7 resultados para INIMPUTABILIDAD
Resumo:
El Derecho Penal Internacional es una rama bastante reciente del Derecho Internacional Público. En ese orden de ideas, el Derecho Penal Internacional le debe mucho a otras especialidades del Derecho Internacional, como lo son el Derecho de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, puesto que si bien estas dos especialidades pueden y deben separarse del Derecho Penal Internacional, ciertos crímenes involucran tanto infracciones a las normas de DIH como a las de Derechos Humanos. En consecuencia, han dotado al Derecho Penal Internacional de parte de su contenido y por tanto podríamos considerarlas guardadas las proporciones- como ancestros evolutivos de la especialidad, materia de esta monografía.
Resumo:
Los resultados que se buscan obtener son básicamente teóricos, con base en los cuales se tratará de cristalizar la importancia del tema de cara a los beneficios que trae consigo. Con el conocimiento del origen, tratamiento penal, psicológico y manifestaciones de esta causal de ausencia
Resumo:
Analizar la autoridad en el ámbito de la educación. Buscar el objeto, el modelo educativo, las variables y los mecanismos que sostienen la autoridad en el sistema educativo. Aportar posibilidades de trabajo respecto al problema de la autoridad en el ámbito de la justicia juvenil. Analizar las repercusiones positivas o negativas de la autoridad sobre la institución dónde se realiza la práctica educativa. Recoger y ampliar las aportaciones que sobre este tema han realizado educadores especializados de la escuela Flor de Maig. 4 sujetos de 14 a 16 años que asisten al centro de observación Els Til.lers. Se trabaja la autoridad desde la posición epistemológica de transmisión. Deja de lado la autoridad deontológica de imposición. Las areas que se trabajan son la norma, el reconocimiento, la responsabilidad y la creatividad. Evaluación inicial que ayuda a establecer el área de estudio: los problemas con la autoridad. Planificación y observación participante en el centro. Las actividades que se realizan dentro del grupo de menores permiten llegar a la aceptación de las normas, la responsabilidad de los propios sujetos, el reconocimiento del educador, de sus propios compañeros, de la posibilidad de transguedir las normas creando otras nuevas. Las conclusiones se centran en la necesidad de considerar la educación como tansmisión desde el modelo estructural de la pedagogia social. Concluye también que la inimputabilidad de los menores de las instituciones que aquí se describen no es un privilegio sino una fuente de mayor discriminación y estigmatización. Las instituciones cerradas y situadas al margen de los espacios normalizados potencian la desocialización y desculturalización. El juego se puede considerar un espacio de trabajo educativo capaz de promocionar a los sujetos.
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La te si doctoral tracte d' una causa d' exempció de la responsabilitat penal reconeguda a l'article 20.6 del vigent codi penal: la por insuperable. L' objectiu principal de la tesi és donar un contingut a aquesta eximent per tal de que trobi l'adient reconeixement als tribunals, que tradicionalment han ignorat aquesta eximent. El primer capítol de la tesi tracta del seu fonament, és a dir, de la raó o raons que han portat al legislador a reconèixer la por insuperable com a una causa de exempció de la responsabilitat penal. L'anàlisi del fonament de la por insuperable s'estudia a l'àmbit de les doctrines de justificació del dret penal (teories de la pena). Partint d' aquestes doctrines de justificació trobem que la doctrina utilitarista no pot fonamentar sòlidament l'eximent de por insuperable, doncs aquesta eximent no té a veure amb la maximització de la felicitat col·lectiva sinó més aviat amb qüestions de responsabilitat personal. Per això, en la tesi el fonament de la por insuperable es situa al marc de les doctrines retribucionistes i mixtes. Per a aquestes doctrines el fonament de l'exempció de pena en el cas de la por insuperable és l'afecció a la voluntat o llibertat d'elecció que es dóna en les situacions de por insuperable. Però aquesta afecció de la llibertat d' elecció no es pot interpretar com una pèrdua de les facultats psíquiques de la persona, tal i com, erròniament interpreten els nostres tribunal s, doncs la persona que es veu amenaçada no perd les seves facultats per valorar la situació. Per tant, "insuperable" no vol dir insuperable psicològicament, sinó que amb aquest adjectiu el legislador està fent referència a una avaluació normativa: es tracta d'una situació en la que no es pot exigir a la persona que superi la por que pateix i s'enfronti al amenaça. A la tesi es defensa aquesta reconstrucció normativa de l'eximent, posant de relleu, però, que el fonament de l'exempció de pena és la preferència legítima pels propis interessos. La base del principi d'inexigibilitat o raonabilitat és la legitimitat d'una valoració parcial del conflicte en el que es troba la persona, quan l' amenaça afecta als seus bens o als d'aquells pels que se sent afectivament lligat. Al segon capítol s' analitza el problema de la naturalesa jurídica de l'eximent de por insuperable. El cert és que la doctrina penal majoritària considera que la por insuperable és una causa d'inculpabilitat, malgrat que no han tampoc faltat autors que hagin catalogat a aquesta eximent com una causa de justificació. A la tesi s'analitzen els arguments tradicionalment utilitzats per la doctrina penal per a concloure que la por insuperable pertany a la categoria de la culpabilitat, posant de relleu que aquests arguments no semblen convincents. Això no obstant, no vol dir que l'eximent de por insuperable sigui en realitat una causa de justificació, però cal trobar una explicació més solida pel fet que aquesta eximent es consideri una causa d'inculpabilitat. Aquesta explicació pren com a punt de partida la diferència entre la valoració imparcial d'un conflicte (és a dir, la valoració que faria una persona no implicada en el conflicte) i la valoració parcial (és a dir, la valoració que fa la persona que es troba en aquell conflicte) del mateix. A la tesi es defensa que en las situacions d'amenaça i conflicte de bens jurídics, quan ambdós es troben en la mateixa situació enfront el dret, la justificació de la conducta necessita una fonamentació més forta que la valoració parcial del conflicte, doncs a nivell d' antijuridicitat, on el legislador valora els conflictes, s' ha de donar el mateix valors als bens jurídics de tots els ciutadans, sense que es pugui aquí apel·lar a preferències personals. La valoració parcial del conflicte queda amb això reservada per a un altre nivell de la teoria del delicte: la culpabilitat, on no és tracte ja de valorar un conflicte d'interessos com de decidir si la persona mereix un càstig pel seu fet. El tercer capítol tracta de la qüestió relativa als requisits que cal exigir per poder aplicar l'eximent de por insuperable. Certament, la llei penal no demana cap requisit concret per aplicar l'eximent, però les exigències normatives es troben en realitat resumides en l'adjectiu "insuperable" que acompanya i defineix a la por. La doctrina penal ha utilitzat tradicionalment el paràmetre del "home mig en la posició de l'autor" per a determinar quan la por és insuperable. Però aquest criteri de determinació de la insuperabilitat de la por té greus problemes, que porten que a la tesi es rebutgi i en el seu lloc es presentin tota una sèrie de requisits normatius que han de servir per determinar quan es pot considerar que la por és (normativament) insuperable. Aquests requisits es poden dividir en dos grans grups: per una part els requisits referents al mal que amenaça a la persona. Es tracta aquí de determinar com ha de ser aquest mal per tal de que es pugui aplicar l'eximent. Per altra banda, en segon lloc els requisits referents a l'acció defensiva duta a terme per la persona. Per últim, el quart capítol de la tesi es dedica a la delimitació de la por insuperable davant la resta d' eximents reconegudes pel codi penal. Es tracta aquí de determinar si la por insuperable té un àmbit reservat d' aplicació que justifiqui el seu manteniment al codi penal. La dificultat d'aquest tema és que l'eximent de por insuperable té relacions amb tota la resta d'eximents penals. En primer lloc amb les causes d'inimputabilitat reconegudes a l'art. 20.1 del codi penal: alienació mental i trastorn mental transitori. Però aquests casos no pertanyen en realitat a l'eximent de por insuperable sinó a les eximents d'alienació o trastorn mental transitori En segons lloc, l'eximent de por insuperable està relacionada amb les causes de justificació de legítima defensa, estat de necessitat i exercici legítim de un dret, ofici o càrrec i compliment del deure. A la tesi es defensa que l'eximent de por insuperable només es podrà aplicar quan, per no donar-se tots el requisits necessaris per aplicar alguna d'aquestes eximents, no es pugui justificar la conducta, però, malgrat això, hi hagin raons per no castigar la conducta, considerant-la inculpable. A la tesi s'analitzen detingudament aquests supòsits. Amb tot es pot afirmar que l'eximent de por insuperable és una eximent necessària que pot complir el paper d'eficaç clàusula de tancament del sistema de causes d'exempció de la responsabilitat penal.
Resumo:
El origen de este proyecto de tesis es la sospecha de que la sociedad argentina enseña a trasgredir. Un aspecto que llamó mi atención desde el comienzo fue cómo vincular la trasgresión con un hecho educativo, circunscrito a un proceso de enseñanza sistemático que debería implicar el fracaso del aprendizaje de las normas. Dando por sentado que el conocimiento prescriptivo es un dominio de conocimiento, conformado por distintos tipos de normas, se hace evidente que las concepciones y creencias transmitidas en la socialización primaria influirá en la comprensión de este dominio. Partimos de los siguientes interrogantes: ¿Qué concepciones se transmiten en la socialización primaria con respecto al conocimiento prescriptivo? ¿Existen modelos de transmisión? ¿Fomenta este proceso conductas desviadas en relación con los sistemas normativos? Objetivos: Analizar el proceso de transmisión de normas en situaciones cotidianas. Identificar el tratamiento de las sanciones en la socialización primaria. Relacionar los registros obtenidos con las concepciones elaboradas por el Derecho. Se utilizó una metodología cualitativa cuya información fue recogida a través de 30 entrevistas a madres profesionales (MPs) Se elaboró para el análisis: a) La siguiente matriz de análisis: 1) El contenido informativo de las normas 2) Uso de los conceptos: prohibir, permitir y obligar 3) Introducir la sanción como parte de una norma. a) Una tipología de Madres Profesionales (MP): 1) MP Profesionalizada 2) MP Realista 3) MP Interpretadora del deseo de su hijo Organización de los resultados: Reseña de la vida cotidiana del grupo Análisis de las diferentes tipologías en relación a la matriz de análisis. Análisis de los procedimientos inhibitorios atendiendo: el ejercicio de la autoridad, los tipos de procedimientos inhibitorios y los argumentos atenuantes. Comparación entre las justificaciones de la pena utilizados por las MP y las teorías elaboradas por el derecho. Conclusiones: El modelo asumido por la MP depende de la valoración personal respecto a la norma a transmitir independientemente de su valor intrínseco. Afecta esta posición: propia experiencia, las expectativas de inserción social del hijo y la dinámica cotidiana. Se analizaron las diferencias en cada uno de los modelos y se realizaron comparaciones con las normas jurídicas respecto al ejercicio de la autoridad y el uso de los modalizadores deónticos. Se observó que las MP tienen dificultades de cumplir con las sanciones por ellas impuestas. Las MP utilizan de argumentos "racionales" con el fin de justificar frente a sus hijos el no cumplimiento de la sanción que ellas mismas han impuesto. Esto promueve la trasgresión en la medida que fortalece la creencia que siempre es posible justificar la inimputabilidad de una acción desviada a través de un argumento. Las MP conciben la sanción desde una perspectiva retributiva salvo en situación complejas. Con el fin de responder los interrogantes de partida consideramos que las acciones de los diferentes modelos analizados favorecen la internalización de las normas asociadas a situaciones particulares en las cuales se transmiten y el uso de argumentos que permitan justificar en cada situación la trasgresión.
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El origen de este proyecto de tesis es la sospecha de que la sociedad argentina enseña a trasgredir. Un aspecto que llamó mi atención desde el comienzo fue cómo vincular la trasgresión con un hecho educativo, circunscrito a un proceso de enseñanza sistemático que debería implicar el fracaso del aprendizaje de las normas. Dando por sentado que el conocimiento prescriptivo es un dominio de conocimiento, conformado por distintos tipos de normas, se hace evidente que las concepciones y creencias transmitidas en la socialización primaria influirá en la comprensión de este dominio. Partimos de los siguientes interrogantes: ¿Qué concepciones se transmiten en la socialización primaria con respecto al conocimiento prescriptivo? ¿Existen modelos de transmisión? ¿Fomenta este proceso conductas desviadas en relación con los sistemas normativos? Objetivos: Analizar el proceso de transmisión de normas en situaciones cotidianas. Identificar el tratamiento de las sanciones en la socialización primaria. Relacionar los registros obtenidos con las concepciones elaboradas por el Derecho. Se utilizó una metodología cualitativa cuya información fue recogida a través de 30 entrevistas a madres profesionales (MPs) Se elaboró para el análisis: a) La siguiente matriz de análisis: 1) El contenido informativo de las normas 2) Uso de los conceptos: prohibir, permitir y obligar 3) Introducir la sanción como parte de una norma. a) Una tipología de Madres Profesionales (MP): 1) MP Profesionalizada 2) MP Realista 3) MP Interpretadora del deseo de su hijo Organización de los resultados: Reseña de la vida cotidiana del grupo Análisis de las diferentes tipologías en relación a la matriz de análisis. Análisis de los procedimientos inhibitorios atendiendo: el ejercicio de la autoridad, los tipos de procedimientos inhibitorios y los argumentos atenuantes. Comparación entre las justificaciones de la pena utilizados por las MP y las teorías elaboradas por el derecho. Conclusiones: El modelo asumido por la MP depende de la valoración personal respecto a la norma a transmitir independientemente de su valor intrínseco. Afecta esta posición: propia experiencia, las expectativas de inserción social del hijo y la dinámica cotidiana. Se analizaron las diferencias en cada uno de los modelos y se realizaron comparaciones con las normas jurídicas respecto al ejercicio de la autoridad y el uso de los modalizadores deónticos. Se observó que las MP tienen dificultades de cumplir con las sanciones por ellas impuestas. Las MP utilizan de argumentos "racionales" con el fin de justificar frente a sus hijos el no cumplimiento de la sanción que ellas mismas han impuesto. Esto promueve la trasgresión en la medida que fortalece la creencia que siempre es posible justificar la inimputabilidad de una acción desviada a través de un argumento. Las MP conciben la sanción desde una perspectiva retributiva salvo en situación complejas. Con el fin de responder los interrogantes de partida consideramos que las acciones de los diferentes modelos analizados favorecen la internalización de las normas asociadas a situaciones particulares en las cuales se transmiten y el uso de argumentos que permitan justificar en cada situación la trasgresión.
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El origen de este proyecto de tesis es la sospecha de que la sociedad argentina enseña a trasgredir. Un aspecto que llamó mi atención desde el comienzo fue cómo vincular la trasgresión con un hecho educativo, circunscrito a un proceso de enseñanza sistemático que debería implicar el fracaso del aprendizaje de las normas. Dando por sentado que el conocimiento prescriptivo es un dominio de conocimiento, conformado por distintos tipos de normas, se hace evidente que las concepciones y creencias transmitidas en la socialización primaria influirá en la comprensión de este dominio. Partimos de los siguientes interrogantes: ¿Qué concepciones se transmiten en la socialización primaria con respecto al conocimiento prescriptivo? ¿Existen modelos de transmisión? ¿Fomenta este proceso conductas desviadas en relación con los sistemas normativos? Objetivos: Analizar el proceso de transmisión de normas en situaciones cotidianas. Identificar el tratamiento de las sanciones en la socialización primaria. Relacionar los registros obtenidos con las concepciones elaboradas por el Derecho. Se utilizó una metodología cualitativa cuya información fue recogida a través de 30 entrevistas a madres profesionales (MPs) Se elaboró para el análisis: a) La siguiente matriz de análisis: 1) El contenido informativo de las normas 2) Uso de los conceptos: prohibir, permitir y obligar 3) Introducir la sanción como parte de una norma. a) Una tipología de Madres Profesionales (MP): 1) MP Profesionalizada 2) MP Realista 3) MP Interpretadora del deseo de su hijo Organización de los resultados: Reseña de la vida cotidiana del grupo Análisis de las diferentes tipologías en relación a la matriz de análisis. Análisis de los procedimientos inhibitorios atendiendo: el ejercicio de la autoridad, los tipos de procedimientos inhibitorios y los argumentos atenuantes. Comparación entre las justificaciones de la pena utilizados por las MP y las teorías elaboradas por el derecho. Conclusiones: El modelo asumido por la MP depende de la valoración personal respecto a la norma a transmitir independientemente de su valor intrínseco. Afecta esta posición: propia experiencia, las expectativas de inserción social del hijo y la dinámica cotidiana. Se analizaron las diferencias en cada uno de los modelos y se realizaron comparaciones con las normas jurídicas respecto al ejercicio de la autoridad y el uso de los modalizadores deónticos. Se observó que las MP tienen dificultades de cumplir con las sanciones por ellas impuestas. Las MP utilizan de argumentos "racionales" con el fin de justificar frente a sus hijos el no cumplimiento de la sanción que ellas mismas han impuesto. Esto promueve la trasgresión en la medida que fortalece la creencia que siempre es posible justificar la inimputabilidad de una acción desviada a través de un argumento. Las MP conciben la sanción desde una perspectiva retributiva salvo en situación complejas. Con el fin de responder los interrogantes de partida consideramos que las acciones de los diferentes modelos analizados favorecen la internalización de las normas asociadas a situaciones particulares en las cuales se transmiten y el uso de argumentos que permitan justificar en cada situación la trasgresión.