867 resultados para DISCRIMINACIÓN POR LA ORIENTACIÓN SEXUAL
Resumo:
La aprobación de la Constitución de Montecristi en al año 2008 trajo consigo varios retos para la implementación progresiva de los derechos que esta reconoció. En este contexto, se visibiliza en la Constitución una amplia gama de derechos que están direccionados a proteger el estilo de vida de la Comunidad LGBTI y sus proyectos de vida. A pesar de la amplitud del nuevo catálogo de derechos, los mismos todavía representan estereotipos de género provenientes de la concepción patriarcal de la sociedad y en especial de la familia; es así, que se analizará este fenómeno como origen y causante de la discriminación de la Constitución al matrimonio igualitario. En este orden de ideas, la Constitución protege de manera individual la orientación sexual y la identidad de género, sin embargo cuando se pretende ejercerlos como relaciones de pareja desde una perspectiva familiar, la Constitución introdujo en el último párrafo de su artículo 67 la restricción del derecho al matrimonio a personas del mismo sexo. En este contexto, el presente trabajo interpreta de manera integral la aplicación del principio de igualdad y no discriminación contenido en la Constitución que ampara a la población LGBTI, para que a la luz de esta se pueda evidenciar la contradicción existente entre el artículo 67 y el resto de la Constitución y así constatar la existencia de discriminación de jure.
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Hasta 1997 el Art. 516 inciso primero del Código Penal del Ecuador tipificaba como delito la homosexualidad en los siguientes términos: “En los casos de homosexualismo, que no constituyan violación, los dos correos serán reprimidos con reclusión mayor de cuatro a ocho años.” La detención masiva de cien homosexuales en la ciudad de Cuenca en 1997 desata denuncias y solidaridades que crean el ambiente propicio para denunciar la inconstitucionalidad del Art. 516 del Código Penal. En efecto, en septiembre de ese año, varias organizaciones de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero (GLBT) y de derechos humanos, presentaron ante el Tribunal Constitucional (en adelante TC) una acción de inconstitucionalidad contra el mencionado artículo. En noviembre de 1997 el TC resuelve aceptar parcialmente la demanda formulada y declarar la inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 516 del Código Penal, y suspender totalmente sus efectos. Este artículo realiza un análisis del proceso de interpretación constitucional en este caso concreto, los métodos aplicados, los principios resaltados y la relación entre ideología e interpretación desde la representación de la homosexualidad que el proceso evidencia. Se parte de la premisa central de que la interpretación, dada la pluralidad de sentidos posibles atribuibles a la norma, implica una opción o valoración del intérprete. La concretización de la norma constitucional no puede aislarse de la “precomprensión” del intérprete, condicionado por sus experiencias, conocimientos y prejuicios fruto de su circunstancia histórica.
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El trabajo analiza la interpretación desarrollada por el Tribunal Constitucional del Ecuador en la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo del Código Penal que, hasta 1997, tipificaba como delito las relaciones homosexuales consentidas. Parte de un análisis crítico de los argumentos expuestos por los accionantes y la Presidencia de la República, para luego contrastar la teoría de los métodos de interpretación constitucional y su aplicación en la resolución del Tribunal. El artículo busca demostrar la estrecha relación entre ideología e interpretación del derecho. Sostiene que sobre la base de prejuicios homofóbicos el Tribunal propugna una igualdad abstracta desconocedora de la diversidad sexual y construye un conflicto ficticio entre el principio de igualdad aplicado a homosexuales y la protección a la familia y los menores.
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Desde los albores de su existencia, el ser humano ha sido constituido por lenguajes y culturas, que le han permitido hacer uso de la palabra para dar sentido a su presencia en el mundo. La literatura, escrita u oral, le ha servido para construir mitos, leyendas, historias, personajes, creando y re-creando situaciones y escenarios específicos. Las temáticas han girado usualmente en torno a los sentimientos y preocupaciones más universales del sujeto: el origen del planeta y del individuo, el amor, la vida, la muerte, el sexo... La problemática del presente ensayo tiene que ver con una variante de la sexualidad del sujeto: la homosexualidad. ¿Qué dice la literatura ecuatoriana al respecto? ¿Quiénes la abordan y cómo lo hacen? ¿Desde cuándo se habla de ella? ¿Cuál ha sido el entorno y los discursos creados a su alrededor? A pesar de los cambios surgidos en el planeta con relación a los nuevos paradigmas de la sexualidad, a partir de la mitad del siglo XX, Ecuador no ha sido el territorio más idóneo para referirse a un tema tan controversial. Sin embargo, un grupo de escritores sí lo hace. Y lo hace hablando justamente desde los léxicos que atraviesan a cada uno de sus personajes. A través de la ficción o partiendo de situaciones reales, de imágenes, de metáforas, inventan textos que muestran consciente o inconscientemente, veladamente o sin reparos, las particularidades de la homosexualidad. Lo que le atañe tanto al individuo como a la sociedad. Aunque el primer autor en narrativa que reparó sobre el tema fue Pablo Palacio, en 1927, no se ha registrado otro que lo volviera a hacer hasta la década de los años 80 del siglo XX. Por ello no es posible hablar todavía de una tradición que aborde esta realidad. Solo de autores como Ramiro Arias, Javier Ponce, Huilo Ruales, Raúl Vallejo, Raúl Serrano o Javier Vásconez, que decidieron mostrar a la luz el amor, el deseo y el erotismo de individuos homosexuales, acomodados al margen de la utópica ciudad ideal.
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Esta investigación surge del interés por comprender cómo es que el arte contemporáneo puede ser un bastión cardinal para la reconfiguración de los imaginarios sociales. De allí que la obra de la artista Argelia Bravo haya sido elegida como campo de indagación. La artista venezolana Argelia Bravo está implicada con la reflexión crítica de la ocultada problemática de los transgénero y su “irrealidad”. Por medio de diversas propuestas, hace significantes los cuerpos transgénero a través de la visibilización de esas humanidades negadas. Bravo (junto con las trans) plantea una ruptura crítica con la inercia con que se ha construido el imaginario social que impera alrededor de esos cuerpos desobedientes. La artista propone un nuevo horizonte que se vale del cuestionamiento de las naturalizaciones por medio de, entre otras estrategias, la videocreación, la fotografía, el arte del performance y la instalación, en un creativo entretejido que toma en cuenta las contribuciones de algunos estudios teóricos y diversas prácticas de las ciencias sociales. Este trabajo aborda las tres experiencias creativas más relevantes de la artista, en cuanto a su relación con la torturada vida de las transgénero que habitan los espacios invisibles de Caracas. Los análisis realizados para esta investigación entrecruzan la revisión de las propuestas de Bravo con la localización de diálogos y discusiones con la crítica y las teorías del arte, el activismo, con las perspectivas desarrolladas desde los estudios queer y los estudios de la cultura. “Irreales” visibilizados en la obra de Argelia Bravo. Arte contemporáneo para la reconfiguración de imaginarios se ha realizado en correspondencia con los enfoques de la Maestría en Estudios de la Cultura, mención Políticas Culturales, de la Universidad Andina Simón Bolívar sede de Quito, Ecuador. Quien escribió espera que este trabajo sea un aporte crítico a las reflexiones desarrolladas dentro de los estudios de la cultura en articulación con el arte contemporáneo complejizado como espacio político con efectivas capacidades de incidencia en el entorno social.
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El interés académico de esta investigación ha sido realizar un acercamiento a las similitudes y las diferencias regionales en relación a la construcción socio política de lo que se ha situado culturalmente como la masculinidad; la cual, se ha sustentado en la heteronormatividad centrada en el impositivo discurso falocéntrico de la masculinidad, representado y exigido históricamente a los varones e impuesto por ellos mismos, desde una lógica falocrática que se despliega en todos los ámbitos de la vida social. En el planteamiento investigativo preliminar se partió de la hipótesis de que en la actualidad reciente algunas representaciones machistas de las masculinidades se han reproducido y fortalecido, quizá a críticamente en algunos grupos de mujeres y en personas de las diversidades sexuales3 y de género, como una estrategia de supervivencia dentro del coercitivo sistema falocrático heteropatriarcal imperante en el Ecuador. Esta investigación quizá complemente los estudios de masculinidades previamente realizados en el país gracias al aporte de una nueva mirada desde los criterios y experiencias de vida de las personas de las diversidades sexuales y de género así como de algunas mujeres para entrar en diálogo con los estudios que abordan esta problemática en la región.
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El interés político de este trabajo investigativo ha sido poner en evidencia y analizar los discursos sociales descalificativos acerca de la homosexualidad masculina en medios escritos de comunicación masiva en dos estudios de caso: 1963-4 (revista La calle) y 2009 (dos periódicos de difusión nacional y en la red social satelital) como límites del derecho al ejercicio político democrático. Situación que se debe a la violencia, la desigualdad política, la desprotección social y civil que han padecido los varones homosexuales _o quienes han sido nombrados como tales_ y la injusta discriminación de la opción sexual, utilizada como mecanismo de desprestigio ético profesional dentro de la contienda política ecuatoriana. Consecuencia de los prejuicios construidos históricamente; los cuales, se han asentado principalmente en las construcciones sociales y culturales que regenta la sociedad ecuatoriana de corte heteropatriarcal cargada de preceptos de matriz judeo cristiana.
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En este artículo, me he propuesto analizar de forma crítica los estereotipos y prejuicios en contra de la mujer o de otras identidades sexuales, tanto en el lenguaje como en los conceptos empleados por los jueces constitucionales en sus fallos o sentencias. Para tal efecto, se ha centrado el análisis en el discurso judicial constitucional contenido en siete sentencias emitidas entre los años 2004 al 2012, por el anterior Tribunal Constitucional ecuatoriano y la actual Corte Constitucional del Ecuador, con la finalidad de reconocer en ellas criterios sexistas, o por el contrario, aproximaciones de protección judicial. En la investigación se considera la metodología de género del fenómeno legal que propone Alda Facio en su obra “Cuando el género suena cambios trae”, y en la cual se recogen siete estereotipos sexista definidos por Margrit Eichler. Así, con las consideraciones anotadas, se identificaron en las sentencias analizadas, las siguientes formas de sexismo: 1) androcentrismo; 2) insensibilidad al género; 3) dicotomismo sexual; 4) familismo; 5) sobregeneralización; 6) doble parámetro; y, 7) conducta adecuada para cada sexo. Este trabajo de investigación es una descripción actual de la consideración de la mujer en las sentencias judiciales desde la perspectiva de alguien que pertenece a ese género y que por su profesión y ocupación se encuentra vinculada con la administración de justicia constitucional.
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En este libro se analizan los primeros años del VIH/sida en Cartagena de Indias (Colombia) y la manera en que la prensa enfocó la epidemia, constituyéndose en una nueva forma de control sobre el cuerpo y la sexualidad, en especial sobre la homosexualidad masculina. El texto revisa las diversas representaciones sociales que sobre el VIH/ sido realiza la prensa de la época y los imaginarios que comienzan a circular sobre los hombres homosexuales. Imaginarios ligados a la promiscuidad, pecado y corporalidad de estas personas que debían ubicarse en los márgenes del género y de la sociedad. Se intenta, además, entender el impacto de dichas representaciones en la construcción de subjetividades de los hombres homosexuales de aquella época. Para lograr tales objetivos, se realizó una revisión minuciosa de la prensa local y nacional de los años 1981 a 1989, y entrevistas a profundidad a tres personajes claves para la reconstrucción de dicho período. Este libro es un diálogo inicial que tiende puentes entre las realidades actuales de una epidemia que sigue cobrando vidas y un pasado que abre interrogantes sobre cómo fue manejada la pandemia y el modo en que esta terminó significando un nuevo espacio de exclusión y discriminación para los hombres homosexuales.
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Este estudio se dedica a la reflexión crítica de la ocultada problemática de los transgénero (y su existencia desterrada de todos los ámbitos de la vida social), a través del análisis de los mecanismos creativos desplegados por la artista venezolana Argelia Bravo en tres de sus más relevantes propuestas relacionadas con la torturada existencia de aquellos que habitan los espacios invisibles de Caracas. La perspectiva planteada por la autora de este libro apunta al cuestionamiento de las naturalizaciones, y presenta una ruptura crítica con la inercia con que se ha construido el imaginario imperante en torno a los cuerpos desobedientes. Por ello, se detiene en la revisión de las estrategias creadoras que logran hacer significantes aquellas vidas ininteligibles, a través de la visibilización de sus humanidades. La investigación entrecruza el estudio de la obra de Bravo, la localización de diálogos y discusiones con la crítica y las teorías del arte, el activismo desde el arte, los horizontes señalados por los estudios queer y los giros epistemológicos estimulados por los estudios de la cultura. Este libro busca contribuir a la reflexión sobre el arte contemporáneo y sus posibilidades para convertirse en herramienta para el quiebre de los patrones de dominación, en función de una reconfiguración libertario de nuestra subjetividad.
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Se desarrolla el estudio de un caso de carácter paradigmático, por ser el primero en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos trata sobre la orientación sexual con relación al ejercicio de derechos humanos. Me pregunto ¿en qué medida el discurso jurídico en el caso Karen Atala refuerza y/o cuestiona la heteronormatividad de la concepción tradicional de familia? Para responder esta pregunta analizo la sentencia de la Corte Suprema de Chile, la demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte Interamericana, la sentencia de la Corte Interamericana y algunos Amicus Curiae presentados ante la CIDH y la Corte Interamericana por diversas personas integrantes de organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas.
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El presente trabajo investigativo evidencia la actual problemática de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales en Ecuador; fundamentalmente en relación al goce y garantía de los derechos y libertades constitucionales de familia y matrimonio; instituciones en constante evolución que deben ser tuteladas desde una visión progresiva y bajo los principios de igualdad e igualdad no discriminación, concebidos como pilar fundamental de las democracias y normas jus cogens. En tal virtud, el primer capítulo se desarrolla una discusión sobre la igualdad, familia y matrimonio, desde la doctrina y el derecho comparado. De igual forma se analiza al matrimonio como figura contractual a la cual las parejas deben acceder independientemente de la orientación sexual e identidad de género. Evidenciamos, que el derecho como agente regulador de una cultura heteropatriarcal, debe cambiar de enfoque para garantizar la igualdad, no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad Posterior a ello, en el segundo capítulo se expone el reconocimiento y desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos en torno a la igualdad, familia y matrimonio. Finalmente, en el tercer capítulo, se analiza la regulación constitucional de la familia y matrimonio, desde su concepción por el constituyente hasta la interpretación integral de la Constitución. En dicho capítulo se demuestra que una lectura constitucional desde la dignidad e igualdad y no discriminación como principios constitucionales, facultan al legislativo o al intérprete de la Constitución, el garantizar el matrimonio entre personas del mismo sexo; procurando en tal forma, la materialización de la justicia constitucional, e impidiendo que operadores judiciales vulneren derechos de un colectivo que exige ser igual en capacidad y derechos.
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La presente investigación pretende analizar el reconocimiento de las “familias diversas” en la Constitución de Montecristi, así como la influencia de la doctrina, normativa y acontecimientos políticos y sociales primordiales en el reconocimiento de nuevos derechos en la institución de la familia. Este trabajo está dividido en tres capítulos. El primero, desarrolla un análisis de los elementos teóricos relevantes, el cuestionamiento de la familia tradicional, el principio de igualdad y no discriminación y expone los principales cambios de los derechos de la familia en la legislación latinoamericana respecto de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales (GLBTI). El segundo capítulo pretende situar al lector en el momento histórico que se desarrolló la Asamblea Constituyente de Montecristi, y la manera que los diferentes actores sociales enriquecieron el debate por los cambios constitucionales con relación a la concepción de familia. Finalmente, el tercer capítulo demuestra la actualidad del tema de los derechos y garantías en un Estado constitucional de derechos, teniendo como uno de los ejes el derecho a la familia diversa -reconocida en la Constitución- y el acceso y la practicidad del mismo.
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En Colombia el reconocimiento de los derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgenero e Intergenero (LGBTI) encuentra su punto de partida en la Constitución Política de 1991. Durante los primeros años de su vigencia hasta el 2007, la Corte Constitucional como órgano encargado de su interpretación, definió los derechos individuales de las personas LGBTI a partir de principios como la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la prohibición de discriminar y el pluralismo. Con la expedición de la sentencia C-075 de 2007 inicia una nueva fase en la movilización de esta comunidad; por primera vez se le reconocen efectos jurídicos a las uniones conformadas por personas del mismo sexo, declarando sus derechos en la esfera de pareja, pero limitándolos al negar su estatus de familia. En el año 2011 el estudio de las parejas de personas de igual sexo dentro del ordenamiento jurídico colombiano cambia radicalmente. Mediante la sentencia C-577 de 2011, el alto tribunal declaró que estas uniones constituyen una forma de familia y por lo tanto tienen derecho a formalizar su vínculo mediante una figura jurídica de orden contractual que les brinde un margen de protección más amplio que el de la unión marital de hecho. El acceso al matrimonio civil igualitario por parte de las parejas integradas por personas del mismo sexo constituye actualmente uno de los temas más debatidos en Colombia. La discusión es significativa porque confronta el modelo tradicional de familia, pareja y matrimonio asociado con la heterosexualidad y la reproducción; adicionalmente evidencia los límites que configuran la noción de lo humano, del sujeto de derechos y de la igualdad como principio condicionado a cualidades de orden mayoritario.
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Esta investigación indaga, analiza y se refiere a la situación actual de las travestis encarceladas en el ex Penal García Moreno, escenario inscrito dentro de la estructura macro de represión y reclusión social del país. Se refiere a la actualidad enmarcada entre junio 2005 y octubre 2006, sin dejar de hacer referencia a hechos sociopolíticos e históricos que visibilizan y evidencian dentro del contexto nacional la situación de la violencia socio cultural, física-psico afectiva, marginalización y discriminación que se ejerce sobre las travestis y la persistente violación a sus derechos a consecuencia de su identidad sexual y de género, especialmente por parte de los demás agentes y actores del sistema penitenciario. La identidad y el cuerpo son espacios de poder y diferencia donde se evidencia, simultáneamente el poderío y la precariedad del sistema político económico heteropatriarcal blanco occidental y su impositivo sistema de sexo-género. En este trabajo he tratado de deconstruir las rígidas nociones de feminidad y masculinidad como categorías universales, que impide vislumbrar los alcances de otras prácticas sexuales y sociales, y mostrar la necesidad identitaria travesti diversa a la norma que se expresa en la transformación radical de su cuerpo. En teoría, la cárcel es un espacio creado para la seguridad pública y la reinserción social, pero en el cual más bien se instauran prácticas violentas diametralmente opuestas a tal cometido, con la activa complicidad de varios guías, autoridades penitenciarias y un reducidísimo número de internos jerárquicamente poderosos, quienes usualmente pertenecen al Comité de Internos, ellos son quienes gobiernan sobre el sistema socio organizativo interno del ex Penal García Moreno. La importancia de reformar e implementar nuevas leyes, así como promover políticas públicas que protejan a los internos y a las denominadas ‘minorías’ sexuales, son temáticas siempre controversiales en la política Estatal, que debería considerar estas realidades antes de tomar decisiones. Finalmente, abordo el deseo como una categoría de poder y resistencia al orden heteropatriarcal imperante en el penal, donde las travestis aunque se encuentran en un estado de vulnerabilidad mayor que otros internos, pueden llegar a obtener una “ventaja relativa” debido a las fantasías y “descalabros” de la representación femenina que hacen de ellas otros internos y las propias autoridades carcelarias.