998 resultados para Jurisprudencia de virtudes


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Conforme nuestra Constitución Política, más exactamente en su artículo 116 , se desprende que por regla general, la función de Administrar Justicia se encuentra confiada a la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales, los Jueces y la justicia penal militar. El Congreso también ejerce determinadas funciones judiciales.

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La economía evolucionó en las últimas décadas del siglo XIX y las primeras del siglo XX lapso en el que se dio la expansión y masificación del transporte, las comunicaciones, el comercio y las inversiones internacionales. A este período de la historia correspondió la segunda fase de la Revolución Industrial2 (iniciándose hacía 1870 en Alemania, Bélgica, EEUU, Francia y Japón), el cual se caracterizó por la transformación de las bases económicas y las nuevas formas de organizar la producción y el trabajo dentro de las empresas, como el Taylorismo (división del trabajo) y el Fordismo (cadenas de montaje). Como consecuencia, se comenzó a producir en masa y se empezaron a elaborar productos estándares circunstancias que crearon la necesidad de conseguir mayores capitales, lo que generó crisis en las pequeñas empresas, que se vieron obligadas a fusionarse con otras, momento aprovechado por capitalistas europeos y estadounidenses, para crear conglomerados (trusts). El anterior era solo uno de los convenios industriales de la época, también existían el cártel y el holding

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La investigación se efectuó consultando una amplia gama de fuentes como lo son los archivos históricos del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y de otras instituciones; los libros, los periódicos El Espectador y La Patria; la Revista del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, la Revista Jurídica, la Revista de la Academia Colombiana de Jurisprudencia y la Revista Colombia Económica; los Anales del Senado; se aprovecharon también los conocimientos de algunos empleados de Arcesio Londoño Palacio, quienes recuerdan hechos y anécdotas, que se relacionan directamente con su historia.

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La Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, fue elevada a rango constitucional en la Carta Política de 1991, en calidad de cuerpo consultivo del presidente de la República (articulo 225), lo cual incidió en el interés de desarrollar esta tesis, por cuanto comprende la necesidad de realizar un examen de los argumentos de fondo históricos, políticos y jurídicos que le concedieron a esta institución reconocimiento a nivel constitucional.

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La monografía esta compuesta de 4 capítulos, el primero, un pequeño esbozo sobre la realidad hídrica mundial y colombiana, el segundo, trata sobre los mecanismos jurídicos de participación y defensa ambiental, el tercero trata algunos avances casuísticos y breve pero concretamente el humedal de la conejera como ejemplo práctico y el cuarto una propuesta de gestión social del agua seguido de las conclusiones.

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El trabajo pretende constituir un aporte más, a la discusión sobre el concepto de servicio público y su papel dentro de la contratación estatal. De esta manera, no solo se hará mención a la jurisprudencia y las normas más importantes, sino que se trascribirán para que el lector pueda analizarlas y tener una posición jurídica propia.

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El presente contiene un esfuerzo por demostrar que la existencia de una Historia Clínica Digital por el Gremio de la salud como referencia de la calidad, honorabilidad, honestidad, facilidad, y seguridad, puede acarrear grandes problemas jurídicos en los múltiples casos presentados de falla médica, debido a las graves dificultades que esta presenta, además de las claras violaciones a los derechos fundamentales de los pacientes.

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Colombia como país en vía de desarrollo, enfrenta una crítica situación ambiental que pone en riesgo la salubridad de su población y el aprovechamiento de sus recursos naturales. Incluso, se estima que nuestro país es uno de los menos preparados para resolver esta problemática, especialmente al considerar que el Estado no cuenta con los recursos económicos e institucionales requeridos para proveer las herramientas necesarias que permitan ejecutar una política ambiental responsable en materia de atención y prevención del medio ambiente. Ésta situación se agrava en el contexto jurídico y económico de Colombia, toda vez que se observan las condiciones que se han plasmado en la comunidad internacional respecto del tema ambiental. Así, en los diferentes instrumentos jurídicos internacionales se ha introducido la idea imperante de que las políticas ambientales deben plantearse y ejecutarse en forma íntegra en la medida que asegure la persecución del llamado desarrollo humano sostenible.

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A lo largo de este trabajo de investigación, habrá de hacerse un estudio completo de la conducta punible, desde la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, con especial énfasis en la protección del Bien jurídico “Salud Pública”, hasta un estudio del derecho comparado, para derivar en la necesidad de un tratamiento represivo y estricto en aras de conjurar la conducta que realmente atienda con los fines de protección a los bienes jurídicos tutelados y de prevención y disuasión que debe cumplir la pena.

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El trabajo a desarrollar tratará en una primera instancia las concepciones que surgieron con antelación a la Constitución Política de 1991, en donde la L ey adoptó a la infracción tributaria como ilícito (sin elevarlo a la categoría de delito y/o contravención), teniendo en cuenta las tendencias legales en materia penal y tributaria vigentes para la época, con in cidencia en la doctrina y la jurisprudencia. Con posterioridad se analizarán los cambios que la nueva Constitución introdujo para que fuesen acatados por los ordenamientos inferiores, y las consecuentes reacciones jurisprudenciales, legales y de doctrina que conllevaron la promulgación de dicha Carta y del Código Penal de 2000. Todo éste estudio se concreta sobre la discusión que surge al respecto de la responsabilidad de un infractor, pues se debe ser contundente al momento de expresar si dicha responsabilidad deriva objetivamente, o si por el contrario deriva de factores subjetivos que desentrañan el concepto de culpa

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El principio de favorabilidad, consagrado en el artículo 29 de nuestra Carta Política de 1991, ha sido uno de los postulados básicos de los sistemas penales en el mundo. Su sustento radica en la necesidad de aplicar de igual manera el uso de la represión Estatal a todos los miembros de determinado Estado, es decir de juzgar a las personas de igual manera cuando se produzcan los mismos supuestos fácticos. Sin duda alguna, nos encontraríamos ante una grave discriminación si juzgamos a dos personas, con las mismas características (en referencia a que se encuentren en la misma condición de imputabilidad), que cometen los mismos hechos, por el simple motivo de haber realizado la conducta en momentos espacio-temporales diversos. Si bien es cierto que la ley penal, al igual que toda la ley en general, va cambiando con base en unas políticas Estatales, y las normas van siendo modificadas según la conveniencia de cada momento histórico, de la realidad de la sociedad en cada época, no se pueden desconocer principios superiores como el derecho a la igualdad, al debido proceso y derivado de ellos, el principio de favorabilidad de la ley penal.

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El avance del Comercio Electrónico ha facilitado las transacciones mercantiles a nivel global y su uso se ha vuelto cada vez más común en las relaciones comerciales de la sociedad. Al respecto, el Secretario de las Naciones Unidas ha expresado lo siguiente: “El comercio electrónico es uno de los ejemplos más visibles, de la manera en la cual, las tecnologías de la información y la comunicaciones (TIC) pueden contribuir al crecimiento económico. El mismo ayuda a que los países mejoren la eficiencia comercial y facilita la integración de los países en vías de desarrollo dentro de la economía global. Permite que empresas y empresarios sean más competitivos, provee a los trabajadores de empleo, y de ese modo se facilita la creación de riquezas.”1 Es tanta la importancia del comercio electrónico hoy en día que nuestro ordenamiento jurídico no podía pasar por alto su aplicación y regulación. Como resultado de ello, se dio paso a la creación de la ley 527 de 1999, la cual define varios términos sobre el tema y conceptualmente sobre comercio electrónico relata lo siguiente: “Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera”. Además, con la entrada en vigencia de la presente ley, se dejo un precedente relativo a la validez jurídica contenida en los mensajes de datos y sobre los requisitos jurídicos que éstos deben contener, así, el artículo 5 sobre la validez de los mensajes de datos relata: “No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón de que esté en forma de mensaje de datos.”

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William Murray fue un jurista singular. Con el nombre literario de Lord Mansfield, creó para su época y para la posteridad una expresión inolvidable: ―Una persona puede usar una copia tocándola, pero no tiene ningún derecho a robarle al autor los beneficios multiplicando las copias y disponiendo de ellas para su propio uso‖1 . En esa opinión se apoyó para decidir el memorable caso de Millar v. Taylor2, donde por primera vez se sostuvo que los derechos de autor son perpetuos y nunca entran a hacer parte del dominio público. La disputa involucraba a Andrew Millar, un vendedor de libros que, en 1729, adquirió los derechos de edición sobre ‗The Seasons’, un poema de James Thomson. Cuando la protección de esos derechos expiró, Robert Taylor comenzó a publicar sus propias copias y a competir con Millar.

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En estos términos, será objeto del presente trabajo, explicar el concepto de los preacuerdos de culpabilidad, sus antecedentes, la diferencia entre estos y el allanamiento a los cargos y, finalmente, explicar la forma de proteger los derechos de las víctimas a lo largo de su celebración.