963 resultados para Jornada de trabajo
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[Tesis] (Maestría en Derecho Laboral). U.A.N.L.
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Aborda la planificación del trabajo docente del director de un Grupo escolar formado por un mínimo de seis unidades y, distingue en ella dos fases: la próxima y la remota. El plan próximo es el cumplimiento diario de sus funciones y el plan remoto es el referido a un año escolar completo, por lo que debe estar terminado al comienzo de cada nuevo curso. Este plan supone: la adecuación del personal docente por su especialización por grados, el acoplamiento de los alumnos a las clases, la revisión metodológica, en cuanto a comprobación de programas, horarios, rendimientos y plan de estudios y, por último, el establecimiento e intensificación de las relaciones sociales e institucionales complementarias de la Escuela.
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Antes de concretar el esquema de la jornada directivo-didáctica del director, conviene indicar sus tres principales funciones dentro del grupo escolar. En primer lugar, atender, de modo eficiente, la educación de los niños, para lo cual debe conocer a todos y a cada uno de los alumnos, en segundo lugar, debe mantener un estrecho contacto con el personal docente para aprovechar al máximo las posibilidades de cada uno y, por último, cuidar del aprovechamiento de todos los medios con que cuenta para la realización de sus trabajo: edificio, material y, especialmente, de las relaciones entre escuela y sociedad. A partir de estas funciones, el directos distribuye su tiempo en el grupo escolar así: por la mañana, cambio de impresiones con los maestros, contacto sistemático con las clases y observación en los recreos. Para la tarde, se deja el contacto con las clases de manualidades y de orientación, las charlas en las clases de mayores, observaciones psicopedagógicas y consultorio individual con los alumnos mayores.
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Fil: Soza Rossi, Paula Viviana. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Soza Rossi, Paula Viviana. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Soza Rossi, Paula Viviana. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Soza Rossi, Paula V.. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Soza Rossi, Paula V.. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Fil: Soza Rossi, Paula V.. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.
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Resumen basado en el de la publicaci??n
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Conciliar el trabajo y la familia es una lucha cotidiana que cada persona realiza para satisfacer las exigencias de ambas dimensiones de su vida. El no tener consciencia del problema que surge en el empleado para lograr esta conciliación y la ausencia de soluciones eficaces a éste, no sólo afecta a la organización a través de la baja productividad, el absentismo, el aumento del estrés, entre otros efectos; sino también a la vida familiar, social, física y psicológica del trabajador. Es por ello, que este proyecto de grado busca a partir de la revisión de la literatura mostrar cómo la percepción que tienen los trabajadores de su equilibrio trabajo-familia, se ve influenciada por un factor organizativo, como lo son los turnos laborales; además evidenciar las soluciones que se han implementado en las diferentes empresas de manera exitósa, para finalmente plantear estrategias que se puedan aplicar en las organizaciones facilitando el equilibrio trabajo-familia de los trabajadores.
Distribución del tiempo, trabajo y agrupamiento en un centro de EGB: organizado en 'grandes ciclos'.
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Se describe una jornada de trabajo con los alumnos y maestros del segundo ciclo del Colegio Nacional Comarcal Francisco Franco de Castilléjar en Granada, éste es uno de los tres equipos que han participado en la planificación del trabajo y en la organización de sus centros escolares según el sistema de grandes ciclos. Este sistema supone que los ocho niveles de la Educación General Básica se han dividido en tres grandes ciclos: el primer ciclo, de globalización, reúne los niveles del uno al tercero; el segundo ciclo, agrupa los niveles cuarto y quinto; y el tercer ciclo, con los niveles restantes que constituyen la Segunda Etapa.
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Incluye Bibliografía
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Durante los años 60 fueron frecuentes las profecías que anunciaban jornadas laborales de 4-5 horas para el año 2000, y se basaban generalmente en la progresiva sustitución de la mano de obra por tecnología como las electrónicas y los sistemas aplicados; este cambio permitiría un mayor tiempo libre y de ocio. Sin embargo, la realidad parece resultar peor y contraria a esas expectativas, ya que la jornada de trabajo ha ido ampliándose en el sistema productivo simultáneamente con el avance tecnológico en general y, en particular, de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). El incremento de la jornada de trabajo es un proceso general observado en los países de la OCDE desde la transición de los años 1970/80 hasta hoy (en paralelo, precisamente, con la constante pérdida del poder adquisitivo de los salarios). Este artículo pone en relación la extensión de las TIC con la ampliación de la jornada de trabajo y añade, como nota negativa adicional, que el uso combinado del ordenador portátil y del teléfono móvil, en un entorno de Internet, se convierte en un proceso creciente por el que la gente queda laboralmente disponible durante las 24 horas del día.
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El trabajo nocturno se articula y se define en función de dos conceptos: uno objetivo, el período nocturno, y otro subjetivo, el trabajador nocturno. Para la delimitación del trabajo nocturno, el Estatuto de los Trabajadores ofrece una definición objetiva y otra subjetiva. Por un lado, conforme a lo previsto en el artículo 36 de dicho cuerpo legal se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana; se trata de una definición objetiva en función del período en que se desarrolla tal trabajo. Por otro lado, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual; se trata aquí de una definición subjetiva en función de la entidad y habitualidad de la prestación de trabajo nocturno que desarrollan ciertos trabajadores, a los que se concede una particular condición. Mientras que "trabajo nocturno" –toda prestación laboral realizada entre las diez de la noche y las seis de la mañana– es un concepto absoluto, en el sentido de que es independiente del número de horas nocturnas efectuadas o de la frecuencia o periodicidad de su realización, "trabajador nocturno" es un concepto relativo, pues no todo trabajador que preste servicios durante la noche va a recibir la condición de nocturno, sino que ésta va a depender de que la jornada del trabajador sea nocturna en la proporción diaria o anual que el legislador ha considerado relevante. Además, la virtualidad de ambos conceptos es diferente: el concepto objetivo de trabajo nocturno sirve a los efectos de la retribución específica del mismo, a los de información a la autoridad laboral de la realización del mismo, a los de restricción del mismo a ciertos sujetos (menores, mujeres embarazadas o lactantes…) y, obviamente, a los de delimitación de la condición de trabajador nocturno, mientras que el concepto subjetivo de trabajador nocturno tiene efectos en materia de limitación de su jornada y de protección de su salud. En fin, siendo el trabajo nocturno una modalidad de trabajo –o, más exactamente, una modalidad de realización de la jornada de trabajo– definida objetivamente por el horario nocturno en que se presta, algunos aspectos de su régimen jurídico se han construido sobre la base de un elemento subjetivo –la consideración de ciertos trabajadores como nocturnos–. Al estudio del régimen jurídico aplicable al tiempo de trabajo de los trabajadores nocturnos y al del trabajo nocturno, en general, se dedican seis capítulos. En el capítulo I se estudia la distinción entre el concepto de trabajo nocturno y el de trabajador nocturno; en los capítulos II y III se abordan las garantías de los trabajadores nocturnos en materia de tiempo de trabajo y las excepciones a las mismas; el capítulo IV se dedica al derecho del trabajador nocturno con problemas de salud a ser destinado a un puesto de trabajo diurno que exista en la empresa; en el capítulo V se abordan las restricciones del trabajo nocturno de los menores y de las mujeres; y en el capítulo VI se analizan las limitaciones de la prestación laboral nocturna en el caso del trabajo a turnos, del contrato para la formación y el aprendizaje y de algunos sectores con peculiaridades. No se abordan, en este trabajo, ni las cuestiones retributivas ni el resto de materias relativas a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores nocturnos (garantía de un nivel de protección adecuado, evaluación de su salud…), que merecen un estudio en profundidad que excede del ámbito de este trabajo, que se centra únicamente en los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. El estudio se centra, pues, en el análisis del sistema normativo vigente en materia de trabajo nocturno, tanto en lo que se refiere al trabajo prestado por la noche como en lo relativo al trabajo prestado por los trabajadores nocturnos, aunque sea en otro horario.