823 resultados para IMPUESTO GANANCIAS
Resumo:
En el Ecuador, a partir del año 2010, por resolución de la Superintendencia de Compañías, las compañías que se encuentran reguladas por este organismo, deben aplicar de manera obligatoria las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), cuyo objetivo fundamental es que los Estados Financieros reflejen la realidad de la compañía y puedan ser comparables a nivel mundial, permitiendo una mayor competitividad y mejor toma de decisiones. La exención de la NIIF 1 permite optar en la fecha de transición a las NIIF por la medición de una partida de propiedad, planta y equipo por su Valor Razonable, y utilizar este valor como Costo Atribuido lo que implica contablemente un incremento en el valor tanto del activo como del patrimonio así como el reconocimiento de impuestos diferidos. Las NIIF no están diseñadas para realizar reportes impositivos por lo que la revaluación en los elementos de propiedad, planta y equipo generó implicaciones tributarias en la determinación del Impuesto a la Renta sobre todo en el sector industrial porque las compañías que pertenecen a este sector tienen en sus activos un valor significativo en propiedad, planta y equipo. El presente trabajo de investigación se lo realizó a través de un estudio de caso a una de las compañías objeto de estudio así como también a través de la aplicación de encuestas a las compañías que pertenecen al sector industrial del Cantón Cuenca y del análisis de la información que consta en la página de la Superintendencia de Compañías de dichas compañías.
Resumo:
El Ecuador adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para la preparación de la información financiera de las sociedades, para que pueda ser analizada de mejor manera por los lectores de la misma: inversionistas, bancos, y otros. Existen diferencias sustanciales entre la normativa contable (NIIF) y la las normas tributarias de cada país; estas diferencias, si son temporales, generan los denominados Impuestos Diferidos, tratados con detalle en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12 Impuesto a las Ganancias. El análisis del Impuesto a la Renta incluye el cálculo financiero-contable y la planificación legal y financiera de las organizaciones y de la administración tributaria. Incluye el análisis de las diferentes aplicaciones de los ingresos gravados y exentos, de los costos/gastos deducibles y no deducibles y de su origen en las partidas del Balance General (Activos y Pasivos), y finalmente su impacto en la situación patrimonial de cada empresa. En nuestro país, la propia Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece la utilización de NIIF, pero por otra parte se establece la obligación de presentar información contable considerando la normativa tributaria. Las autoridades societarias y tributarias, así como los gremios de Contadores exigen para la presentación de los Estados Financieros de los obligados a llevar Contabilidad, la aplicación de NIIF en su totalidad, incluyendo la NIC 12, mientras que la Administración Tributaria emitió una Resolución en la que prácticamente se niega la deducibilidad de los activos diferidos que las empresas obtienen al aplicar las NIIF relacionadas con los Impuestos sobre las Ganancias.
Resumo:
Las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF´S se basan en los estándares de registro, valuación presentación y revelación de cada una de las transacciones que afectan los Estados Financieros. Las Normas NIIFS, incluyen el estudio de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), dentro de estas consta la NIC No. 12, conocida en nuestro país como Impuesto a la Renta, y a nivel internacional como Impuesto a las Ganancias. En el Ecuador por los años 2004, se realiza el informe sobre la observancia de los Códigos y Normas (ROSC), el mismo que fue elaborado por un equipo del Banco Mundial, donde se recomienda dar inicio a la aplicación de normas y para lo cual las empresas públicas y privadas deben prepararse. La NIC 12, Impuesto a las Ganancias, es una norma internacional contable, que apoya específicamente en la interpretación fiscal y armonización contable mediante el reconocimiento de un gasto fiscal, un activo y/o un pasivo por impuestos diferidos. La disposición legal en Ecuador es emitida por la Superintendencia de Compañías, según Registro Oficial 348 del 4 de Septiembre del 2006, donde se manifiesta la obligatoriedad de la adopción NIIF, mientras que el Servicio de Rentas Internas, según Registro Oficial 718 del 6 de Junio del 2012 ( Resol: NAC12-0009), pone en tela de duda la aplicación de la NIC 12, sobre todo en la aplicación de los activos por impuesto diferidos, al no permitir reversar gastos no deducibles hasta Diciembre del 2014, sin embargo el Ejecutivo promulga una ley nominada: “ Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal” publicada en el Registro Oficial No. 407 del 31 de Diciembre del 2014, misma que rige desde Enero 2015, esta ley reformatoria abarca esencialmente la posibilidad de reconocer impuesto diferidos, lo que permite de alguna manera armonizar la NIC 12.
Resumo:
Determinación del impuesto a las ganancias, bienes personales y transferencia de inmuebles para personas físicas residentes en el país, de acuerdo a la normativa vigente.
Resumo:
La intención de este trabajo es desarrollar una descripción detallada de cómo realizar la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2013 de una persona física que solo obtiene ganancias de cuarta categoría por trabajo en relación de dependencia según la normativa vigente para ese ejercicio. El aumento incesante de normativa referente al Impuesto a las Ganancias en los últimos años ha provocado que la realización de la declaración jurada sea muy compleja y a veces tediosa por la incertidumbre e inconsistencias que generan los que podríamos denominar parches de la legislación. Por otro lado, la actualización de los montos contenidos en la ley utilizados para la determinación del impuesto corre a menor velocidad y muy por detrás de las actualizaciones de los salarios por inflación generando que cada vez sean más los trabajadores que se asombran al visualizar en sus bonos de sueldos el temido ítem que en otros tiempos nunca verían. Estas situaciones afectan en forma directa la demanda y la complejidad de los servicios del Contador Público Nacional aumentando la importancia de conocer a pleno las tareas a realizar, uso del aplicativo, página de AFIP y demás procedimientos necesarios para realizar el trabajo de forma que el cliente cumpla con su obligación en tiempo y forma.
Resumo:
El propósito del presente trabajo es abordar el tratamiento que se les da a las sociedades de capital según la ley de impuesto a las ganancias en nuestro país. El análisis está esquematizado en capítulos, en los cuales se tratan los principales temas que forman parte de la vida y actividad de las mismas, tales como la distribución de dividendos a sus socios o la disposición de fondos a favor de terceros, entre otros. También, se realiza una breve descripción del impuesto con el objetivo de entender el mecanismo aplicable a estas sociedades. En la actualidad, en el ámbito tributario, la mayoría de los conflictos existentes entre el fisco y los contribuyentes, más específicamente las Sociedades de Capital, tienen su origen por un lado en la falta de claridad que existe en las normas que regulan los distintos institutos aplicables a las mismas, y por el otro en las múltiples opiniones vertidas por la doctrina y el propio fisco. Esto tiene como consecuencia que frente a un mismo caso no siempre se arribe a la misma interpretación y solución, lo cual puede traer consecuencias para el contribuyente.
Resumo:
Ante la implementación de Normas de Información Financiera Adoptadas en El Salvador NIF/ES se genera una serie de divergencias con las disposiciones contenidas en nuestras leyes tributarias y principalmente lo regulado en el Código Tributario, La Ley de Impuesto sobre la Renta y su reglamento, en cuanto a los criterios aplicados para el reconocimiento, medición y presentación de los activos y Pasivos, ingresos y Gastos generando así a los profesionales de contaduría pública dificultad en la aplicación y comprensión de algunas Normas Internacionales de Contabilidad entre las cuales se encuentra la NIC 12 Impuesto sobre la Ganancia. La NIC 12 tiene como objetivo prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. La Norma revisada establece dos métodos para contabilizar el Impuesto diferido: el primer método es el del pasivo basado en el Balance que contempla las diferencias temporarias surgidas de los activos así como de los pasivos, y el segundo método es del pasivo que se basa en el estado de resultados, el cual se centra en las diferencias temporales de ingresos y gastos. Las diferencias temporales en el estado de resultados son diferencias entre la ganancia fiscal y la contable que se originan en un periodo y revierten en otro u otros posteriores. Las diferencias temporarias en el balance son las que existen entre la base fiscal de un activo o pasivo, y su importe en libros dentro del balance. El principal objetivo de nuestra investigación es la Propuesta de un sistema de control interno contable para el adecuado reconocimiento, medición, presentación y revelación del Impuesto sobre las Ganancias en las Empresas del sector industrial de calzado, y desarrollar ejercicios prácticos apegados a las regulaciones fiscales de nuestro contexto para un adecuado análisis e interpretación de resultados en los estados financieros de la compañía. El estudio se realizó mediante un cuestionario dirigido a los profesionales de contaduría pública y gerentes financieros de la Industria del Calzado en la zona metropolitana de San Salvador, así como también se utilizó bibliografía relacionada al Impuesto diferido. El manejo del término contable Impuesto diferido, aunque ha sido divulgado ampliamente en los últimos años, no ha sido de aplicación general en nuestras medianas y pequeñas empresas; así como también algunos contadores no han tenido suficiente experiencia en el uso de este término ni en una comprensión adecuada de la técnica contable que debe ser conocida en la aplicación del concepto de diferir el efecto de los impuestos en los estados financieros, ni medir los efectos financieros de su no consideración. Se recomienda a los profesionales de la Contaduría Pública la aplicación de la presente propuesta del Sistema de Control Interno Contable para un adecuado reconocimiento, medición, presentación y revelación de la NIC 12 Impuesto sobre la Ganancia para la determinación de diferencias temporarias y permitir de esta manera que las empresas de la Mediana y Pequeña empresa sean las que lideren en el conocimiento del tema.
Resumo:
Esta investigación dirigida por los métodos de investigación sistemático, exegético, y teleológico, pretende analizar los contratos petroleros de Campos Marginales utilizados por la legislación ecuatoriana y específicamente, el papel de Impuesto al Valor Agregado en la producción de la Curva Base; ésta, se convierte en una figura contractual innovadora que ha producido una interesante discusión a nivel nacional; sin embargo, la propuesta de este trabajo va encaminado a encontrar un mejor proceso de inversión para el Ecuador en los Campos Marginales, que le permita a nuestro país generar mayores ingresos a su favor, no solo vinculado con la generación de ingresos tributarios, sino primordialmente con las ganancias que los recursos explotados localizados en territorio nacional creen. Para cumplir con este fin, en la primera parte, hacemos una retrospectiva alrededor de los inicios de los modelos contractuales utilizados a principios del siglo veinte; a continuación, se analiza el Contrato de Campos Marginales, y sus principales componentes. En el segundo capitulo, detenemos nuestro análisis en la aplicación del Impuesto al Valor Agregado en los servicios, desde la perspectiva nacional y comunitaria (CAN), así como, exponemos el fundamento jurídico de que la “Curva Base” no es un servicio. Finalmente, en la tercera parte del estudio, analizamos al Contrato de Campos Marginales desde el punto de vista del Derecho Administrativo y observamos la posición de los actores del contrato respecto del IVA en la Curva Base de Producción. En nuestra conclusión presentamos nuestra postura sobre el IVA en el Contrato de Campos Marginales y recomendamos una nueva opción de inversión.
Resumo:
En la actualidad, las Sociedades en el Ecuador elaboran sus Estados Financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF´s);esta normativa no siempre coincide con la aplicación de la legislación tributaria. Es por eso que el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) ha emitido la Norma Internacional de Contabilidad NIC No. 12 “Impuesto a las Ganancias”, con lo cual se pretende mostrar los efectos de estas diferencias en la preparación de los Estados Financieros y lo que se busca es reconocer el gasto por “Impuesto a las Ganancias” en el período en el que se registran los ingresos y gastos, independientemente al valor que se tenga que tributar al Fisco en el mismo período, por la aplicación de la normativa tributaria. En el Ecuador la Superintendencia de Compañías mediante resolución N. 06QICI004 del 21 de agosto del 2006, publicada en Registro Oficial N. 348 del 4 de septiembre del mismo año ordena la adopción de las NIIF de aplicación obligatoria por parte de las compañías y entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías.Motivo por el cual la presente investigación intenta explicar de manera detallada cuáles son las implicaciones contables y tributarias de la aplicación o adopción de la Norma Internacional de Contabilidad No. 12 “Impuesto a las Ganancias” en el Ecuador para lo cual me basaré en la elaboración de casos prácticos.
Resumo:
Este trabajo busca poner en conocimiento al empleado en relación de dependencia que es alcanzado por el impuesto a las ganancias de cuarta categoría, de que existen una serie de deducciones personales, generales y especiales, que permiten disminuir el importe del impuesto a tributar. Además, explica los cambios introducidos en el año 2013, mediante distintas resoluciones.
Resumo:
La decisión de fijar impuestos inevitablemente implica un análisis de eficiencia y equidad, relación que ha sido extensamente estudiada en la literatura económica; sin embargo, los estudios asociados a impuestos óptimos para la economía peruana son reducidos, por lo que el presente trabajo busca dar un alcance de las tasas óptimas del impuesto a la renta que tendrían que pagar las familias, dadas las características de la economía de nuestro país. El marco teórico utilizado es el de Mirrlees (1971: 175-208), que es el autor de mayor aceptación y cuyo modelo continúa desarrollándose. Se propone un esquema de tasas de impuestos dependientes de la edad de los individuos, las cuales generan ganancias intra-temporales así como inter-temporales. Se analiza este esquema tributario bajo distintos enfoques del modelo de Mirrlees, considerándose el enfoque estándar, el de preferencias heterogéneas, y un modelo con preferencias implícitas del gobierno. De las simulaciones realizadas se encuentra que las personas menores a 35 años tendrían que pagar tasas marginales topes o máximas de 26%, mientras que las personas mayores a 35 años pagarían una tasa máxima de 31%.
Resumo:
Fundamentalmente el objetivo de la contabilidad es presentar razonablemente las cifras en los Estados Financieros, por lo que se ha buscado unificar bases o criterios para el registro de las operaciones; debido a esto, el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoria, estableció que las Normas Internacionales de Contabilidad deberían ser de aplicación obligatoria a partir del año 2004, sin embargo tradicionalmente las obligaciones tributarias se han venido registrando con base en las leyes fiscales vigentes, cuyos criterios para el registro y valuación de activos y pasivos, preparación de estados financieros y el reconocimiento o diferimiento de ingresos y gastos no siempre coinciden con los criterios empleados por las normas contables, esta diferencia de criterios, da lugar a que la utilidad contable determinada como resultado del ejercicio sea diferente a la utilidad tributaria (renta imponible), por lo que el Impuesto Sobre la Renta calculado contablemente y tributariamente también es diferente, lo que es reconocido como Impuesto Diferido. Para hacer frente a este problema, se emitió la Norma Internacional de Contabilidad N° 12 denominada Impuesto Sobre las Ganancias, con el fin de que estas diferencias, estén reconocidas en los estados financieros de la empresa. Por lo que el objetivo de este trabajo es básicamente determinar cuáles son las diferencias que surgen al aplicar ambos tipos de normas, estableciendo el tratamiento que se debe aplicar para calcular el impuesto diferido a través de la elaboración de casos prácticos y su presentación en los estados financieros. Los instrumentos utilizados para la obtención de la información que sirvió de base para los resultados de la investigación, se utilizó el cuestionario y la entrevista, los cuales fueron contestados por empresas industriales afiliadas a la ASÍ (Asociación Salvadoreña de Industriales), tabulando aquellas preguntas que eran fundamentales para lograr los objetivos de la investigación y elaborando gráficos para facilitar la interpretación de dichos resultados. De estos resultados se pudo determinar que las empresas efectivamente reconocen que hay diferencias al aplicar las leyes tributarias y las normas contables, sin embargo más de la mitad de los encuestados no considera en sus registros estas diferencias; así también la mayoría utiliza para el cálculo del impuesto sobre la renta la Normativa Tributaria, lo que conduce a una mala presentación de los Estados Financieros, es decir, una inadecuada correlación de ingresos y gastos que afecta la determinación de la utilidad o pérdida del período, ya que impositivamente se incluye el efecto de partidas de ingresos y gastos que no pudieran corresponder al período corriente sino a otros períodos. Además de que un poco más de la mitad de los encuestados conoce lo establecido por la NIC 12 solamente unos cuantos lo aplican, debido a que tienen problemas en reconocer los pasos que deben seguir para la determinación del impuesto diferido y el tratamiento que se debe aplicar a las diferencias que lo originan. Debido a la dificultad que tienen los que ejercen la profesión de la Contaduría Pública, en este trabajo de investigación se desarrollan ejemplos y casos prácticos que muestran como se determina el impuesto diferido, el efecto de la no aplicación del mismo y su forma de presentación o revelación en los estados financieros, según sea el caso. De acuerdo a los resultados obtenidos se concluye que es necesario que las empresas capaciten a sus empleados o estos por sus propios medios, a través de seminarios o actualizaciones contables para aplicar la nueva normativa (Normas Internacionales de Contabilidad) de la manera correcta y así obtener estados financieros con cifras razonables.