17 resultados para Femicidio


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El propósito de este artículo es el femicidio considerado como un delito por razones de género. Ofrece un análisis feminista de las dimensiones conceptuales del tipo penal; incluye los principales argumentos explorados en América Latina, examina diferentes aspectos defendidos por feministas y activistas del movimiento de mujeres, tiene en cuenta algunas reacciones desencadenadas por la tipificación y considera la estructura general del delito tal como ha sido aprobado en seis países: Costa Rica (ley especial, 2007), Guatemala (ley especial, 2008), México (ley general, 2007), El Salvador (ley especial e integral, 2010), Colombia y Chile (reformas del código penal, 2008 y 2010). Este studio es muy importante porque los asuntos penales, además de generar diferentes debates a nivel judicial y legislativo han abierto nuevas vías para continuar la investigación crítica de esta expresión extrema de las violencias de género que atacan los cuerpos de las mujeres y menoscaban el derecho a vivir una vida libre de violencias.

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El presente trabajo investigativo tiene como propósito constatar la realidad jurídica respecto al delito de femicidio y sus perspectivas procesales en el Ecuador, para lo cual se analizan los problemas jurídico procesales que existen en la identificación, investigación, prueba, juzgamiento y sanción del delito en estudio, ante lo cual se proponen posibles soluciones, encaminadas a detectarlo y procesarlo de manera óptima. En el primer capítulo se realizan precisiones terminológicas, así como un estudio del femicidio a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos inherentes al tema tratado; además se ejecuta un ejercicio de derecho comparado, necesario y útil, por cuanto el delito estudiado ha sido recientemente incorporado en la legislación ecuatoriana, siendo conveniente estudiar la tipificación, procedimientos, doctrina y pronunciamientos judiciales de los países escogidos para su debida comparación y análisis. En el segundo capítulo se investiga la realidad procesal del femicidio en Ecuador, así como los medios probatorios idóneos para demostrar la existencia del delito y la responsabilidad del procesado; se determinan de manera clara los roles específicos y especializados de los fiscales y juzgadores. Esta investigación finaliza con propuestas claras respecto de los problemas encontrados en la investigación, juzgamiento y sanción del femicidio, con el fin de contribuir con sugerencias encaminadas a mejorar y optimizar los procedimientos a llevarse a cabo.

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La violencia contra las mujeres es una lacra de nuestra sociedad que no se consigue erradicar. En su versión extrema e irreversible terminar con la muerte de la víctima. Desde mediados de la década de los años 70, del siglo pasado y de la mano de Diane Russell se visibilizaron los femicidios como el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer. Posteriormente, en los años 90, Marcela Lagarde crea el neologismo feminicidio al traducir la obra de Rusell al español. Desde entonces ambos términos han creado un espacio de conocimiento, de investigación y de acción política. El propósito de este trabajo es averiguar cómo se ha abordado el femicidio / feminicidio en las ciencias sociales en el contexto iberoamericano. Para ello se ha optado por una revisión de la literatura especializada en español y en portugués, analizando el tratamiento que reciben así como el alcance de los términos.

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Los medios de comunicación tienen un gran potencial para influir en los temas que la población comenta. Es así que con el presente estudio se pretende conocer cómo los medios construyen los discursos sobre las muertes violentas de mujeres, en tanto que si lo hacen desde una perspectiva educativa y preventiva podrían contribuir a la erradicación de la violencia contra las mujeres, pero si por el contrario lo hacen de manera sensacionalista ayudarán a reproducir estereotipos acerca del rol que la mujer debe cumplir dentro de la sociedad. Esta investigación tiene como objetivo principal examinar el tratamiento periodístico que realizaron los diarios El Mercurio, El Comercio y El Universo sobre los casos de femicidio de Cristina Suquilanda, Karina del Pozo y Edith Bermeo, respectivamente. Para determinar si el abordaje fue sensacionalista o por el contrario se incluyó una perspectiva de género, se utilizó la metodología del Análisis Crítico de Discurso que permitió develar las construcciones discursivas que se hacen alrededor de las muertes violentas de mujeres. De esta manera se encontró que no existe una perspectiva de género en las noticias sobre femicidios.

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La utilización de los términos femicidio y feminicidio en Ecuador, es relativamente reciente, y aunque no existe una figura penal que acoja alguna de estas denominaciones, a priori se refiere al homicidio de mujeres. El concepto de femicidio fue introducido en los debates sobre violencia contra las mujeres en los 70, para referirse al asesinato perpetuado por hombres a mujeres, motivados por un sentido de poder y al mismo tiempo de desprecio o desvalorización de sus cuerpos y proyectos de vida. Diana Rusell, feminista estadounidense, planteó la definición de femicidio, con el objeto de que al nombrar los crímenes de mujeres en manos de hombres, sea más fácil identificarlos en el ámbito de la política sexual, y para que estos dejen de ser asumidos como cuestiones privadas y/o patológicas, y más bien sean analizados como expresión del dominio patriarcal: “Cuando los hombres matan a las mujeres [...] el poder dinámico de la misoginia y el sexismo está involucrado”.1 Siguiendo esta línea de reflexión, la Comisión de Transición hacia el Consejo de las Mujeres y la Igualdad de Género, explica que al hablar de femicidio se refiere a las muertes violentas de mujeres, que no se producen en forma casual, y tampoco son producto de actos de violencia social generalizada. Por otro lado, recalca que los femicidios ocurren bajo lógicas y dinámicas distintas que las que envuelven los homicidios de hombres causados por hombres

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