884 resultados para Derecho a ser cuidados por los padres
Resumo:
La actitud de los padres hacia hijos inadaptados es determinante para su recuperación y para el desarrollo de una vida completa. Hay varios argumentos que lo justifican: la familia es el primer ambiente en el que se manifiesta la inadaptación, es la obligación de los padres, como tales, de ser el apoyo y la ayuda fundamental del inadaptado, la actuación de la familia facilita la reeducación y la inadaptación de un niño bien atendido por su familia, tiene más fácil solución. Después se exponen una serie de principios educativos generales, con validez para todo tipo de inadaptación. Por ejemplo la creencia absoluta de que una correcta acción educativa va a producir los efectos deseados de reeducación, el iniciar la acción educativa tan pronto como se constate la inadaptación, y nunca esperar a que sea el niño por si sólo el que resuelva esta inadaptación, una actitud paciente y persistente, y por último mantener al niño inadaptado ocupado en actividades diversas.
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La Convención Internacional de los Derechos del Niño establece un quiebre radical en el modo de pensar a la infancia y gran parte de su fuerza emana del reconocimiento del papel que desempeña el entorno familiar en el desarrollo de las capacidades de los niños y el potencial de las nuevas generaciones. El propósito de este artículo es aportar a la conceptualización de las familias como espacio de producción de cuidado para orientar el diseño e implementación de las políticas de apoyo a las familias que promueven los Sistemas Nacionales de Protección Integral de los Derechos de la Infancia
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La Convención Internacional de los Derechos del Niño establece un quiebre radical en el modo de pensar a la infancia y gran parte de su fuerza emana del reconocimiento del papel que desempeña el entorno familiar en el desarrollo de las capacidades de los niños y el potencial de las nuevas generaciones. El propósito de este artículo es aportar a la conceptualización de las familias como espacio de producción de cuidado para orientar el diseño e implementación de las políticas de apoyo a las familias que promueven los Sistemas Nacionales de Protección Integral de los Derechos de la Infancia
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La Convención Internacional de los Derechos del Niño establece un quiebre radical en el modo de pensar a la infancia y gran parte de su fuerza emana del reconocimiento del papel que desempeña el entorno familiar en el desarrollo de las capacidades de los niños y el potencial de las nuevas generaciones. El propósito de este artículo es aportar a la conceptualización de las familias como espacio de producción de cuidado para orientar el diseño e implementación de las políticas de apoyo a las familias que promueven los Sistemas Nacionales de Protección Integral de los Derechos de la Infancia
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1.- Averiguar cómo se justifican los derechos de los padres a la educación de sus hijos en diversos tratados internacionales y en el ordenamiento jurídico español. 2.- Descubrir las pautas principales para un buen funcionamiento de distintos procedimientos en las relaciones entre el centro educativo y la familia. Cinco centros educativos navarros (Colegio Irabia, Colegio Miravalles, IES Plaza de la Cruz, Colegio San Cernín, Ikastola de San Fermín). Se han empleado dos tipos de metodología: el estudio teórico y el estudio de casos. Por una parte, se ha realizado la mayor parte de este trabajo a partir del estudio de la bibliografía disponible, mediante el cual, se ha profundizado en la cuestión de los derechos de los padres a la educación de sus hijos y tres de los posibles procedimientos utilizados por el centro educativo para informar, acercar, complementar y coordinar su trabajo con los padres de familia. Por otro lado, con el fin de conocer la realidad concreta de algunos centros educativos navarros, se ha hecho un estudio de casos. Primero se utilizan varios casos concretos para estudiar la realidad que se quiere explorar; y segundo, se examina el caso de cada centro para profundizar en el tema que se ha estudiado. 1.- Cuestionario por escrito a cinco docentes por centro estudiado. 2.- Cuestionario oral mediante entrevista personal a los responsables de la organización de las reuniones con padres de familia. 1.- Los derechos de los padres a la educación de sus hijos están ampliamente reconocidos tanto en los tratados internacionales como en el marco jurídico español. 2.- Los procedimientos utilizados por el centro educativo para coordinar su trabajo con los padres de familia son: entrevistas individuales con los padres, reuniones grupales con los padres y el uso de internet y página web escolar. 3.- Es general la percepción de la importancia de la entrevista con los padres.
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Fundamentar teóricamente el derecho de los padres a la educación de sus hijos y desarrollar las implicaciones pedagógicas, jurídicas y socio-políticas del modelo de política educativa que de este planteamiento se desprenden. A partir de la concepción de los padres como agentes educativos primarios y principales a quienes compete el derecho natural inalienable de la educación de sus hijos, y utilizando, como marco interpretativo de la naturaleza humana y de la sociedad, la filosofía clásica de Platón, Aristóteles, San Agustín y, especialmente, Santo Tomás de Aquino, se plantea la educación como una tendencia al perfeccionamiento para lograr la virtud y la libertad, profundizando en la responsabilidad y el deber de los padres de responder a esta exigencia. Como consecuencia de estos principios, se analiza el derecho a educar del Estado y su incidencia en la orientación de una política educativa que reconozca un papel primordial a la iniciativa de los padres y que asuma la justificación y práctica de la empresa privada como marco socio-económico de las escuelas de iniciativa social, incidiendo, por tanto, en el debate sobre el contenido intelectual, orientación ética, neutralidad y pluralismo interno de la escuela. Se mantiene la vigencia práctica del modelo de escuela con ideario propio que, frente a la escuela neutra, educa en valores permanentes y del esquema socio-político que propugna, frente a la escuela pluralista, el pluralismo de escuela. El derecho de los padres a educar aparece en la perspectiva de la libertad responsable y adquiere una dimensión social activa.
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Se transcribe el texto de la demanda judicial presentada por unos padres de alumnos afectados por la obligatoriedad en el sistema educativo danés, de impartir a los alumnos educación sexual, aún en contra de las convicciones y pensamientos religiosos y filosóficos del alumno y de sus padres. Mediante una nota explicativa, la Revista de educación ponen en antecedentes al lector para después, transcribir la demanda judicial propiamente dicha que, finalmente, a través de la Comisión Europea, emite un veredicto: 1. Se admite la demanda en cuanto a que los demandantes alegan que la Ley de 27 de mayo de 1970 de Dinamarca, que establece la educación sexual obligatoria en las escuelas públicas, constituye una violación del artículo 2 del Protocolo número 1 de la 'Convención europea de salvaguardia de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales'. 2. Declara inadmisible la demanda en cuanto que afecta a las directivas y otras medidas administrativas dictadas por las autoridades danesas relativas a la manera en que debe impartirse la educación sexual.
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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Derecho, leída el 25-04-1865.
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1) Investigar las creencias sobre el tema del desarrollo de los niños y de la educación. 2) Conocer algunas propiedades estructurales de las teórias implícitas y el grado de preferencia de cada una de ellas. 1) Investigación: primera fase: 12 sujetos, 6 entre los 20 y 26 años y los otros 6 entre 40 y 60 años; segunda fase: 112 sujetos, estudiantes de Derecho, Psicología y Magisterio, edad media de 23,6 años. 2) Investigación: 70 sujetos de cuarto y quinto de Psicología; edad media 23,05 años. 3) Investigación: 110 sujetos de Magisterio y Psicología; edad media 22,32 años. 4) Investigación: 92 sujetos, 46 parejas, de diferentes niveles socioeconómicos. La mitad tenía un sólo hijo y el resto 2 ó 3. Variable dependiente: tiempo de reacción y porcentaje de juicios de verdad. 1) Investigación: primera fase: buscar un conjunto de proposiciones sobre el desarrollo del niño, utilizando la técnica de Brainstorming; segunda fase: saber si las proposiciones se rigen por las mismas normas que los miembros de las categorias de Rosch. 2) Investigación: comprobar si la tipicidad y polaridad de las teorías producen diferencias operativas en el procesamiento de la información. 3) Investigación. Se introducen dos teorías con las cuales contrastar los juicios de similitud de cada proposición. 4) Investigación: estudiar las teorias implícitas que mantienen los padres. Se trata de un diseño factorial cruzado: tipicidad y tipo de teoría. 1) Investigación: Primera Fase: casete, cintas, instrucciones ,protocolo. Segunda Fase: 7 cuadernillos, cada cuadernillo con una historieta y 137 proposiciones. 2) Investigación: 210 tarjetas como estímulos y 42 como ejemplos; casete, taquistoscopio, interruptores, cronoscopio, 3) Investigación: 11 cuadernillos; en cada uno se representaban dos teorías y un cuestionario con 137 proposiciones, 4) Investigación: cuadernillo con historietas con preguntas. 1) Las proposiciones de las teorías implícitas comparten las propiedades estructurales de las categorias de Rosch. 2) Los límites de las teorías son difusos, hay proposiciones que son compartidas por varias teorías. 3) Los tiempos de reacción más cortos corresponden a los juicios de las proposiciones mas prototípicas. 4) En la tercera investigación existe un alto grado de estabilidad en los índices de tipicidad y polaridad de las proposiciones en las teorías. 5) En el sistema de creencias de los padres influyen las ideas individualistas considerando al sujeto capaz de forjar su propio destino. 6) Teorías preferidas: constructivista, ambientalista y voluntarista. Los padres se creen más protagonistas y responsables de la educación de sus hijos: no consideran que la herencia marca el destino de sus hijos. Consideran que su actuación va a tener una enorme repercusión sobre el niño y que la voluntad de los niños es importante para conseguir lo que se proponen.
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Se presenta una reflexión en torno a los derechos de los padres en la institución educativa. El objetivo del trabajo es dar respuesta a cuestiones como qué se entiende por derechos, en qué se fundamentan, cómo están reconocidos por el ordenamiento jurídico y en qué condiciones se lleva a cabo su ejercicio y protección. Se ofrece una parte introductoria en la que se recogen nociones generales del derecho; luego se detalla en qué consiste el derecho de los padres de alumnos en la Constitución Española (desde la de 1812 hasta la actual), en los tratados internacionales, en el derecho constitucional comparado, en el ordenamiento educativo y en el derecho común. También se explica cuáles son y en qué consisten los derechos de los padres de alumnos y de qué majera se pueden ejercer.
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Comentario y análisis del texto de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación y los Reales Decretos que la desarrollan: criterios de admisión de los alumnos; Reglamento de los órganos de gobierno de los centros públicos de EGB, BUP, FP; Reglamentos de normas básicas sobre conciertos educativos; Consejo Escolar del Estado; Asociaciones de alumnos; Asociaciones de padres de alumnos; y Reglamento de actividades complementarias y de servicios de los centros privados en régimen de concierto. De cada uno de ellos se presenta un breve comentario, un cuadro y el texto legal.
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El artículo forma parte de un monográfico sobre la formación profesional en Navarra
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Monogr??fico con el t??tulo: "La participaci??n de las familias en la escuela"
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Máster Oficial e Interuniversitario en Intervención y Mediación Familiar, especialidad en Mediación familiar
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El presente escrito ahonda en las diferencias y complementariedades de la Historia y la Memoria como campos de estudio, y a partir de un recorrido por los debates historiográficos españoles sobre la Guerra Civil y el Franquismo en España muestra como el "derecho a narrar" la memoria histórica por parte de la población española como proceso ideológico y por tanto político-social es resultado en gran medida de la demanda social de memoria(s) y del combate de organizaciones sociales contra la memoria del llamado periodo de Transición hacia la democracia