812 resultados para Obligaciones (Derecho) - Enseñanza


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El surgimiento del derecho ambiental internacional ha generado importantes desafíos a los más inveterados fundamentos del derecho internacional público. De este modo, conceptos tradicionales como la soberanía de los Estados, los sujetos de derecho internacional, así como las perspectivas más tradicionales de la seguridad nacional están sufriendo grandes cambios. Las necesidades de la sociedad internacional contemporánea difieren sustancialmente de aquellas generadas en los preceptos de la sociedad  westfaliana, evento que explica el surgimiento de miradas alternativas que permiten la comprensión de dinámicas vigentes en el derecho internacional, ejemplifi cadas en conceptos como res communis, preocupaciones comunes o simplemen te “comunes”, los cuales vienen adquiriendo una posición privilegiada en el estudio del derecho internacional. Tales desarrollos han permitido, asimismo, el fortalecimiento de conceptos jurídicos internacionales como el de las llamadas obligaciones internacionales erga omnes, las cuales constituyen una piedra angular para la explicación de la existencia misma del derecho internacional ambiental.  Este artículo expone y analiza los conceptos mencionados anteriormente, mediante la utilización de criterios comparativos que permiten la elucidación de lo que era el derecho internacional clásico antes del surgimiento del derecho ambiental internacional, así como lo que constituye actualmente y en lo que deberá convertirse con el objeto de responder a los desarrollos y retos impuestos por la sociedad internacional contemporánea, particularmente por el derecho internacional ambiental: una nueva rama perteneciente al corpus juris del derecho internacional público.

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El artículo presenta un análisis respecto a la problemática de la imprescriptibilidad de la acción y la sanción disciplinarias por graves violaciones e infracciones a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, cometidos por servidores públicos, en especial, por miembros de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. En este estudio se abordará la regulación de la prescripción de la acción disciplinaria por estas graves conductas en los Regímenes Disciplinarios aplicables a la Fuerza Pública en los últimos treinta años y en el actual Código Único Disciplinario. Para esto se tendrá en cuenta las consecuencias de orden jurídico, político, social y económico, a nivel nacional e internacional, que puede ocasionar la declaratoria de prescripción, bien sea por la ineficiencia o el desinterés por parte de los agentes estatales en adelantar los respectivos procesos disciplinarios tendientes a evitar no sólo la impunidad en materia administrativa sancionadora, por la comisión de infracciones atroces, sino también ante la necesidad de preservar el buen nombre y la buena marcha de la administración, y a su vez, cumplir con los estándares internacionales trazados sobre la materia. Finalmente se propone una reforma legal extendiendo el término de prescripción de manera razonable, para preservar los derechos de las víctimas y los disciplinados y asegurar el cumplimiento eficaz de las obligaciones del Estado colombiano, para garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales sobre la materia, en defensa de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. 

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El derecho al trabajo es un derecho humano consagrado, tanto en su dimensión individual como colectiva, en múltiples instrumentos del sistema internacional de los derechos humanos. La Constitución Política colombiana de 1991 reconoce también el trabajo como principio, como deber y como derecho. A partir del sistema normativo internacional y nacional constitucional se presenta un concepto de trabajo que, desde una perspectiva de derechos humanos, debe ser digno. En esta dirección, con base en lo señalado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la Observación General No.18 sobre el derecho al trabajo, se identifica el contenido básico de este derecho y se refieren algunas obligaciones jurídicas del Estado para su efectiva realización. 

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El contrato de trabajo es fuente de diversas obligaciones para las partes involucradas en él: empleador y trabajador. El trabajador debe prestar los servicios personales encomendados y el empleador debe pagar el salario como obligaciones principales. Sin embargo, en ocasiones de crisis económica, como la que vivimos, se verifican supuestos en que resulta imposible para el trabajador cumplir con sus obligaciones principales por causas imputables al acreedor (empleador), contexto en el cual nos adentramos en la problemática que abordaremos: la mora del acreedor en el contrato de trabajo.

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Colombia es el único país de América Latina en el que la constitución y la ley permiten a las instituciones educativas estatales realizar cobros académicos en todos los grados escolares. La consecuencia de esto es que el Gobierno Nacional no se ha interesado por elaborar una política de gratuidad de la educación. Sin embargo, la Constitución tiene disposiciones que permiten integrar los tratados de derechos humanos ratificados por Colombia al ordenamiento jurídico interno; allí, es donde está consagrada la gratuidad de la educación. Ésta es un imperativo jurídico que el Estado no puede desconocer. La Corte Constitucional ha protegido el acceso y la permanencia al sistema educativo con base en el Derecho Internacional pues cuando existe una disposición de derechos humanos que consagra un derecho, los argumentos de costo beneficio quedan excluidos, en especial si es un derecho universalmente reconocido. Nuestra tesis es que no hay ninguna razón para que el Estado restrinja el disfrute del derecho a la educación a través de cobros, especialmente porque la gratuidad de la educación primaria les permite a las personas acceder y permanecer en el sistema educativo y es un instrumento privilegiado para remover las barreras económicas que afectan el disfrute del derecho. La estructura del artículo es la siguiente: los dos primeros apartados se referirán a las obligaciones internacionales del Estado colombiano, el tercero hará énfasis en la jurisprudencia constitucional sobre la gratuidad de la educación y, finalmente, habrá una breve conclusión que planteará futuras líneas de trabajo. 

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Son bien conocidas las tensiones entre juristas y economistas en torno a la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Mientras para los economistas más ortodoxos los derechos sociales son simples declaraciones, para los juristas más progresistas los derechos sociales, al igual que los derechos civiles y políticos, son plenamente exigibles a través de mecanismos judiciales y no judiciales. En el ámbito de estos últimos mecanismos, especial lugar ocupan las políticas públicas. Conforme con este marco, este ensayo llama la atención sobre la necesidad de que las políticas educativas se diseñen e implementen con fundamento en el contenido del derecho a la educación y las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado colombiano en la materia. El ensayo se estructura en tres acápites: (i) presenta algunas reflexiones que ponen en evidencia la distancia entre la política educativa y el derecho a la educación; (ii) sintetiza el contenido fundamental del derecho a la educación y las obligaciones del Estado; y (iii) presenta un conjunto de indicadores a partir de los cuales se puede valorar el éxito de las políticas en lo que se refiere al respeto, protección y realización del derecho a la educación. 

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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.

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En esta investigación se estudian los conflictos nacidos en la progresiva definición de las formas jurídicas y de saber que acompañaron el re-asentamiento de instituciones y grupos de poder después de la ruptura política con España. Este análisis se conduce mediante un estudio de caso, la historia de un sacerdote ilustrado que emprendió en 1835 una querella contra la enseñanza del materialismo y el ateísmo prevista en la reclasificación republicana de saberes. La Revolución del cura Botero se desarrolló en la Villa de la Candelaria y constituye un ejemplo histórico de un tipo de resistencia local a la derogación y suplantación de las viejas formas de producción jurídica y de ordenación social. El caso Botero sirve como pre-texto para estudiar una respuesta local a la iniciativa centralista de abrogación de una cultura material por la entrada en vigor de un modelo de ordenación formal de orientación legicéntrica y liberal, ilustra un tipo localizado de resistencia a la implantación del modelo republicano en Colombia. Mediante un caso y un exhaustivo ejercicio de reconstrucción documental se recrea un problema central de la cultura jurídica revolucionaria: la disputa por las fuentes del derecho, la verdad y el saber en el “tránsito” a la “modernidad jurídica”. En ella se propone un modo de hacer historia del derecho a partir de casos concretos, historia local y documentos no oficiales como forma de reivindicación pedagógica de los pequeños objetos, aquellos que ponen a prueba el funcionamiento real de mecanismos hegemónicos.

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Posición frente a lo que en otros ordenamientos jurídicos se ha denominado como derecho administrativo sancionador que aplicándolo al caso colombiano en donde, además de carecer de una legislación especial, no hay un concepto uniforme

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los principios y valores constitucionales y siguiendo el debido proceso. Calidad: se refiere al derecho que tiene el educando de recibir la enseñanza adecuada para lograr los fines y propósitos de la educación; para ello ya se ha avanzado en cuanto al diseño de estándares mínimos de calidad para cada una de las asignaturas en primaria y en bachillerato; y en educación superior, se va en camino de asegurar la calidad a través de la acreditación de cada uno de los programas profesionales que ofrecen las instituciones de educación superior, tanto a nivel de pregrado como de postgrado, lo mismo que con la acreditación institucional de cada Universidad. c) Obligación (también derecho) de definir los contenidos del currículos escolares: en este preciso caso es donde mejor se revela el Estado como docente. d) Obligación de vigilancia y control: con ello se busca asegurar que la prestación del servicio de educación, ya prestado por el mismo Estado o ya por los particulares, se haga en las condiciones y con los requisitos que exige la prestación de todo servicio público.

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El presente trabajo busca demostrar que en los dispositivos de solución alternativa de conflictos (M.A.S.C.) que se dan con ocasión de conflictos de intereses del orden Civil o Mercantil, existe una Base Negocial, es decir, hay un negocio jurídico convencional que los involucrados en dicha disputa perfeccionan y que permite directa o indirectamente la resolución del conflicto; por tal razón, es menester desarrollar el tema de manera sistemática, iniciando por el estudio del Negocio Jurídico, para posteriormente analizar la naturaleza jurídica de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, y consecuentemente poder identificar, con referencia a cada uno de estos métodos, en qué momento se ajusta este negocio jurídico, su naturaleza jurídica, su contenido y sus efectos negociales.

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Sintetiza lo que ha sido nuestra experiencia como docentes en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, en especial, el desarrollo de la cátedra DERECHO CIVIL BIENES, a partir de los conocimientos adquiridos en la Especialización

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El artículo 71 introduce el ordenamiento comercial colombiano la figura de la empresa unipersonal, de especial interés entre comerciantes, ya que por medio de ella se puede afectar un porcentaje del patrimonio de una persona

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Teniendo en cuenta tres casos dentro del contexto del conflicto armado donde la jurisdicción penal colombiana estudia la admisión o exclusión de medios probatorios producidos a partir de injerencias de comunicaciones, encontramos que no siempre se aplica la regla de exclusión cuando no cuentan con una orden judicial previa. Ante este problema, buscamos como se ha solucionado, teniendo como referente la el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Lo anterior nos da base para entender la regla de exclusión de que se ha venido desarrollando dentro del Derecho Internacional Penal. Si bien estas reglas nos sirven para solucionar estos tres casos, terminan siendo contradictorios a lo que ha venido desarrollando la Corte Constitucional. De esta manera, si bien esta Corte consideró que la regla de Estatuto de Roma, va en concordancia con la nuestra regla de exclusión nacional, tal afirmación es errónea.

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Bajo la denominación de , la presente obra colectiva presenta las ponencias expuestas por los participantes en el Seminario que con el mismo nombre organizó la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario para conmemorar el décimo aniversario de la Maestría de Derecho Administrativo. El seminario tuvo como objetivos ofrecer una retrospectiva de la evolución histórica del derecho administrativo nacional y comparado con los ejes de internacionalización. Protección de los derechos y actuación administrativa y jurisdiccional: presentar una visión reflexiva acerca de los cambios ocurridos en los contenidos del derecho administrativo determinado por las transformaciones del Estado social y democrático de derecho; y mostrar las tendencias contemporáneas de construcción del derecho administrativo como respuesta a la globalización y la internacionalización.