1000 resultados para Estado constitucional


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Sumario: I. Introducción. II. La inseguridad ciudadana y la legitimación del poder punitivo. III. La mirada de los derechos humanos. IV. Deconstrucción del discurso securitista. 4.1. La inseguridad ciudadana: una percepción perversa. 4.2. Todo conflicto social debe tener solución. 4.3. La solución de la violencia no puede ser reducida al tipo penal y a una persona. 4.4. El falso dilema eficiencia y garantismo. 4.5. El garantismo el único derecho que permite el estado constitucional de derechos. 4.6. El funcionalismo promueve normas y prácticas inconstitucionales. 4.7. La trampa del poder punitivo. 4.8. El poder punitivo nunca tutela derechos humanos violados. V. ¿Un nuevo derecho penal? Lineamientos para la investigación penal crítica. 5.1. Derecho penal integral. 5.2. Derecho penal interdisciplinario. 5.3. Derecho penal reparador. 5.4. Derecho penal intercultural. VI. Conclusiones. VII. Bibliografía.

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En este informe se recopilan los trabajos de las organizaciones sociales dedicadas a la elaboración de informes sombra, temáticos y alternativos presentados a las instancias de protección de derechos humanos regional e internacional. Considerando que, a raíz de la expedición de la Constitución de 2008, el Ecuador ha ampliado notablemente el reconocimiento de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza; y que además reconoce el amplio catálogo de derechos de los instrumentos regionales e internacionales de protección de derechos humanos, la tarea de informar respecto de la situación de todos y cada uno de ellos sería un esfuerzo que demandaría mayores recursos y aspiramos a contribuir en este proceso. Presentación Por este motivo, en el informe se ha privilegiado la reflexión sobre la situación de la vigencia de los derechos de justicia, seguridad y ambiente; los mismos que siguen planteando, al igual que el año pasado, los mayores desafíos para su respeto, protección y cumplimiento. Igualmente, se reflexiona sobre los derechos a la comunicación y los de las personas en situación de movilidad humana. Con estos antecedentes, el Programa Andino de Derechos Humanos, presenta el Informe de derechos humanos correspondiente al año 2010, en el cual las y los autores aportan elementos para develar la real vigencia del estado constitucional de derechos y de justicia en el Ecuador. Finalmente, se recopilan las reseñas de informes alternativos, temáticos y sombra realizados por las organizaciones de la sociedad civil, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar a su difusión y apropiación. Además, pone a disposición de los interesados la versión ampliada de este informe en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb.edu.ec/padh.php› o ‹http:// www.repositorio.uasb.edu.ec›.

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En este informe se recopilan los trabajos de las organizaciones sociales dedicadas a la elaboración de informes sombra, temáticos y alternativos presentados a las instancias de protección de derechos humanos regional e internacional. Considerando que, a raíz de la expedición de la Constitución de 2008, el Ecuador ha ampliado notablemente el reconocimiento de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza; y que además reconoce el amplio catálogo de derechos de los instrumentos regionales e internacionales de protección de derechos humanos, la tarea de informar respecto de la situación de todos y cada uno de ellos sería un esfuerzo que demandaría mayores recursos y aspiramos a contribuir en este proceso. Presentación Por este motivo, en el informe se ha privilegiado la reflexión sobre la situación de la vigencia de los derechos de justicia, seguridad y ambiente; los mismos que siguen planteando, al igual que el año pasado, los mayores desafíos para su respeto, protección y cumplimiento. Igualmente, se reflexiona sobre los derechos a la comunicación y los de las personas en situación de movilidad humana. Con estos antecedentes, el Programa Andino de Derechos Humanos, presenta el Informe de derechos humanos correspondiente al año 2010, en el cual las y los autores aportan elementos para develar la real vigencia del estado constitucional de derechos y de justicia en el Ecuador. Finalmente, se recopilan las reseñas de informes alternativos, temáticos y sombra realizados por las organizaciones de la sociedad civil, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar a su difusión y apropiación. Además, pone a disposición de los interesados este informe en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb.edu.ec/padh.php› o ‹http:// www.repositorio.uasb.edu.ec›.

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El presente trabajo académico se propone auscultar el alcance del principio de legalidad en el sistema administrativo ecuatoriano a la luz de la Constitución de 2008. Para el efecto, se remonta a los antecedentes que precedieron la implantación del Estado Constitucional de Derechos y Justicia y los componentes que han pretendido modular su fisonomía. Profundiza sobre el principio de aplicación directa de las garantías fundamentales y la obligación de los jueces y funcionarios públicos de garantizar su vigencia. En el segundo capítulo, se aborda el principio de legalidad y su proyección en la doctrina, el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia, poniéndose énfasis en el estudio de las potestades administrativas y las notas características que las clasifican en regladas o discrecionales, así como sus formas de control. Como colofón a este capítulo, se explora la vinculación de dicho principio, con los del debido proceso y seguridad jurídica. El tercer capítulo encara el conflicto entre los principios constitucionales de legalidad y aplicación directa de la Norma Fundamental, así como la facultad de los operadores jurídicos de ponderar su vigencia. Se detiene en el análisis del surgimiento irremediable de la pugna entre la Corte Nacional de Justicia y la Corte Constitucional por la convivencia de jurisdicciones y la facultad revisora del máximo órgano de control constitucional. Del mismo modo se proponen mecanismos para armonizar la aplicación de ambos principios en el marco de las competencias de los operadores jurídicos, llegando a su desenlace mediante planteamiento de conclusiones.

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Aunque en el Derecho comparado el bloque de constitucionalidad se ha venido desarrollando desde hace más de tres décadas, en nuestro país su tratamiento es de gran novedad, su importancia teórica y práctica es inmensa, más aún con la expedición de una nueva Constitución, que merece precisamente el adjetivo calificativo de nueva, por consagrar al Ecuador como un Estado constitucional de derechos y justicia. Sobre la base de dicha premisa el presente ensayo realiza un estudio histórico comparado de esta institución del cual se desprende un ejercicio crítico que, conjuntamente con el estudio de las cláusulas de remisión de nuestra actual Constitución y la experiencia jurisprudencial ecuatoriana, permiten construir una definición y establecer un contenido propio para nuestro sistema jurídico, advirtiéndonos sobre sus oportunidades y riesgos.

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En el anterior régimen constitucional del Ecuador (Constitución de 1998) se excluyó al órgano judicial del control de constitucionalidad de sus actuaciones, prohibiéndose el amparo contra resoluciones judiciales, aún cuando en sistemas extranjeros se había permitido dicho control. En el nuevo sistema constitucional ecuatoriano (Constitución de 2008) el Estado constitucional de derechos y justicia (Art. 1), garantiza los derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido proceso (Arts. 75 y 76), consagrando como garantía jurisdiccional a la acción extraordinaria de protección en contra de las resoluciones judiciales ejecutoriadas violatorias de derechos constitucionales (Art. 94), más aun cuando la potestad jurisdiccional que emana del pueblo (Art. 168) se somete al principio de juridicidad integrado por la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley (Art. 172), y al principio de estricta legalidad pues el poder público limitado formalmente (Art. 226) se vincula sustancialmente a los derechos por el principio de supremacía y sujeción constitucional (Arts. 424 y 426), correspondiendo a la Corte Constitucional en la acción extraordinaria de protección controlar si el órgano judicial ha violado derechos constitucionales en el proceso (Art. 437). La presente tesis, partiendo conceptualmente de la evolución el rol del juez en los distintos modelos de Estado (absolutismo, legalismo, constitucionalismo, neoconstitucionalismo), y enfocándose dentro del paradigma neoconstitucional garantista, abordará de forma crítica el ámbito normativo, doctrinario y jurisprudencial, de la admisibilidad y aceptación de la acción extraordinaria de protección en el sistema ecuatoriano en casos de violación del debido proceso y tutela judicial, analizando sus presupuestos formales (legitimación, activa, legitimación pasiva, oportunidad) y sus presupuestos sustanciales (materia u objeto, procedibilidad, relevancia constitucional).

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La existencia de disposiciones normativas abiertas en los requisitos de estructuración de una prisión preventiva, provocan un mayor margen de subjetividad en las y los administradores de justicia (fiscales, jueces, juezas). El riesgo, por tal subjetividad, se enfoca entorno a los parámetros, instrumentales o penales, que se pueden utilizar para requerir o disponer la referida medida coercitiva personal, pues en nuestro sistema penal colisionan las corrientes garantista y del derecho penal del enemigo. El presente tema de tesis no ha tenido mayor desarrollo doctrinario, y peor aún análisis práctico en nuestro país. Esto, ha vuelto necesario su estudio y evaluación, con el propósito de poder verificar si los criterios de aplicación de la prisión preventiva responden al Estado constitucional de derechos y justicia que nuestro sistema consagra, o más bien enmascaran un uso irracional o arbitrario de los criterios por los cuales se convierte a una persona en preso preventivo.

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Este ensayo está dividido en seis partes. En la primera se hará una reflexión entre los derechos, las garantías y la producción normativa, para enfatizar la importancia del trabajo legislativo en un estado constitucional de derechos y justicia. En una segunda sección, haremos un análisis sobre los aspectos generales de la producción normativa parlamentaria. En la tercera parte de este ensayo analizaremos la iniciativa legislativa y los derechos fundamentales. En la cuarta parte haremos breves comentarios sobre algunas leyes publicadas y algunos proyectos de ley en relación a los derechos fundamentales. En una penúltima sección haremos breves comentarios a los procesos legislativos. Finalmente, a manera de síntesis, recogemos las conclusiones que se derivan de nuestra investigación.

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Presenta las reseñas de los siguientes libros: Alfredo Benítez Rivas, Derecho tributario. El Código tributario boliviano desde la perspectiva de diversas doctrinas jurídicas, La Paz, Azul Editores, 2009, 453 pp. -- Programa Andino de Derechos Humanos, ¿Estado constitucional de derechos? informe sobre derechos humanos Ecuador 2009, Quito, Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador/Programa Andino de Derechos Humanos, PADH/Abya-Yala, 2010, 529 pp. -- João Bosco Coelho Pasin, Derecho tributario y ética, Buenos Aires, Editorial Heliasta S.R.L., 2010, 272 pp.

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Este trabajo de investigación, versa sobre los principios generales del procedimiento administrativo, dado que en la actualidad estimo que no existe una normativa común que establezca los principios generales del procedimiento administrativo, lo cual a todas luces evidencia una falta de organización en cuanto al manejo del aludido tópico y sobre todo el lamentable rezago en que actualmente se encuentra el Derecho Administrativo en el Ecuador. La falta de uniformidad de los principios generales del procedimiento administrativo en el sistema jurídico ecuatoriano, configura un verdadero conflicto que puede lesionar los derechos de los administrados, produciéndoles indefensión, al existir normas dispersas e incluso anquilosadas que no están a tono con el Estado constitucional de derechos, de igual manera, la situación descrita genera confusión en las mismas autoridades y/o funcionarios que forman parte de la Administración Pública. Por consiguiente hago presente que no existe unificación de principios, circunstancia que pretendo demostrar a lo largo de esta investigación y a la vez he podido concluir que independientemente del ámbito jurídico, los principios jurídicos son comunes dentro de un procedimiento administrativo, verbi gratia, la juridicidad, el debido proceso, la confianza legítima deben ser las directrices a través de las cuales se guíe la autoridad para poder adoptar una resolución correcta y adecuada, máxime cuando el procedimiento administrativo tiene doble función por un lado es una garantía para el administrado y por otro permite a la Administración Pública emitir decisiones adecuadas, correctas y sujetas al ordenamiento jurídico vigente, particularmente a la Constitución que goza del principio de fuerza normativa y por tanto en el procedimiento administrativo, primigeniamente debería respetarse el principio de juridicidad.

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El posicionamiento de la Constitución, como centro irradiador del Derecho en un Estado, representa para la Administración Pública la transición de la legalidad hacia el principio de juridicidad, la incorporación de nuevas fuentes del Derecho, y la necesidad de la aplicación no solo del método de subsunción normativa sino de otras herramientas de la hermenéutica jurídica. Sin embargo, este proceso de transformación no puede significar una vulneración a la legalidad en las actuaciones del poder público, ya que en un Estado Constitucional (de derechos y justicia) con un sistema presidencial, la interdicción a la arbitrariedad se vuelve indispensable frente a la vulneración de los derechos fundamentales que, en la mayoría de ocasiones, se confirma en la sede administrativa sin que su conocimiento alcance la fase jurisdiccional. En una posición crítica frente a las normas legales y reglamentarias, las aplicaciones constitucionales se materializan desde el principio de jerarquía normativa a través del método de subsunción; pero aún más, frente a los errores o en ausencia de ley, se concreta en la aplicación directa e inmediata de los derechos y garantías a través de métodos argumentativos, con mayor incidencia de una posición crítica de la norma, y el ejercicio de la potestad discrecional para determinar la opción jurídica más legítima. La práctica administrativa demuestra un gran distanciamiento de la aplicación directa de la Constitución, pues es constante el respaldo en la mera legalidad que somete a la Constitución a operar bajo lineamientos de la hermenéutica legal; sin embargo, la constitucionalización del ordenamiento jurídico debe ir más allá e innovar el ejercicio de la función administrativa y de la jurisdicción contencioso administrativa como una nueva visión del propio Derecho Administrativo.

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Analiza las reformas y cambios que implicó para el modelo de la Función Judicial previsto en la Constitución de Montecristi, el referéndum convocado con el nombre de enmiendas, por el Presidente de la República con el aval de la Corte Constitucional, que conllevó la transformación de la integración del Consejo de la Judicatura; alerta sobre su nexo con los poderes políticos, señalando que es una situación regresiva e incoherente con la Constitución y con los principios del Estado constitucional de derechos y justicia y supone un peligro para los derechos y garantías constitucionales.

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Esta tesis plantea que el principio de fraternidad ha sido olvidado en la construcción de la sociedad moderna. El Estado política y jurídicamente se ha construido en razón de los principios de libertad y de igualdad dejando de lado al corolario fraterno. Sin embargo, ello ha devenido en problemas sociales que han intentado ser solucionados con la eliminación del “otro” para resolver el conflicto. La fraternidad propone el reconocimiento del conflicto como base de las relaciones sociales, poniendo al ser humano en el centro de la consideración jurídica, desplazando al egoísmo y a la estandarización -vicios de la libertad y la igualdad, respectivamentede la composición jurídica. En lo tributario, el principio de fraternidad tiende a la defensa del ser humano por encima del capital, en la relación entre el Estado y los contribuyentes, generada por las obligaciones tributarias que nacen de los distintos hechos generadores que se encuentran en el régimen tributario interno ecuatoriano. Este trabajo pretende exponer la propensión de ciertas instituciones del régimen tributario interno a proteger el capital y la acumulación de riqueza por encima de las personas, situación que es nada deseable en el esquema de un Estado constitucional de derechos y justicia.

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Los derechos colectivos indígenas al territorio y autodeterminación en la Constitución ecuatoriana del 2008, son analizados con base en dos elementos fundamentales: la injusticia cultural y a la injusticia distributiva de las que han sido objeto los pueblos originarios a lo largo de los siglos. Para el efecto se parte de una caracterización del Estado de Derecho y se concluye con la del Estado plurinacional. La crisis del Estado de derecho y del Positivismo jurídico, introducen al estudio del paradigma neoconstitucional; en el marco del constitucionalismo social latinoamericano y de lo que en esta investigación de designa como constitucionalismo originario indígena, y su incidencia en la conformación del Estado constitucional de derechos, plurinacional. Los derechos colectivos al territorio y autodeterminación se elucidan en el marco de la acción emancipadora del movimiento y su enfoque socio-cultural, considerando las prescripciones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, suscrita en el 2007. Tales derechos se problematizan a partir del “Proyecto histórico” de la CONAIE, su positivación en la Constitución ecuatoriana del 2008, y como se operacionalizan en el gobierno de la Revolución Ciudadana, para la transferencia de las competencias políticas, administrativas, económicas y legales que demanda el ejercicio del poder indígena en los territorios ancestrales. Desde esta perspectiva se connota la tensión de las relaciones entre el movimiento indígena y el Estado, debido a la inobservancia de la prioridad axiológica de los derechos de los pueblos originarios establecida en los instrumentos internacionales y en la propia Constitución. Se trata de ver si la constitucionalización de los “derechos al territorio y autodeterminación” coadyuva a profundizar la base teórica, categorial e institucional del Estado plurinacional, que guie a la subsunción del Estado en lo colectivo y a la transformación de las relaciones de poder.

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El presente trabajo revisa las características del recurso de casación desde su origen hasta su concepción actual dentro del nuevo marco constitucional, sus finalidades actuales y procedencia, su implantación en América y las adaptaciones a las diferentes realidades en países como España, Chile, Venezuela y Colombia, para cuyo efecto se realiza un ejercicio de derecho comparado comentando los principales sistemas de cada ordenamiento. Se analiza el reenvío, las particularidades de esta institución y los casos en que procede. Se revisa la jurisprudencia de la Sala Especializada de lo Fiscal de la ex Corte Suprema de Justicia y la forma en la cual ha aplicado el reenvío, analizando si sobre dicho accionar existe o no fundamento. Se revisa la posición de la Corte Constitucional ecuatoriana respecto del recurso de casación, analizando la posibilidad de que la Corte de Casación revise o no los hechos y, si actualmente el recurso se ha desvirtuado, o en su defecto esta posibilidad es viable con la finalidad de verificar la tutela judicial efectiva. En las conclusiones se intentará dilucidar el rol actual de la casación en un Estado constitucional de derechos, su nueva visión, delimitando su ámbito de control en relación con la obligatoriedad de motivación de los fallos, a través de la revisión por parte de la Corte de la correcta aplicación de reglas de la lógica en la valoración de los medios probatorios.