9 resultados para Guardavidas
Resumo:
Dentro de las distintas tareas que se distinguen en el ámbito de la Administración de la Educación, y que es inherente a la misma, reconocemos a la organización como una de ellas. En la organización apreciamos entre otros, a los recursos humanos, quienes como dice la propuesta curricular para los Centro de Educación Física, serán los que posibiliten la concreción de la intencionalidad pedagógica de dicho Centro. La adaptación jurídico-legal a la Ley 23849/90 Convención sobre los Derechos del Niño, en el Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires se expresa entre otras normas en el Reglamento General de Escuelas Públicas de la Provincia de Buenos Aires. En varios artículos del nombrado Reglamento podemos observar dicha adaptación, entre ellos por ejemplo se establece la obligación de cuidado por parte de la institución y su personal, durante la realización de actos educativos en la que participen los alumnos. Esto nos lleva a pensar sobre actores dentro de la educación con novedosos y definidas roles y funciones: el Docente Guardavidas. ¿Como deviene su carácter docente? ¿Qué estatus tiene dentro de la administración del sistema?
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Dentro de las distintas tareas que se distinguen en el ámbito de la Administración de la Educación, y que es inherente a la misma, reconocemos a la organización como una de ellas. En la organización apreciamos entre otros, a los recursos humanos, quienes como dice la propuesta curricular para los Centro de Educación Física, serán los que posibiliten la concreción de la intencionalidad pedagógica de dicho Centro. La adaptación jurídico-legal a la Ley 23849/90 Convención sobre los Derechos del Niño, en el Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires se expresa entre otras normas en el Reglamento General de Escuelas Públicas de la Provincia de Buenos Aires. En varios artículos del nombrado Reglamento podemos observar dicha adaptación, entre ellos por ejemplo se establece la obligación de cuidado por parte de la institución y su personal, durante la realización de actos educativos en la que participen los alumnos. Esto nos lleva a pensar sobre actores dentro de la educación con novedosos y definidas roles y funciones: el Docente Guardavidas. ¿Como deviene su carácter docente? ¿Qué estatus tiene dentro de la administración del sistema?
Resumo:
Dentro de las distintas tareas que se distinguen en el ámbito de la Administración de la Educación, y que es inherente a la misma, reconocemos a la organización como una de ellas. En la organización apreciamos entre otros, a los recursos humanos, quienes como dice la propuesta curricular para los Centro de Educación Física, serán los que posibiliten la concreción de la intencionalidad pedagógica de dicho Centro. La adaptación jurídico-legal a la Ley 23849/90 Convención sobre los Derechos del Niño, en el Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires se expresa entre otras normas en el Reglamento General de Escuelas Públicas de la Provincia de Buenos Aires. En varios artículos del nombrado Reglamento podemos observar dicha adaptación, entre ellos por ejemplo se establece la obligación de cuidado por parte de la institución y su personal, durante la realización de actos educativos en la que participen los alumnos. Esto nos lleva a pensar sobre actores dentro de la educación con novedosos y definidas roles y funciones: el Docente Guardavidas. ¿Como deviene su carácter docente? ¿Qué estatus tiene dentro de la administración del sistema?
Resumo:
La finalidad de la ponencia es ofrecer un análisis y reflexión personal sobre los multifactores a tener en cuenta en relación a la seguridad en las prácticas acuáticas. Comenzare con definir que es la seguridad y el alcance que tiene en el ámbito acuático, teniendo en cuenta el marco legal al cual esta sometido el docente, el guardavidas, la institución y los alumnos. Cada uno de estos actores tiene una responsabilidad individual pero todos tienen el mismo grado de ascendencia al momento de un accidente. En el caso particular del guardavidas se modifico la ordenanza 9885, con lo cual el rol y la presencia del guardavidas se jerarquiza. Actualmente el estado esta evaluando la posibilidad de la presencia de un medico permanente que prioriza la asistencia como una medida mas de seguridad sin descartar lo que hasta hoy forma parte de la prevención que es la contratación de un sistema de emergencia y traslado al llamado. En relación a la labor pedagógica la seguridad no se puede reducir solo al desarrollo de la clase sino que comprende desde la delimitación adecuada del espacio, la cantidad de alumnos con los cuales legalmente debe trabajar y la distribución de los mismos en el espacio, la selección de actividades y elementos a utilizar en las mismas, hasta de la prevención de posibles accidentes a través de la concientización de los alumnos de las normas básicas de seguridad y respeto por sus pares
Resumo:
La finalidad de la ponencia es ofrecer un análisis y reflexión personal sobre los multifactores a tener en cuenta en relación a la seguridad en las prácticas acuáticas. Comenzare con definir que es la seguridad y el alcance que tiene en el ámbito acuático, teniendo en cuenta el marco legal al cual esta sometido el docente, el guardavidas, la institución y los alumnos. Cada uno de estos actores tiene una responsabilidad individual pero todos tienen el mismo grado de ascendencia al momento de un accidente. En el caso particular del guardavidas se modifico la ordenanza 9885, con lo cual el rol y la presencia del guardavidas se jerarquiza. Actualmente el estado esta evaluando la posibilidad de la presencia de un medico permanente que prioriza la asistencia como una medida mas de seguridad sin descartar lo que hasta hoy forma parte de la prevención que es la contratación de un sistema de emergencia y traslado al llamado. En relación a la labor pedagógica la seguridad no se puede reducir solo al desarrollo de la clase sino que comprende desde la delimitación adecuada del espacio, la cantidad de alumnos con los cuales legalmente debe trabajar y la distribución de los mismos en el espacio, la selección de actividades y elementos a utilizar en las mismas, hasta de la prevención de posibles accidentes a través de la concientización de los alumnos de las normas básicas de seguridad y respeto por sus pares
Resumo:
La finalidad de la ponencia es ofrecer un análisis y reflexión personal sobre los multifactores a tener en cuenta en relación a la seguridad en las prácticas acuáticas. Comenzare con definir que es la seguridad y el alcance que tiene en el ámbito acuático, teniendo en cuenta el marco legal al cual esta sometido el docente, el guardavidas, la institución y los alumnos. Cada uno de estos actores tiene una responsabilidad individual pero todos tienen el mismo grado de ascendencia al momento de un accidente. En el caso particular del guardavidas se modifico la ordenanza 9885, con lo cual el rol y la presencia del guardavidas se jerarquiza. Actualmente el estado esta evaluando la posibilidad de la presencia de un medico permanente que prioriza la asistencia como una medida mas de seguridad sin descartar lo que hasta hoy forma parte de la prevención que es la contratación de un sistema de emergencia y traslado al llamado. En relación a la labor pedagógica la seguridad no se puede reducir solo al desarrollo de la clase sino que comprende desde la delimitación adecuada del espacio, la cantidad de alumnos con los cuales legalmente debe trabajar y la distribución de los mismos en el espacio, la selección de actividades y elementos a utilizar en las mismas, hasta de la prevención de posibles accidentes a través de la concientización de los alumnos de las normas básicas de seguridad y respeto por sus pares
Resumo:
A partir del 2007 se promulgó la Ley de Educación en la Provincia de Buenos Aires, bajo el n° 13688/07. Luego se dictaron diferentes actos resolutivos, entre ellos la Resolución 3655/07 desde la cual se estableció el Marco General de la Política Curricular de la Provincia de Buenos Aires. Precisamente a partir de dicho Marco, en 2009 se aprueba la Resolución 3829/09, que no solo establece el Marco General del Ciclo Superior de Escuelas Secundarias en la Provincia de Buenos Aires, sino también, aprueba los Diseños Curriculares de la Secundaria Orientada; entre estás orientaciones se encuentra la de Educación Física. La Educación Física como campo disciplinar presenta un amplio espectro de prácticas, entre ellas el deporte. Las orientaciones además de la formación común poseen materias específicas que hacen al campo disciplinar, en el caso de la Orientación en Educación Física, pondremos la mirada en aquellas materias específicas relacionadas con la práctica deportiva y la posibilidad de elección de algunos deportes dentro de los contenidos mínimos a tratar, como así también veremos que la elección siendo contextuada, en el caso del canotaje en la Escuela de Educación Secundaria n° 1 de Berisso, no puede llevarse a la práctica por impedimentos administrativos
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A partir del 2007 se promulgó la Ley de Educación en la Provincia de Buenos Aires, bajo el n° 13688/07. Luego se dictaron diferentes actos resolutivos, entre ellos la Resolución 3655/07 desde la cual se estableció el Marco General de la Política Curricular de la Provincia de Buenos Aires. Precisamente a partir de dicho Marco, en 2009 se aprueba la Resolución 3829/09, que no solo establece el Marco General del Ciclo Superior de Escuelas Secundarias en la Provincia de Buenos Aires, sino también, aprueba los Diseños Curriculares de la Secundaria Orientada; entre estás orientaciones se encuentra la de Educación Física. La Educación Física como campo disciplinar presenta un amplio espectro de prácticas, entre ellas el deporte. Las orientaciones además de la formación común poseen materias específicas que hacen al campo disciplinar, en el caso de la Orientación en Educación Física, pondremos la mirada en aquellas materias específicas relacionadas con la práctica deportiva y la posibilidad de elección de algunos deportes dentro de los contenidos mínimos a tratar, como así también veremos que la elección siendo contextuada, en el caso del canotaje en la Escuela de Educación Secundaria n° 1 de Berisso, no puede llevarse a la práctica por impedimentos administrativos
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A partir del 2007 se promulgó la Ley de Educación en la Provincia de Buenos Aires, bajo el n° 13688/07. Luego se dictaron diferentes actos resolutivos, entre ellos la Resolución 3655/07 desde la cual se estableció el Marco General de la Política Curricular de la Provincia de Buenos Aires. Precisamente a partir de dicho Marco, en 2009 se aprueba la Resolución 3829/09, que no solo establece el Marco General del Ciclo Superior de Escuelas Secundarias en la Provincia de Buenos Aires, sino también, aprueba los Diseños Curriculares de la Secundaria Orientada; entre estás orientaciones se encuentra la de Educación Física. La Educación Física como campo disciplinar presenta un amplio espectro de prácticas, entre ellas el deporte. Las orientaciones además de la formación común poseen materias específicas que hacen al campo disciplinar, en el caso de la Orientación en Educación Física, pondremos la mirada en aquellas materias específicas relacionadas con la práctica deportiva y la posibilidad de elección de algunos deportes dentro de los contenidos mínimos a tratar, como así también veremos que la elección siendo contextuada, en el caso del canotaje en la Escuela de Educación Secundaria n° 1 de Berisso, no puede llevarse a la práctica por impedimentos administrativos