857 resultados para Mercado de valores -- Colombia


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Nuestra legislación regula a la emisión de obligaciones en la Ley de Mercado de Valores, en su Reglamento y en la Codificación de Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores; esto con el objetivo de promover un mercado organizado, eficaz y transparente; difundiendo al público una información adecuada de la situación financiera del emisor. Al momento de una emisión de obligaciones, ésta debe estar garantizada por una garantía general, la cual consiste en la totalidad de los activos no gravados del emisor y además podrá contar con garantía específica. Estas normas y otras han derivado problemas en el mercado de valores, ya que la norma no es clara y es subjetiva con la cual el emisor no tiene un mercado ágil ni eficiente. Lo expresado anteriormente ha sido contemplado en tres capítulos: El primer capítulo se ha titulado "OBLIGACIONES", en el cual se brinda un análisis del marco legal, en qué consiste y el proceso de la emisión de obligaciones. El segundo capítulo se ha titulado "RESGUARDOS", en el cual después de tener un conocimiento claro de todo lo relacionado a obligaciones, se analiza esta norma que limita el desarrollo de un mercado ágil, eficiente y veraz. Finalmente, el capítulo tercero se ha titulado "CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES" en el cual se brindará conclusiones que permitan entender la aplicación de la norma y brindar una reforma o la propuesta a la derogación a la misma, si esta lo amerita, después de todo el análisis realizado.

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El presente trabajo incursiona en el Mercado de Valores, poco utilizado y casi desconocido en nuestro país, a través del proceso de titularización, como una forma alternativa de financiamiento más ventajosa a las demás formas tradicionales de intermediación financiera, ya que permite un contacto más directo entre la empresa y el inversionista; este proceso será tratado en el primer capítulo, ya que a continuación de este, entraré a estudiar el ámbito de los Seguros, específicamente las Pólizas de Seguro de Vida, por cuanto son activos que aseguran un hecho futuro y cierto que en algún momento va a suceder, a diferencia de los demás tipos de seguros en los que puede o no ocurrir el siniestro asegurado, ya que no tendría sentido transar algo que no va a ocurrir o que existe una baja posibilidad de que ocurra. Al juntar el proceso de Titularización con las Pólizas de Seguros de Vida ya estudiados en los dos capítulos anteriores, procederé al análisis de la Titularización de Pólizas de Seguros de Vida, considerando la importancia de los partícipes en el proceso, las personas suceptibles de realizarlo en calidad de originadores, así como el proceso de titularización en sí, desde el endoso de las pólizas de Vida al originar hasta la negociación en el Mercado Bursátil de los valores emitidos como producto del proceso de titularización; sin olvidar de señalar los beneficios que representa tanto para el inversionista como para el originador y para el Mercado. Dentro de este mismo capítulo observaré mediante datos estadísticos la posibilidad de que este proceso se dé en el Ecuador. Considero que la Titularización de Pólizas de Seguros de Vida es un tipo de inversión novedosa y alternativa a la intermediación financiera, que podría motivar a los empresarios e inversionistas a atender más los beneficios del Mercado Bursátil y poco a poco desarrollar la Cultura Bursátil tan mermada que tenemos en nuestro país.

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La presente investigación ha tenido por objeto la determinación de si la aplicación de un modelo de autorregulador independiente en nuestra legislación de mercado de valores es viable o no. Nuestra legislación actualmente reconoce sistemas regulatorios y autorregulatorios caracterizados por estar bajo el control de los propios participes del mercado, es decir que son los propios participantes de cada uno de los mercados los encargados de regularse a sí mismos y en ciertos casos de imponerse sanciones; así, en el Ecuador son las bolsas de valores las entidades encargadas de expedir las normas de autorregulación que regirán en el mercado bursátil nacional. Existen actualmente conflictos de interés al momento de generar normas de autorregulación en razón de los órganos encargados de expedirlas, y por consiguiente al momento de aplicar el sistema punitivo a cada uno de los partícipes del mercado de valores. Este problema se lo puede evidenciar, tanto al momento de emitir regulaciones, como al momento de investigar y juzgar las faltas cometidas a las normas expedidas. Las nuevas tendencias en generación de autorregulación nos dan la pauta para determinar que el esquema que actualmente mantiene nuestra legislación de mercados financieros, en especial en lo concerniente con el mercado de valores, es anacrónico, pues no se adecúa a las necesidades que el sistema actualmente requiere. En el presente trabajo se analizan las posiciones contrapuestas entre los modelos autorregulatorios imperantes, partiendo de aspectos generales y comunes de la autorregulación como tal, para pasar a un estudio de los modelos y tendencias autorregulatorias en derecho comparado, junto con un análisis de la normativa interna sobre la materia. De la misma manera es necesario tener presente que el análisis de un modelo autorregulatorio implica el estudio de sus funciones conexas; así, los esquemas de supervisión y control y por consiguiente de sanción deberán ser analizados.

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El presente estudio denominado “Naturaleza Jurídica del Encargo Fiduciario en la Legislación Ecuatoriana” recoge en primer lugar una breve reseña del origen de la figura, tanto a nivel mundial como en los países latinoamericanos y por supuesto de manera especial en Ecuador. Una vez señalados los antecedentes históricos de la figura y su evolución en el ordenamiento jurídico, haremos un análisis de sus características y regulación en la Ley de Mercado de Valores, lo cual nos permitirá diferenciarla de otras instituciones jurídicas que en principio parecerían similares. Los elementos antes señalados nos permitirán determinar la naturaleza jurídica del encargo fiduciario y en base a esto señalar sus fortalezas, limitaciones e incluso realizar las respectivas consideraciones y críticas sobre la utilidad y regulación de la figura. El propósito de este trabajo es precisamente desarrollar y analizar una figura que poco ha sido explorada y discutida, dejada de lado en muchas ocasiones por el fideicomiso mercantil, razón por la cual hemos decidido centrarnos en la misma. Figura que para algunos constituye una institución sui generis, un híbrido o una mezcla de varias instituciones legales; esto es lo que pretendemos concluir.

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La presente tesis tiene como propósito: establecer los límites de los conceptos de administración diligente, prudente y profesional como parámetros para la determinación de responsabilidad de las Administradoras de Fondos y Fideicomisos en el cumplimiento de su gestión, y en la definición del alcance de las facultades de supervisión de dicha actividad; aportar con un análisis serio y eficiente del alcance de la facultad de control y sanción de la actividad fiduciaria en el Ecuador, actualmente ejercida por la Superintendencia de Compañías, a través de las Intendencias de Mercado de Valores de Quito y Guayaquil; y, proponer una estructura adecuada para el ejercicio de la facultad de control y sanción de la actividad fiduciaria en el Ecuador, así como los mecanismos idóneos para su implementación. Con el fin de alcanzar los propósitos señalados, en el presente trabajo se parte con un análisis de la actividad de las administradoras de fondos y fideicomisos como gestoras de negocios fiduciarios: su naturaleza, sus obligaciones (especialmente la de brindar una administración diligente, prudente y profesional) y sus responsabilidades; para posteriormente, confrontarla con el régimen de supervisión y sanción, al cual se encuentra actualmente sometida, con la finalidad de demostrar la ineficiencia e improcedencia del mencionado régimen y las deficiencias legislativas que han dado lugar a sus falencias. Finalmente, se propone una estructura de supervisión de la actividad fiduciaria de gestión de negocios fiduciarios, sin la participación de entidades de control estatales y acorde con su naturaleza contractual, recomendando, las reformas y cambios necesarios para su implementación.

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Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son estándares de contabilización que establecen el tipo de información que se debe presentar conjuntamente con los Estados Financieros y su forma de contabilización. El Ecuador en el año 2006 por resolución de la Superintendencia de Compañías decidió adoptar dicha normativa, por lo que se estableció plazos para que los empresarios del país adopten e implementen las NIIF de carácter obligatorio. El 20 de noviembre del 2008 la Superintendencia de Compañías emite la resolución Nº 08.G.DSC para prorrogar la vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera por la crisis financiera global. Por lo que estableció un cronograma escalonado por grupos de aplicación obligatorio dividiendo en tres grupos: - El primero conformado por las empresas auditoras y compañías inscritas en el Registro de Mercado de Valores: el período de aplicación a partir de enero 2010. - El segundo grupo aplicará a partir del 1 de enero del 2011 son las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a $ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007, las compañías tenedoras de acciones o Holding, las compañías de economía mixta y entidades del Sector Público; las sucursales de compañías extranjeras u otras empresas extranjeras. - El tercer grupo que aplicarán a partir del año 2012 conformado por las compañías no consideradas en los dos grupos anteriores. En el Ecuador la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) han tenido una expectativa muy grande tanto por los gerentes de las empresas como por las personas involucradas, ya que existen muchas interrogantes respecto al proceso de implementación de las NIIF y NIC.

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La Superintendencia de Compañías es un organismo técnico, que asesora y supervisa al sector empresarial del país, con criterios modernos y mecanismos eficaces de manera que la actividad de control se constituye en un elemento dinámico que coadyuva al mejor desarrollo de las empresas. También promueve el mercado de valores y los productos que en él se transan. La gestión de las instituciones del estado, se hallan reguladas por las leyes y normas emitidas para su funcionamiento y administración, siendo esto muy importante para la Superintendencia de Compañías, en razón de que por mandato constitucional es considerada como una institución que pertenece al sector público, lo que establece la obligatoriedad de que los procesos de reclutamiento y selección de personal que se ejecuten en esta entidad, sean canalizados a través de la normatividad vigente, con el objeto de lograr la inclusión del recurso humano calificado, a través de la aplicación de pruebas de conocimiento, pruebas psicológicas, determinación de competencias técnicas y conductuales que permitan medir las aptitudes y actitudes de las personas. El objetivo primordial de esta investigación, es lograr que a través de la aplicación de la Ley Orgánica del Servicio Público, su Reglamento General y la Norma de Reclutamiento y Selección de Personal, emitida por el organismo rector sean aplicadas de manera global en los procesos selectivos, los mismos que serán dirigidos por la Unidad de Administración del Talento. De esta forma, el proceso de selecciónpor competencias, al centrarse en aquellas habilidades y características conductuales predice con alta efectividad el desempeño laboral futuro de los candidatos potencialmente calificados y capaces de ocupar los cargos dentro de la organización.

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Mediante Resolución No. 08.G.DSC.010 del 20 de noviembre del 2008 (Registro Oficial No. 498 del 31 de diciembre del 2008), la Superintendencia de Compañías resolvió establecer un cronograma escalonado de aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF por parte de las compañías ecuatorianas y entes sujetos al control y vigilancia de la misma. El cronograma establecido determinó a tres grupos de aplicación; el primer grupo constituido por las compañías reguladas por la Ley de Mercado de Valores y Auditoras Externas cuyo año de implementación fue el 2010; el segundo grupo conformado por las compañías cuyos activos superaban los USD$4 millones al 31 de diciembre del 2007, entidades de economía mixta, sector público y sucursales de compañías extranjeras cuyo año de implementación fue el 2011; y todas las demás compañías cuyo año de implementación fue el 2012. A la fecha de presentación de este trabajo de investigación, la gran mayoría de las compañías ecuatorianas han culminado el proceso de adopción a las NIIF como su normativa contable, es por tal motivo que este trabajo de investigación toma relevancia, al enfocarse en analizar e investigar cuáles han sido los ajustes más importantes y comunes realizados por las compañías ecuatorianas del sector industrial seleccionadas durante este proceso de conversión de normativa contable, así como también cuáles fueron las principales dificultades que debieron afrontar durante el proceso de implementación y los beneficios y ventajas más importantes que están teniendo estas compañías post implementación de las NIIF.

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Las NIIF, aparecen como consecuencia del Comercio Internacional mediante la Globalización de la Economía, en la cual intervienen la práctica de importaciones y exportaciones, los mismos que fueron aplicados hasta llegar a la inversión directa de otros países extranjeros promoviendo así el cambio fundamental hacia la práctica internacional de los negocios. Estas normas intervienen dentro del sector social, empresarial, entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de afectación o el impacto que a su vez traiga consigo su implementación. Aplicarán a partir de Enero del 2010: Las Compañías y los entes sujetos por la Ley de Mercado de Valores, así como todas las compañías que ejercen actividades de auditoría externa. El segundo grupo que aplicará a partir del 1 de enero del 2011 son las compañías que tengan activos totales iguales o superiores a $ 4’000.000,00 al 31 de diciembre del 2007, Holding, compañías de economía mixta y entidades del Sector Público. El tercer grupo que aplicarán a partir del año 2012 conformado por las compañías no consideradas en los dos grupos anteriores. Las empresas que se dedican a la ejecución de contratos de construcción a largo plazo enfrentan la problemática de aplicar un tratamiento contable específico a los ingresos, costos, gastos y pérdidas de operación en los proyectos que ejecutan, ya que el reconocimiento de utilidades no se puede realizar a través de un sistema tradicional de operación. Los proyectos de construcción comúnmente pueden generar ingresos anticipados que deberán ser reconocidos como tales en períodos impositivos posteriores, de la misma forma que ocurre con los costos relacionados con estados de ejecución a futuro. El estudio realizado ofrece, entonces, considerar que para los contratos de obra cuya finalización es medible y se cuenta con los elementos para utilizar el Método de Porcentaje de Avance de Obra para reconocer ingresos, costos y gastos.

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La elaboración del presente trabajo “El valor en riesgo condicional como herramienta en la gestión de riesgos del portafolio de renta fija de un fondo previsional ecuatoriano”, responde a la necesidad de entender como la aplicación de la metodología del valor en riesgo condicional en un portafolio de inversiones de un fondo previsional ecuatoriano, conformado por títulos de renta fija, contribuirá al control del riesgo de mercado. Se determinará la aplicabilidad práctica del uso del valor en riesgo condicional, en un portafolio de inversiones constituido por títulos de renta fija que se negocian en el mercado de valores, de un fondo previsional complementario ecuatoriano. Se analizará la evolución del índice de rendimiento de la Bolsa de Valores como medida del rendimiento del mercado de los títulos negociados en el mercado bursátil y se determinará un portafolio de inversiones de renta fija con títulos negociados en ese mercado. Por medio de la metodología paramétrica de varianzas y covarianzas se determinará el VaR y CVaR del portafolio y con la metodología no paramétrica de simulación histórica, se determinarán las ganancias y pérdidas diarias del portafolio y se estimará el VaR y CVaR de la distribución. Se proponen parámetros y políticas que permitan estimar el riesgo de mercado utilizando el CVaR como medida complementaria que cuantifica las pérdidas que se pueden encontrar en las colas de distribución. El CVaR se constituye en una medida que complementa al VaR ya que considera los valores que se encuentran en la cola de la distribución una vez superado el umbral del VaR. Finalmente, se recomienda utilizar el CVaR como medida para cuantificar las pérdidas que podría sufrir un portafolio de activos financieros, ya que incorpora en un solo valor la pérdida esperada y la pérdida media inesperada de un portafolio, constituyéndose en un mecanismo de alerta temprana para la toma de decisiones que disminuyan el impacto de la potencial pérdida del portafolio.

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Este livro contém os trabalhos apresentados pelos discentes de programas de pós-graduação strictu sensu do estado de São Paulo durante o I Colóquio, Pesquisa em Direito. A seleção dos discentes e dos textos coube a cada um dos programas de pós-graduação, a partir de um edital preparado em conjunto entre os coordenadores desses programas. É essa seleção que compõe esta obra, editada de forma a oferecer aos leitores cada um dos programas paulistas de pós-graduação em Direito.

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Além de constituir o Volume 1 dos CADERNOS FGV DIREITO RIO — Série Clínicas, a Cartilha CEPAC representa a primeira publicação resultante do convênio de cooperação acadêmica celebrado entre a Fundação Getulio Vargas (FGV) e a Comissão de Valores Mobiliários (CVM). Publicado no Diário Oficial da União em 05 de agosto de 2011, o convênio tem por objetivo a reunião de esforços visando ao aprimoramento do ensino dos alunos da FGV Direito Rio, mediante a realização de atividades de prática jurídica supervisionada no âmbito do Núcleo de Prática Jurídica (NPJ), sempre voltadas aos temas relacionados com o mercado de valores mobiliários.

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De acordo com dados de 07.10.2014 da Associação Brasileira das Entidades dos Mercados Financeiro e de Capitais – ANBIMA, no acumulado em 12 meses, entre aplicações, resgates e captações, a indústria de fundos movimentou mais de 11 bilhões de reais no Brasil. É um volume financeiro considerável, fazendo dos fundos de investimento importantes instrumentos de captação de poupança e de direcionamento de recursos para os mais diversos projetos de financiamento da economia. Além disso, as quebras de determinados conglomerados financeiros no Brasil nos últimos anos envolvendo fundos administrados e geridos por sociedades pertencentes a esses conglomerados colocou em evidência a importância de regras e estudos direcionados à relação entre o administrador-gestor e o cotista de fundos de investimento. De fato, pesquisa conduzida ao longo dos anos de 2013 e 2014 demonstrou que acadêmicos, reguladores e demais participantes do mercado de valores mobiliários possuem poucos estudos que possam assisti-los na solução de problemas relativos a essa relação, inclusive diante de situações envolvendo conflitos de interesses entre administradores-gestores e cotistas. Assim, diante da importância econômica dos fundos de investimento para o Brasil, da relevância dos direitos dos investidores dentro da indústria de fundos, e também em razão da escassez de estudos, este trabalho tem por finalidade realizar investigação teórica e empírica sobre a relação fiduciária entre o administrador, o gestor e os respectivos cotistas dos fundos de investimento. Dessa forma, o objetivo será identificar a origem, as características essenciais dessa relação, os riscos que ela pode trazer para o investidor e os deveres que ela impõe aos administradores e gestores. Para tanto, propõe-se avaliar a origem histórica da relação fiduciária e os fundamentos teóricos que a suportam aplicados aos fundos de investimento nos Estados Unidos e no Brasil. Com base nesse conhecimento teórico e sob o enfoque dos deveres fiduciários aplicáveis aos administradores e gestores, parte-se para a avaliação das normas de conduta contidas nas instruções da Comissão de Valores Mobiliários (CVM), visando testar as características da relação fiduciária diante das regras da CVM. Por fim, realiza-se estudo sobre casos em que administradores e gestores foram condenados por quebra na relação fiduciária e por inobservância de deveres específicos embutidos nas normas de conduta avaliadas anteriormente. Com fundamento nos estudos teóricos e empíricos descritos, conclui-se que existem características essenciais na configuração de uma relação fiduciária entre o administrador-gestor e o cotista de fundos de investimento e que, uma vez formada essa relação, administradores e gestores obrigam-se a observar o cumprimento de deveres de diligência e de lealdade perante o cotista. Igualmente, ainda é possível afirmar que as normas da CVM de fato instituem a relação fiduciária entre o administrador-gestor e o cotista de fundos de investimento, bem como os deveres fiduciários conexos a essa relação.

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Esse estudo busca analisar o desempenho de um portfólio de investimento constituído através da contribuição equânime do risco de seus ativos para o risco total do portfólio, ou seja, a chamada estratégia de risk parity, utilizando uma amostra composta de dados diários de cotações de fechamento de 27 ações pertencentes ao mercado brasileiro de ações entre janeiro de 2004 e dezembro de 2014. O estudo compara tal portfólio com outros três portfólios constituídos através de abordagens tradicionais: o portfólio baseado na estratégia por média-variância, o portfólio baseado na estratégia por mínima variância e o portfólio igualmente ponderado, também conhecido como portfólio ingênuo (naive). Ao mesmo tempo, o estudo analisa o desempenho do portfólio comparado a dois indicadores importantes do mercado de capitais brasileiro: o IBOVESPA e o CDI. Foram construídas séries temporais com rebalanceamento trimestral dos portfólios para o desenvolvimento do estudo, como efetuado em Maillard et al. (2010). Os resultados demonstram que o portfólio constituído através da contribuição equânime ao risco não apresentou desempenho superior quando comparado aos portfólios por média-variância e por mínima variância, em termos de retorno e risco. Por outro lado, quando comparado ao portfólio ingênuo, ao IBOVESPA e ao CDI, o desempenho obtido foi superior, tendo também apresentado resultados similares aos exibidos em Maillard et al. (2010). O estudo conclui que a construção de carteiras por risk parity é uma alternativa viável para a composição de carteiras que buscam estabilidade na alocação de risco e nos pesos dos ativos no longo prazo, diante de diferentes cenários macroeconômicos.