1000 resultados para Impuestos sobre beneficios extraordinarios-Legislación-Colombia
Resumo:
La constitución política en su artículo primero ha establecido el modelo político en el cual se enmarca el Estado Colombiano, precepto que por su prevalencia normativa, se convierte en fundamento de todo actuar y que se expresa así: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. La introducción de este nuevo modelo político implica un cambio radical en la forma de concebir el Estado, ante la pérdida sacramental del texto legal entendido como emanación de la voluntad popular y la mayor preocupación por la justicia material y por el logro de soluciones que consulten la especificidad de los hechos (M.P. BARÓN, Ciro., 1992), situación que conviene un cambio de pensamiento en la elaboración de las normas y que a partir, de 1991 debe consultar su impacto en la solución de los problemas que aquejan la sociedad. Consecuente con lo anterior, el sistema tributario, no puede ser ajeno a los postulados incluidos en el artículo primero de la constitución política atrás citado, y en tal sentido la Asamblea Constituyente, aunque en su momento no acogió las recomendaciones dadas por el Instituto Colombiano de Derecho Tributario, en el sentido de incluir un artículo que dijera que los tributos debían fundarse en la capacidad económica del sujeto pasivo, si consagró en su artículo 363 que el sistema tributario debía fundarse en los principios de equidad y progresividad, entre otros (BRAVO, 1997). Es aquí donde se centra el presente proyecto de investigación, que busca indagar por el principio de progresividad, que por efecto metodológicos se limitara a las pyme, específicamente en la pequeña empresa, aquella con planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores y activo total entre quinientos un (501) y menos de cinco mil un (5.001) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Estas personas jurídicas, se ven abocadas a una fuerte carga impositiva directa, en el cual el impuesto de renta recobra relevancia, haciéndose necesario analizar su impacto a las luces de la nueva reforma, a efecto de vislumbrar la efectiva materialización del principio de progresividad o por si el contrario los recientes cambios normativos han contradicho el mandato impuesto en la Constitución política en cuanto al respeto que debe contener toda norma en materia tributaria, en cuanto al principio objeto de estudio.
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En el presente trabajo se hace una aproximación a lo que ha sido el proceso de armonización de la imposición directa en la Comunidad Europea, y una referencia a las modificaciones que habrían que efectuarse en el ordenamiento vigente, para enmarcar el anteproyecto de propuesta de directiva. Al texto de la Comisión se han añadido entre paréntesis algunos comentarios y referencias al ordenamiento español.
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Traducción del Anteproyecto de Propuesta Directiva concerniente a la armonización de las reglas de determinación de los beneficios imponibles, de marzo de 1988.
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El concepto de precios de transferencia es un referente universal donde los países se han visto afectados por las malas prácticas comerciales que tiene las diferentes organizaciones en concentrar sus utilidades en aquellos lugares donde las cargas impositivas sean menores o tiendan a cero. Lo anterior implica que lo que dejo de pagar en una región por las bases tributarias determinadas lo estoy recibiendo como utilidad en otro país, generando índices de pobreza y de inequidad tributaria en los países de origen y riqueza a los países destino. Dentro de las directrices que tiene el Gobierno para evitar que se trasladen cargas tributarias entre países es definir unos criterios normativos vinculantes u obligatorios, que eviten que se tipifiquen estos focos de evasión y por el contrario generar una cultura empresarial donde se respete el principio de la plena competencia. Dentro de los criterios normativos están los criterios de vinculación, la información que se debe evidenciar como la comprobatoria y la informativa y las sanciones por incumplir los requisitos vinculantes antes mencionados lo cual nos obliga a profundizar en el mecanismo de control que ejerce el gobierno. De igual forma se establecieron destinos donde se tipifican los precios de transferencia como son los paraísos fiscales, las zonas francas y los vinculados del exterior, donde el destino más relevante donde el Gobierno ejerce control son los paraísos fiscales por sus características que las identifican como son las mínimas cargas tributarias y de igual forma la ausencia de información. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que celebren operaciones con vinculados y/o estén obligados a la aplicación de las normas que regulen el régimen de precios de transferencia, deberán llevar acabo tales operaciones en cumplimiento del Principio de Plena Competencia, entendido como aquel en el cual las operaciones entre vinculados cumplen con las condiciones que se hubiesen observado en operaciones comparables con o entre partes independientes, lo anterior, a efectos de determinar sus ingresos ordinarios y extraordinarios, costos, deducciones, activos y pasivos para los fines del impuesto sobre la renta y complementarios. En el siguiente contenido el lector encontrara una metodología ilustrativa que le permita interpretar la normatividad contenida en el Estatuto Tributario (Ley 1607 de 2012 y Decreto 3030 de 2013 el cual reglamenta la norma la ley 1607) y su respectiva aplicación para dar cumplimiento a los requerimientos de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales. Lo anterior significa que el contenido del texto es el contenido normativo el cual es detallado en su contenido en algunos aspectos gráfico, en otros casos numéricos y en los demás casos narrativos.
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Es necesario agregar que la finalidad de este proyecto de tesis es la de pretender que la administración del impuesto tenga un manejo sencillo tanto para los fiscos locales como para los contribuyentes del tributo, con el fin de respetar así los principios constitucionales de legalidad, equidad, eficiencia, progresividad y seguridad jurídica de los que tanto habla la doctrina colombiana pero que en situaciones como la presente no son respetados en su totalidad.
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El presente artículo tiene por objeto analizar el contenido, alcance, evolución y límites de la cláusula de intercambio de información incorporada en el Convenio Hispano-Brasileño para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta (1974), fin a cuyo logro se toma como punto de partida el marco jurídico instrumentalizador del intercambio de información tributaria y asistencia mutua entre Estados. Tendrá cabida en estas páginas un análisis en detalle de aspectos tan importantes y poco manidos como los problemas de interpretación de los convenios de doble imposición en materia de intercambio de información tributaria consecuencia de las modificaciones sustanciales tras la aprobación de las sucesivas versiones del Modelo de Convenio de la OCDE y sus Comentarios, interpretación que afecta de manera directa a cuestiones de primer orden como el ámbito subjetivo y objetivo de aplicación, límites y restricciones de la cláusula de intercambio de información sellada y ratificada por el Estado Español y la República Federativa del Brasil en 1974. Igualmente se da noticia de otros significados extremos tales como el destino del intercambio de información tributaria y el deber de confidencialidad de los Estados, con especial alusión al alcance de las restricciones específicas previstas para el intercambio de información tributaria no sólo desde la óptica de la legislación española sino también desde la visión de la normativa reguladora de la materia en Brasil.
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Tesis ( Maestría en Derecho Fiscal ) U.A.N.L.
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Tesis (Maestría en Contaduría Pública con Especialidad en Impuestos) U.A.N.L.
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UANL
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Con esta monografía se busca describir y analizar la incidencia que tienen las exenciones tributarias, aplicadas al impuesto a la renta, específicamente en los años 2008 y 2009 en Colombia. Es un análisis transversal del proceso e impacto que tiene la inclusión de las exenciones en Colombia, partiendo no sólo del hecho de que estas representan un costo fiscal para la nación, sino también de que constituyen un proceso típico de toma de decisiones políticas, cuya incidencia va más allá de querer intervenir en la economía, formular la política fiscal o aumentar la inversión en determinado sector productivo. Por lo que se llegó a concluir que las exenciones tributarias, aplicadas al impuesto a la renta en Colombia, además de disminuir los ingresos de la nación, infringen principios tributarios como la equidad, la eficiencia y la neutralidad y se encuentran incentivando a las personas de mayores ingresos en el país.
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Esta monografía intenta explicar cuáles son los logros y cuales las dificultades de la aplicación del convenio de Ottawa a partir de comparar su caso con el de Angola con quien comparte semejanzas.
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El trabajo de grado toma como base los estudios de factibilidad del tratado de libre comercio entre Colombia y Corea del Sur realizados por Fedesarrollo y la Universidad de Seoul, realizando un mayor análisis en algunos aspectos donde era necesario, se procede a un análisis estadístico que lleva a la sectorización de los mercados con mayor potencial para el comercio bilateral, lo que permite observar el grado de competencia y la segmentación que se presenta dentro de cada uno de ellos. Todo lo anterior conlleva a una clara indentificación de las actividades que se beneficiarán con la eventual firma del tratado.
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La Ley 964 de 2005 modifica la regulación del manejo, el aprovechamiento y la inversión de los recursos que hacen parte del mercado de valores colombiano. En este trabajo se busca llamar la atención sobre las posibles consecuencias que esta ley puede traer sobre las corporaciones en Colombia. Se analizan algunas reformas anteriores del mercado y, separadamente, se describe la configuración de propiedad de las corporaciones colombianas a la luz de ciertos enfoques metodológicos desarrollados en los últimos años (incluyendo la agenda de investigación de La Porta, López-de-Silanes, Shleifer y Vishny). Se concluye que, dadas las particularidades del mercado colombiano, la nueva Ley del Mercado de Valores puede favorecer el crecimiento de los fondos de inversión extranjera decididos a incluir a Colombia en su portafolio, pero también puede llegar a transformar el esquema de incentivos de las corporaciones colombianas.
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Lo qué comemos, dónde lo comemos, cuándo lo comemos, cómo lo cocinamos, en dónde lo cocinamos y con quién lo compartimos son acciones que están determinadas directamente por la cultura y hacen parte de la formación de la identidad y del sentido de pertenencia de un individuo hacia un grupo, lugar o región. Es parte de la riqueza cultural de un pueblo y por ende hace parte de su patrimonio cultural inmaterial. Las tradiciones gastronómicas al igual que otras prácticas, de carácter inmaterial, están vivas, en constante movimiento e influenciadas por factores exógenos, lo que trae como consecuencia que estas costumbres, tradiciones y saberes se pueden ir perdiendo en su paso de generación en generación. Esta perdida hace que sea necesario tomar medidas para perpetuar su uso y sensibilizar a la gente para que se apropie de este. Para comenzar esta labor, primero hay que saber qué se tiene, qué saberes, técnicas, utensilios y tradiciones giran en torno a la comida regional y comenzar a documentarlos. Esta labor es el primer paso en el camino para comenzar a realizar un inventario del patrimonio gastronómico colombiano; el hilo conductor de este inventario va a ser inicialmente las preparaciones comunes a todo el país para después ir llegando a las recetas propias de cada zona.
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Este trabajo de investigación tuvo como objetivo principal describir la construcción narrativa de las políticas públicas sobre tecnologías de la información en el gobierno de Juan Manuel Santos en los años 2012 y 2013 en la prensa de referencia en Colombia, específicamente en El Espectador y El Tiempo. Para alcanzar este objetivo la pregunta que se planteo fue ¿cómo está conformada la construcción narrativa del discurso de políticas públicas en la prensa sobre tecnologías de la información y comunicaciones? En consiguiente se hizo una organización de información referente al objeto de estudio, a través de un método de investigación empleado por Mary Jane Spink llamado líneas narrativas. El cual le permitió a la investigación la identificación de relatos, en donde se estudia la narrativa de una política TIC emergente y da como resultado líneas narrativas.