655 resultados para CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
Resumo:
El presente trabajo de investigación hace referencia a la importancia que tienen los países a nivel mundial de contar con un prestamista de última instancia a fin de aplacar las crisis financieras; y expresamente a la realidad ecuatoriana desde sus inicios hasta la actualidad a través del Fondo de Liquidez. En tal sentido se explica los antecedentes, estructura, naturaleza, operatividad, ámbito de aplicación del Fondo de Liquidez, la naturaleza de la administración de sus fideicomisos, así como la problemática persistente en el Código Orgánico Monetario y Financiero con relación a la Ley de Creación la Red de Seguridad Financiera. Esta tesis parte de un análisis de la normativa legal, así como de los criterios expresados a través de entrevistas realizadas a directivos del Banco Central del Ecuador y de la Corporación de Seguros de Depósitos Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados, instituciones que tienen a cargo la administración del Fondo de Liquidez. Se evidencia los problemas de la creación de los fideicomisos del Fondo de Liquidez a través de la ley, la duplicidad de ciertas funciones entre las entidades administradoras, pero a la vez se propone alternativas de su gestión de acuerdo al ámbito de sus competencias a fin de clarificar la operatividad del Fondo a pesar del vacío que el Código Orgánico Monetario y Financiero deja sobre el tema.
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Concebir al emprendimiento como un mecanismo de desarrollo, constituye un objetivo de los países que apuestan a su crecimiento económico sostenido; por lo que, establecer un entorno favorable para su ejecución en el Ecuador, requiere cumplir un ordenamiento jurídico diseñado en base al modelo económico y social propuesto por el gobierno. Para viabilizar este propósito, se promulgó el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el cual es analizado en la presente investigación desde un enfoque práctico al contemplar la posibilidad de aplicar y aprovechar los incentivos y beneficios tributarios en un emprendimiento productivo que busca crear una empresa productora y comercializadora de un snack de frutas deshidratadas y frutos secos. En este trabajo se interrelacionan la normativa tributaria y los seis estudios necesarios para el desarrollo de un proyecto (mercado, técnico, organizacional y legal, económico, evaluación financiera e impactos); por lo tanto en la presente investigación se aborda en primera instancia, el entorno económico del país y de forma sustancial la revisión del conjunto de normas de índole tributario contenidas en el COPCI en materia de incentivos y beneficios tributarios, identificando las principales reformas que mediante este cuerpo legal se introdujeron a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento de aplicación. En segunda instancia con el desarrollo de esta investigación, se visualiza entre otros aspectos que es factible en la práctica obtener resultados financieros favorables para los emprendedores, siempre y cuando los réditos obtenidos por los incentivos sean reinvertidos, que las entidades gubernamentales coordinen sus competencias y que se evite cambios constantes en la ley que ponga en riesgo su seguridad jurídica. Por último, esta investigación pretende ser una guía para que los emprendedores utilicen los incentivos tributarios que promueve el COPCI.
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El presente trabajo académico tiene como objetivo determinar cuáles son los presupuestos jurídicos de la punibilidad en el marco de la Constitución de la República de Ecuador del año 2008, a propósito de la entrada en vigencia de un nuevo régimen penal en el Ecuador suscitado por la inminente expedición de la ley del Código Orgánico Integral Penal. Es decir que, dentro del régimen garantista que ha sido dibujado por los constituyentes, podamos establecer cuándo el Estado está en capacidad de sancionar penalmente a una persona. En principio nos ocuparemos de justificar la necesidad de la ley penal, y estableceremos los principios constitucionales que marcan el camino del legislador a la hora de dictar el nuevo régimen penal. Posteriormente, fundamentado en la dogmática penal, desarrollaremos una teoría del delito acorde a lo que corresponde a un estado democrático. Finalmente, más allá de ser un trabajo descriptivo, un deber ser, este trabajo pretende elaborar un análisis crítico de lo que puede ser el nuevo régimen penal, examinando las categorías dogmáticas del delito paralelamente con el último borrador disponible del Código Orgánico Integral Penal.
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El presente trabajo investigativo tiene como propósito constatar la realidad jurídica respecto al delito de femicidio y sus perspectivas procesales en el Ecuador, para lo cual se analizan los problemas jurídico procesales que existen en la identificación, investigación, prueba, juzgamiento y sanción del delito en estudio, ante lo cual se proponen posibles soluciones, encaminadas a detectarlo y procesarlo de manera óptima. En el primer capítulo se realizan precisiones terminológicas, así como un estudio del femicidio a la luz de los instrumentos internacionales de derechos humanos inherentes al tema tratado; además se ejecuta un ejercicio de derecho comparado, necesario y útil, por cuanto el delito estudiado ha sido recientemente incorporado en la legislación ecuatoriana, siendo conveniente estudiar la tipificación, procedimientos, doctrina y pronunciamientos judiciales de los países escogidos para su debida comparación y análisis. En el segundo capítulo se investiga la realidad procesal del femicidio en Ecuador, así como los medios probatorios idóneos para demostrar la existencia del delito y la responsabilidad del procesado; se determinan de manera clara los roles específicos y especializados de los fiscales y juzgadores. Esta investigación finaliza con propuestas claras respecto de los problemas encontrados en la investigación, juzgamiento y sanción del femicidio, con el fin de contribuir con sugerencias encaminadas a mejorar y optimizar los procedimientos a llevarse a cabo.
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La Teoría del Derecho Penal del Enemigo postula la existencia de un ordenamiento penal que distinga entre personas fieles al ordenamiento jurídico y aquellos que con su conducta demuestran una posición contraria al orden jurídico y tienen como fin la desestabilización del sistema estatal. La presente investigación está destinada al análisis de la Legislación Penal Ecuatoriana y su vinculación con la denominada doctrina penal a través del delito de terrorismo. En un primer momento realizaremos un análisis de la doctrina en mención, sus postulados y finalidades. Posterior a ello, describiremos el Constitucionalismo Garantista y Dignatario y su fuerte contradicción con los postulados del jurista alemán Gunther Jakobs, titular de la teoría del “Derecho Penal del Enemigo”. Finalmente analizaremos el tipo penal Terrorismo en relación con el Derecho Penal del Acto, junto al estudio y crítica del caso denominado “Los 10 de Luluncoto” a la luz de los Derechos Humanos.
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Los Estados para alcanzar su desarrollo han sentido la necesidad de crear medios económicos para su subsistencia, siendo los tributos una de las principales fuentes de ingresos, en el Ecuador con el paso del tiempo y a través de varias Reformas Tributarias se han introducido nuevos impuestos manejados por las distintas Administraciones Tributarias. La mayor parte de países en vías de desarrollo han concedido tratamientos tributarios con el fin de atraer capitales y desarrollar los sectores: productivos, agrícolas, comerciales, de servicios, etc, y nuestro país no ha podido estar al margen de esta realidad; de allí que, el 29 diciembre de 2010, se pone en vigencia el denominado Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión, que contiene seis libros de los que se desprenden cambios substanciales para la concepción de la matriz productiva del Ecuador, priorizando los sectores que antes no eran tomados en cuenta y tratando con ello, de cumplir con los preceptos Constitucionales del 2008 y promoviendo así el denominado “Buen Vivir”, tema focal de la Carta Magna que nos rige.
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La “Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para el Gasto Social” aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial Suplemento 847 del 10 de diciembre de 2012, es el objeto principal de esta investigación. La forma en la que fue planteada, el proceso seguido hasta su aprobación, y la esencia misma de la Ley, dejan dudas respecto de la constitucionalidad de la norma. Para el análisis ha sido necesario referirse tanto a los principios constitucionales como a los principios legales y a aquellos comunes a la generalidad del Derecho, previo a un análisis de la protección jurídicoconstitucional del contribuyente. Se hace referencia a dos fuentes del Derecho, la Constitución y los Acuerdos Internacionales, específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los mismos que consagran el principio de igualdad ante la ley y no discriminación de personas, grupos o comunidades, que es aplicable en cualquier situación jurídica. El principio de igualdad, es en nuestra constitución, un principio de aplicación de los derechos fundamentales, y por tanto antecede a la igualdad tributaria, en cuanto exige una actitud de los poderes públicos contra la discriminación y un imperativo de su actuación para el legislativo. El trabajo incluye una visión del sistema económico político y social imperante antes de la reforma legal; un examen de la Ley y las diferentes facetas de la carga tributaria y de las sanciones previstas; un análisis de las finanzas públicas, del gasto social y de los efectos de la Ley en la economía, así como la incidencia de los impuestos; y, un estudio sobre el papel del sistema financiero en la economía y el marco de regulación y control al que está sujeto. Al final se ensaya una perspectiva sobre la economía para el 2014, advirtiéndose las señales que inquietan al inversionista y los riesgos sistémicos sobre los cuales las autoridades de control deben tomar atención especial. Se realiza un breve análisis sobre hechos subsecuentes, como la aprobación del Código Monetario y Financiero por parte de la Asamblea Nacional. Tanto en el campo del Derecho, como en el de la Economía, se recurre a criterios de destacados expertos que han enriquecido la investigación.
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Existen zonas especiales de desarrollo económico en nuestro país que se originan en las zonas francas, son destinos aduaneros que se encuentran determinadas áreas geográficas, las cuales gozan de beneficios tributarios. En el Ecuador existen tres tipos de zonas especiales de desarrollo económico: industrial, logístico y tecnológico. Están regidas bajo el Código de Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones y son controladas por el Consejo Sectorial de la Producción. Los beneficios tributarios que poseen estas zonas son la reducción de cinco puntos porcentuales al Impuesto a la Renta, la exoneración de aranceles y devolución del impuesto al valor agregado, lo que permiten atraer inversión extranjera e incentivar la creación de nuevas empresas que reemplacen las importaciones, lo que modifica la balanza comercial. Por otra parte, al comparar el marco jurídico de las zonas especiales de desarrollo económico de nuestro país con zonas libres de otros países como Argentina y Chile, encontramos diferencias y semejanzas de conceptualización, objetivos y políticas que giran entorno a las necesidades de cada país, pero en todos los casos lo que se busca es el desarrollo de la economía. No obstante, al crecimiento de las zonas especiales de desarrollo económico en el Ecuador, se han realizado proyecciones de construcción y funcionamiento por etapas, que beneficiaran el área donde se desarrolle el proyecto, a través de generación de empleo y obras rurales, lo que impulsará al país en procesos de transferencia de tecnología e innovación, investigación y desarrollo. Existen tres zonas actualmente en desarrollo, la primera es la ZEDE Yachay, la cual se encuentra en funcionamiento pero aún no se finaliza el proyecto como tal. La segunda es la ZEDE Eloy Alfaro, la que se encuentra en la fase tres de construcción y la tercera es la ZEDE Piady que se encuentra en la primera etapa de construcción.
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Con la evolución del derecho penal, han surgido dos grandes tendencias extremadamente opuestas entre sí y que se han arraigado en el pensamiento penal mundial, y que de acuerdo a la política criminal de cada Estado, para el ejercicio de su poder punitivo, han sido implementadas con el fin de alcanzar los objetivos en materia de delincuencia y seguridad. Estas grandes tendencias son: Eficientismo y Garantismo. El garantismo penal busca controlar el poder punitivo del estado frente a los ciudadanos, y el eficientismo penal intenta luchar contra la impunidad a toda costa, inclusive llegando a desconocer las garantías de los procesados. Con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, y la implementación de instituciones como el procedimiento directo, el sistema penal ecuatoriano busca conciliar el respeto a las garantías del debido proceso con la eficiencia judicial, pensando no solo en los derechos del procesado sino en los derechos de las víctimas. El procedimiento directo es un procedimiento sumarísimo, que concentra todas las etapas de un procedimiento ordinario en una sola audiencia, obteniendo una sentencia condenatoria o ratificadora de inocencia en 10 días. Este procedimiento se justificó por la necesidad de dar celeridad y simplificación al proceso penal, y así tratar de reducir las causas represadas en los juzgados y tribunales de nuestro país. No obstante, también se debió analizar las afectaciones que la aplicación de dicho procedimiento podría causar a derechos constitucionalmente reconocidos como: defensa, presunción de inocencia, igualdad de armas y contradicción. En cuanto al derecho a la defensa, no es posible ejercer adecuadamente este derecho en apenas 10 días; en cuanto a la igualdad de armas, a pesar de que existe ya un desequilibrio institucional entre el órgano acusador y la defensa, ésta desigualdad se merma aún más con la restricción de varios derechos y garantías reconocidos en la Constitución, en cuanto al contradictorio, no es suficiente que se lo pueda ejercer en la audiencia de juicio, cuando los elementos probatorios que van a obtener la calidad de prueba, son recabados en la etapa de instrucción fiscal, y por último y como consecuencia de lo anterior, si atenta contra estos derechos pues evidentemente se vulnera el principio constitucional de presunción de inocencia.
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Los ciudadanos que en cualquier momento se ven involucrados en un proceso judicial deben conocer cómo se van a sustanciar y resolver sus causas, facilitándose mediante el sistema oral, brindando a los usuarios mayor confianza en la administración de justicia, que desempeña un rol trascendental e importante dentro del desarrollo de una sociedad. Las partes procesales buscan que sus pretensiones se vean reflejadas en una sentencia justa, considerando al Ecuador como un estado de derechos y de justicia garantizado en nuestra Carta Magna. Mediante esta monografía se pretende analizar la aplicación de la oralidad en el Código Orgánico General de Procesos. Revisando brevemente los antecedentes históricos: Egipto, Grecia, Roma hasta la actualidad, un análisis comparativo entre el sistema oral y escrito, pensamientos de autores a favor y en contra del sistema oral. Seanalizará la legislación en el ámbito nacional haciendo referencia a la Constitución del Ecuador, al Código Orgánico General de Procesos y al Código Orgánico de la Función Judicial, considerando a los principios del debido proceso. Se plasmará la opinión de juristas y profesionales de nuestro medio. Finalizando con las conclusiones de este trabajo. Ecuador como país, debe aprender de las experiencias pasadas y aprovecharlas adaptando la administración de justicia a las necesidades de nuestra colectividad, el sistema escrito no ha logrado solucionar satisfactoriamente los retos de la sociedad actual por ello ha sido sustituido y esperemos hayamos tomado el camino correcto.
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El presente trabajo fue realizado en el departamento de Carazo municipio de San Marcos en El Centro Experimental La Compañía, ubicado en el km 45 de la carretera San Marcos-Masatepe, durante la época lluviosa de postrera del año 2001. Los suelos de esta zona son de origen volcánico (Andisol), pertenecen a la serie Masatepe, con textura franco limosa, presentando alto contenido de materia orgánica, nitrógeno y potasio, pero deficiente en fósforo. Este suelo puede ser considerado adecuado para la mayoría de los cultivos. En La Compañía las precipitaciones varían entre 1200 y 1500 mm/año. El propósito del experimento fue evaluar la respuesta del cultivo frijol común (Phaseolus vulgaris L.) a tres fuentes de fertilizantes (gallinaza, estiércol vacuno y mineral) sobre el crecimiento y rendimiento del cultivo. Se empleó un arreglo unifactorial en diseño de bloques completos al azar (BCA), definiendo siete tratamientos y cuatro repeticiones. Cada unidad experimental estuvo conformada por un área de 20 m2. La variedad en estudio fue la DOR – 364. Los tratamientos consistieron en dosis media y alta de cada material fertilizante. La dosis media se calculó basado en los requerimientos del cultivo por hectárea. La dosis media y alta usadas del fertilizante orgánico gallinaza fueron 3181 kg ha-1 y 6362 kg ha-1 respectivamente, para el estiércol vacuno (5286 kg ha-1 como dosis alta y 2643 kg ha-1 como dosis media). La fórmula empleada como fertilizante mineral fue la 18-46-00 con aplicaciones media de 130 kg ha-1, según recomendaciones del Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA), y 260 kg ha-1. Las dosis alta se seleccionaron a discreción considerando el doble de las media. Las variables evaluadas se dividieron en dos categorías: variables de crecimiento como altura de planta (cm), número de hojas, área foliar (cm2) y altura de inserción de la primera vaina (cm), y las variables del rendimiento constituidas por número de vainas por planta, número de granos por vaina, número de ramas por planta, peso de cien granos (g) y rendimiento de grano (kg ha-1). Los datos provenientes del experimento se procesaron usando análisis de varianza ANDEVA, considerando además la prueba de rangos múltiple de Tukey (P≤0.05) mediante el programa estadístico (MINITAB, 1998). El análisis de presupuesto parcial (CIMMYT, 1988) fue aplicado para estimar la viabilidad económica financiera de los tratamientos. Los resultados obtenidos indicaron una respuesta significativa diferente a la aplicación de las fuentes de fertilizante, resultando estadísticamente iguales la fertilización mineral y gallinaza en dosis alta, superando a todos los tratamientos con rendimientos promedios de 2823.27 kg ha1 y 2712.82 kg ha-1 respectivamente, seguido por los tratamientos estiércol vacuno alto con rendimiento de 2528.47 kg ha-1 y gallinaza media con 2505.58 kg ha-1 en una segunda categoría estadística. En cuanto al comportamiento vegetativo, los resultados indican que estadísticamente existe significancia al evaluar el promedio de hojas a los 15, 29 y 36 días después de la siembra y promedio de área foliar a los 15, 36 y 43 días después de la siembra. La variable altura de planta os tentó los mayores promedios con los tratamientos gallinaza alta y fertilizante mineral dosis alta en una misma categoría estadística únicamente a los 36 días después de la siembra. El análisis económico muestra que el tratamiento con fertilización orgánico gallinaza con dosis media obtuvo los mayor es beneficios económicos con U$ 4.76 por cada dólar invertido, sin embargo, agronómicamente los mayores rendimientos se producen con la fertilización mineral dosis alta.
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[ES] En las últimas décadas el número de spin-offs universitarias creadas en el Sistema Universitario Español ha aumentado considerablemente; sin embargo, estas empresas tienen que hacer frente a problemas como la falta de financiación o de capacidades empresariales por parte de los fundadores. A partir de los datos extraídos de una encuesta a 72 spin-offs creadas en España, tratamos de detectar y analizar cuáles son los problemas más habituales con los que se encuentran estas empresas, y proponemos posibles vías de solución.
Resumo:
Bogotá Emprende
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Bogotá Emprende
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Desarrollo empresarial y creación de empresa