995 resultados para Carta Magna
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Obtuvo Mención especial Antonio Domínguez Ortiz resuelto por el XVIII Concurso para el Fomento de la Investigación e Innovación Educativa
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Enaltece con esta denominación a la Orden ministerial sobre el Régimen Interno de los Institutos de Enseñanza Media. Exalta la importancia del sentimiento religioso en los alumnos así como el sentimiento patriótico según las pautas establecidas por la ideología de la España de Franco. Se ensalza la propuesta libertad metodológica de los profesores reafirmándose al mismo tiempo la importancia de su control ideológico por el Estado. Se elogia la homogeneidad intelectual promovida por la nueva orden, la exclusión en el sistema Educación Media de aquellos alumnos considerados con menos aptitudes y se alaba la educación diferenciada entre alumnos y alumnas, con la intervención activa de la Falange para su correcto cumplimiento. En términos generales honra la educación, en los países que el autor denomina totalitarios, por entenderse que incluye un refinado valor psicológico-educativo e intensa utilidad social.
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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Filosofía, Sección de Administración, leída en 1859.
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À luz do instituído pela Constituição Federal de 1988, os direitos fundamentais passaram a ser vistos sob um novo olhar. Todavia, temas considerados complexos, como o transexualismo, segundo a Classificação Internacional das Doenças (CID 10) considerado “Transtorno de Identidade Sexual”, ainda suscitam maior aprofundamento por parte da sociedade, do poder judiciário e do poderes executivo e legislativo. O Sistema Único de Saúde – SUS passou a permitir a cirurgia de transgenitalização no Brasil, na qual se opera a redesignação de sexo, tendo sido estipulados por lei critérios para a sua realização. Após a cirurgia, surge um problema: o da identidade civil, uma vez que o novo gênero da pessoa operada não se coaduna com o seu registro civil, causando-lhe constrangimento. Não há lei que regule a matéria. A partir desta constatação, o presente estudo se propõe a explorar as decisões judiciais de todos os estados da Federação, por intermédio de pesquisa nos sites dos seus respectivos tribunais, bem como das cortes superiores, buscando os termos “transexual” e “prenome” e utilizando o filtro temporal a partir de 1988, ano da promulgação da Carta Cidadã, até final de 2010. Tendo em vista a falta de lei que normatize a matéria, o escopo primordial consiste na obtenção de uma narrativa de como vêm sendo decididas as demandas na temática ora proposta. A conclusão do trabalho sugere que apesar de não haver um marco normativo estabelecido, o discurso do poder judiciário se utiliza de diversos argumentos de ordem social, psicológica e jurídica, devidamente sistematizados e apreciados, bem como de princípios jurídicos, sendo, nesse caso, o princípio da dignidade da pessoa humana, previsto na Carta Magna, o mais utilizado.
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O ensino fundamental e médio no Brasil têm compartilhado, por longo tempo, prédios, equipamentos e professores, cujo dimensionamento este trabalho apresenta, com base nos dados censitários. O rápido crescimento da matrícula do ensino médio suscita importantes questões sobre as verdadeiras necessidades de construção escolar, bem como sobre a divisão de competências educacionais na esfera de governo e a identidade pedagógica das escolas. Os dados censitários revelam que será necessário construir numerosos prédios escolares, ante o aumento da procura, porém, ainda é significativa a utilização de espaço e tempo letivo. Portanto, governos estaduais e municipais precisarão colaborar entre si, continuando a compartilhar pessoal e recursos materiais. Para melhores resultados, é necessário operacionalizar o regime de colaboração, prescrito pela Carta Magna. Normas mais claras e estáveis precisam ser negociadas para evitar casuísmos.
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El dret a una bona administració va néixer a la Unió Europea i a la seva creació jugà un paper fonamental el Defensor del Poble Europeu. Aquest dret, reconegut a la Carta de Drets Fonamentals de la Unió Europea (més coneguda com a Carta de Niça), no adquirí rang de dret primari i clara força vinculant fins el 1 de desembre de 2009, data en la que va entrar en vigor el Tractat de Lisboa. A nivell nacional, no existeix una normativa que reguli de manera expressa el dret a una bona administració. Ara bé, alguns dels subdrets que formen part del dret a una bona administració sí són reconeguts per la nostra Carta Magna i altres per la normativa infraconstitucional, com és la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú. En canvi, a nivell autonòmic, alguns dels nous Estatuts d’Autonomia aprovats entre els anys 2006 y 2008 han incorporat de forma expressa el dret a una bona administració. Alguns exemples són els següents: l’Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, l’Estatut d’Autonomia de Catalunya, l’Estatut d’Autonomia de les Illes Balears, l’Estatut d’Autonomia per a Andalusia i l’Estatut d’Autonomia de Castilla i Lleó. Finalment, no ha d’obviar-se que el dret a una bona administració es troba íntimament lligat als codis de bona conducta administrativa ja que només conscienciant al personal que forma part de l’Administració, es podrà arribar a la màxima eficàcia d’ acord amb l’ètica.
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El objetivo de este documento es dar luces acerca del proceso que se inició en Ecuador desde enero de 2006 y que se inscribe en el denominado socialismo del siglo XXI. En ese sentido, el texto estará dividido en cuatro partes. En la primera, se estudiará el perfil de Rafael Correa, lo que implica un estudio de su formación profesional, su carrera política y su plataforma ideológica: Alianza PAÍS. En segundo lugar se analizará la propuesta para la convocatoria de una asamblea constituyente. Al respecto se hará un paralelo entre el momento actual y el ambiente previo a la redacción de la Constitución de 1998; asimismo, se estudiarán los choques entre las diferentes ramas del poder público en torno a la convocatoria para dicha asamblea y se identificarán, de forma sintética, los puntos de la propuesta del gobierno para la elaboración de la nueva Carta Magna. En tercer lugar, se abordarán los asuntos económicos con base en tres puntos: la renegociación de la deuda externa y la propuesta del Banco del Sur, la gestión de los recursos naturales y el papel del Estado en la economía. Finalmente, se examinarán aspectos generales de la política exterior ecuatoriana, especialmente en lo referente a las relaciones con Colombia.
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Con la Constitución Política de 1991, se inicia una nueva estructura funcional en el país a partir de los preceptos consagrados en la carta magna como un estado social de derecho, situación que no fue ajena al sector salud en el cual se estableció la seguridad social como un servicio público basado en los principios fundamentales de universalidad, solidaridad y eficiencia, enunciados que fueron plasmados entre otros en la Ley 100 de 1993, la cual incorporó estos elementos que resultaban innovadores en el contexto. Hoy después de 18 años de promulgada la Ley, se ha generado un modelo estructural que ha permitido mejorar los resultados en esta área, que si bien posee falencias en algunos de sus componentes (Acceso, Flujo de Recursos, Salud Pública), las mismas pueden ser superadas, con una reforma estructural al sistema que elimine los intereses particulares de los diferentes actores al momento de su elaboración y promulgación. Uno de los avances significativos en la reforma al sistema es la promulgación de la salud como derecho fundamental, inherente al ser humano, otorgando el carácter de inalienable, imprescriptible y sagrado, dejando en segundo plano su condición prestacional establecida. El derecho a la salud tendrá como eje principal la salud pública armonizada con la promoción y prevención, diagnóstico y tratamiento integral de la enfermedad, las cuales deben ser articuladas con las políticas sociales, ambientales, culturales y económicas que permitan incidir en los determinantes sociales de la salud para mejorar la calidad de vida de la población. La reforma a la salud en el eje de la financiación como se encuentra propuesta, no generará cambios sustanciales toda vez que se avanza hacia un sistema en que el estado será el principal actor con las funciones afiliación, recaudo, pago, giro o transferencia de los recursos, responsable de la información. Sin embargo la administración del riesgo en salud seguirá delegada, función que es determinante para la administración de los recursos del sistema, en resumen se demuestra el interés del estado en retomar la gobernanza y su empoderamiento como administrador de lo público, sin que esto responda a las necesidades de cambio en el sistema de salud.
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Esta monografía se desarrolla en cuatro capítulos, mediante los cuales se sustenta la hipótesis sobre la que gira este trabajo: “las dificultades en el proceso de construcción de la Política Europea de Seguridad y Defensa son: la falta de un rol protagónico de la Unión Europea en materia de seguridad y defensa en el escenario internacional, que sea equivalente a su poderío económico; la incoherencia entre la acción exterior de la UE y de sus Estados miembros; la falta de operatividad de la PESD y además una fuerte dependencia tecnológica de la OTAN. En el primer capítulo se hará un análisis de la evolución de la seguridad europea hasta llegar a la PESD y una breve descripción del aporte que se hace en esta materia en el tratado constitucional; en el segundo capítulo se analizará el rol de la OTAN en la seguridad europea, y por lo tanto la evidente dependencia tecnológica de Europa hacia este organismo y de Estados Unidos; el tercero, abarcará los casos en los que la UE ha aplicado sus capacidades para el control de crisis y de este modo definir las fortalezas y las debilidades que dichas capacidades tienen; mientras el cuarto y último capítulo, se encargará de analizar los adelantos que en materia de PESD se consagraban en la Carta Magna Europea y lo que sería importante rescatar de la misma, para finalmente en las conclusiones establecer una posible salida para avanzar en dicha política, dado que el escenario más probable, es la no ratificación de dicho texto constitucional.
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La Asamblea Nacional Constituyente de 1991, consagró, en el artículo 42 de la Carta Magna, el amparo a las familias unidas por vínculos naturales, evidenciando de esta forma la necesidad nacional de que nuestro ordenamiento refleje la realidad
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En desarrollo del articulo 48 de la Constitución Política de 1991 se organizó el Sistema General de Seguridad Social en los términos que establece la Ley 100 de 1993, por eso en virtud de lo dispuesto en la Carta Magna, “la seguridad social constitu
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En la presente investigación se estudió la organización administrativa y territorial de la República Bolivariana de Venezuela, para poder identificar si se podían definir y catalogar a Venezuela como un Estado federal como manda su Constitución, o si por el contrario, podríamos estar hablando de una organización distinta llámese autonómica o unitaria, o simplemente un modelo federal diferente al dual influenciado por las diferentes formas de organización.
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