773 resultados para LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL


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[ES]Se analizan las repercusiones que la legislación y las nuevas tecnologías tienen en las bibliotecas en relación a la propiedad intelectual. También se examina el papel que han de tener las bibliotecas en la gestión de aspectos de la propiedad intelectual y las opciones alternativas de publicación en el ámbito académico (Open Access, repositorios)

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2015 se recordará como el gran año del cambio en los medios de comunicación, especialmente para la prensa. A lo largo del mismo se ha llevado a cabo una enconada lucha entre los editores y Google News, a la que se han sumado Yahoo News, Facebook, LinkedIn, Twitter, etc., para determinar quién debe pagar por los contenidos, quién los creará, quién los distribuirá y quién y cómo los leerá. Nuevos pactos para nuevos lectores. Nuevos acuerdos para reflotar económicamente la prensa. Y todo ello bajo el paraguas de la Ley de Propiedad Intelectual en España y otras similares que se irán publicando o adaptando en Europa. Se ofrece un estudio y análisis de la situación previa al establecimiento de dicha ley y las consecuencias de su aplicación.

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Mediante una revisión de la normativa vigente sobre el derecho de obtentor en torno a las “variedades esencialmente derivadas” en nuestro país, determinaremos en que medida la aplicación práctica de este derecho, vulnera los intereses nacionales, especialmente en el ámbito de la biodiversidad y el derecho del agricultor, con el objeto de plantear una propuesta de reforma a la Ley de Propiedad Intelectual. Este trabajo está desarrollado de la siguiente manera: El capítulo I trata de temas generales como la importancia de la protección de las variedades vegetales, su evolución, una reseña histórica de la protección legal, una revisión de conceptos como variedad y obtentor y de los requisitos para la protección de este derecho y finalmente las similitudes y diferencias con el sistema de patentes. El capítulo II versa sobre las variedades esencialmente derivadas en el marco de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, con el fin de entender como y porqué surgió este nuevo concepto. El capítulo III trata sobre la incidencia de las variedades esencialmente derivadas en la Decisión 345 y en la Ley de Propiedad Intelectual, se analiza la situación expuesta con casos prácticos en el registro de variedades esencialmente derivadas y finalmente se elabora una propuesta de reforma a la Ley de Propiedad Intelectual, con la que se busca encontrar un equilibro entre los obtentores y los intereses nacionales en este ámbito.

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En el presente texto se busca mostrar las capacidades explicativas que puede tener la conjunción entre las perspectivas de la ética hacker y la defensa de la propiedad intelectual para dar cuenta de las reacciones generalizadas de rechazo ante las normatividades de derechos de autor en el espacio digital. Así, se lleva a cabo un resumen de los principios de cada una de estas perspectivas dando cuenta de sus capacidades explicativas y características teóricas para, posteriormente, aplicarlas a la realidad empresarial, laboral y de opinión en el marco social contemporáneo. Cómo conclusión de este trabajo se logra observar que a pesar de que en principio ambas perspectivas podrían parecer contradictorias, existen aspectos comunes que permiten vislumbrar como un trabajo en conjunto permitiría generar normatividades que se acoplen a las realidades contemporáneas.

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El Capítulo 1 referente a Nociones Generales de Propiedad Intelectual y de Empresa, es un extracto de las formas de protección de los programas de ordenador, en especial de los derechos de autor. Se pone real énfasis al desarrollo de la ciencia y la tecnología en este capítulo ya que constituye un pilar fundamental para que el desarrollo de la protección legal de software se dé. El Capítulo II recoge información sobre legislación tanto en el ámbito nacional como internacional. En el presente capítulo se hace un análisis general de la legislación, de los procedimientos legales utilizados en el Ecuador, englobando, además, nuevas formas internacionales de aplicación para la protección de software que no consta en la Ley ecuatoriana y que representan una novedad para el contexto nacional. Siguiendo el orden, el Capítulo III, con título Programas de Ordenador en el Ecuador, hace referencia a la creación del software en pasos sistemáticos a seguir. El procedimiento para crear un programa de ordenador, debe realizárselo según ciertos parámetros que serán la guía para obtener un resultado. Los Mecanismos alternativos de Protección de los Programas de Ordenador en el Ecuador, contenidos en el Capítulo IV, son fundamentales en este mundo de constante cambio ya que a falta de una protección completa por el efecto legal, los empresarios y creadores de software han intentado por cuenta propia dotarse de mecanismos que les permitan tener un control más cerrado y efectivo del software que ellos producen, con el objeto de impedir la piratería y pérdidas por efecto de ella. En función de determinar los costos para la creación de software se ha analizado de manera general, en el Capítulo V, lo que puede costar realizar un determinado programa (aplicación) y del efecto que este produce en el contexto global (PNB). Por último, el Capítulo VI, constituye un estudio de los efectos de la globalización en el campo del software. Es inquietante conocer los efectos que ella, la globalización, puede conllevar en una economía pequeña como la nuestra, la influencia de organismos poderosos y de los posibles cambios en el ámbito legal y tecnológico que pueden darse, tanto nacional como internacionalmente. Puede que esta situación sea preocupante en un futuro, dependiendo del ambiente y su desarrollo.

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Introducción La actualización de la legislación sobre propiedad intelectual pretende, bajo la apariencia de hacer justicia con los “inventores”, extender la propiedad privada a las esferas hasta ahora impensadas. La Organización Mundial del Comercio (OMC) estableció, en 1994, una serie de acuerdos sobre derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (TRIPs por sus siglas en Inglés). Uruguay, uno de los pocos países en América Latina que aun no ha actualizado su legislación en materia de propiedad intelectual, se apresta a hacerlo (ley anterior a 1941), precisamente para cumplir con los compromisos derivados del TRIPs…

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[ES]En los últimos años la ciencia ha avanzado a pasos agigantados y el obsoleto sistema de protección de los derechos sobre bienes intangibles no es capaz de afrontar los retos de las nuevas tecnologías. Las patentes, los derechos de autor etc. no son más que un mecanismo de control al servicio de las grandes multinacionales y gobiernos occidentales, que permiten que este tipo de monopolios sobre bienes intangibles pongan límites a los avances tecnológicos y el desarrollo, sobre todo en las naciones menos favorecidas.

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Bogotá Emprende

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Desarrollo empresarial y creación de empresa

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Desarrollo empresarial y creación de empresa

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Tesis (Maestría en Derecho Fiscal) UANL, 2012.