792 resultados para Administración de justicia-Catalunya-S.XVIII
Resumo:
Desarrollar un balance crítico del impacto del Convenio 169 de la OIT y sus repercusiones en el ámbito del pluralismo jurídico y la justicia comunitaria en América Latina constituye un desafío complejo. Durante buena parte del siglo XX, muchos países ni siquiera reconocían que a lo interno de sus territorios existían pueblos indígenas u originarios. La huella y la herida colonial simplemente estaban vigentes. La época en que se aprueba el Convenio 169 de la OIT coincide con el auge neoliberal y el multiculturalismo en la región, pero también con la emergencia a la escena política de un vigoroso movimiento indígena. ¿Ha cambiado la situación de los pueblos indígenas desde entonces hasta ahora? ¿Se han reconocido su condición de pueblos y culturas diferenciadas, y junto con ello, de sus instituciones, autoridades y prácticas de administración de justicia? ¿Ha sido suficiente impulsar cambios en el campo jurídico para afectar una matriz colonial de poder que excluye, invisibiliza y controla al mismo tiempo? Sin duda respuestas a fondo a estas y otras interrogantes rebasan por completo los alcances del presente texto. Apenas se pretende desarrollar un primer esbozo de la situación, a manera de un balance urgente. Hay algunos trabajos y estudios (algunos de ellos citados) que muestran de manera más específica el camino recorrido. La interrogante central que anima estas líneas gira en torno a, ¿cuáles son los principales avances y dificultades existentes en torno a la justicia comunitaria y el pluralismo jurídico a raíz de la ratificación y vigencia del Convenio 1609 de la OIT en algunos países de América Latina? Para responder a esta pregunta, el texto presenta una panorámica y retrospectiva, y está organizado en cinco ítems centrales: a) situación de los pueblos indígenas antes de la aprobación del Convenio 169 de 1989; b) los (principales) efectos y repercusiones generadas por la aprobación del Convenio 169 en el ámbito de la justicia comunitaria; c) las reformas constitucionales y legales, especialmente en relación al pluralismo jurídico y la justicia comunitaria; d) un repaso de algunas de la agenda de políticas públicas en torno a tema; y finalmente e) la situación de las mujeres indígenas y la justicia comunitaria.
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Se presentan casos demostrativos de asociación para fabricar la duda jurídica: manipular y diluir evidencias, alterar los términos de litigación y desgastar la credibilidad de denuncias ante daños en salud y ambientales. El estudio detenido de este tipo de controversia científica es importante por razones evidentes para las ciencias de la salud, pero lo es también para las ciencias jurídicas, puesto que, la forja intencionada de tales disensos, obstaculiza el ejercicio del derecho y protege la continuidad de acciones dañosas, impidiendo la precaución que debería aplicarse para interrumpir los agravios y salvar vidas. En otros términos, el propósito de esta recopilación casuística es mostrar la importancia de las controversias sobre la construcción de evidencias para el ejercicio de la justicia sanitaria y ambiental, –problemática ampliamente estudiada en otras latitudes– tema de central interés para un informe sobre derechos humanos en la época actual. Se pretende extraer de los casos señalados, un esclarecimiento sobre el papel de la ciencia en apoyo del derecho sanitario y ambiental.
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Antiguamente se consideraba que la facultad discrecional de la administración estaba exenta de control, lo que constituía, sin lugar a dudas, un privilegio a favor de los gobernantes, quienes podían actuar de manera arbitraria y contra ley, sin resquemor alguno. Frente a esta situación de inseguridad jurídica y abuso del poder, la humanidad siempre luchó por evitar y disminuir el abuso del poder, y es así como llegamos al denominado Estado de Derecho, que propugna la sumisión de todas las actuaciones del Estado a la Constitución y la ley, es decir, nada puede quedar fuera o exento de control. Allí se concibió como necesaria la facultad discrecional de la administración para tomar decisiones oportunas, pero no como una antítesis de la facultad reglada, sino también como una prerrogativa legal. Este cambio de concepción de la facultad discrecional de la administración, lleva implícita otra consecuencia y dice relación a la pregunta de ¿cómo pueden los jueces hacer un control judicial pleno de las actividades derivadas de la potestad discrecional de la administración? El tema que se pone en la palestra para su discusión ha sido objeto de múltiples escritos, foros académicos, debates interminables y mucha tinta derramada, pero aún no existe una posición consolidada y unificada respecto de cómo hacer ese control, en lo único en que todos coinciden es en la circunstancia de que los actos administrativos dictados en ejercicio de una facultad discrecional de la administración, son perfectamente impugnables. Para lograr un control pleno de las actividades administrativas, se hace indispensable el reconocimiento de una jurisdicción contencioso administrativa plenaria y universal, integrada por jueces independientes, imparciales y competentes, que conciban su labor de control efectivo, sin escudarse en subterfugios, ya sea para dejar de resolver o negar demandas de manera sistemática en casos discrecionalidad. Tal situación resulta inconcebible con el actual marco constitucional en vigencia, que determina la obligación de fallar no solo sobre normas sino también sobre principios, lo que permite a los jueces ampliar sus fronteras, superar el criterio de que la jurisdicción contencioso administrativa es exclusivamente revisora e impide que se deje sin tutela judicial efectiva a ningún ciudadano.
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Esta investigación estudia el rol del juez en el Estado constitucional de derechos y justicia en el Ecuador, el error inexcusable y el procesamiento disciplinario por error judicial inexcusable desde sus principios de legalidad y taxatividad, la etiología del error, el órgano competente y la independencia judicial. Presenta conclusiones y recomendaciones.
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Esta tesis aborda los cambios y las continuidades en la administración de la Justicia de Paz en la provincia de Buenos Aires desde mediados del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, desde un análisis de múltiples escalas, combinando la indagación de la dimensión estatal y las prácticas de los sujetos a través del estudio de un juzgado puntual. Para ello se propone, por un lado, reconocer los cambios que, en el marco normativo, definieron la forma institucional de la Justicia de Paz a nivel provincial, incursionando en los debates que se dieron al interior del mundo letrado respecto de las jurisdicciones de esta Justicia, sus atribuciones, las características de los procedimientos, en un camino que iba orientado a la especialización judicial. En este sentido, se pone el acento en las indefiniciones y vaivenes en esta política, así como en el entramado del complejo institucional provincial que se fue construyendo y que definió estas múltiples especializaciones. Por el otro lado, se aborda la experiencia concreta de un Juzgado de Paz -el de Tres Arroyos-, en el contexto de la expansión de la frontera en el sur de la provincia de Buenos Aires, entre 1865 y 1935, donde los cambios contextuales definieron las formas en que esas normativas y debates genéricos se enmarcaron localmente. De esta manera, se estudia quiénes fueron los jueces que encarnaron la institución, qué lógicas guiaron su designación, cómo se conformó la cultura judicial de estos jueces legos y cuál fue su accionar concreto en términos de las actividades que realizaron desde el Juzgado de Paz, tanto en funciones de gobierno, como, especialmente, de administración de justicia. En este sentido, se aborda el archivo completo del Juzgado de Paz de Tres Arroyos desde múltiples enfoques teóricos y metodológicos, de manera tal de tener una lectura de las prácticas judicializadas entre 1865-1935. Con ese objetivo, se diferencian los motivos de judicialización del fuero civil y correccional/criminal y se profundiza en este último, para analizar la lectura que, sobre esa criminalidad, realizaron los sujetos que tuvieron a su cargo el juzgado, resaltando, a su vez, la presencia de múltiples actores institucionales que definieron la forma de administrar justicia. En síntesis, esta tesis propone tanto un análisis de la forma de administración de Justicia de Paz localizada, como el de las formas institucionales, a través de una triangulación metodológica de múltiples enfoques cuanti y cualitativos.
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Esta tesis aborda los cambios y las continuidades en la administración de la Justicia de Paz en la provincia de Buenos Aires desde mediados del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, desde un análisis de múltiples escalas, combinando la indagación de la dimensión estatal y las prácticas de los sujetos a través del estudio de un juzgado puntual. Para ello se propone, por un lado, reconocer los cambios que, en el marco normativo, definieron la forma institucional de la Justicia de Paz a nivel provincial, incursionando en los debates que se dieron al interior del mundo letrado respecto de las jurisdicciones de esta Justicia, sus atribuciones, las características de los procedimientos, en un camino que iba orientado a la especialización judicial. En este sentido, se pone el acento en las indefiniciones y vaivenes en esta política, así como en el entramado del complejo institucional provincial que se fue construyendo y que definió estas múltiples especializaciones. Por el otro lado, se aborda la experiencia concreta de un Juzgado de Paz -el de Tres Arroyos-, en el contexto de la expansión de la frontera en el sur de la provincia de Buenos Aires, entre 1865 y 1935, donde los cambios contextuales definieron las formas en que esas normativas y debates genéricos se enmarcaron localmente. De esta manera, se estudia quiénes fueron los jueces que encarnaron la institución, qué lógicas guiaron su designación, cómo se conformó la cultura judicial de estos jueces legos y cuál fue su accionar concreto en términos de las actividades que realizaron desde el Juzgado de Paz, tanto en funciones de gobierno, como, especialmente, de administración de justicia. En este sentido, se aborda el archivo completo del Juzgado de Paz de Tres Arroyos desde múltiples enfoques teóricos y metodológicos, de manera tal de tener una lectura de las prácticas judicializadas entre 1865-1935. Con ese objetivo, se diferencian los motivos de judicialización del fuero civil y correccional/criminal y se profundiza en este último, para analizar la lectura que, sobre esa criminalidad, realizaron los sujetos que tuvieron a su cargo el juzgado, resaltando, a su vez, la presencia de múltiples actores institucionales que definieron la forma de administrar justicia. En síntesis, esta tesis propone tanto un análisis de la forma de administración de Justicia de Paz localizada, como el de las formas institucionales, a través de una triangulación metodológica de múltiples enfoques cuanti y cualitativos.
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Esta tesis aborda los cambios y las continuidades en la administración de la Justicia de Paz en la provincia de Buenos Aires desde mediados del siglo XIX hasta mediados del siglo XX, desde un análisis de múltiples escalas, combinando la indagación de la dimensión estatal y las prácticas de los sujetos a través del estudio de un juzgado puntual. Para ello se propone, por un lado, reconocer los cambios que, en el marco normativo, definieron la forma institucional de la Justicia de Paz a nivel provincial, incursionando en los debates que se dieron al interior del mundo letrado respecto de las jurisdicciones de esta Justicia, sus atribuciones, las características de los procedimientos, en un camino que iba orientado a la especialización judicial. En este sentido, se pone el acento en las indefiniciones y vaivenes en esta política, así como en el entramado del complejo institucional provincial que se fue construyendo y que definió estas múltiples especializaciones. Por el otro lado, se aborda la experiencia concreta de un Juzgado de Paz -el de Tres Arroyos-, en el contexto de la expansión de la frontera en el sur de la provincia de Buenos Aires, entre 1865 y 1935, donde los cambios contextuales definieron las formas en que esas normativas y debates genéricos se enmarcaron localmente. De esta manera, se estudia quiénes fueron los jueces que encarnaron la institución, qué lógicas guiaron su designación, cómo se conformó la cultura judicial de estos jueces legos y cuál fue su accionar concreto en términos de las actividades que realizaron desde el Juzgado de Paz, tanto en funciones de gobierno, como, especialmente, de administración de justicia. En este sentido, se aborda el archivo completo del Juzgado de Paz de Tres Arroyos desde múltiples enfoques teóricos y metodológicos, de manera tal de tener una lectura de las prácticas judicializadas entre 1865-1935. Con ese objetivo, se diferencian los motivos de judicialización del fuero civil y correccional/criminal y se profundiza en este último, para analizar la lectura que, sobre esa criminalidad, realizaron los sujetos que tuvieron a su cargo el juzgado, resaltando, a su vez, la presencia de múltiples actores institucionales que definieron la forma de administrar justicia. En síntesis, esta tesis propone tanto un análisis de la forma de administración de Justicia de Paz localizada, como el de las formas institucionales, a través de una triangulación metodológica de múltiples enfoques cuanti y cualitativos.
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La segunda época está impreso en Alcalá de Henares : Imp. Escuela Industrial de Jóvenes.
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El reconocimiento de la crisis por el que atravesaba el sistema de administración de justicia Colombiano, permitió concluir como verdad contundente, la crisis del principio de legalidad para la persecución del delito y de la pena de prisión como principal respuesta frente al delito ejecutado, de manera que resultó necesario buscar otras soluciones, plateándose el legislador colombiano, la consagración del principio de oportunidad, que en aplicación de un derecho penal mínimo, fragmentario y de última ratio, permitiera interrumpir, suspender o renunciar al ejercicio de la acción penal, diseñando un nuevo modelo de investigación, imprimiendo mayor celeridad, rebajando los costos y el empleo de recursos, lo que conlleva activar la persecución penal hacia los delitos más graves y perseguir las organizaciones criminales sin descuidar los fines del Estado Social y Democrático de Derecho. La aplicación del principio de oportunidad no puede implicar el desconocimiento de los derechos de la víctimas, pues si bien es cierto que se trata de un medio a través del cual la Fiscalía puede renunciar al ejercicio dela acción penal, suspenderlo o interrumpirlo, su ejercicio debe ser compatible con el mandato constitucional que implica el respeto a los derechos de la víctimas de las conductas delictivas.
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A los 15 años de ponerse en marcha la L.O. 5/2000 de responsabilidad penal de los menores es necesario realizar una revisión de sus logros y deficiencias. Para ello se repasarán las distintas formas de implementación que ha tenido esta ley en las comunidades autónomas de nuestro páis.
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Esta investigación surge de la necesidad del Órgano Judicial de buscar nuevas formas de organización que contribuyan a incrementar el nivel de eficiencia de la administración de justicia en nuestro país. Con la elaboración de la Propuesta Administrativa de un Centro Integrado de Justicia Penal para el Municipio de San Salvador, se busca lograr el objetivo de Incrementar la eficiencia en la Administración de Justicia, ejercida por los diferentes tribunales en materia Penal del municipio de San Salvador. Durante el proceso de elaboración la investigación se establecieron como punto de partida en el proyecto de investigación, los elementos para el desarrollo de la misma; como son: El planteamiento del problema, justificación e importancia de la investigación, la factibilidad, los objetivos, el marco teórico, el planteamiento de hipótesis, etc. En cuanto a la metodología de investigación, en un primer momento se hizo uso de las fuentes secundarias para sustentar teóricamente la investigación, la cual representó el marco teórico referencial del Órgano Judicial, de los Centros Integrados de Justicia y de la Administración en General. Posteriormente se realizó el diagnóstico de la situación actual, representando las fuentes primarias para la recolección de información los tribunales que operan en el municipio de San Salvador, específicamente los que administran justicia en materia penal. La investigación se realizó considerando la totalidad de la población, por ser un número de unidades que se podían abarcar y por tratarse de unidades homogéneas, cuyos sujetos de estudio fueron los Magistrados y Jueces de las Cámaras y Juzgados. Las principales conclusiones y recomendaciones de mayor importancia que se establecieron, fueron fundamentales para la elaboración de la propuesta administrativa de organización y funcionamiento de un Centro Integrado de Justicia Penal para el Municipio de San Salvador; en donde se establece el planteamiento de la organización con sus objetivos, y de cada área organizacional, así como; sus funciones; y relaciones interna y externas de dicho centro. Finalmente se elaboró un plan de implementación en donde se establecen los pasos a seguir para dicho fin. El esfuerzo realizado durante el desarrollo de esta investigación, se ha plasmado en este documento, el cual será de gran ayuda para contribuir a mejorar la situación actual en la que funcionan los Tribunales de Justicia Penal en el municipio de San Salvador.
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El VI seminario Internacional de derecho constitucional denominado, "La Corte Constitucional y la reforma a la justicia", tuvo lugar los días 7 Y 8 de mayo de 2007 en la Universidad de Medellín. Como es costumbre, dicho encuentro sirvió para discutir el tema de actualidad, en este caso, el proyecto de reforma a la justicia, con expertos de diferentes temas y de disimiles latitudes. De relevante se puede considerar dicho encuentro por cuanto se discutía en aquel momento en el Congreso de la República el proyecto de ley estatutaria 023/06 Senado y 286/07 Cámara. "Por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia". Como bien es sabido por todos, este proyecto buscaba reformar el estatuto que regula el aparato judicial colombiano, para modernizarlo y, en cierta forma, para mejorar su funcionamiento.
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El objetivo de este estudio de caso es demostrar en que medida la incapacidad del Estado influyó en el surgimiento de las Bacrim en el departamento de Antioquia. Para tal fin, se aborda la problemática desde una perspectiva tanto explicativa como analítica, dado que pretende examinar la relación causal entre el fenómeno armado en Antioquia y las causas que llevaron a su surgimiento mediante la aplicación de la Ley de Justicia y Paz, teniendo como punto de partida la incapacidad estatal en tres niveles: en infraestructura económica para el proceso de Desarme, Desmovilización y Reintegración con las Autodefensas Unidas de Colombia, en administración de justicia para el proceso de justicia transicional y para recuperar el monopolio legítimo de la violencia.
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Resumen: El proceso penal de cuño acusatorio no solo es trending topic dada su inminente implementación, sino que también constituye el hashtag más representativo de una Constitución imbuida por el principio republicano de gobierno, la división de poderes y la premisa de no autocontrol. La imparcialidad miliaria de un sistema respetuoso de la separación de funciones (acusación, defensa, juicio) solo puede conquistarse en un modelo de este signo, que a través de otros principios potencia la expresión constitucional al máximum. Empero, un “derecho penal líquido” ligado umbilicalmente a un principio de oportunidad emparentado al modelo acusatorio, nos abre el camino hacia nuevos interrogantes sobre los peligros inherentes a una incertidumbre e inestabilidad normativa, que impedirían solidificar la ley en un bien perdurable. Es que el encumbramiento de una oportunidad oscurantista conduce a la banalización de la justicia, el imperio de la arbitrariedad y una selectividad vacua de contrapesos. De modo que, sin resortes aptos, los vasos capilares y derechos contenidos en la Constitución Nacional resultarán indefectiblemente afectados. Pues si el proceso penal no contempla mecanismos de coagulación eficaz, la liquidez caótica de la ley penal propenderá a desangrar y disolver la manifestación constitucional. Por tanto, el desafío de los ingenieros de los sistemas de administración de justicia consiste en ajustar los paradigmas procesales a los dictámenes de la Ley Materna, con el afán de que ese dar a cada uno lo suyo, definido por el bien común político, se vuelva realidad en cada intervención del Poder Judicial y permita superar falaces antinomias
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La investigación, encomendada y financiada por la Dirección de Víctimas y Derechos Humanos del Gobierno Vasco (DVDH), se centra en una parcela de la victimización indirecta provocada por el terrorismo. El objetivo principal, ante un posible final del terrorismo, consiste en sondear, a título individual, las percepciones sobre la situación personal y social en 2013, de un grupo significativo de familiares, residentes en dicha comunidad, de personas asesinadas por grupos terroristas desde 1960. Se trata de conocer mediante una investigación científica, con el mayor rigor posible, su opinión sobre la evolución en el trato recibido por parte de diferentes agentes sociales, con énfasis en la administración de justicia penal y penitenciaria, y, en particular, analizar sus actitudes sobre el debate público en torno a ellas y sobre su contribución social. La consecución del objetivo principal permitirá alcanzar otros más específicos en relación con la identificación de los intereses prioritarios de las propias víctimas en futuras políticas y actividades victimales. De esta manera, se facilitará la reflexión sobre los elementos que provocan procesos de victimización secundaria, de cara a evitarlos o aminorarlos, así como los factores que facilitan a las víctimas sus procesos de recuperación, entendidos en un sentido complejo, amplio y diverso.