999 resultados para FACULTAD SANCIONADORA


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En el presente trabajo se analiza la relación que existe entre la Administración Tributaria y los contribuyentes en el marco de la gestión de tributos y particularmente en el ejercicio de la facultad sancionadora a cargo de ésta. Relación que debe desarrollarse dentro de un equilibrio entre las prerrogativas de la Administración y los derechos y garantías de los contribuyentes, relación que necesariamente debe estar encuadrada dentro del marco de la legalidad. Si bien es cierto la facultad otorgada a la Administración Tributaria para que pueda juzgar y sancionar el cometimiento de infracciones tributarias de carácter administrativo, se encuentra conferida mediante ley, así como con las reformas introducidas por la Ley para las Finanzas Públicas, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 181 de 30 de abril de 1999, a efecto de que pueda ejercer métodos de control referentes a la aplicación de los tributos, así como a la prevención de los posibles ilícitos tributarios, y su sanción posterior cuando se ha establecido su cometimiento, es deber de la Administración al aplicar la ley, asegurar este equilibrio, procurando hacer valer sus prerrogativas sin que estas lleguen a vulnerar los derechos de los contribuyentes.

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El Estado colombiano tiene una capacidad de sanción que ha sido diseñada para ser ejercida por el presidente de la república. En algunas ocasiones gracias a la figura de la delegación se les entregan estas facultades de sanción a los gobernadores, los alcaldes de los distritos y los alcaldes de los municipios, quienes actúan como representantes legales de estas entidades territoriales que hasta la fecha son las únicas que existen en Colombia. El presente trabajo evaluará esa capacidad de sanción en un tema especifico como es el procedimiento sancionatorio de alimentos, procedimiento que es similar en su estructura legal en todas las entidades territoriales, pero que en su aplicación presenta características diferentes, estas diferencias permiten demostrar la hipótesis planteada que los procedimientos sancionatorios en alimentos en las entidades territoriales son débiles, no obstante contar con toda la facultad sancionadora delegada para ejercer esta actividad.

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Con la entrada en vigencia de la Constitución del 2008 en lo concerniente a la organización de la administración de justicia. se dio un giro radical, pues se impuso el nacimiento de una nueva Función Judicial acorde a la nueva concepción del Estado. Este cambio radical daría lugar para que el legislativo dicte una ley que establece los principios, sienta las bases de la organización de los diferentes organismos que integran la Función Judicial, concebida como una unidad, y determina las normas a las cuales han de someter su actuación quienes intervienen en el proceso judicial. El ejercicio de la potestad sancionadora reconocida constitucionalmente y el reconocimiento del poder para el establecimiento de sanciones a determinadas conductas consideradas como lesivas al ordenamiento jurídico, son unos de los asuntos que también se desarrollan en el Código Orgánico de la Función Judicial. Y es a partir del análisis de esas normas, de la doctrina y la jurisprudencia que pretendo determinar con mi estudio los rasgos esenciales que definen el ejercicio de la potestad sancionatoria disciplinaria del órgano de control de la Función Judicial y establecer si el procedimiento administrativo sancionador previsto en el Código Orgánico funciona en estricta observancia de los derechos y garantías previstos en la Constitución de la República, particularmente en lo concerniente al principio de proporcionalidad, en cuanto se trata de un principio que permite evitar los excesos o abusos de poder que podrían provenir del empleo indiscriminado de la facultad discrecional atribuida al órgano de control y garantizar que exista una debida proporcionalidad entre la gravedad de la falta y la sanción impuesta. En otras palabras, el objetivo de esta tesis es realizar un análisis dogmático y normativo del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria del órgano de control de la Función Judicial y su sujeción al principio de proporcionalidad. Para tal efecto, he realizado una tarea de recopilación y análisis de algunos textos doctrinarios en materia administrativa, entre los que juegan un rol preponderante las elaboraciones de Carlos Bernal Pulido, Juan Carlos Casaggne, Javier Vidal Perdomo, los mismos que por su precisión técnica, me han proporcionado una clara orientación para mi estudio.

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Resumen: Los agroquímicos son definidos por FAO como “cualquier sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, destruir o controlar cualquier plaga que perjudique o interfiera en la producción agrícola”. Durante el transporte, almacenamiento y utilización de los mismos se corre el riesgo de sufrir intoxicaciones y de ocasionar daños al medio ambiente. El correcto transporte y seguro almacenamiento y utilización de agroquímicos es un punto clave para minimizar estos riesgos. Existe normativa y programas internacionales que brindan los lineamientos para el correcto almacenamiento de agroquímicos. La República Argentina no posee normativa sobre este tema. Sin embargo existe el Programa de Certificación en Seguridad de Depósitos de Agroquímicos denominado “Depósitos OK” perteneciente a la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE). Considerando que una universidad como la Universidad Católica Argentina (UCA) debe ser ejemplo del correcto transporte, almacenamiento y utilización de agroquímicos y ante la ausencia de normativa oficial sobre almacenamiento de agroquímicos; En este trabajo se analizó en forma crítica la implementación del Programa “Depósitos OK” en el depósito de agroquímicos de la Facultad de Ciencias Agrarias (FCA) de la UCA. En base al análisis realizado se elaboraron tres alternativas para la implementación de mejoras en materia de seguridad y calidad de almacenamiento de agroquímicos.

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Querido hermano: Próximamente tendrá lugar, en esa Pontificia Universidad Católica Argentina, y bajo la dirección del Decano de la Rota Romana, Mons. Pio Vito Pinto, un curso sobre los procesos matrimoniales...

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Resumen: Este artículo se ocupa de recorrer los orígenes y el desarrollo de la Facultad de Teología de la Universidad Católica Argentina con motivo del centenario de su creación. Teniendo en cuenta los primeros antecedentes universitarios en territorio argentino en el siglo XVII, el autor se centra en analizar los pormenores entorno al Breve fundacional de 1916 y transita los primeros momentos de la su vida académica hasta el tiempo inmediatamente previo al Concilio Vaticano II

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Contenido: Contabilidad y estados contables : implicancias del nuevo ordenamiento del Código Civil y Comercial de la Nación / Guillermo Boggino ; Clide Palacios -- De la inconmensurabilidad a la multimodalidad, un camino sin cisuras / Francisco Casiello ; Luis Herrera -- Ejercicios con la relación entre crecimiento económico y gasto público / Juan Sebastián Landoni -- La vigencia de las ideas de Ludwig Von Mises, para la interpretación de los problemas de Latinoamérica, en la actualidad / Guillermo Covernton -- Servicio de consulta / Patricia Constantini -- La inserción laboral de jóvenes profesionales con discapacidad en el marco de la responsabilidad social empresaria y los indicadores no financieros en la gestión sostenible / Analía Cinalli -- Una nueva menesterosidad para habitar la enseñanza de la filosofía / María del Huerto Revaz -- Los activos intangibles : una incertidumbre en la información contable / Vanesa Vazzano -- El modelo de gestión estratégica de recursos humanos como herramienta de desarrollo, crecimiento, eficiencia y modernización de la gestión pública / Hilda Delaux -- Estudio de la estabilidad de una variante del modelo de la telaraña / José Semitiel ; Angélica Arnulfo ; Cintia Cianciardo -- Microcréditos : tensión social ente destinatarios y tasa de interés / Germán Messina

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En este volumen XVIII del Anuario Argentino de Derecho Canónico se publica la crónica que refleja la actividad académica de la Facultad de Derecho Canónico “Santo Toribio de Mogrovejo” durante el año 2012, tal como se ha hecho en forma ininterrumpida desde el volumen II de 1995. El ciclo lectivo comenzó con una misa concelebrada por profesores y alumnos en la sede del edificio “Santa María” del campus universitario de Puerto Madero. A continuación, en el salón de usos múltiples del edificio Santa María, se llevó a cabo la tradicional lectio brevis que estuvo a cargo del Pbro. dr. Ariel David Busso, quien se refirió a “El derecho y el tiempo”.

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Resumen: En su lectio inauguralis del año académico de la Facultad de Teología de la Universidad Católica Argentina, el autor toma la oportunidad de la celebración del Centenario de dicha Facultad y los cincuenta años de la clausura del Concilio Vaticano II, para reflexionar sobre la influencia de este último en el “estilo” de aquélla. Este estilo es, en efecto, fruto de la recepción del Concilio, que ha hecho prevalecer el tema del amor en el pensamiento y la vida cristiana, junto con una visión de la revelación como comunicación de Dios a los hombres en la historia, y una nueva atención a los “signos de los tiempos”, generando así una nueva actitud caracterizada por la apertura y el diálogo. El “estilo integrador” de nuestra Facultad, inspirado en el Concilio y en la figura de Pablo VI, encuentra un renovado impulso en el Papa Francisco, para quien la “auténtica” teología debe ser hecha “de rodillas” y desde el “corazón”, siendo a la vez saber humilde y amor comprometido

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En el mes de octubre del año pasado se realizó en la Facultad una Reunión de Claustro en la que participamos unos cuarenta profesores, reunidos para conversar e intercambiar ideas acerca de la entrevista que el P. Antonio Spadaro S.J. le hiciera al papa Francisco. Como los temas abordados allí fueron muchos, nos pareció oportuno señalar los que podían interesar de manera más directa a nuestra Facultad. En el diálogo tuvimos presente esa perspectiva, la de la posible recepción o incidencia entre nosotros de algunas de las afirmaciones hechas en esa entrevista. La conversación giró en torno a cuatro grandes campos temáticos: Eclesiológico; Pastoral-Moral; Espiritualidad; Diálogo fe-cultura. Haciéndome eco de esa rica experiencia, que seguramente se prolongará en el presente año académico, quisiera retener un párrafo de dicha entrevista, a partir del cual intentaré reflexionar manteniendo la misma perspectiva, a saber, la de su posible incidencia en la vida de nuestra Facultad...