197 resultados para Prisiones


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La cárcel de mujeres de Quito es una construcción compuesta por tres largos edificios paralelos, de dos pisos el antiguo y tres pisos el intermedio y el nuevo. A partir del segundo piso de cada edificio, las celdas están dispuestas una frente a otra a lo largo de un pasillo recortado a la mitad por el descanso de las gradas que suben al piso superior o a la terraza, quedando así separados los dos pabellones de cada piso. Recuerda un internado de señoritas. Desde los pabellones nuevos hasta los antiguos, previo diagnóstico, las internas son ubicadas (progresivamente hacinadas) según va aumentando la cantidad de rasgos delictógenos que exhiben: vulgaridad, inestabilidad, ligereza de costumbres, agresividad, consumo de substancias ilícitas fuertes, etc., que normalmente coinciden con pardas historias de vida precarizadas desde la infancia.

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Esta investigación indaga, analiza y se refiere a la situación actual de las travestis encarceladas en el ex Penal García Moreno, escenario inscrito dentro de la estructura macro de represión y reclusión social del país. Se refiere a la actualidad enmarcada entre junio 2005 y octubre 2006, sin dejar de hacer referencia a hechos sociopolíticos e históricos que visibilizan y evidencian dentro del contexto nacional la situación de la violencia socio cultural, física-psico afectiva, marginalización y discriminación que se ejerce sobre las travestis y la persistente violación a sus derechos a consecuencia de su identidad sexual y de género, especialmente por parte de los demás agentes y actores del sistema penitenciario. La identidad y el cuerpo son espacios de poder y diferencia donde se evidencia, simultáneamente el poderío y la precariedad del sistema político económico heteropatriarcal blanco occidental y su impositivo sistema de sexo-género. En este trabajo he tratado de deconstruir las rígidas nociones de feminidad y masculinidad como categorías universales, que impide vislumbrar los alcances de otras prácticas sexuales y sociales, y mostrar la necesidad identitaria travesti diversa a la norma que se expresa en la transformación radical de su cuerpo. En teoría, la cárcel es un espacio creado para la seguridad pública y la reinserción social, pero en el cual más bien se instauran prácticas violentas diametralmente opuestas a tal cometido, con la activa complicidad de varios guías, autoridades penitenciarias y un reducidísimo número de internos jerárquicamente poderosos, quienes usualmente pertenecen al Comité de Internos, ellos son quienes gobiernan sobre el sistema socio organizativo interno del ex Penal García Moreno. La importancia de reformar e implementar nuevas leyes, así como promover políticas públicas que protejan a los internos y a las denominadas ‘minorías’ sexuales, son temáticas siempre controversiales en la política Estatal, que debería considerar estas realidades antes de tomar decisiones. Finalmente, abordo el deseo como una categoría de poder y resistencia al orden heteropatriarcal imperante en el penal, donde las travestis aunque se encuentran en un estado de vulnerabilidad mayor que otros internos, pueden llegar a obtener una “ventaja relativa” debido a las fantasías y “descalabros” de la representación femenina que hacen de ellas otros internos y las propias autoridades carcelarias.

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En la República del Paraguay el sistema penitenciario soporta graves deficiencias, y antes que cumplir con el objetivo de reinsertar a la sociedad a las personas infractoras, va perfeccionándose una verdadera escuela de la delincuencia. Los organismos encargados del sistema son teóricamente los correctos, pero la función que realizan no se ajusta a las necesidades reales de las cárceles en nuestro país. Es necesario tomar en cuenta que los adolescentes infractores precisan tener un lugar respetable dentro de la sociedad, donde se puedan desempeñar honradamente para no volver a delinquir. Trataré de demostrar los límites en relación a los mecanismos de protección por parte del Estado Paraguayo para fomentar la reinserción social de los adolescentes infractores en el país y los factores que llevan a dicho grupo a reincidir en prácticas delictivas cuando recuperan la libertad. Investigaré si efectivamente el Estado Paraguayo está cumpliendo con las normativas o lineamientos internacionales referentes a la reinserción de adolescentes infractores. Considero que será fundamental determinar la importancia que tiene la reinserción de estos adolescentes, en el sentido de que, en un futuro inmediato o mediato, formarán parte de la sociedad en la que vivimos, donde deberán interactuar socialmente, ejerciendo sus derechos de ciudadanos, para lo cual deberán estar preparados a fin de que ejerzan una participación responsable y comprometida en los distintos aspectos de la vida comunitaria; por lo cual, considero que deben tener una nueva oportunidad de adaptación, para que logren ser ciudadanos comprometidos con la sociedad a la que pertenecen.

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El presente trabajo ha sido elaborado a partir de una experiencia educativa llevada a cabo en el Centro de Rehabilitación Social de Varones de Cuenca en el período académico 2006-2007. Esta práctica está sostenida en el pensamiento Ético-Crítico Freireano que reivindica la dignidad del ser humano. La práctica se encauzaba a recuperar, interpretar, teorizar y visualizar algunos elementos básicos de las vivencias y prácticas cotidianas de los estudiantes voluntarios del Aula de Derechos Humanos de la Universidad de Cuenca-Fundación Ubuntu Somos Familia participantes en ese proceso educativo. “Educar” en la cárcel ha significado una vivencia de humanización, tanto para los participantes como para los “educandos” para humanizarnos y humanizar nuestra educación y nuestra vida cotidiana, rescatando el diálogo como el acto común de conocer y como el encuentro del sujeto con el mundo, con los seres humanos, con todos los seres vivientes y la naturaleza, construyendo un saber que no opta por un más de inteligencia sino que reflexiona críticamente la realidad en la que vivimos en cada día.

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Durante el Despotismo Ilustrado, como producto de las ideas liberales de la burguesía y su contractualismo idealista de la sociedad y el Estado, tesis revolucionarias se oponían al sistema feudal de explotación, precisamente para limitar de alguna manera ese poder estatal, es que surge la tesis de los Derechos Del Hombre, centrados en el Hombre como un fin en sí mismo: "Nunca debe tratarse nadie a sí mismo ni a los demás como simple medio, sino como fin en sí mismo" decía Kant, siguiendo a los más conspicuos ideólogos de la Revolución burguesa, habida cuenta que también el sistema carcelario y el derecho penal se basaban centralmente en las penas corporales. En la actualidad, el proceso de expansión del derecho penal en que el planteamiento de última ratio y derecho penal mínimo que impulsó a la criminología crítica, va quedando atrás debido a la política de guerra contra el terrorismo global o guerra preventiva,[5] hay obviamente, el aumento de la comisión de otros delitos que como el pandillaje, secuestro, narcotráfico generan este expansionismo del derecho penal, que es parte de la crisis estructural e inevitable del sistema, que genera toda esta descomposición y que toma el criterio penal como el único posible para solucionar esta problemática.

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Para referirnos a los jóvenes, lo primordial es definir qué se entiende por este concepto, lo cual implica una revisión histórica, ya que no en todas las épocas el joven fue definido de la misma manera. La mayoría de estas concepciones eran construidas desde posiciones reduccionistas basadas en una perspectiva adultocéntrica. Desde este posicionamiento se considera al joven inseguro de sí mismo, como ser en transición, no productivo, incompleto, sin deseo, desviado, peligroso, así también como ser del futuro. Estos discursos conducen a una única mirada del joven basada en prejuicios y estigmatizaciones desde atributos de “imposibilidad”, favoreciendo y justificando prácticas paternalistas que conducen a intervenciones que judicializan a la juventud y por ello no la comprenden desde su complejidad y contextualizada en la misma sociedad. Desde este marco, los jóvenes menores de 18 años al ser privados de libertad se constituyen como uno de los grupos sociales en situación de alta vulnerabilidad, pues a los institutos de menores confluyen bajo un tratamiento estatal unívoco todos quienes cometieron algún tipo de delito. Esta solución se presenta como la única alternativa, el cual se ha profundizado a través de la trayectoria tutelar impuesta por el estado argentino.

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Abrir las puertas de las unidades penitenciarias y adentrarse intramuros para efectuar programas de prevención de conductas delictivas, implica una mirada que pueda abarcar, por un lado el marco socio-histórico que conllevó a la efectivización de este tipo de instituciones cerradas y totalizantes y por otro lado la conciencia de saber que estamos tratando con producciones polarizantes sociales. Esto es, intentar “correrse” de preconceptos culturales como: bueno-malo, normal-anormal, legal-ilegal, adecuado-inadecuado, adentro-afuera. Direccionándonos como agentes de cambio, multiplicadores y personas desestigmatizantes; proporcionando desde ese lugar, la posibilidad de una verdadera socialización integral, que implique la propia aceptación del ser, enmarcado dentro del sistema social, borrando las barreras del adentro y el afuera, como línea divisoria entre sujeto-no sujeto. Abrir estas puertas para efectuar programas de prevención, implica tener claro que al salir de ellas, debimos haber logrado, primero integrar estas instituciones al aparato productivo, integrándolas de esta forma a la maquinaria social; segundo haber logrado el pasaje en las personas allí detenidas de sujetos de la exclusión en sujetos de derecho y tercero, la incorporación en ellos, de herramientas que les permitan transformarse no sólo en activistas de su propio proyecto de vida, sino en agentes multiplicadores de inclusión social, a través de la transformación de pautas culturales existentes.

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En el marco de nuestra misión institucional, la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, ha venido denunciando la vulneración de los derechos humanos al interior de las cárceles colombianas, que especialmente vienen sufriendo las personas detenidas por motivos políticos. El seguimiento de la situación carcelaria del país que ha realizado nuestra Fundación, ha venido arrojando una serie de conclusiones preocupantes, que pone en evidencia una contrariedad entre las normas de rango nacional, internacional y recomendaciones de organismos supranacionales, para el tratamiento de las personas privadas de la libertad, y la práctica de las autoridades colombianas. El continuo incumplimiento de las normas que imponen a los establecimientos carcelarios el deber de concretar los derechos de los internos y brindarles bienestar dentro del marco de la dignidad humana, en cuanto establecen la carga de velar por su salud, proteger sus vidas, y el mandato legal de mantener la separación de los reclusos en consideración a su situación jurídica (sindicados- condenados), y el delito cometido, se han convertido en la normalidad al interior de las diferentes cárceles y penitenciarias del país.

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Las cárceles, en cualquier parte del mundo, siguen presentándose como uno de los grandes retos para las sociedades democráticas. Creadas para ejercer una función punitiva, han ido, poco a poco, dando lugar a las ideologías de humanización centradas en la rehabilitación de los reclusos de forma que se inserten en la sociedad. Sin embargo, Foucault recuerda que la prisión moderna “se fundamenta en su papel de aparato para la transformación de los individuos”. En este sentido, ¿cómo lograr su objetivo y a la vez asegurar los derechos de los reclusos? ¿cómo garantizar el respeto a la dignidad en una institución donde el imaginario de justicia se convierte en sinónimo de venganza? De esto se aprehende que son muchos y muy variados los desafíos para mantener las instituciones disciplinarias acordes con los principios democráticos y de respeto a los derechos humanos, especialmente en países en vías de desarrollo. Aún más, si como en el caso brasileño, a la sociedad poco le importa lo que les pase a los reclusos. Ante este contexto, el presente artículo pretende discutir sobre el continuum de violaciones a los derechos humanos practicadas dentro de las cárceles brasileñas, bajo la indiferencia social y la connivencia gubernamental, a pesar de que la legislación internacional y nacional obligue a garantizar los derechos de los detenidos. Para ello se presentan los datos sobre el sistema carcelario brasileño: el cuantitativo de la población carcelaria y su perfil, el déficit de plazas, las malas condiciones de las cárceles, etc. Seguidamente, se discute las leyes que rigen la actuación del Estado brasileño en materia carcelaria. A la vez, se recopilan las informaciones de los principales informes acerca del tema, en los que se evidencian las violaciones más frecuentes. Por fin, se analiza más a fondo la actual realidad carcelaria en Brasil a partir del estudio desarrollado por la Comisión Parlamentaria de Investigación del Sistema Carcelario Brasileño del Congreso de Diputados, concluido el 2008.

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El funcionamiento del sistema de administración de justicia en lo que concierne a justicia penal ha sido objeto de duras críticas y reproches acerca de su reducida capacidad para garantizar adecuadamente los derechos y garantías de las personas que están reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por la República Argentina. En efecto, durante el año 2007 el Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina (OIP), ha podido constatar que, en general, no ha mejorado el acceso a la justicia de los sectores más vulnerables de la sociedad Argentina, y que, además, persisten serias deficiencias en los institutos de detención, las que unidas al incremento de la población carcelaria, comprometen severamente las condiciones y calidad de vida de los internos sin que esto contribuya en nada a los propósitos de la prevención general y especial del delito.

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Esta presentación pretende abordar la relación de las políticas públicas con los derechos humanos en el área del sistema penitenciario focalizando en el problema de los hijos de mujeres presas. La prisión y la privación de la libertad de un niño es una de las violaciones más graves de los derechos humanos. Las consideraciones a seguir tienden a propiciar un debate público y contribuir para la formulación de políticas públicas en defensa de los derechos de los niños nacidos en la cárcel. El primer paso para la formulación de políticas públicas de atención a los derechos del niño y del adolescente consiste en realizar el diagnóstico de una situación, delimitando y especificando el problema y poder definir directrices generales. El segundo momento consiste en la fundamentación teórica de la problemática abordada. Será, por lo tanto, presentada la realidad de los niños encarcelados, para en seguida realizar una reflexión teórica a partir de los derechos humanos de los niños, de la conceptualización del Estado de Derecho y de las consideraciones sobre el sistema carcelario.

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El autor lee a Carrera Andrade como un creador surgido en el quiebre de los presupuestos, ideologías y esperanzas del siglo XIX e inicios del XX, más plagado de incertidumbres que de certezas. Acaso el rasgo autobiográfico de su poesía, y su apego a una temática múltiple –no apartada nunca del desciframiento de los sentidos de lo pequeño– han oscurecido la intención del autor de reflexionar sobre la condición y el destino del hombre moderno. Cercano al existencialismo, en tanto filosofía develadora de la fragilidad y soledad humanas, de la futilidad de sus construcciones intelectuales, Carrera fue testigo –en un siglo de confrontaciones– «de la fealdad triunfante y la libertad encadenada». El poeta describe tres atributos definitorios del hombre moderno: soledad, imposibilidad de ser libre, y su condición de desterrado. Plantea Carrera que estas condiciones ontológicas de soledad y de ser prisionero no se agotarían en el hombre, sino que conformarían también a otros seres y objetos del universo. El destierro aludiría no solo a la condición literal del exiliado, sino también a la ausencia de un hogar espiritual, aunque, en relación a este punto, parece arribar a una cierta conciliación mediante la idea de que es posible trascender la finitud del individuo en la pervivencia de la humanidad entera –destino común el del «hombre planetario», cantado por el poeta a pesar de su soledad y sus prisiones.

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En este estudio se ha revisado las principales características de la criminalidad en la Araucanía desde la segunda mitad del siglo XIX, examinando las virtudes y defectos (lamentablemente superiores a los primeros) de sus instituciones de control social (policía y prisiones). Como se podrá apreciar, el panorama no fue positivo, pese a los esfuerzos para tratar de revertir un fenómeno que lentamente comenzó a modificarse en pleno siglo XX. Sin embargo, más allá de los inconvenientes de todo tipo hasta aquí señalados (mala administración de justicia, falta de presupuesto, de organización carcelaria y de fiscalización de funcionarios y recintos), no es menos cierto que los problemas antes indicados no fueron exclusivos de la Araucanía.

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Desde la militancia en un colectivo de externas e internas en la Cárcel de Mujeres de Quito, desde el hecho de compartir los efectos de la violencia sistemática contra nosotras, y desde la reflexión académica, este libro explora la cárcel de mujeres: las relaciones que la habitan, las prácticas de violencia contra el cuerpo, los afectos, los proyectos vitales, la totalidad de la vida de las mujeres que encierra. En este esfuerzo, el libro va mostrando un sistema punitivo organizado en torno a las diferencias étnica, racial. sexual y de clases constitutivas de las sociedades andinas. La investigación indaga, además en historias de mujeres diversas y desiguales, mientras reflexiona sobre la presión específica que implica la cárcel para las mujeres. La experiencia marginal, la resistencia y la lucha atraviesan todo el texto hasta llegar a una discusión sobre las cualidades del colectivo militante, feminista, de izquierda y antirraista desde el que está escrito.

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Desde adentro de la cárcel de mujeres, desde nuestra militancia en un colectivo de externas e internas en la cárcel de mujeres de Quito, desde el hecho de compartir cotidianamente los efectos de la violencia sistemática contra nosotras, en un primer momento, exploramos la cárcel, este edificio perverso, las relaciones que lo habitan, este sistema de violencia contra el cuerpo, los afectos, los proyectos vitales, la esperanza de las mujeres que encierra, sistema que se sirve del sexismo, el racismo, la inequidad que constituyen la convivencia social: pequeña ciudad hacinada, reformulación latinoamericana del sistema carcelario occidental que le sirve como modelo. En un segundo momento, indagamos en nuestras historias de mujeres en este país latinoamericano, la violencia contra nosotras, los referentes de convivencia social que nos diferencian, el desprestigio de muchas, y exploramos la presión específica que implica la cárcel para las mujeres, nuestros afectos, estas maternidades, igualmente, en una continuidad del sistema de violencia social que es gobierno. La experiencia marginal, la resistencia y la lucha atraviesan todo el texto, hasta que, finalmente, hacemos una discusión sobre las cualidades de la palabra del proceso transformador en el que estamos embarcadas.