885 resultados para Contrato de obra pública
Resumo:
Fil: Bloch, Estela Maris. Universidad Nacional de Cuyo. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
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Todo contrato celebrado es ley para los contratantes. Este principio enseña que todas las personas y órganos del poder público están sometidos al ordenamiento jurídico del Estado. Otros principios bajo los cuales se puede contratar son el de la reciprocidad de las prestaciones y buena fe de los contratantes, porque si cada una de las partes no se obliga para con la otra a dar, hacer o no hacer, no puede haber contrato; y bajo este supuesto las dos partes lo hacen de buena fe. Ahora bien, durante la ejecución del contrato de obra pública se podrían generar factores que obstaculizan el equilibrio económico del mismo y producen contraposición en los principios jurídicos, haciendo insuficientes los mecanismos previstos en la ley y la doctrina. Con estos antecedentes, pretendo mediante el presente trabajo determinar los factores que producen el desequilibrio económico en la contratación de obra, identificar los principios jurídicos que se contraponen al darse el desequilibrio económico en los contratos y finalmente después del análisis de los mecanismos previstos en la ley o en la doctrina para conservar el equilibrio económico proponer unos nuevos. En definitiva académicamente se pretende contribuir de forma científica a generar nuevos mecanismos que produzcan de manera efectiva un equilibrio económico en el contrato de obra pública.
Resumo:
Não é de hoje que o país assiste à descoberta de incontáveis casos de desvios de recursos públicos ou mesmo à má gestão de contratos de obra pública que ocasionam, além de grave prejuízo ao Erário, danos à sociedade, muitas vezes desprovida da utilidade que seria proporcionada pelo pactuado. Essas condutas normalmente são ensejadas por projetos de engenharia que podem ser considerados meras peças de ficção, pois não representam o esforço correto para a execução do bem que se deseja construir. A Lei nº 8.666/93 permite a licitação com base em projeto básico, o que, segundo a atual onda de pensamento brasileira, seja da doutrina, dos órgãos de controle, do Poder Legislativo e até mesmo da mídia, é, de fato, um sério problema a ser enfrentado, pois a sua contratação dá margem a aditivos, entendidos como os grandes vilões das obras públicas. Por isso, o Tribunal de Contas da União vem decidindo no sentido de fortemente restringir a possibilidade de alteração contratual e, além disso, tem capitaneado projetos no Congresso Nacional que visam praticamente à extinção da empreitada por preço unitário, espécie contratual na qual o risco do projeto, ainda sem as definições necessárias, acaba por ser assumido pela Administração contratante, responsável pela elaboração, e não pelo seu executor. Contudo, no caso de obras complexas de infraestrutura, deve-se perquirir se essa postura, que pretende acabar com a margem decisória do gestor público quanto à extensão da incompletude do projeto básico - e, portanto, do objeto do contrato -, merece ser repensada, não com vistas a possibilitar os recorrentes danos, mas no caminho de uma melhor programação das ações estatais. Isso porque nessas hipóteses, a busca por todas as informações necessárias para a confecção do projeto a ser ao final executado, no momento da elaboração do edital, ou é muito custosa ou simplesmente não é possível. Assim, seria mais eficiente a contratação integrada, prevista na Lei do Regime Diferenciado de Contratação, na qual o risco do projeto pode se alocado ao contratado. Ocorre que, como existem restrições, nem sempre é viável esse caminho. Nessa ordem de ideias, deve-se encontrar uma solução para que o tradicional contrato de obra pública supere os seus graves problemas de incentivos. A proposta do presente trabalho é a introdução de um procedimento de tomada de decisão transparente, que confira segurança jurídica e amplo conhecimento da sociedade, além de livre acesso aos órgãos de controle, a partir de critérios não apenas jurídicos, mas econômicos e técnicos.
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Análisis de los derechos de contenido real a favor del particular concesionario de una vía estatal en Colombia
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Esta investigación consta de dos partes perfectamente delimitadas, la primera parte consiste en estudiar, analizar y proponer los conceptos sobre delegación y concesión de obra pública. Planteados los conceptos, se realiza una diferenciación entre lo que se denomina concesión como acto administrativo y concesión como contrato administrativo, se estudia la naturaleza jurídica del contrato de concesión y cuales son sus clases, para de esta manera determinar el objetivo y la forma de extinción de la concesión de obra pública. Finalmente se determinará cual es el marco jurídico del contrato de concesión de obra pública en nuestro país y la forma como el Estado a través de la Administración Pública y Seccional hace efectiva la contratación de la concesión, es decir, del proceso precontractual y contractual de las concesiones en el país. En la segunda parte de este trabajo se enmarca doctrinariamente, que es y como se aplica la teoría de la imprevisión. Se realiza así mismo una diferenciación de esta figura jurídica con otras como: renegociación contractual, teoría del Hecho Príncipe y Fuerza Mayor. Para de esta manera saber adecuadamente en que momento podemos aplicar cada una de estas figuras en los procesos contractuales administrativos. Está visión nos dará una nueva manera de solventar los imprevistos que puedan suceder al momento de contratar una concesión de obra pública.
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El Estado ecuatoriano, a través de sus entidades competentes ha iniciado procesos de contratación a Microempresas para la ejecución de la obra pública. Ciertamente que mucho se ha dicho de las Microempresas, como su importancia en la actividad económica, la comercialización, su organización y otros aspectos, no obstante, muy poco se ha dicho sobre la incursión de las Microempresas en la actividad estatal. Con el fin de evitar que las carreteras rehabilitadas o reconstruidas se expongan nuevamente a un proceso acelerado de deterioro por falta de atención e intervención oportunas en cuanto a mantenimiento rutinario, se ha decidido crear e implementar un nuevo sistema para atender adecuadamente la conservación rutinaria de la Red Vial Estatal, empleando MICROEMPRESAS para la ejecución de las actividades que utilicen mano de obra de la localidad, que se responsabilice de la gestión, para que las carreteras alcancen niveles satisfactorios en su operación. De esta manera se espera lograr el cuidado efectivo del valioso patrimonio vial construido durante varias generaciones. Desde el punto de vista social, contribuye a la generación de empleo en las distintas regiones del País y como consecuencia, una herramienta importante para potenciar el desarrollo comunitario. El propósito de esta investigación es determinar el respaldo jurídico con el que las microempresas deben contar para el desarrollo de sus actividades a ejecutarse mediante contrato con entidades del Sector Público. A la vez podrán resolverse y aclararse varias interrogantes con relación a este tipo de contrataciones.
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En este trabajo se analizará el incumplimiento contractual dentro de la Contratación Pública , para lo cual se deberá tener claro lo que es un contrato, lo que es un contrato administrativo, los elementos y principios que rigen la contratación. Por último, centraré mi estudio en el tema principal de esta monografía, estableciendo lo que es el incumplimiento contractual, el incumplimiento del contratista y de la administración, para poder llegar a establecer por último la responsabilidad del Estado en el retardo de la entrega de la obra pública que se va a derivar del incumplimiento contractual.
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La Constitución del Ecuador (2008) otorga al Estado la potestad de planificar el desarrollo del país y ejercer un rol protagónico como agente dinamizador de la economía. Uno de los instrumentos con los que cuenta el Estado para intervenir en la economía es la creación de empresas públicas como instrumentos de política.1 Para lograr estos cometidos, el Estado tiene en sus manos –a través de estas personas jurídicas- la responsabilidad de ejercer como prestador de servicios públicos y ejecutor de obra pública. También está habilitado para intervenir en el desarrollo de otras actividades económicas, generalmente de tipo comercial, sobre las cuales la doctrina y academia ecuatoriana muy poco se han referido. La Ley Orgánica de Empresas Públicas prescribe cuál es la naturaleza jurídica de las empresas públicas, pero deja de ser tan explícita cuando se refiere a la determinación de los actos, hechos y contratos que aquellas expiden, ejecutan o celebran, cuando no estén relacionados con la construcción de obra pública e infraestructura. Estimamos que esta indeterminación, efectivamente, puede producir inseguridad jurídica o violaciones al derecho a la tutela judicial efectiva de los administrados. El análisis al giro específico del negocio de las empresas públicas nos permite entender el régimen particular de los actos, hechos y contratos que se deriva de la actividad que realiza el Estado cuando asume el rol de proveedor de bienes y servicios de carácter comercial. Este análisis admite que existe una cierta oscuridad en la actual legislación sobre estos regímenes de contratación. El estudio abordará una breve reseña histórica que distingue los diferentes tipos jurídicos que precedieron a las hoy denominadas empresas públicas (EP) en el Ecuador, procurando identificar los momentos político-económicos que dieron origen a dichas figuras jurídicas. Finalmente, examinaremos el régimen de solución de controversias aplicable, en el giro ordinario y específico del negocio de las EP, en consideración a que el administrado debe contar con las herramientas jurídicas que posibiliten hacer efectiva la garantía de sus derechos constitucionales, especialmente, los derechos a la seguridad jurídica, de impugnación y de la tutela judicial efectiva.
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En la presente tesis, la obra pública de Raúl Álvarez en Mendoza es estudiada teniendo en cuenta los aspectos sociales y simbólicos de la arquitectura. Se ha puesto el acento en las obras que realizó para los gobiernos lencinistas, entre 1918 y 1928, buscando la relación que pudiera existir entre la política y la arquitectura.
Resumo:
Los estudios de patología en el patrimonio de la obra pública requieren en primer lugar una inspección preliminar con el fin de recopilar información. Con posterioridad a esta inspección será necesario un análisis de daños o situación, que deberá ir seguido de ensayos complementarios y evaluaciones de cálculo, los cuales servirán para estimar si existe necesidad de reparación o refuerzo. Por último, este tipo de trabajos deberán culminar en un estudio de la solución.
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Inclui notas explicativas, bibliográficas e bibliografia.