981 resultados para Ayuda económica


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Transcripción de la Orden de 1946 a través de la que se distribuía un crédito de 300.000 pesetas destinado a 'becas y protección escolar de los alumnos universitarios' repartidas como sigue: Universidades de Barcelona y Madrid, 50.000 pesetas por centro; Universidades de Granada, La Laguna, Murcia, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza, 20.000 pesetas por centro.

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Transcripción del Decreto por el que se autorizaba el convenio entre Estado y Ayuntamiento de Bilbao para la construcción de edificios escolares en número y características fijadas por el Ministerio de Educación Nacional. El Estado subvencionaría las obras de cada edificio en un cincuenta por ciento del presupuesto, siendo abonado el importe en dos plazos, al inicio y al fin de la ejecución del edificio. Los arquitectos debían ser designados por el Ministerio de Educación para poder acceder a las subvenciones.

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Se transcribe el Decreto por el que se establecía un convenio entre Estado y Diputación Provincial de Sevilla que regularía la construcción de edificios escolares, cuyas obras estarían subvencionadas en un cincuenta por ciento por el Estado y cuyo importe sería abonado en dos plazos. Para conseguir la subvención era necesario que los arquitectos designados para la ejecución de los proyectos, tuvieran el informe favorable del Ministerio, institución que además, dictaría cuantas Órdenes fueran precisas para la aplicación de lo establecido en los artículos de este Decreto.

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Se transcriben las bases de la convocatoria por la cual se otorgarían pensiones a catedráticos y profesores numerarios para realizar investigaciones y estudios en el extranjero. En total serían 22 pensiones a Catedráticos de Universidad, Instituto de Enseñanza Media, Profesores numerarios de Escuelas Técnicas Superiores o Medias o Profesores o Colaboradores científicos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Las pensiones tendrían una duración de dos a seis meses, aunque podrían extenderse en el tiempo previa justificación y solicitud extraordinaria. La cuantía de las pensiones se establecería en consonancia con el coste de la vida en el país de destino.

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Se presentan los resultados del Primer Congreso Iberoamericano-Filipino de Archivos, Bibliotecas y Propiedad Intelectual que se celebró en España en 1952. Se inscribieron 610 congresistas y se presentaron 180 ponencias. En cuanto a la sección de Archivos se trataron de los procedimientos de instalación y conservación de fondos documentales; de la redacción cooperativa de una Guía de la documentación histórica de fondos hispánicos; de la formación cooperativa de una guía de fondos manuscritos, de carácter genealógico y heráldico, existentes en España y demás países iberoamericanos y las normas para su redacción; reglas para llegar a la catalogación uniforme de informaciones para ingreso en ordenes militares y civiles; elementos auxiliares de la investigación genealógica; pedir ayuda económica al Estado para poder seguir conservando los Archivos Eclesiásticos. En cuanto a la sección de Bibliotecas, se trataron los temas: estudio de reglas unificadas de catalogación de impresos, manuscritos, estampas, piezas de música, mapas, micro-film, para todos los países de lengua española y portuguesa; establecer un único sistema de clasificación; cooperación entre los países iberoamericanos para formar un inventario bibliográfico y para empresas de análogo carácter; hacer que el libro sea el instrumento de la cultura para la libertad humana y la justicia social; que se crearan más bibliotecas populares e infantiles, así como bancos nacionales de lectura. En cuanto a Propiedad Intelectual, el principal tema de debate fueron las medidas para obtener la seguridad de protección del derecho de autor en los países iberoamericanos.

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Se examina la Ley de Seguro Escolar, aprobada en julio de 1953 que definía como seguro escolar aquel que se establece en España con la finalidad de ejercer la previsión social en beneficio del estudiante, atendiendo a su más amplia protección y ayuda contra circunstancias adversas, fortuitas y previsibles. El seguro escolar concedía a sus beneficiarios las siguientes prestaciones: por infortunio familiar, por accidente, por enfermedad y por ayuda al graduado. El seguro escolar tendría carácter personal e intransferible. Se define el 'accidente escolar' y las coberturas del seguro escolar para los diversos tipos de incapacidades. Se describe la prestación por enfermedad que se percibiría según la gravedad de la misma. En cuanto al infortunio familiar se aprueba una ayuda económica que permitiría al alumno poder terminar sus estudios en caso de que el cabeza de familia falleciese y se diera una situación económica sobrevenida en el hogar. Con la ayuda al graduado, el asegurado podría disponer por parte del seguro, de una ayuda económica dentro de los tres años siguientes a su graduación, para poder establecer su vida profesional futura. La entidad aseguradora sería el Instituto Nacional de Previsión, por medio de una Mutualidad, dependiente del Servicio de Seguros Voluntarios. El Ministerio de Educación sería el encargado de regular el régimen económico y financiero del seguro escolar y la inspección correría a cargo de la Mutualidad.

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Estudio dedicado a los `Cotos Escolares'. Se analiza el origen de esta figura subsidiaria que proviene de los 'Cotos Sociales' que ya aprobara Joaquín Costa y cuya finalidad era la ayuda por medio de socorros económicos, morales, etc. a sus asociados en los momentos de necesidad. Además, se examinan las 'Mutualidades Escolares' cuyo principal fin es permitir el ahorro, reunir pequeñas cuotas voluntarias aportadas por los mutualistas para la formación de un fondo común. Se describe el concepto de 'Coto Escolar', como una institución que mediante el trabajo en común, incrementa los fondos de la Mutualidad para que ésta pueda cumplir sin problemas sus fines. En este mismo sentido existe la Comisión Nacional de Mutualidades y Cotos Escolares de Previsión, centro directivo del que emanan los esfuerzos para que puedan ser creados y apoyados en su desarrollo y crecimiento y no salgan de la órbita de su misión. Se establecen los diversos tipos de Cotos existentes, entre los más frecuentes: el agrícola, forestal, frutícola, avícola, apícola, industrial, cunícola y también los hay mixtos. Se hace una relación de la legislación que regula la fundación y funcionamiento de los Cotos Escolares de Previsión. Por último, se analizan las subvenciones y premios a los que se pueden adherir estos Cotos Escolares y la finalidad educativa de los mismos: pedagógica, económica y social.

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Se trata de la segunda parte del artículo con mismo título 'La educación en el Concordato español de 1953', publicado en abril de 1956. Esta parte se divide en tres subapartados que se desarrollan en profundidad. El primero, se refiere al reconocimiento del derecho docente de la Iglesia católica. Se le otorga la posibilidad de fundar centros docentes, además, se les ofrecía centros en exclusiva para la formación de eclesiásticos y también se le concedía el reconocimiento por el Estado de grados y estudios eclesiásticos. El segundo punto se refiere a la colaboración de la Iglesia y el Estado en materia docente y educativa. Por último, se analiza el juicio sobre las disposiciones del concordato en materia de educación.

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Se ofrece un informe sobre la situación de la protección escolar en España a mediados de la década de los cincuenta en España. Se informa sobre la organización de la protección escolar en cuanto a las convocatorias de becas y pensiones para estudiantes ofrecidas desde el Ministerio de Educación Nacional y desde otros estamentos similares. También se ofrece una disposición de becas y pensiones de estudio, 'bolsas de viaje', viajes fin de carrera, pensiones para personas sin título profesional. Seguidamente, se analiza la ordenación y conocimiento de la protección escolar española y las consideraciones sobre su estado actual, el problema que suponen las matrículas gratuitas, los libros de texto, los comedores escolares y las residencias, los seguros escolares y los préstamos concedidos para estudios. Por último, se incluye un apéndice con la relación de los beneficios concedidos por el Ministerio de Educación Nacional a través de la Comisaría de Protección Escolar durante el año 1956, clasificado en becas escolares, becas de estudios de enseñanza superior, becas de ayuda a profesores y pensiones de estudio y otro tipo de ayudas para el profesorado.

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Se comentan los actos acontecidos durante el Primer Coloquio Internacional de Protección Escolar que tuvieron lugar entre el 16 y el 19 de octubre de 1957 en los locales de la Institución de Formación del Profesorado de Enseñanza Laboral. En esta Reunión hubo representantes de Alemania, Bélgica, Canadá, República Dominicana, Francia, Israel, Túnez, Colombia, Chile, Estados Unidos, Islas Filipinas y Persia. En las sesiones de trabajo fueron tomando la palabra cada uno de los participantes y exponiendo sus medidas para asegurar la protección escolar en los países a los que representaban. Se llegó a un acuerdo final en el que se establecían las ayudas directas que incluían: las becas concedidas por colectividades públicas, las becas y ayudas privadas, las bolsas de viaje, los préstamos de honor, los fondos de becas universitarias, el trabajo de los estudiantes, los comedores gratuitos, la ayuda en especie, la ayuda a los graduados en los comienzos de su vida profesional. En la ayuda indirecta se incluían: los comedores en las ciudades universitarias, las cooperativas universitarias, los deportes y esparcimientos, la protección social legal, la seguridad social, los subsidios familiares, la sanidad, las reducciones de impuestos y las tarifas especiales.

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Crónica que expone al lector las principales características del sistema español de protección escolar, presentando el panorama para el curso académico 1957-1958, lo que se ofrece al estudiante y al graduado español en lo que se refiere a la protección escolar directa. Se analizan el significado y las partidas presupuestarias de las becas escolares, las becas especiales, las becas para graduados universitarios, las pensiones de estudio y las bolsas de viaje.

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Crónica que expone al lector las principales características del sistema español de protección escolar, presentando el panorama para el curso académico 1958-1959, lo que se ofrece al estudiante y al graduado español en lo que se refiere a la protección escolar directa. Se analizan el significado y las partidas presupuestarias de las becas para escolares: becas para enseñanza superior, becas para enseñanza media (bachillerato), becas para enseñanza laboral y profesional y formación profesional industrial, becas para magisterio y becas para bellas artes. Se examinan las novedades introducidas en la convocatoria de becas para 1958-1959 en cuanto a la elevación de las cuantías, la desconcentración del procedimiento de concesión y el sistema de garantía. Por último, se analizan otras formas de ayuda directa al estudio: las becas para estudios en extranjero, las becas para preparación de oposiciones a cátedra, las pensiones de estudio y bolsas de viaje.

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Se facilita una relación de la distribución de las ayudas por tipo de estudios para el curso 1974-1975, en dónde la mayor novedad era la gestión mecanizada de los datos, creando el Centro de Proceso de Datos, un soporte informático del fichero de becarios, arrojando unas cifras aproximadas a las 864.780.000 pesetas, destinadas a la inversión total de los fondos para becas de alumnos.

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Se transcribe un Informe elaborado por la UNESCO y el Instituto Internacional para la Planificación Educativa, cuyo tema principal gira en torno a la financiación de los alumnos de la Enseñanza Superior. En primer lugar, se establece una justificación de la ayuda pública a la Enseñanza Superior, en la que, apoyando al texto, encontramos un cuadro explicativo con los métodos de ayuda y de financiación a la Enseñanza Superior en forma de becas o reducción de los gastos educativos. Se analizan los métodos de ayuda al alumno y el porcentaje de estos que reciben ayudas del Estado de diferentes países, representándose en un cuadro ilustrativo. Se presentan los objetivos de los programas de ayuda al alumno, la diferenciación entre becas y préstamos y la evaluación de estos sistemas de ayuda al alumno. Por último, se cierra el informe con una serie de referencias bibliográficas recomendadas que complementan y ayudan a entender el estudio que se presenta.

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Partiendo de un trabajo anterior, intentar un análisis de la racionalización del gasto público desde dos puntos de vista: considerando el factor demanda social (que incorporaría una política asistencial) y considerando las circunstancias concretas de cada sector de alumnos (incorporaría factores de rendimiento). De esta forma se pretende ofrecer una panorámica general de todos los recursos que afluyen (públicos y privados) a la Enseñanza Superior. 2 tipos de muestras: fuentes documentales estadísticas. Muestra de 866 alumnos de segundo y cuarto de las Facultades de Derecho, Químicas, Psicología y Filosofía. Investigación descriptiva que consta: a) Análisis del gasto público. Trata: 1.- La educación como bien público. 2.- Análisis y evolución de los gastos. 3.- Política asistencial. Objetivos y evaluación. b) Análisis de los gastos privados. Por medio de una encuesta de opinión recogen información sobre: 1.- Datos sociodemográficos. 2.- Datos familiares. 3.- Ingresos por trabajo o ayudas. 4.- Gastos (alimentación, alojamiento, transporte, sanidad, gastos personales y asociados directamente con el estudio). En total evalúan 104 variables. Fuentes documentales estadísticas del Ministerio y de la Universidad. Estadística descriptiva. Medidas de tendencia central y de dispersión. Porcentajes. Se constata que los recursos destinados en España a la Educación Superior son comparativamente menores que los destinados por otros países con niveles de desarrollo similares. La discriminación de este nivel educativo comienza con la localización geográfica de los centros, que determina, entre otras cosas, el nivel de escolaridad de esa región. Aunque el coste privado es el origen principal de las desigualdades observadas. En este sentido, se constata una participación creciente del usuario en el coste educativo. También se observa un mayor consumo de Educación Superior por las clases altas. Además los costes directos no actúan como factor de disuasión, sino que agravan la situación discriminatoria. Se recomienda una política asistencial más amplia que cubra, entre otros aspectos, los costes de manutención. Sería deseable una reducción de tasas académicas, aunque el elemento crítico para la desigualdad radica en los elevados costes privados. En este punto se plantean las alternativas de subvenciones en especie o dinero.