173 resultados para Sanction


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What would be the ""terrible loneliness"" and what would be the ""wonderful agreement"" in the present paper? The ""terrible loneliness"" is the only reality that a person perceives and/or thinks during the now going on. For the person, an enormous quantity of occurrences is in the present moment absent. A very small quantity of occurrences is present. The person is the only being in having this. And, this is only during a little moment. The person never thinks about his loneliness in this moment. On the contrary, he thinks he is plenty of people and full of occurrences. But, if he were thinking about reality, he would live in a terrible loneliness. How does he escape himself from this loneliness? He thinks that the probable occurrences are real occurrences. He may be right in a plenty of times. Going through what I call opening hypotheses-basic hypotheses and non-basic but important hypotheses-and going through what I call simply hypotheses he is able to sanction a wonderful agreement of human beings about the known parts of the Universe. However, they are hypotheses, not absolute realities.

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This thesis is aimed at analysing EU external relations from the perspective of the promotion of the rule of law in order to evaluate the effectiveness and consistency of its action within the international community. The research starts with an examination of the notion of the rule of law from a theoretical point of view. The first chapter initially describes the historical-political evolution of the establishment of the notion of the rule of law. Some of the most significant national experiences (France, the UK, Germany and Austria) are discussed. Then, the focus is put on the need to propose interpretations which explain the grounds of the rule of law, by highlighting the different formal and substantive interpretations. This philosophical-historical analysis is complemented by a reconstruction of how the notion of the rule of law was developed by the international community, with a view to searching a common notion at the international level by comparing theory and practice within the main international organisations such as the UN, OECD and the Council of Europe. Specific mention is made of the EU experience, whose configuration as a Community based on the rule of law is often debated, starting from the case law of the European Court of Justice. The second chapter deals with the conditionality policy and focuses on the development and scope of democratic conditionality according to the dominant approach of the doctrine. First, the birth of conditionality is analysed from an economic point of view, especially within international financial organisations and the different types of conditionality recreated in the scientific sector. Then an analysis is provided about the birth of democratic conditionality in the EC – in relation to its external relations – firstly as a mere political exercise to be then turned into a standardised system of clauses. Specific reference is made to the main scope of conditionality, that is to say enlargement policy and the development of the Copenhagen criteria. The third chapter provides further details about the legal questions connected to the use of democratic clauses: on the one hand, the power of the EC to include human rights clauses in international agreements, on the other, the variety and overlapping in the use of the legal basis. The chapter ends with an analysis of the measures of suspension of agreements with third countries in those rare but significant cases in which the suspension clause, included in the Lomè Convention first and in the Cotonou Agreement then, is applied. The last chapter is devoted to the analysis of democratic clauses in unilateral acts adopted by the European Union which affect third countries. The examination of this practice and the comparison with the approach analysed in the previous chapter entails a major theoretical question. It is the clear-cut distinction between conditionality and international sanction. This distinction is to be taken into account when considering the premises and consequences, in terms of legal relations, which are generated when democratic clauses are not complied with. The chapter ends with a brief analysis of what, according to the reconstruction suggested, can be rightly labelled as real democratic conditionality, that is to say the system of incentives, positive measures developed within the community GSP. The dissertation ends with a few general considerations about the difficulties experienced by the EU in promoting the rule of law. The contradictory aspects of the EU external actions are manifold, as well as its difficulties in choosing the most appropriate measures to be taken which, however, reflect all the repercussions and tension resulting from the balance of power within the international community. The thesis argues that it is difficult to grant full credibility to an entity like the EU which, although it proclaims itself as the guardian and promoter of the rule of law, in practice, is too often biased in managing its relations with third countries. However, she adds, we must acknowledge that the EU is committed and constantly strives towards identifying new spaces and strategies of action.

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One of the ways by which the legal system has responded to different sets of problems is the blurring of the traditional boundaries of criminal law, both procedural and substantive. This study aims to explore under what conditions does this trend lead to the improvement of society's welfare by focusing on two distinguishing sanctions in criminal law, incarceration and social stigma. In analyzing how incarceration affects the incentive to an individual to violate a legal standard, we considered the crucial role of the time constraint. This aspect has not been fully explored in the literature on law and economics, especially with respect to the analysis of the beneficiality of imposing either a fine or a prison term. We observed that that when individuals are heterogeneous with respect to wealth and wage income, and when the level of activity can be considered a normal good, only the middle wage and middle income groups can be adequately deterred by a fixed fines alone regime. The existing literature only considers the case of the very poor, deemed as judgment proof. However, since imprisonment is a socially costly way to deprive individuals of their time, other alternatives may be sought such as the imposition of discriminatory monetary fine, partial incapacitation and other alternative sanctions. According to traditional legal theory, the reason why criminal law is obeyed is not mainly due to the monetary sanctions but to the stigma arising from the community’s moral condemnation that accompanies conviction or merely suspicion. However, it is not sufficiently clear whether social stigma always accompanies a criminal conviction. We addressed this issue by identifying the circumstances wherein a criminal conviction carries an additional social stigma. Our results show that social stigma is seen to accompany a conviction under the following conditions: first, when the law coincides with the society's social norms; and second, when the prohibited act provides information on an unobservable attribute or trait of an individual -- crucial in establishing or maintaining social relationships beyond mere economic relationships. Thus, even if the social planner does not impose the social sanction directly, the impact of social stigma can still be influenced by the probability of conviction and the level of the monetary fine imposed as well as the varying degree of correlation between the legal standard violated and the social traits or attributes of the individual. In this respect, criminal law serves as an institution that facilitates cognitive efficiency in the process of imposing the social sanction to the extent that the rest of society is boundedly rational and use judgment heuristics. Paradoxically, using criminal law in order to invoke stigma for the violation of a legal standard may also serve to undermine its strength. To sum, the results of our analysis reveal that the scope of criminal law is narrow both for the purposes of deterrence and cognitive efficiency. While there are certain conditions where the enforcement of criminal law may lead to an increase in social welfare, particularly with respect to incarceration and stigma, we have also identified the channels through which they could affect behavior. Since such mechanisms can be replicated in less costly ways, society should first try or seek to employ these legal institutions before turning to criminal law as a last resort.

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La costruzione di un modello efficiente di corporate governance deve offrire una disciplina adeguata dei doveri contabili. Ciò nonostante, gli ordinamenti giuridici configurano i doveri di contabilità in modo incompleto, giacché l’inadempimento di questi non comporta una sanzione diretta per il soggetto inadempiente. Come informazione sulla situazione economica e finanziaria della società, esiste un interesse pubblico nella contabilità, e questa può servire come base di giudizio a soggetti interni ed esterni all’impresa, nell’adozione delle sue scelte. Disporre di un’informazione falsa o inesatta al riguardo può comportare un danno ingiustificato alla società stessa, ai soci o ai terzi, che potranno esercitare le azioni precise per il risarcimento del danno cagionato. Per evitare la produzione di questi danni, da una prospettiva preventiva, la corporate governance delle società di capitali può prevedere dei meccanismi di controllo che riducano il rischio di offrire un’informazione sbagliata. Questi controlli potranno essere esercitati da soggetti interni o esterni (revisori legali) alla struttura della società, ed avranno una configurazione diversa a seconda che le società adottino una struttura monistica o dualistica di governance. Questo ci colloca di fronte ad una eventuale situazione di concorrenza delle colpe, giacché i diversi soggetti che intervengono nel processo d’elaborazione dell’informazione contabile versano la sua attuazione sullo stesso documento: il bilancio. Risulta dunque cruciale determinare il contributo effettivo di ciascuno per analizzare il suo grado di responsabilità nella produzione del danno.

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Parochial altruism - a preference for altruistic behavior towards ingroup members and mistrust or hostility towards outgroup members--is a pervasive feature in human society and strongly shapes the enforcement of social norms. Since the uniqueness of human society critically depends on the enforcement of norms, the understanding of the neural circuitry of the impact of parochial altruism on social norm enforcement is key, but unexplored. To fill this gap, we measured brain activity with functional magnetic resonance imaging (fMRI) while subjects had the opportunity to punish ingroup members and outgroup members for violating social norms. Findings revealed that subjects' strong punishment of defecting outgroup members is associated with increased activity in a functionally connected network involved in sanction-related decisions (right orbitofrontal gyrus, right lateral prefrontal cortex, right dorsal caudatus). Moreover, the stronger the connectivity in this network, the more outgroup members are punished. In contrast, the much weaker punishment of ingroup members who committed the very same norm violation is associated with increased activity and connectivity in the mentalizing-network (dorsomedial prefrontal cortex, bilateral temporo-parietal junction), as if subjects tried to understand or justify ingroup members' behavior. Finally, connectivity analyses between the two networks suggest that the mentalizing-network modulates punishment by affecting the activity in the right orbitofrontal gyrus and right lateral prefrontal cortex, notably in the same areas showing enhanced activity and connectivity whenever third-parties strongly punished defecting outgroup members.

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In laboratory experiments, people are willing to sanction norms at a cost—a behavioral tendency called altruistic punishment. However, the degree to which these findings can be generalized to real-world interactions is still debated. Only a small number of field experiments have been conducted, and initial results suggest that punishment is less frequent outside of the lab. This study replicates one of the first field experiments on altruistic punishment and builds ties to research on norm compliance and the broken windows theory. The original study addressed the enforcement of the anti-littering norm in Athens. We replicate this study in Bern, Zurich, and New York City. As an extension, we investigate how the experimental context (clean vs littered) impacts social norm enforcement. As a second extension, we investigate how opportunity structure impacts the maintenance of the anti-littering norm. Findings indicate that norms are universally enforced, although significantly less than in the standard laboratory experiment,and that enforcement is significantly more common in Switzerland than in New York. Moreover, individuals prefer more subtle forms of enforcement to direct punishment. We also find that enforcement is less frequent in littered than in clean contexts, suggesting that broken windows might not only foster deviant behavior but also weaken informal social control. Finally, we find that opportunity structure can encourage people to maintain norms, as indicated by the fact that people are more likely to voluntarily pick up litter when it is closer to a trash bin.

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En este artículo se propone reflexionar sobre un conjunto de herramientas conceptuales que permitan analizar los modos en los cuales se configura la acción pública en el espacio urbano. Para ello se revisan una serie de contribuciones de la teoría política que consideran al aparato burocrático, en tanto objetivación de las instituciones estatales, como garante de las relaciones de producción hegemónicas. Y, al mismo tiempo, se supone que el ámbito intraestatal posee una dinámica específica, constituyéndose como un espacio de disputa política entre diversos actores. Teniendo en cuenta este escenario, el análisis de las políticas públicas implica una lectura dinámica acerca de la articulación de las relaciones sociales en el ámbito estatal, que exige indagar las estrategias y los intereses de los actores que se organizan en torno a redes o entramados según las cuestiones socialmente problematizadas que logran permear la agenda pública. Desde esta perspectiva se propone elaborar una definición de política urbana y delimitar una serie de interrogantes básicos para su abordaje. Para tal fin, se consideran ciertas particularidades que asume la política urbana como una política pública de fuerte impronta territorial. Además, se reconocen distintas formas de intervención estatal en el espacio urbano y ciertos nudos problemáticos que hacen a la definición de la cuestión urbana en la actualidad, escenario de la sanción de un nuevo marco normativo en la provincia de Buenos Aires.

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El presente trabajo propone presentar y poner en debate los avances de investigación realizados en torno a la problemática de los crímenes sexuales en la provincia y ciudad de Buenos Aires en la segunda mitad del siglo XIX. El mismo se inserta entre los nuevos estudios sobre la historia social del derecho, considerando el problema de la norma y la teoría penal así como la cuestión de la práctica judicial específica y las formas cómo esta afecta a la sociedad. En este sentido se busca explorar las formas únicas que presentan estos delitos en el proceso judicial decimonónico, las discusiones e interpretaciones que se confrontaron, la jurisprudencia y doctrina que fueron sentándose con el correr del tiempo y el asesoramiento indispensable que prestaron al desarrollo de todo ello la ciencia médica junto a los primeros trabajos sobre la sexología. Se expondrán a continuación los puntos nodales de las investigaciones que vengo desarrollando desde hace algunos años, continuación de los estudios de grado sobre esta compleja problemática decimonónica, resultado de la participación en proyectos específicos de investigación y que finalmente se insertan en el marco actual de mis estudios de doctorado en Historia que tiene como tema los delitos sexuales y las construcciones jurídicas así como médico-legales en el contexto de la codificación penal argentina, desde sus primeros intentos a partir de 1863 hasta la sanción del Código Penal Nacional de 1921. Se recorrerán como centros de análisis la forma en que el funcionamiento del sistema judicial va creando y recortando, de hecho, el perfil que convierte a una víctima en 'aceptable', es decir, en una persona que merece ser considerada como tal ante los ojos de los tribunales. Para esto se tienen en cuenta las diferencias que se registran en el tratamiento de los hombres/niños y las mujeres/niñas que son presentados ante la Justicia por sus padres como atacados. En este sentido, se resalta el lugar central que ocupa la familia en el proceso judicial, en tanto, por un lado son quienes pueden hacer la denuncia poniendo en funcionamiento la maquinaria judicial y por otro lado deben demostrar que han resguardado a sus hijos hasta el momento del ataque, protegiéndolos en un doble sentido: físicamente y psíquicamente, evitando su conocimiento "del mundo", entendido aquí de la sexualidad

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El origen de este proyecto de tesis es la sospecha de que la sociedad argentina enseña a trasgredir. Un aspecto que llamó mi atención desde el comienzo fue cómo vincular la trasgresión con un hecho educativo, circunscrito a un proceso de enseñanza sistemático que debería implicar el fracaso del aprendizaje de las normas. Dando por sentado que el conocimiento prescriptivo es un dominio de conocimiento, conformado por distintos tipos de normas, se hace evidente que las concepciones y creencias transmitidas en la socialización primaria influirá en la comprensión de este dominio. Partimos de los siguientes interrogantes: ¿Qué concepciones se transmiten en la socialización primaria con respecto al conocimiento prescriptivo? ¿Existen modelos de transmisión? ¿Fomenta este proceso conductas desviadas en relación con los sistemas normativos? Objetivos: Analizar el proceso de transmisión de normas en situaciones cotidianas. Identificar el tratamiento de las sanciones en la socialización primaria. Relacionar los registros obtenidos con las concepciones elaboradas por el Derecho. Se utilizó una metodología cualitativa cuya información fue recogida a través de 30 entrevistas a madres profesionales (MPs) Se elaboró para el análisis: a) La siguiente matriz de análisis: 1) El contenido informativo de las normas 2) Uso de los conceptos: prohibir, permitir y obligar 3) Introducir la sanción como parte de una norma. a) Una tipología de Madres Profesionales (MP): 1) MP Profesionalizada 2) MP Realista 3) MP Interpretadora del deseo de su hijo Organización de los resultados: Reseña de la vida cotidiana del grupo Análisis de las diferentes tipologías en relación a la matriz de análisis. Análisis de los procedimientos inhibitorios atendiendo: el ejercicio de la autoridad, los tipos de procedimientos inhibitorios y los argumentos atenuantes. Comparación entre las justificaciones de la pena utilizados por las MP y las teorías elaboradas por el derecho. Conclusiones: El modelo asumido por la MP depende de la valoración personal respecto a la norma a transmitir independientemente de su valor intrínseco. Afecta esta posición: propia experiencia, las expectativas de inserción social del hijo y la dinámica cotidiana. Se analizaron las diferencias en cada uno de los modelos y se realizaron comparaciones con las normas jurídicas respecto al ejercicio de la autoridad y el uso de los modalizadores deónticos. Se observó que las MP tienen dificultades de cumplir con las sanciones por ellas impuestas. Las MP utilizan de argumentos "racionales" con el fin de justificar frente a sus hijos el no cumplimiento de la sanción que ellas mismas han impuesto. Esto promueve la trasgresión en la medida que fortalece la creencia que siempre es posible justificar la inimputabilidad de una acción desviada a través de un argumento. Las MP conciben la sanción desde una perspectiva retributiva salvo en situación complejas. Con el fin de responder los interrogantes de partida consideramos que las acciones de los diferentes modelos analizados favorecen la internalización de las normas asociadas a situaciones particulares en las cuales se transmiten y el uso de argumentos que permitan justificar en cada situación la trasgresión.

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El rótulo "conflicto del campo" alude a un conjunto de acontecimientos complejos protagonizados por diversos actores durante el primer semestre del año 2008. El trasfondo fue la resolución número 125 del Ministerio de Economía de la Nación, que establecía retenciones móviles a la exportación de soja, maíz, trigo y girasol. Parte fundamental de este fenómeno fueron las muchas personas que organizaron cortes de rutas y campamentos en ciudades y pueblos del interior del país. Estos grupos fueron quienes efectivamente llevaron adelante la protesta y dieron fuerza y capacidad de negociación a las corporaciones agropecuarias nucleadas en la "mesa de enlace". Por esta razón, se cree necesario analizar los factores que hicieron posible la emergencia de estos pequeños, pero numerosos focos de protesta. Para ello, se analizará la influencia del entorno inmediato de los productores rurales sobre la dinámica del reclamo a nivel local en un escenario específico, teniendo en cuenta la perspectiva de los distintos actores que, voluntariamente o no, se vieron involucrados en los hechos

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La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.

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El origen de este proyecto de tesis es la sospecha de que la sociedad argentina enseña a trasgredir. Un aspecto que llamó mi atención desde el comienzo fue cómo vincular la trasgresión con un hecho educativo, circunscrito a un proceso de enseñanza sistemático que debería implicar el fracaso del aprendizaje de las normas. Dando por sentado que el conocimiento prescriptivo es un dominio de conocimiento, conformado por distintos tipos de normas, se hace evidente que las concepciones y creencias transmitidas en la socialización primaria influirá en la comprensión de este dominio. Partimos de los siguientes interrogantes: ¿Qué concepciones se transmiten en la socialización primaria con respecto al conocimiento prescriptivo? ¿Existen modelos de transmisión? ¿Fomenta este proceso conductas desviadas en relación con los sistemas normativos? Objetivos: Analizar el proceso de transmisión de normas en situaciones cotidianas. Identificar el tratamiento de las sanciones en la socialización primaria. Relacionar los registros obtenidos con las concepciones elaboradas por el Derecho. Se utilizó una metodología cualitativa cuya información fue recogida a través de 30 entrevistas a madres profesionales (MPs) Se elaboró para el análisis: a) La siguiente matriz de análisis: 1) El contenido informativo de las normas 2) Uso de los conceptos: prohibir, permitir y obligar 3) Introducir la sanción como parte de una norma. a) Una tipología de Madres Profesionales (MP): 1) MP Profesionalizada 2) MP Realista 3) MP Interpretadora del deseo de su hijo Organización de los resultados: Reseña de la vida cotidiana del grupo Análisis de las diferentes tipologías en relación a la matriz de análisis. Análisis de los procedimientos inhibitorios atendiendo: el ejercicio de la autoridad, los tipos de procedimientos inhibitorios y los argumentos atenuantes. Comparación entre las justificaciones de la pena utilizados por las MP y las teorías elaboradas por el derecho. Conclusiones: El modelo asumido por la MP depende de la valoración personal respecto a la norma a transmitir independientemente de su valor intrínseco. Afecta esta posición: propia experiencia, las expectativas de inserción social del hijo y la dinámica cotidiana. Se analizaron las diferencias en cada uno de los modelos y se realizaron comparaciones con las normas jurídicas respecto al ejercicio de la autoridad y el uso de los modalizadores deónticos. Se observó que las MP tienen dificultades de cumplir con las sanciones por ellas impuestas. Las MP utilizan de argumentos "racionales" con el fin de justificar frente a sus hijos el no cumplimiento de la sanción que ellas mismas han impuesto. Esto promueve la trasgresión en la medida que fortalece la creencia que siempre es posible justificar la inimputabilidad de una acción desviada a través de un argumento. Las MP conciben la sanción desde una perspectiva retributiva salvo en situación complejas. Con el fin de responder los interrogantes de partida consideramos que las acciones de los diferentes modelos analizados favorecen la internalización de las normas asociadas a situaciones particulares en las cuales se transmiten y el uso de argumentos que permitan justificar en cada situación la trasgresión.

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El rótulo "conflicto del campo" alude a un conjunto de acontecimientos complejos protagonizados por diversos actores durante el primer semestre del año 2008. El trasfondo fue la resolución número 125 del Ministerio de Economía de la Nación, que establecía retenciones móviles a la exportación de soja, maíz, trigo y girasol. Parte fundamental de este fenómeno fueron las muchas personas que organizaron cortes de rutas y campamentos en ciudades y pueblos del interior del país. Estos grupos fueron quienes efectivamente llevaron adelante la protesta y dieron fuerza y capacidad de negociación a las corporaciones agropecuarias nucleadas en la "mesa de enlace". Por esta razón, se cree necesario analizar los factores que hicieron posible la emergencia de estos pequeños, pero numerosos focos de protesta. Para ello, se analizará la influencia del entorno inmediato de los productores rurales sobre la dinámica del reclamo a nivel local en un escenario específico, teniendo en cuenta la perspectiva de los distintos actores que, voluntariamente o no, se vieron involucrados en los hechos

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La sanción del código penal en la provincia de Buenos Aires en el año 1877, fijó en el homicidio la penalidad y determinó las circunstancias del delito mediante la enumeración de los atenuantes y agravantes. El objetivo era contemplar todas las posibilidades del delito para reducir el "arbitrio judicial". Sin embargo, deteniéndonos en los cambios operados en cuanto a la ebriedad en la normativa legal y en la práctica judicial, se puede observar que la función del juez no se redujo únicamente a computar la pena según el delito. A su cargo quedó la apreciación de las pruebas y la interpretación legal. En este sentido, la ley dejó márgenes para considerar a la ebriedad como atenuante o no de la penalidad. Sin embargo, los jueces le negaron tal beneficio al imputado, lo cual marcó una ruptura con respecto al período anterior. Interpretación que estuvo determinada no por un cambio en la percepción sobre el efecto del alcohol como perturbador de la conciencia, sino por ciertos prejuicios que otorgaron una jerarquía y un valor a los motivos que pudieran cegar al trasgresor. Considerada aun como un vicio y no una patología, revelaron la condena a esta práctica social determinando que hechos ya no quedaban comprendidos como circunstancias atenuantes. En definitiva, la ebriedad posibilita apreciar el complejo proceso de codificación que consistió no únicamente en la aplicación literal de la ley sino también en la interpretación que de ella se hiciera.