931 resultados para ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS
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[ES]Los ayuntamientos cada vez están más interesados en lo que piensan sus ciudadanos y cómo poder entre todos hacer un gobierno con mayor participación de estos en algunas decisiones, mejorando los canales de comunicación. En este sentido, no cabe duda de que los principios del gobierno abierto, es decir, la transparencia, la participación y la colaboración, están siendo, demandados tanto por los organismos públicos como por los ciudadanos. Para conseguir este objetivo se desarrollará un portal web llamado Actívate por Galdar 2.0 en el cual los ciudadanos podrán pertenecer a una comunidad donde dialogarán en foros y propondrán proyectos. Además el portal les administrará una serie de herramientas que serán de utilidad para que participen en la ejecución del mismo.
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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
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Esta ponencia es la presentación del proyecto de tesis, que tiene por objetivo estudiar el proceso de constitución y consolidación del poder judicial, responsable de la administración de justicia, como integrante del Estado provincial, legitimador de su accionar político y mediador con la sociedad civil. La investigación se ubica en la provincia de Buenos Aires, entre 1853 y 1881, que sancionó su propia Constitución en 1854, en la que declaraba en su artículo 118 que el poder judicial sería independiente de todo otro en el ejercicio de sus funciones. Es decir que en esta provincia la consagración de la teoría de los poderes del Estado y la ley como definidora de lo que era justo, requirieron de la organización del poder judicial. El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires comenzó su formación como poder del Estado a partir de la reforma rivadaviana y el proceso alcanzó su madurez entre 1853 y 1881, como parte fundamental del proyecto liberal, asentado sobre la autoridad de la ley. El poder judicial garantizaba la legitimidad del sistema político republicano de matriz liberal, pero la dependencia con el poder ejecutivo se mantuvo en parte, representada en el presupuesto, los nombramientos y los jurys. La organización judicial en formación incluyó al ámbito rural con una fisonomía institucional que tendía a consolidar la relación entre Estado y sociedad civil; ésta manifestaba sus necesidades a través de la opinión pública y el poder las interpretaba con el fin de legitimar su acción política. En este proceso de legitimación, el poder judicial era funcional al Estado, lo que se consolidó con el tiempo. La Constitución de 1873, a pesar de ser ideal en algunas de sus propuestas, dio protagonismo y efectividad a las instituciones judiciales que se formaron y pusieron en funcionamiento con una nueva concepción de justicia, que sin dejar de lado el derecho natural se consolidaba en una función más positiva, atenta a los derechos individuales y de propiedad. Para comprender el rol que jugó el sistema de justicia en la formación del Estado es necesario desenmarañar la compleja trama de relaciones entre el poder político y los magistrados, y a su vez entre ellos y la sociedad. Pero esto no se puede realizar sin conocer y comprender que entendían por justicia, y definir de qué forma organizaron su administración. En la realización de esta investigación atenderé a las soluciones que el ordenamiento jurídico debía brindar a una determinada sociedad, las instituciones que lo formaron y las ideas de quienes lo gestaron. El uso de la fuente judicial será fundamental para observar si la letra de la ley fue cumplida en la administración de justicia y de qué manera. Pero esa fuente judicial confirmará o no la aplicación de las leyes dictadas por el poder legislativo y los decretos emanados del ejecutivo, por ello será necesario reconstruir los organigramas del Poder Judicial a partir del estudio de los Registros Oficiales y los debates legislativos de la provincia.
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La creación de la Compañía Telefónica Nacional de España (CTNE), en abril de 1924, y la concesión del sistema telefónico nacional a esta compañía, cuatro meses más tarde, es asunto que sigue despertando el interés de los investigadores, por cuanto ésta se produjo mediante adjudicación directa, sin subasta ni concurso, a partir de la intervención directa de la multinacional americana ITT, presidida por Sosthenes Behn. El Trabajo examina la cronología de los hechos desde el punto de vista de las actas del Consejo de Administración y del Comité Ejecutivo de la CTNE, correspondientes a los años 1924 y 1925, tratando de abarcar un periodo de tiempo crucial para la historia de las telecomunicaciones de nuestro país. Este periodo comprende desde la llegada de Sosthenes Behn, en 1923, hasta finales de 1925, momento en el cual la CTNE había adquirido los derechos de explotación de la mayor parte de las redes telefónicas que se encontraban anteriormente en manos públicas y privadas. Quedan documentadas todas las visitas de Sosthenes Behn a España durante aquel tiempo y las gestiones que llevó a cabo en cada una de ellas para la consecución de sus objetivos. El Trabajo estudia el proceso inicial de creación de la empresa española y de adjudicación del servicio telefónico nacional, examinando con detenimiento los contratos privados suscritos entre la ITT y la CTNE. Se adentra además, de mano de las actas de sus órganos directivos, en la primera etapa del negocio de la compañía, poniendo en contexto la información que ya se conocía sobre la marcha de sus proyectos y que hasta ahora había sido estudiada por medio de otros documentos históricos. Las actas han permitido conocer las decisiones tomadas por la Dirección de la compañía durante estos primeros meses de actividad y los motivos que llevaron a emprender cada una de estas acciones.
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Los poderes administrativos españoles estaban divididos y seguían basándose en el modelo del viejo reino hasta que en 1765 se propone un nuevo marco de reflexión especial, guiado por criterios económicos. Segregando ciertas áreas de los reinos, en la administración de Sierra Morena (siguiendo a Cantillón y Forbonnais) se empleó un criterio de ordenación de las Nuevas Poblaciones de carácter cualitativo y no cuantitativo, basándose en la distancia entre los nuevos asentamientos así como en un programa estricto que definía sus necesidades y recursos. En los casi treinta núcleos de población construidos se empleó solamente un tipo residencial, propuesta que sirvió de punto de partida a los nuevos proyectos concebidos durante el último tercio del s. XVIII en Latinoamérica que pueden encontrarse no sólo en el mandato como Visitador de Gálvez en México, sino también en la ordenación de la costa del Pacífico, en la Costa de los Mosquitos y al sur del Río de la Planta en un momento en que Buenos Aires era un enclave de gran importancia. En otras palabras, la segunda parte del trabajo intenta rastrear un tema inexplorado: si los movimientos de independencia de las Nuevas repúblicas requirieron un modelo territorial propio o si, por el contrario, sus responsables pusieron en marcha sus proyectos metropolitanos no desde un punto de vista militar sino buscando la generación de riqueza.
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El objetivo del trabajo es presentar el proceso de centralización administrativa de la repartición sanitaria nacional. Para ello se analizan, en primer lugar y con la intención de situar el problema en un plazo más largo, los límites que debió afrontar el Departamento Nacional de Higiene desde el momento de su creación, en 1880, para avanzar en sus intenciones centralizadoras. Entre ellos se encuentran su escasa autonomía administrativa, las superposiciones jurisdiccionales con otras dependencias del Estado, las indefiniciones respecto de su supremacía jerárquica, la resistencia de las provincias, los municipios fuertes y las asociaciones benéficas y los conflictos de proyectos al interior mismo de la repartición. En segundo lugar se muestra cómo los sucesivos presidentes del Departamento Nacional de Higiene asumieron ese límite para su gestión y apostaron a la organización interna de la repartición antes que al desafío de la centralización de la asistencia sanitaria. Su estrategia fue el fortalecimiento de nuevas áreas de incumbencia que constituyeron una agenda que sirvió como base de la definitiva centralización de la administración sanitaria. En esta tarea contaron con el apoyo parlamentario, fundamentalmente de la bancada socialista, que logró convertir en ley durante los años 30 a una serie de nuevas atribuciones del Departamento en aspectos que ligaban la salud con la asistencia social. Por último se analiza un momento clave de este proceso, el primer ensayo de centralización sanitaria a través de la creación, en 1943, de la Dirección Nacional de Salud Pública y Asistencia Social.
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El objetivo del trabajo es presentar el proceso de centralización administrativa de la repartición sanitaria nacional. Para ello se analizan, en primer lugar y con la intención de situar el problema en un plazo más largo, los límites que debió afrontar el Departamento Nacional de Higiene desde el momento de su creación, en 1880, para avanzar en sus intenciones centralizadoras. Entre ellos se encuentran su escasa autonomía administrativa, las superposiciones jurisdiccionales con otras dependencias del Estado, las indefiniciones respecto de su supremacía jerárquica, la resistencia de las provincias, los municipios fuertes y las asociaciones benéficas y los conflictos de proyectos al interior mismo de la repartición. En segundo lugar se muestra cómo los sucesivos presidentes del Departamento Nacional de Higiene asumieron ese límite para su gestión y apostaron a la organización interna de la repartición antes que al desafío de la centralización de la asistencia sanitaria. Su estrategia fue el fortalecimiento de nuevas áreas de incumbencia que constituyeron una agenda que sirvió como base de la definitiva centralización de la administración sanitaria. En esta tarea contaron con el apoyo parlamentario, fundamentalmente de la bancada socialista, que logró convertir en ley durante los años 30 a una serie de nuevas atribuciones del Departamento en aspectos que ligaban la salud con la asistencia social. Por último se analiza un momento clave de este proceso, el primer ensayo de centralización sanitaria a través de la creación, en 1943, de la Dirección Nacional de Salud Pública y Asistencia Social.
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El objetivo del trabajo es presentar el proceso de centralización administrativa de la repartición sanitaria nacional. Para ello se analizan, en primer lugar y con la intención de situar el problema en un plazo más largo, los límites que debió afrontar el Departamento Nacional de Higiene desde el momento de su creación, en 1880, para avanzar en sus intenciones centralizadoras. Entre ellos se encuentran su escasa autonomía administrativa, las superposiciones jurisdiccionales con otras dependencias del Estado, las indefiniciones respecto de su supremacía jerárquica, la resistencia de las provincias, los municipios fuertes y las asociaciones benéficas y los conflictos de proyectos al interior mismo de la repartición. En segundo lugar se muestra cómo los sucesivos presidentes del Departamento Nacional de Higiene asumieron ese límite para su gestión y apostaron a la organización interna de la repartición antes que al desafío de la centralización de la asistencia sanitaria. Su estrategia fue el fortalecimiento de nuevas áreas de incumbencia que constituyeron una agenda que sirvió como base de la definitiva centralización de la administración sanitaria. En esta tarea contaron con el apoyo parlamentario, fundamentalmente de la bancada socialista, que logró convertir en ley durante los años 30 a una serie de nuevas atribuciones del Departamento en aspectos que ligaban la salud con la asistencia social. Por último se analiza un momento clave de este proceso, el primer ensayo de centralización sanitaria a través de la creación, en 1943, de la Dirección Nacional de Salud Pública y Asistencia Social.