1000 resultados para miedo al delito


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Los procesos de diseño y construcción tradicionales de la industria de la construcción que se han conservado inalterados durante años, han impedido vislumbrar los impactos positivos que se pueden dar al trabajar en conjunto con las tecnologías de información -- El miedo al cambio hace que las empresas del sector denominen “normal” a la fragmentación del proceso constructivo, y presupuesten desde el inicio de la obra atrasos por incompatibilidades en los diseños causados principalmente por la falta de comunicación y coordinación entre los diferentes participantes del proyecto -- La implementación de tecnologías de información busca no sólo ayudar como una herramienta a los diseños del proyecto, sino que también ofrece elementos para integrar a los participantes y contratistas del proyecto en un equipo de trabajo donde exista mayor interoperabilidad entre las áreas implicadas en el planteamiento, diseño y ejecución del proyecto, y se pueda disminuir de sobremanera la fragmentación que vuelve tan poco competitiva esta industria a nivel mundial -- En el presente trabajo de grado se realizó un estado del arte de la tecnología de información BIM con el fin de sintetizar las enormes cantidades de información disponibles y de posibilitar una mejor comprensión de este -- Con la teoría y los manuales estudiados a profundidad de los software que componen esta tecnología, se procedió a desarrollar un ejercicio exploratorio confrontando los conocimientos adquiridos teóricos con la parte práctica, parte en donde se pudieron vislumbrar las ventajas y desventajas al implementar este software en la industria de la construcción de nuestro país -- Finalmente se exponen los requerimientos y limitaciones que trae consigo la aplicación de esta tecnología a los proyectos de construcción

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El reconocimiento de la crisis por el que atravesaba el sistema de administración de justicia Colombiano, permitió concluir como verdad contundente, la crisis del principio de legalidad para la persecución del delito y de la pena de prisión como principal respuesta frente al delito ejecutado, de manera que resultó necesario buscar otras soluciones, plateándose el legislador colombiano, la consagración del principio de oportunidad, que en aplicación de un derecho penal mínimo, fragmentario y de última ratio, permitiera interrumpir, suspender o renunciar al ejercicio de la acción penal, diseñando un nuevo modelo de investigación, imprimiendo mayor celeridad, rebajando los costos y el empleo de recursos, lo que conlleva activar la persecución penal hacia los delitos más graves y perseguir las organizaciones criminales sin descuidar los fines del Estado Social y Democrático de Derecho. La aplicación del principio de oportunidad no puede implicar el desconocimiento de los derechos de la víctimas, pues si bien es cierto que se trata de un medio a través del cual la Fiscalía puede renunciar al ejercicio dela acción penal, suspenderlo o interrumpirlo, su ejercicio debe ser compatible con el mandato constitucional que implica el respeto a los derechos de la víctimas de las conductas delictivas.

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Este artículo trata de abordar el uso dominante de los enfoques punitivos a los problemas de comportamiento en las escuelas, y se propone un enfoque de justicia restaurativa. En los Estados Unidos, y especialmente después de 1994, las políticas de tolerancia cero han transformado los problemas de control social en una crisis de graves proporciones. Estas políticas («tolerancia cero») parece que han servido, principalmente, para sólo marginalizar más a los chicos latinos y afroamericanos y para agravar, a largo plazo, los retos políticos, económicos y sociales del país. Sobre la base de las tradiciones de justicia restaurativa internacionales y la experiencia de los pueblos indígenas en los Estados Unidos, el objetivo de la justicia restaurativa es devolver a la víctima a la situación anterior al delito y reconstruir la relación del agresor tanto con el ofendido como con la comunidad. El artículo establece los principios que rigen un proceso de restauración, así como sus componentes esenciales.

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INTRODUCCIÓN En los últimos tiempos, se percibe en la sociedad una preocupación hacia lo diferente que se manifiesta en procesos discriminatorios y de exclusión. La población y las instituciones manifiestan rechazo al otro-inmigrante con una legislación limitadora de derechos, unos medios de comunicación que alimentan una dinámica discriminadora y excluyente muy peligrosa y, un discurso de la clase política muy negativo para con los inmigrantes. El uso de frases y lemas que generalizan aspectos negativos y conectan la inmigración con el delito, con la amenaza al estado del bienestar y con el desempleo ha de calificarse como peligroso. El primer objetivo de este trabajo es entender a la persona en su paradoja. La paradoja de que somos seres sociales y rechazamos al otro. El segundo objetivo es por un lado, analizar la falsedad de afirmaciones como que “los inmigrantes cometen más delitos que los nacionales o que son más propensos al delito que los nacionales” y, por otro, comprobar que dichas afirmaciones son inevitables. DESARROLLO TEÓRICO En cuanto a la paradoja de que somos seres sociales y rechazamos al otro, se analiza el origen del rechazo al inmigrante desde la naturaleza y la condición humanas, lo que nos lleva a concluir que la percepción de una persona en sociedad se desarrolla en un proceso interrelacional e intersubjetivo que es eminentemente paradójico. La formación de la persona se desarrolla sobre la base del proceso de imitación, la identificación y reidentificación de la persona se exponen en teorías diversas, la teoría de la identidad de la comunidad cuyo máximo representante es Tajfel (1969), la teoría de las creencias de grupo de Bar-Tal (1990), la teoría de la amenaza comprehensiva de Stephan et al. (2005) y la teoría de los valores centrales de Bauman (2001). El segundo objetivo de esta tesis es por un lado, analizar la falsedad de afirmaciones como que “los inmigrantes cometen más delitos que los nacionales o que son más propensos al delito que los nacionales” para lo que se ha realizado una revisión bibliográfica que concluye que los inmigrantes no cometen más delitos que los nacionales y que no son más propensos al delito que los nacionales; y, por otro, comprobar que dichas afirmaciones son inevitables, para lo que se ha aplicado el método estadístico cualitativo teniendo como base la pregunta 18 de la Encuesta del CIS número 2967 del año 2012 relativa a la percepción de la inmigración. Para la comprobación de que dichas afirmaciones son inevitables, se ha aplicado la metodología estadística cualitativa a la pregunta 18 de la Encuesta número 2967 del CIS del año 2012 cuya redacción es la siguiente “La inmigración, como todo, tiene aspectos positivos y negativos. ¿Y qué aspecto negativo destacaría más?” Con la aplicación del método Kendall-Stoyanov se obtuvieron coeficientes de concordancia en el orden de importancia de los items y coeficientes de ponderación que dan mejor información sobre cuán importante es un determinado aspecto negativo sobre los demás. La metodología expuesta se aplicó en dos Análisis fundamentales: un análisis descriptivo y un análisis multivariable. Con el análisis descriptivo se comparan las opiniones de las categorías sociodemográficas propuestas por el CIS. Dado que el análisis descriptivo puede considerarse excesivamente homogéneo y limitado, por cuanto se comparan categorías socio-demográficas que son univariable, se ha procedido a realizar un análisis multivariable comparando dos perfiles. El perfil del cosmopolita responde a las siguientes variables, Hombre o mujer, de 18-40 años, con estudios universitarios e ideología de izquierdas. El perfil provinciano o local responde a estas otras variables, Hombre o mujer, de más de 65 años, con educación básica o secundaria e ideología de derechas. Para numerosos autores (Diez Nicolás, 1999, Cea D´Ancona, 2004, Haubert y Fussel, 2006 y Ford, 2012), los perfiles sociodemográficos muestran que las personas de más de 65 años, de derechas, bajo estatus socioeconómico y baja educación son xenófobos. Por el contrario, la gente joven con alta educación, status socioeconómico alto, de izquierdas y los que han viajado al extranjero muestran menor grado de xenofobia. Sin embargo, tras la aplicación del método Kendall-Stoyanov a la pregunta 18 del CIS, ambos perfiles muestran una absoluta concordancia en cuanto al orden de los aspectos negativos y en cuanto a la importancia atribuida a dichos aspectos. CONCLUSIONES Como primera conclusión, se ha podido constatar lo paradójico de la condición humana. La revisión bibliográfica especializada concluye que los inmigrantes no cometen más delitos que los nacionales y que no son más propensos al delito que los nacionales. Por su parte, con los análisis descriptivo y multivariable, se demuestra la inevitabilidad del rechazo sobre la base de una opinión concordante u homogénea en la sociedad española en el año 2012. Esta homogeneidad se debe, entre otros, al proceso de securitización producido en la sociedad española en 2012. BIBLIOGRAFÍA BAR-TAL, D. (1990). Group Belief: A conception for Analyzing Group Structure, Processes and Behaviour. Springer Science+Business Media. Nueva York. BAUMAN, Z, (2001). “Identity in a Globalizing World”. Social Anthropology, vol. 1, issue 2, pp. 121-129. CEA D ́ANCONA, M.A. (2004). La activación de la xenofobia en España. ¿Qué miden las encuestas? Centro de Investigaciones Sociológicas. Madrid. DÍEZ NICOLÁS, J. (1999). “Los Españoles y la Inmigración”. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Secretaría General de Asuntos Sociales, Instituto de Migraciones y Servicios Sociales. Observatorio Permanente de la Inmigración. FORD, R. (2012). “Parochial and Cosmopolitan Britain. Examining the Social Divide in Reactions to Immigration”. Transatlantic Trends Immigration Focus Papers. HAUBERT, J. and FUSSELL, E. (2006). “Explaining pro-immigrant sentiment in the U.S.: Social class, cosmpolitism, and perceptions of immigrants.” International Migration Review, vol. 40, n. 3. The Center for Migration Studes of Nueva Yor, Inc. pp. 489-507. STEPHAN, W. G., RENFRO, C. L., ESSES, V. M, STEPHAN. C.W. and MATINE, T. (2005). “The effects of feeling threatened on attitudes toward immigrants”. International Journal of Intercultural Relations. Volume 29, Issue 1, Pages 1–19. BAR-TAL, D. TAJFEL, H. (1969). “Cognitive Aspects of Prejudice”, 25 J. SOC. ISSUES 79-97.

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El interés de este caso de estudio es mostrar un diagnóstico sobre la situación de trata de mujeres con fines de explotación sexual en Colombia, basado en el avance de las acciones emprendidas por parte de los Organismos Internacionales y del Estado, durante el periodo comprendido entre los años 2007 y 2010. A partir de lo anterior, se utilizaron tres conceptos claves los cuales fueron: Globalización, Derechos Humanos y Perspectiva de Género con el fin de hacer una descripción del fenómeno de trata en Colombia. Se plantean como propósitos particulares contextualizar el fenómeno de la trata y su impacto a nivel mundial, identificar las políticas del Estado; y finalmente identificar el rol que tuvo la participación de Organización de las Naciones Unidas y su oficina especial UNODC frente al delito de trata de mujeres con fines de explotación sexual en Colombia.

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La amígdala se encuentra estrechamente ligada a la generación y modulación de los procesos emocionales. Aunque el complejo de la amígdala generalmente se define por varios grupos distintos de células, los núcleos basolaterales que se conectan con el núcleo central y el núcleo de la estría terminal son los que proyectan a las áreas del sistema nervioso central involucradas en el control de las respuestas autónomas, los procesos cognitivos y la respuesta emocional. Además de los sistemas glutamatérgico, gabaérgico, CRH, Opiodes, CCK entre otros, en estas áreas de la amígdala se encuentran receptores AT1 del Sistema Renina-Angiotensina (SRA) cerebral. Entre las áreas a las que se proyectan estos núcleos se destaca la inervación de núcleos dopaminérgicos a través del área tegmental ventral y su influencia sobre la función del eje hipotálamo hipófiso adrenal por la modulación de la descarga de ACTH a través de la inervación del núcleo hipotalámico paraventricular. También se ha comprobado la colocalización del SRA y receptores AT1 de Angiotensina II en sustancia nigra y cuerpo estriado, sugiriendo un rol clave de SRA en la modulación de la liberación de dopamina central. Existen evidencias, neuroanatómicas, fisiológicas y farmacológicas que indican que la Angiotensina II cerebral es mediadora de las respuestas inducidas por estrés incluyendo la regulación de los sistemas simpático y neuroendócrino. En este proyecto se propone evaluar en ratas wistar la participación de los receptores AT1 de Angiotensina II en la respuesta al miedo potenciado. En este modelo hay una mayor activación de la amígdala y el establecimiento de un estado de ansiedad por la exposición previa a una situación de estrés que desencadena respuestas similares a las encontradas en pacientes con desordenes de ansiedad. Además evaluaremos su posible participación en las conducta de exploración, expresión de la memoria de trabajo y recambio de dopamina en los núcleos del estriado, accumbens y corteza prefrontal.

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La amígdala se encuentra estrechamente ligada a la generación y modulación de los procesos emocionales. Aunque el complejo de la amígdala generalmente se define por varios grupos distintos de células, los núcleos basolaterales que se conectan con el núcleo central y el núcleo de la estría terminal son los que proyectan a las áreas del sistema nervioso central involucradas en el control de las respuestas autónomas, los procesos cognitivos y la respuesta emocional. Además de los sistemas glutamatérgico, gabaérgico, CRH, Opiodes, CCK entre otros, en estas áreas de la amígdala se encuentran receptores AT1 del Sistema Renina-Angiotensina (SRA) cerebral. Entre las áreas a las que se proyectan estos núcleos se destaca la inervación de núcleos dopaminérgicos a través del área tegmental ventral y su influencia sobre la función del eje hipotálamo hipófiso adrenal por la modulación de la descarga de ACTH a través de la inervación del núcleo hipotalámico paraventricular. También se ha comprobado la colocalización del SRA y receptores AT1 de Angiotensina II en sustancia nigra y cuerpo estriado, sugiriendo un rol clave de SRA en la modulación de la liberación de dopamina central. Existen evidencias, neuroanatómicas, fisiológicas y farmacológicas que indican que la Angiotensina II cerebral es mediadora de las respuestas inducidas por estrés incluyendo la regulación de los sistemas simpático y neuroendócrino. En este proyecto se propone evaluar en ratas wistar la participación de los receptores AT1 de Angiotensina II en la respuesta al miedo potenciado. En este modelo hay una mayor activación de la amígdala y el establecimiento de un estado de ansiedad por la exposición previa a una situación de estrés que desencadena respuestas similares a las encontradas en pacientes con desordenes de ansiedad. Además evaluaremos su posible participación en las conducta de exploración, expresión de la memoria de trabajo y recambio de dopamina en los núcleos del estriado, accumbens y corteza prefrontal.

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La amígdala se encuentra estrechamente ligada a la generación y modulación de los procesos emocionales. Aunque el complejo de la amígdala generalmente se define por varios grupos distintos de células, los núcleos basolaterales que se conectan con el núcleo central y el núcleo de la estría terminal son los que proyectan a las áreas del sistema nervioso central involucradas en el control de las respuestas autónomas, los procesos cognitivos y la respuesta emocional. Además de los sistemas glutamatérgico, gabaérgico, CRH, Opiodes, CCK entre otros, en estas áreas de la amígdala se encuentran receptores AT1 del Sistema Renina-Angiotensina (SRA) cerebral. Entre las áreas a las que se proyectan estos núcleos se destaca la inervación de núcleos dopaminérgicos a través del área tegmental ventral y su influencia sobre la función del eje hipotálamo hipófiso adrenal por la modulación de la descarga de ACTH a través de la inervación del núcleo hipotalámico paraventricular. También se ha comprobado la colocalización del SRA y receptores AT1 de Angiotensina II en sustancia nigra y cuerpo estriado, sugiriendo un rol clave de SRA en la modulación de la liberación de dopamina central. Existen evidencias, neuroanatómicas, fisiológicas y farmacológicas que indican que la Angiotensina II cerebral es mediadora de las respuestas inducidas por estrés incluyendo la regulación de los sistemas simpático y neuroendócrino. En este proyecto se propone evaluar en ratas wistar la participación de los receptores AT1 de Angiotensina II en la respuesta al miedo potenciado. En este modelo hay una mayor activación de la amígdala y el establecimiento de un estado de ansiedad por la exposición previa a una situación de estrés que desencadena respuestas similares a las encontradas en pacientes con desordenes de ansiedad. Además evaluaremos su posible participación en las conducta de exploración, expresión de la memoria de trabajo y recambio de dopamina en los núcleos del estriado, accumbens y corteza prefrontal.

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Este artículo quiere justificar la necesidad de analizar la transmisión de la emoción a través del lenguaje, teniendo en cuenta el actual cambio social e individual que suponen los avances tecnológicos. En primer lugar cabe señalar que el cambio al que se hace referencia es el paso de una cultura trasmitida básicamente mediante la palabra y la letra impresa a una cultura trasmitida mediante la imagen. La lengua escrita es desplazada por la icónica. Este cambio en la comunicación entre individuos es también un cambio en la manera de pensar, de ser, de sentir. El artículo se centra en una emoción, el miedo. Se concluye afirmando que los avances tecnológicos proporcionan una nueva percepción del mundo, nuevas emociones y nuevos miedos, y que el lenguaje publicitario es actualmente más eficaz para suscitar emociones a más cantidad de personas que el lenguaje escrito. Se hace referencia especial a las Rondalles Mallorquines, escritas por Mossèn Alcover en el siglo XIX, y el papel que tuvieron para despertar la imaginación y las emociones del niño.

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Cuestionar y desmitificar la delincuencia infantil y juvenil. Conocer la realidad que presentan las Islas Baleares bajo el aspecto de delincuencia infantil y juvenil desde 1940 hasta 1975. Hip??tesis: a una diferenciaci??n hist??rica representada por los a??os estudiados (1940, 1949, 1956, 1964, 1970, 1975 ), corresponde una diferencia a nivel general de los aspectos referentes a la delincuencia infantil y juvenil en las Islas Baleares, en funci??n de los cambios sociales, econ??micos, culturales, pol??ticos, etc. habidos. Expedientes del Tribunal Tutelar de Menores de Palma de Mallorca. Se parte de un estudio te??rico en funci??n de la bibliograf??a para llegar a un estudio experimental que se concreta en la realizacion de una breve explicaci??n de cada variable utilizada (17) en orden a las caracter??sticas y el porqu?? de su elecci??n, una presentaci??n por a??os y sexos, un comentario de los datos a partir de los cuales se formulan los planteamientos de hip??tesis, una operaci??n estad??stica a fin de demostrar las hip??tesis presentadas, una conclusi??n que explique los resultados obtenidos y los ponga en relaci??n con las hip??tesis. Tablas num??ricas y gr??ficas. Aplicaci??n de la f??rmula de la 'significaci??n de la diferencia entre porcentajes'. El enfoque globalizante de la delincuencia juvenil ayuda al arreglo de la situaci??n. La modificaci??n individual, a??n siendo parte del proceso, no puede llevarnos a la soluci??n del problema; es necesario incidir en las causas que posibilitan que se de dicho fen??meno. La evoluci??n de la delincuencia infantil y juvenil en las Islas Baleares se ha producido de los cambios habidos en los mismos en los diferentes aspectos. La delincuencia de los menores afecta a las clases sociales situadas en estratos m??s bajos de la sociedad. La participaci??n en el delito seg??n el sexo de los menores difiere en varones y mujeres.

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La te si doctoral tracte d' una causa d' exempció de la responsabilitat penal reconeguda a l'article 20.6 del vigent codi penal: la por insuperable. L' objectiu principal de la tesi és donar un contingut a aquesta eximent per tal de que trobi l'adient reconeixement als tribunals, que tradicionalment han ignorat aquesta eximent. El primer capítol de la tesi tracta del seu fonament, és a dir, de la raó o raons que han portat al legislador a reconèixer la por insuperable com a una causa de exempció de la responsabilitat penal. L'anàlisi del fonament de la por insuperable s'estudia a l'àmbit de les doctrines de justificació del dret penal (teories de la pena). Partint d' aquestes doctrines de justificació trobem que la doctrina utilitarista no pot fonamentar sòlidament l'eximent de por insuperable, doncs aquesta eximent no té a veure amb la maximització de la felicitat col·lectiva sinó més aviat amb qüestions de responsabilitat personal. Per això, en la tesi el fonament de la por insuperable es situa al marc de les doctrines retribucionistes i mixtes. Per a aquestes doctrines el fonament de l'exempció de pena en el cas de la por insuperable és l'afecció a la voluntat o llibertat d'elecció que es dóna en les situacions de por insuperable. Però aquesta afecció de la llibertat d' elecció no es pot interpretar com una pèrdua de les facultats psíquiques de la persona, tal i com, erròniament interpreten els nostres tribunal s, doncs la persona que es veu amenaçada no perd les seves facultats per valorar la situació. Per tant, "insuperable" no vol dir insuperable psicològicament, sinó que amb aquest adjectiu el legislador està fent referència a una avaluació normativa: es tracta d'una situació en la que no es pot exigir a la persona que superi la por que pateix i s'enfronti al amenaça. A la tesi es defensa aquesta reconstrucció normativa de l'eximent, posant de relleu, però, que el fonament de l'exempció de pena és la preferència legítima pels propis interessos. La base del principi d'inexigibilitat o raonabilitat és la legitimitat d'una valoració parcial del conflicte en el que es troba la persona, quan l' amenaça afecta als seus bens o als d'aquells pels que se sent afectivament lligat. Al segon capítol s' analitza el problema de la naturalesa jurídica de l'eximent de por insuperable. El cert és que la doctrina penal majoritària considera que la por insuperable és una causa d'inculpabilitat, malgrat que no han tampoc faltat autors que hagin catalogat a aquesta eximent com una causa de justificació. A la tesi s'analitzen els arguments tradicionalment utilitzats per la doctrina penal per a concloure que la por insuperable pertany a la categoria de la culpabilitat, posant de relleu que aquests arguments no semblen convincents. Això no obstant, no vol dir que l'eximent de por insuperable sigui en realitat una causa de justificació, però cal trobar una explicació més solida pel fet que aquesta eximent es consideri una causa d'inculpabilitat. Aquesta explicació pren com a punt de partida la diferència entre la valoració imparcial d'un conflicte (és a dir, la valoració que faria una persona no implicada en el conflicte) i la valoració parcial (és a dir, la valoració que fa la persona que es troba en aquell conflicte) del mateix. A la tesi es defensa que en las situacions d'amenaça i conflicte de bens jurídics, quan ambdós es troben en la mateixa situació enfront el dret, la justificació de la conducta necessita una fonamentació més forta que la valoració parcial del conflicte, doncs a nivell d' antijuridicitat, on el legislador valora els conflictes, s' ha de donar el mateix valors als bens jurídics de tots els ciutadans, sense que es pugui aquí apel·lar a preferències personals. La valoració parcial del conflicte queda amb això reservada per a un altre nivell de la teoria del delicte: la culpabilitat, on no és tracte ja de valorar un conflicte d'interessos com de decidir si la persona mereix un càstig pel seu fet. El tercer capítol tracta de la qüestió relativa als requisits que cal exigir per poder aplicar l'eximent de por insuperable. Certament, la llei penal no demana cap requisit concret per aplicar l'eximent, però les exigències normatives es troben en realitat resumides en l'adjectiu "insuperable" que acompanya i defineix a la por. La doctrina penal ha utilitzat tradicionalment el paràmetre del "home mig en la posició de l'autor" per a determinar quan la por és insuperable. Però aquest criteri de determinació de la insuperabilitat de la por té greus problemes, que porten que a la tesi es rebutgi i en el seu lloc es presentin tota una sèrie de requisits normatius que han de servir per determinar quan es pot considerar que la por és (normativament) insuperable. Aquests requisits es poden dividir en dos grans grups: per una part els requisits referents al mal que amenaça a la persona. Es tracta aquí de determinar com ha de ser aquest mal per tal de que es pugui aplicar l'eximent. Per altra banda, en segon lloc els requisits referents a l'acció defensiva duta a terme per la persona. Per últim, el quart capítol de la tesi es dedica a la delimitació de la por insuperable davant la resta d' eximents reconegudes pel codi penal. Es tracta aquí de determinar si la por insuperable té un àmbit reservat d' aplicació que justifiqui el seu manteniment al codi penal. La dificultat d'aquest tema és que l'eximent de por insuperable té relacions amb tota la resta d'eximents penals. En primer lloc amb les causes d'inimputabilitat reconegudes a l'art. 20.1 del codi penal: alienació mental i trastorn mental transitori. Però aquests casos no pertanyen en realitat a l'eximent de por insuperable sinó a les eximents d'alienació o trastorn mental transitori En segons lloc, l'eximent de por insuperable està relacionada amb les causes de justificació de legítima defensa, estat de necessitat i exercici legítim de un dret, ofici o càrrec i compliment del deure. A la tesi es defensa que l'eximent de por insuperable només es podrà aplicar quan, per no donar-se tots el requisits necessaris per aplicar alguna d'aquestes eximents, no es pugui justificar la conducta, però, malgrat això, hi hagin raons per no castigar la conducta, considerant-la inculpable. A la tesi s'analitzen detingudament aquests supòsits. Amb tot es pot afirmar que l'eximent de por insuperable és una eximent necessària que pot complir el paper d'eficaç clàusula de tancament del sistema de causes d'exempció de la responsabilitat penal.

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Con la emergencia de la (in)seguridad como preocupación social, aparece una demanda colectiva compleja y cambiante, donde se articulan y entrelazan la demanda por protección/es ligada a la construcción del miedo, con la demanda de justicia o contra-la-impunidad, desarrolladas a partir de determinados "casos" puntuales. Estas demandas colectivas suelen ir acompañadas por ciertas tensiones entre seguridad y democracia y por disputas en torno al status de ciudadano, es decir, por la posesión y ejercicio de derechos. En la presente investigación nos sumergimos en el interior de la provincia de Buenos Aires, puntualmente en la ciudad de Tres Arroyos, para abordar acciones colectivas en reclamo de justicia y seguridad, como fundamento de la demanda de la/s acción/es. Puntualmente, el objetivo es el de deconstruir discursos, prácticas, sentidos e identidades puestos en juego en determinadas coyunturas -que denominamos crisis de inseguridad- en ciudades del interior de la provincia de Buenos Aires en el pasado reciente.