889 resultados para Confiscaciones (Derecho tributario)
Resumo:
La autora refiere las funciones extrafiscales del tributo en orden a la tributación medioambiental en el sistema jurídico de Colombia. En primer término plantea el problema. En segundo lugar presenta la extrafiscalidad como instrumento del Estado social, hurga en su justificación, esencia y particularidades, no soslaya la referencia al principio de capacidad contributiva, y ejecuta una valoración de las críticas levantadas en torno al fragoso asunto de la extrafiscalidad. Un tercer acápite se ocupa de la sustentación de la tributación medioambiental, analizando la insuficiencia del principio contaminador-pagador como su fundamento, así mismo, ya en los dominios de los tributos ambientales, enfoca la idoneidad del impuesto. Antes de arribar a importantes conclusiones, la autora realiza una somera revisión a la tributación medioambiental en Colombia, a la luz de su sistema jurídico.
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El presente trabajo se desarrolla a partir de la inquietud que surge sobre las leyes tributarias de Bolivia y Ecuador, es decir, si contienen determinaciones sobre la devolución del IVA a los exportadores que integren y respeten la cláusula de no discriminación y el principio de neutralidad fiscal. A tal efecto se trabaja ssobre los siguientes objetivos: comparar el régimen jurídico tributario boliviano y ecuatoriano sobre la restitución del IVA a los exportadores, a través del análisis de las normativas pertinentes; así como analizar la existencia y respeto de la cláusula de no discriminación y el principio de neutralidad fiscal en los sistemas tributarios de Bolivia y Ecuador. Objetivos que se cumplieron al analizar las normativas pertinentes, además de tomar en cuenta las Decisiones de la Comunidad Andina (CAN), bajo las cuales los sistemas jurídicos tributarios de los países en cuestión se han desarrollado y adaptado. La cláusula de no discriminación fiscal y el principio de neutralidad han sido analizados desde el punto de vista doctrinal, así como también su aplicabilidad en diversos modelos de convenio, tales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo económicos (OCDE) y Organización de Naciones Unidas (ONU). Finalmente, y como resultado del análisis de normas legales, Decisiones comunitarias, doctrina y opinión de diversos autores, es que se elaboran las conclusiones y recomendaciones.
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En busca de un mayor desarrollo económico, los Estados han optado por suscribir instrumentos internacionales que fomenten y liberen los flujos de inversión extranjera directa en sus territorios. Estos acuerdos internacionales, a la vez que promueven las inversiones, proporcionan un marco jurídico dentro del cual los Estados partes del acuerdo se comprometen a cumplir y respetar determinados principios y normas protectoras del inversionista. Además, estos instrumentos internacionales están generalmente dotados de una cláusula para someter las diferencias Estado-Inversor al arbitraje obligatorio. Por la importancia de este tipo de tratados, por su acelerada proliferación y por las repercusiones que puede tener la suscripción de cláusulas arbitrales “without privity”1 en las políticas internas de los Estados, es indispensable que éstos regulen detenidamente los aspectos intrínsecos a su soberanía durante la suscripción o renegociación de los referidos instrumentos. En lo referente a la materia tributaria, la experiencia y la casuística, existentes al respecto, han demostrado que su falta de regulación o somera regulación puede generar a los Estados signatarios de los tratados graves inconvenientes y limitaciones en el manejo de su política fiscal frente a la inversión extranjera. En efecto, los inversores podrían sentirse vulnerados en sus derechos convencionales con la adopción de medidas tributarias o de una nueva política fiscal por parte del Estado receptor y podrían, en consecuencia, exigir el respeto de aquellos derechos. En última instancia, podrían someter las diferencias originadas por cuestiones tributarias al arbitraje internacional, distrayéndolas de su fuero originario, que son las cortes tributarias locales. Lo anterior podría ocurrir en detrimento de una de las facultades inherentes a la soberanía estatal, que es la potestad tributaria, la cual además resulta imprescindible para solventar el gasto público y para alcanzar determinados objetivos particulares de desarrollo nacional. Dentro de este contexto, el presente trabajo procura exponer y analizar ciertas cuestiones en torno a la importancia y necesidad de regular e incluso excluir la materia fiscal de la aplicación de los tratados internacionales de inversión.
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El presente trabajo ha sido pensado con dos propósitos fundamentales: 1.- Examinar los requisitos que la legislación tributaria vigente requiere para que un gasto sea considerado deducible y enfrentarlos a principios básicos de tributación relacionados con la realidad de las transacciones (y con sus límites de aplicación); a fin de determinar la existencia o inexistencia de interpretaciones exorbitantes por parte de la Administración Tributaria, atendiendo a una eventual conveniencia recaudatoria, para lo cual hemos acudido a la letra de la ley, la jurisprudencia y la doctrina; y, 2.- Revelar a partir de la Ley para la equidad tributaria la proliferación de reformas tributarias que permiten deducir que desde la primera hasta la última reforma no han sido debidamente estudiadas, pues las consecuencias que cada una de ellas ha generado ha sido – a criterio del autor- complicar una materia que de por sí ya es difícil de entender y aplicar por parte de los contribuyentes. En función de lo anterior, hemos dividido la tesis en dos partes: la primera dividida en cinco capítulos, iniciando con definiciones que las fuentes del derecho nos han otorgado, identificando en el capítulo II los gastos deducibles para personas naturales y para sociedades que implementó la Ley para la equidad tributaria, repasando en los capítulos III y V las reformas introducidas a dicha Ley y a leyes de otras materias; y, concordando en el capítulo IV lo determinado en la Ley con el nuevo Reglamento de aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. La segunda parte analiza con mayor profundidad los gastos personales deducibles y los nuevos gastos deducibles para sociedades (que incluye variaciones en condiciones de gastos deducibles antiguos) citando un ejemplo práctico, para finalizar con una aproximación de la determinación de anticipos de impuesto a la renta, sus reformas y la problemática que acarrea (eventual confiscatoriedad).
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La tendencia de globalización de los negocios cada vez más creciente exige que los Estados manejen entre otros aspectos normas contables comunes. La Superintendencia de Compañías del Ecuador conciente de esta necesidad, dispone conforme a sus atribuciones que todas las entidades obligadas a llevar contabilidad y que estén bajo su control y vigilancia inicien un proceso de transición de normas locales de contabilidad a normas internacionales de contabilidad y específicamente a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), para lo cual establece un cronograma de cambio, en base al tamaño y tipo de empresas. Este proceso conllevará a que muchas empresas requieran efectuar cambios importantes en sus políticas contables, procesos e incluso a efectuar inversiones que tal vez no estaban programadas, razón por lo cual se hace necesario que todos los directivos de las empresas y personal que manejan la información financiera, se anticipen a estos eventos con el fin de efectuar un cambio organizado de los mismos e incluso en el ámbito tributario se prevea también una adecuada planificación tributaria. El cambio más importante en el País representa la aplicación por primera vez de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12, referente a Impuesto Sobre las Ganancias, la cual ha originado varios cuestionamientos y expectativas para todos los usuarios de información financiera, en vista de lo cual en el presente trabajo de investigación se efectúa una descripción breve de la situación actual de las normas contables, el por qué de su cambio, su normativa legal, así como también un análisis de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 12, referente a Impuesto Sobre las Ganancias y su aplicación en base a un caso práctico para una empresa que presta servicios de telecomunicaciones.
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La presente tesis realiza un análisis del régimen de precios de transferencia en el Ecuador desde el punto de vista de la determinación de la obligación tributaria. Su propósito es profundizar en la materia de los precios de transferencia, con un enfoque en la legislación ecuatoriana, estudiando los efectos que dicha materia produce en la determinación del impuesto a la renta - obligación tributaria que se ve directamente afectada por el denominado régimen de precios de transferencia – tanto la realizada por el sujeto pasivo (determinación pasiva) cuanto la efectuada por la Administración tributaria (determinación activa). El trabajo parte del estudio de los que hemos denominado “concepto básicos” en materia de precios de transferencia, dentro de lo cual se ha considerado la forma cómo la legislación ecuatoriana ha establecido la verificación del principio de plena competencia (Capítulo I). Posteriormente, en el Capítulo II, se analiza el alcance del régimen de precios de transferencia en el Ecuador, respecto a las partes y operaciones que se ven afectados por este régimen de acuerdo con la normativa ecuatoriana. Finalmente, y con base en los aspectos examinados en los capítulos anteriores, en el Capítulo III se efectúa un análisis de los efectos del régimen de precios de transferencia en un proceso de determinación tributaria, tanto pasiva como activa, tales como la realización de la declaración tributaria por parte del sujeto pasivo y una auditoría tributaria en materia de precios de transferencia, por parte del sujeto activo. En el análisis se incluyen procesos especiales de resolución de conflictos adoptados por la normativa del Ecuador.
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El propósito de esta tesis es evidenciar la posibilidad del control difuso en la Administración Pública, principalmente en los Tribunales Administrativos y Órganos Colegiados que imparten justicia administrativa a nivel nacional. El control difuso de la Constitución siempre se entendió como la facultad del poder judicial, que a través de los jueces de las diferentes instancias, quienes al momento de resolver un caso concreto, si evidencian manifiestamente la inconstitucionalidad de la norma aplicable al caso, pueden inaplicarla sólo para ese caso, cuyos efectos son inter partes, es decir la norma inaplicable por el juez sigue vigente dentro del ordenamiento jurídico, habiendo sido considerada nula sólo para el caso concreto. Sin embargo, esta postura de que el control difuso es sólo potestad del poder judicial, se fue relativizando, al menos en el caso peruano, toda vez que mediante la sentencia recaída en el Exp. Nº 3741-2004-AA/TC, el Tribunal Constitucional, crea la figura jurídica del control difuso administrativo, en la que los Tribunales Administrativos y Órganos Colegiados que imparten justicia administrativa con carácter nacional, también están en la potestad y el deber de aplicar el control difuso para garantizar la plena vigencia de la Constitución y el respeto de los derechos fundamentales de los administrados, inaplicando normas manifiestamente inconstitucionales. En consecuencia, para mejor ilustrar al respecto, la tesis lo dividimos en tres capítulos: en el primer capítulo, abordamos el desarrollo del control constitucional con énfasis en el control difuso, evidenciando el Principio de Supremacía Constitucional, así como la creación y recepción del control difuso y concentrado de la Constitución por los diferentes países del mundo. En el segundo capítulo desarrollamos el control difuso en los países andinos, resaltando el control difuso en la Administración Tributaria; y, finalmente en el tercer capítulo, desarrollamos el control difuso como atribución del Tribunal Fiscal del Perú, que se caracteriza por ser un Tribunal Administrativo que imparte justicia administrativa a nivel nacional, resolviendo conflictos en materia tributaria y aduanera.
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El presente trabajo Naturaleza del Aporte de Cinco por Mil a la Contraloría General del Estado, tiene un contenido relacionado con lo que se debe entender como Poder Tributario, Reserva de Ley y Parafiscalidad en Instituciones del Estado, un análisis de la administración tributaria de excepción y de los conceptos de tasa, contribución, aporte, tributo y transferencia; con el fin de determinar si el Aporte del Cinco por Mil es un tributo y si la Contraloría General del Estado debería considerarse como una Administración Tributaria. Además contendrá una descripción del rol que desempeña la Contraloría General del Estado beneficiaria del Aporte, una reseña histórica del nacimiento del Aporte de Cinco por Mil, las instituciones sujetas al control de la Contraloría General del Estado y a dicho Aporte, incluyendo algunas impugnaciones por parte de entidades públicas y privadas ante el ex Tribunal Fiscal, Tribunal Distrital de lo Fiscal y Tribunal Contencioso Administrativo, los cuales permitirán conocer el tratamiento jurídico que en el transcurso de aproximadamente 12 años se le ha dado al tema del Aporte del Cinco por Mil; se realizará un análisis de los procedimientos para la determinación, liquidación, verificación y recaudación del Aporte, para concluir con la explicación y comprensión de la importancia del Aporte de Cinco por Mil para el Organismo Técnico Superior de Control.
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El principal objetivo de este trabajo, ha sido el analizar los modos de interpretación de las leyes tributarias vigentes en los países de la Comunidad Andina de Naciones, relacionándolos con los principios esbozados por la doctrina impositiva más autorizada, así como en algunos casos, tomando en consideración ciertos fallos jurisprudenciales. Para cumplir con el objetivo propuesto, en primer lugar se ha estudiado la naturaleza misma del Derecho Tributario, donde se ha explicado las razones por las cuales esta rama jurídica, es una ciencia con autonomía científica y dogmática. Este presupuesto es el punto de partida para analizar sí existen o no mecanismos propios de hermenéutica en la aplicación de una disposición impositiva. Otro punto consecuencia del anterior, tiene que ver con la naturaleza misma de las normas tributarias. Serán normas especiales o serán de aquellas comunes, como cualquier otra disposición del mismo rango. En uno y otro caso, qué métodos de comprensión del derecho se deben usar. Cómo funciona el principio de la Autonomía Calificadora del Derecho Fiscal, y qué consecuencias tiene para el entendimiento de la norma. Las palabras utilizadas en un precepto en particular cómo tienen que ser discernidas: en su sentido jurídico, en su sentido técnico o en su sentido usual. Son temas que a más que nos ayudan a comprender los métodos de interpretación jurídica, también nos proveen de conocimientos adicionales para vislumbrar de mejor forma la esencia del Derecho Tributario. El problema de la analogía en la interpretación del derecho. Es un método de integración o de interpretación propiamente dicho. El derecho como ciencia, tiene lagunas o vacíos? O quizá estos huecos sólo se produzcan en la legislación vigente. Cómo influyen estos fenómenos en la hermenéutica jurídica. El trabajo trata de contestar estas interrogantes. Aunque el hecho imponible, en la mayoría de las ocasiones se encuentra conformado por un hecho económico, la interpretación de las normas que lo crean, deben dar prioridad al análisis jurídico o al entendimiento económico. Como aplicar una norma, cuando el contribuyente para disminuir su carga fiscal, utiliza figuras jurídicas de desnaturalizan su real intención. Qué debe hacer el intérprete en estos casos. Son situaciones que también han sido analizadas. Hasta qué punto es importante la aplicación de los métodos de interpretación de las normas impositivas, por parte de la Administración Tributaria. Sus actos tienen alguna relación con la materia estudiada en esta tesis. Los métodos estudiados, son susceptibles de aplicación para comprender los tratados internacionales que evitan la Doble Imposición Internacional. Cómo deben interpretarse estos convenios: a la luz del derecho interno? Existen normas expresas que ayudan en su entendimiento?
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El Impuesto al Valor Agregado IVA, que pagan las entidades u organismos del sector público inmersos en la definición del artículo 118 de la Constitución de la República, por los bienes y servicios que adquieren para el normal desenvolvimiento de sus actividades, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno debe ser devuelto por el SRI en un plazo no mayor a treinta días, basados es esta disposición legal, este documento pretende brindar al lector, las bases fundamentales y doctrinarias del Impuesto al Valor Agregado, el hecho generador, sujetos activos y pasivos de este impuesto, para luego analizar el proceso mediante el cual las instituciones del sector público solicitan y obtienen de la administración tributaria la devolución del IVA pagado, procedimientos administrativos – tributarios y aplicación del Recurso de Revisión. Adicionalmente, de la ejecución de los ingresos del Presupuesto del Gobierno, se puede advertir la dependencia que existe de los ingresos tributarios y dentro de estos se presenta con una participación mayoritaria los ingresos por el Impuesto al Valor Agregado, por tanto se analiza también la incidencia e importancia en el presupuesto del gobierno y en la Cuenta Única del Tesoro Nacional de los aportes por IVA y de los débitos por devolución de este impuesto.
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A partir de las reformas constitucionales de 16 de enero de 1996, y con la expedición de la Constitución Política de la República de 11 de agosto de 1998, se ha previsto en el Ecuador un sistema de control de constitucionalidad de los actos administrativos de carácter particular que coexiste con otras formas de control en sede administrativa y en sede jurisdiccional. Así, los actos administrativos pueden ser impugnados por la vía de la acción de inconstitucionalidad o del amparo, cuando ello corresponda (arts. 276 # 2 y 95 de la Constitución); pueden ser objeto de control ante y por la propia administración pública (reclamos y recursos administrativos); o pueden ser objeto del control de legalidad, mediante el recurso subjetivo o de plena jurisdicción. La simultánea existencia de estos diferentes sistemas de control de los actos administrativos ha generado que abogados y litigantes empleen de manera errónea los remedios previstos, confundiendo uno y otro mecanismo, o intentándolos de forma paralela. Frente a esta problemática, esta investigación caracteriza el control de constitucionalidad concentrado, el difuso y los sistemas mixtos; determina cuáles son los métodos de control de constitucionalidad previstos en el Ecuador respecto de los actos administrativos; comenta las demás fórmulas de control en sede administrativa y jurisdiccional existentes; define cuándo y cómo proceden cada uno de estos métodos, contrastándolos; distingue entre control de constitucionalidad y control de legalidad; compara el sistema de control constitucional de actos administrativos vigente en el Ecuador con los previstos en otros ordenamientos; y, finalmente, realiza recomendaciones acerca del sistema más idóneo de control de constitucionalidad de los actos administrativos en el Ecuador.
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La presente tesis tiene como finalidad hacer una revisión de los aspectos generales de la armonización tributaria y de los procesos de integración, revisando principalmente lo relacionado a la imposición indirecta y el desarrollo del comercio electrónico. Se ha procedido a revisar la armonización del IVA en la Unión Europea, así como en la Comunidad Andina, atendiendo a los principios fiscales aplicables al IVA; los sujetos del impuesto en el Ecuador; así como los sujetos pasivos del IVA en la Comunidad Andina, para finalmente analizar los tipos impositivos vigentes en la Comunidad Andina. Ya entrando en la materia propia de la presente tesis, se hace un complejo análisis de la situación del impuesto al valor agregado en el Comercio Electrónico, revisando de igual manera los principios fiscales aplicables a esta novedosa modalidad del comercio, así como a su clasificación; se realiza un recuento histórico del marco legal del desarrollo del comercio electrónico en Europa, así como en la Comunidad Andina, resaltando de esta manera la discordancia existente entre los países que tienen un mayor desarrollo económico, con los que no lo tienen, centrándose de esta manera la discusión en la forma de gravar al comercio electrónico, así como el rol que tienen que adquirir las administraciones tributarias frente al desarrollo de este fenómeno comercial.
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Consustancial con toda relación es la participación, voluntaria o no, de dos o más elementos. En el caso de la relación jurídica tributaria, que es el objeto del presente trabajo, los elementos son el Estado y los contribuyentes. Es obvio que, en una relación así, la manera de entenderla y armonizarla es esencial, incluso, para la propia supervivencia del Estado. En el primer capítulo se ha sintetizado las teorías y relaciones existentes hasta llegar al proceso de nacimiento de la obligación tributaria, lo cual nos permite, en el capítulo siguiente, adentrarnos en el tema principal del trabajo y analizar cada uno de los elementos que intervienen en esta relación. Las relaciones que se establecen entre el Estado y el contribuyente siempre serán motivo de preocupación de la doctrina por su complejidad. Ignorar su trascendencia implicaría caotizar al derecho tributario que necesita de un orden claramente definido para su aplicación y desarrollo como ciencia. Por ello creemos que el Estado debe cumplir, al igual que el contribuyente, su rol y ejercer la potestad que le otorga la ley. El estudio de la relación jurídica tributaria redundará en beneficio de todos quienes pretendemos mejorar las condiciones y optimizar la aplicación de las normas legales.
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El presente trabajo gira en base a dos elementos principales; en primer lugar se pretende dejar claramente especificada y analizada la definición y características de la declaración tributaria, su trascendental importancia como un deber formal respecto de la determinación tributaria, y su consecuente utilidad frente a los principales impuestos relacionados con la administración tributaria central ecuatoriana. El segundo elemento de carácter trascendental, es el análisis de los fundamentales aspectos relacionados con la declaración tributaria realizada por medios electrónicos, como son, entre otros, el principio de neutralidad tecnológica y el tratamiento de la firma electrónica. De una manera más bien crítica, analizamos además en el segundo capítulo, cierta documentación constante en soportes físicos o electrónicos desarrollada íntegramente por el Servicio de Rentas Internas, relacionada con el proceso mismo de las declaraciones electrónicas, así como, las múltiples resoluciones emitidas el efecto, por la administración tributaria. Lo anterior, debidamente apoyados en la más reciente doctrina internacional aplicable. Las conclusiones de este trabajo persiguen aportar con algunos lineamientos tendientes a viabilizar la legalidad de la declaración tributaria por medios electrónicos en nuestro país.