior reducción. Se pone especialatención en la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010, que supuso una extensa reforma del Código Penal. Con esta Ley Orgánica, se introdujo la posibilidad de reducir en un grado ciertas conductas contra la salud pública, en forma de subtipo atenuado.Esto puede haber supuesto un efecto considerable sobre la reducción de las tasas de encarcelamiento. Para estudiar el efecto de este nuevo subtipo, se realiza una pequeña investigación cuantitativa sobre una muestra de sentencias por delitos contra la saludpública. Después, se muestran los resultados y se proponen nuevas líneas de investigación.

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La abdicación del Jefe del Estado es el acto que inicia la sucesión, siendo la proclamación del nuevo rey el que la culmina. La intervención de las Cortes queda, entonces, garantizada si se hubiera optado por un acto complejo en el que el rey solemniza su decisión de abdicar ante las Cortes Generales, reunidas en sesión conjunta y acto seguido el príncipe se proclama como jefe del Estado ante las cámaras y procede a realizar el juramento que le exige la Constitución. La sucesión, que es el acto relevante para el Estado, se inicia y se culmina en el Parlamento. Lo que debiera haber solucionado esa ley orgánica es cómo se traduce jurídicamente esta formalización, así como los requisitos a cumplir para su validez legal.

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La abdicación del Jefe del Estado es el acto que inicia la sucesión, siendo la proclamación del nuevo rey el que la culmina. La intervención de las Cortes queda, entonces, garantizada si se hubiera optado por un acto complejo en el que el rey solemniza su decisión de abdicar ante las Cortes Generales, reunidas en sesión conjunta y acto seguido el príncipe se proclama como jefe del Estado ante las cámaras y procede a realizar el juramento que le exige la Constitución. La sucesión, que es el acto relevante para el Estado, se inicia y se culmina en el Parlamento. Lo que debiera haber solucionado esa ley orgánica es cómo se traduce jurídicamente esta formalización, así como los requisitos a cumplir para su validez legal.

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