176 resultados para unwritten constitutionalism


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This paper aims to analyze the Constitutionalist Movement in 1932, trying to understand, more specifically, the political end sought by the Front Unique Paulista, on a literal translation, union of the political parties of São Paulo (Republican Party Paulista and Democratic Party). The research is motivated by the need to understand the political project of FUP with the movement and the existing motivations why it was articulated. The comprehension of the constitutionalists' reasons is relevant to understanding the history of the revolution, from its origin to its outcome. Based on literature and its historical analysis, the paper will demonstrate that the Front, with the advent of the Constitutionalist Revolution of 1932, had as its main purpose regain political control of the state of São Paulo lost with the revolution of 1930. More than the vaunted concern with the implementation of a new constitution for the nation, the FUP leaders had intended to retrieve the lost power with the movement of 30 and the rise of Getulio Vargas to power. Under a banner to fight for a new constitution and the expected change from a totalitarian and centralized state imposed by Vargas for a more autonomous state, the cause of São Paulo enticed sympathy and support from the community, whose social history always harbored separatist ideas, even that they have never been carried out to its ultimate consequences

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In this paper, I intend to analyze how Plato's Philebus takes up some specific topics of Platonic dialectic and employs them to understand how the cognitive soul can be affected by false pleasures, false opinions, and false images. This study aims to criticize certain modern readings of Platonism, chiefly esoteric theory based on Plato's unwritten doctrine, which stipulate a revision of the Platonic theory of forms and defend the emergence of a new ontology explained by two principles, the One and the unlimited Dyad of great and small, conceived both as formal principle and material principle.

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The study considered the discrepancy between the official status and real position of Russian provincial officialdom in the middle of the 19th century. The law was not entirely coherent in all aspects of the officials' life and activity, with ordinary deviations from the law being adopted in practice and accepted, albeit not openly, by the public and sometimes even by the authorities. The main law determining the rights and duties of governors was never followed to the letter and in reality governors' activities were determined by the common (unwritten) law existing in the governmental sphere. The volume and nature of the governors' rights depended on a range of factors, with specific regional features and the governor's personal qualities having a particular significance. The standard of living of government clerks was much higher than their official salary would permit and Matkhanova studied the most widespread cases of abuse, identifying those positions in the administration which offered the most opportunities for such abuses. At the start of the period and on the eve of the reforms public opinion towards the bribery of officials underwent a change. From the late 1850s onwards, there appeared among provincial officials a group of young well-educated clerks with liberal ideas and a new system of moral values which did not allow them to accept bribes or infringe the law in any way. There was also a non-official hierarchy side by side with the legally existing one. A significant role in governing the region, and one which has been underestimated by historians, was played by the head of the governor's office, but the reforms of the 1860s contributed to changing this state of affairs.

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El trabajo ahonda en un capítulo del proceso de organización de la justicia de paz en Mendoza en el siglo XIX. El recorrido de los debates, las doctrinas y las leyes propuestas en el lapso que abarca el estudio, muestra las soluciones que, frente a la resistencia de antiguas prácticas institucionales, propuso la dirigencia provincial en orden a su organización dentro de los cánones del moderno constitucionalismo.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación defiende en las primeras décadas del siglo XX el liberalismo económico, rechazando el intervencionismo del Estado según los principios del laissez faire. Con el propósito de no escindir el estudio de la jurisprudencia de su respectivo contexto, sino por el contrario, con una visión integradora del derecho y las ciencias sociales que procura la comprensión del fenómeno jurídico, se rastrean las fuentes inspiradoras de la ideología de la Corte. Determinadas doctrinas de derecho constitucional sustentan los fallos basadas en un pensamiento jurídico que, a su vez, constituye la expresión de una concepción política y filosófica. Son considerados los principios que permiten preconizar el liberalismo económico, la influencia del constitucionalismo norteamericano a través de destacados expositores como Thomas Mc Intyre Cooley, Christopher Tiedeman y Joseph Story, así como las bases constitucionales que actúan como fundamento, y las doctrinas de Juan Bautista Alberdi. El estudio se efectuó mediante la consulta de fuentes éditas, la edición oficial de Fallos de la Suprema Corte de Justicia Nacional con la relación de sus respectivas causas, y bibliográfica específica referida al pensamiento político-constitucional norteamericano.

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Abordamos en Antígona la voz nómos utilizada por la protagonista en su último discurso (vv. 908 y 914). Con ese término califica la razón de su proceder, que justifica contraponiendo su condición como hermana del muerto a una potencial situación como esposa o madre de un difunto. Pese al uso de nómos, observa Etxabe (2009: 61), tales palabras no han sido articuladas con un argumento legal; no obstante, a un estudio con tales propósitos pareciera poder objetarse el hecho de que el léxico jurídico implica ante todo generalidad, lo que entraría en contradicción con la particularidad y excepcionalidad que caracteriza aquello que Antígona califica como nómos. Revisamos entonces qué implica para Antígona el entierro de su hermano y luego abordamos el asunto desde los estudios más recientes sobre la legalidad griega, atendiendo especialmente al ordenamiento del sistema jurídico que tiene lugar en el siglo V a.C., y que implica un cambio de actitud con respecto a las leyes no escritas frecuentemente asociadas a Antígona

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Considerando los cambios historiográficos relacionados con los primeros constitucionalismos hispanoamericanos, nos proponemos analizar algunos aspectos de la tradición jurídica todavía dominante en el momento de la Asamblea de 1813 que pueden contribuir a una mejor comprensión de su significado como primer ensayo constituyente en el Río de la Plata. Partiendo de la elucidación del calificativo "extraordinario" -como clave del lenguaje normativo precontemporáneo-, analizamos algunos tópicos clásicos como el problema de la representación, las instrucciones a los diputados y el juramento exigido para el reconocimiento de la Asamblea. Aunque usamos testimonios principalmente tomados de Córdoba, aspiramos a que algunas reflexiones puedan proyectarse más allá de ese ocasional punto de observación

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Abordamos en Antígona la voz nómos utilizada por la protagonista en los vv. 908 y 914 de su último discurso. Con ese término califica la razón de su proceder, según la cual nunca habría realizado un entierro por un hijo o un esposo muerto pues la gente sensata justificaría sólo la sepultura de su hermano ya que un esposo y un hijo podría volver a tener pero nunca un hermano, con su padre y madre muertos. Pese a su uso, observa Etxabe (2009: 61), tales palabras no han sido articuladas con un argumento legal. No obstante, a un estudio con tales propósitos pareciera poder objetarse el hecho de que el léxico jurídico implica ante todo generalidad, lo que entraría en contradicción con la particularidad y excepcionalidad que caracteriza aquello que Antígona califica como nómos. Revisamos entonces qué implica para Antígona el entierro de su hermano y luego abordamos el asunto desde los estudios más recientes sobre la legalidad griega. En un contexto histórico en el cual tiene lugar un ordenamiento del sistema jurídico, que implica un cambio de actitud con respecto a las leyes no escritas frecuentemente asociadas a Antígona, la expresión nómos de este pasaje requiere la integración del trabajo filológico y los estudios del derecho griego, de la familia y de las relaciones de género en la Atenas del siglo V a.C.

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El artículo aborda la acción y la capacidad transformadoras de los procesos políticos nacionales ejercidas por las comunidades indígenas bolivianas a lo largo del siglo XIX, a partir del desempeño de las funciones cívicas de trabajador-contribuyente y de soldado de milicias. Tales actividades las hicieron sujeto y objeto de un complejo proceso de ciudadanización y desciudadanización en un contexto de sufragio censitario en el que la violencia y la ley coadyuvaron en el proceso de institucionalización del Estado.

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Considerando los cambios historiográficos relacionados con los primeros constitucionalismos hispanoamericanos, nos proponemos analizar algunos aspectos de la tradición jurídica todavía dominante en el momento de la Asamblea de 1813 que pueden contribuir a una mejor comprensión de su significado como primer ensayo constituyente en el Río de la Plata. Partiendo de la elucidación del calificativo "extraordinario" -como clave del lenguaje normativo precontemporáneo-, analizamos algunos tópicos clásicos como el problema de la representación, las instrucciones a los diputados y el juramento exigido para el reconocimiento de la Asamblea. Aunque usamos testimonios principalmente tomados de Córdoba, aspiramos a que algunas reflexiones puedan proyectarse más allá de ese ocasional punto de observación

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Abordamos en Antígona la voz nómos utilizada por la protagonista en los vv. 908 y 914 de su último discurso. Con ese término califica la razón de su proceder, según la cual nunca habría realizado un entierro por un hijo o un esposo muerto pues la gente sensata justificaría sólo la sepultura de su hermano ya que un esposo y un hijo podría volver a tener pero nunca un hermano, con su padre y madre muertos. Pese a su uso, observa Etxabe (2009: 61), tales palabras no han sido articuladas con un argumento legal. No obstante, a un estudio con tales propósitos pareciera poder objetarse el hecho de que el léxico jurídico implica ante todo generalidad, lo que entraría en contradicción con la particularidad y excepcionalidad que caracteriza aquello que Antígona califica como nómos. Revisamos entonces qué implica para Antígona el entierro de su hermano y luego abordamos el asunto desde los estudios más recientes sobre la legalidad griega. En un contexto histórico en el cual tiene lugar un ordenamiento del sistema jurídico, que implica un cambio de actitud con respecto a las leyes no escritas frecuentemente asociadas a Antígona, la expresión nómos de este pasaje requiere la integración del trabajo filológico y los estudios del derecho griego, de la familia y de las relaciones de género en la Atenas del siglo V a.C.

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El artículo aborda la acción y la capacidad transformadoras de los procesos políticos nacionales ejercidas por las comunidades indígenas bolivianas a lo largo del siglo XIX, a partir del desempeño de las funciones cívicas de trabajador-contribuyente y de soldado de milicias. Tales actividades las hicieron sujeto y objeto de un complejo proceso de ciudadanización y desciudadanización en un contexto de sufragio censitario en el que la violencia y la ley coadyuvaron en el proceso de institucionalización del Estado.

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Abordamos en Antígona la voz nómos utilizada por la protagonista en su último discurso (vv. 908 y 914). Con ese término califica la razón de su proceder, que justifica contraponiendo su condición como hermana del muerto a una potencial situación como esposa o madre de un difunto. Pese al uso de nómos, observa Etxabe (2009: 61), tales palabras no han sido articuladas con un argumento legal; no obstante, a un estudio con tales propósitos pareciera poder objetarse el hecho de que el léxico jurídico implica ante todo generalidad, lo que entraría en contradicción con la particularidad y excepcionalidad que caracteriza aquello que Antígona califica como nómos. Revisamos entonces qué implica para Antígona el entierro de su hermano y luego abordamos el asunto desde los estudios más recientes sobre la legalidad griega, atendiendo especialmente al ordenamiento del sistema jurídico que tiene lugar en el siglo V a.C., y que implica un cambio de actitud con respecto a las leyes no escritas frecuentemente asociadas a Antígona

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Abordamos en Antígona la voz nómos utilizada por la protagonista en su último discurso (vv. 908 y 914). Con ese término califica la razón de su proceder, que justifica contraponiendo su condición como hermana del muerto a una potencial situación como esposa o madre de un difunto. Pese al uso de nómos, observa Etxabe (2009: 61), tales palabras no han sido articuladas con un argumento legal; no obstante, a un estudio con tales propósitos pareciera poder objetarse el hecho de que el léxico jurídico implica ante todo generalidad, lo que entraría en contradicción con la particularidad y excepcionalidad que caracteriza aquello que Antígona califica como nómos. Revisamos entonces qué implica para Antígona el entierro de su hermano y luego abordamos el asunto desde los estudios más recientes sobre la legalidad griega, atendiendo especialmente al ordenamiento del sistema jurídico que tiene lugar en el siglo V a.C., y que implica un cambio de actitud con respecto a las leyes no escritas frecuentemente asociadas a Antígona