998 resultados para DERECHOS HUMANOS - ENSAYOS, CONFERENCIAS, ETC.
Resumo:
La participación en la Constitución de 2008 es un elemento fundamental de la organización estatal, pero los instrumentos participativos no son suficientes para concretarla. No se toma en cuenta que el espacio participativo no puede nacer desde las leyes sino a partir de formas de acción política que modifiquen los esquemas tradicionales de toma de decisiones. Se confunde el espacio de lo público con el estatal, la estructura participativa no es otra cosa que aparato de estado. La experiencia: participación vigente en el papel; temas de interés colectivo pasan por la representación o la protesta (casos de trampolín político); nuevas leyes con la falta de participación; y fortalecimiento de un poder personal y autoritario, que no deja espacio para ejercicios democráticos o participativos.
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El artículo revisa las medidas adoptadas por el gobierno en materia de movilidad humana durante el año 2009. El proceso de adecuación normativa al nuevo marco constitucional, no progresó y se entrapó. La institucionalidad y políticas públicas es dispersa y reproduce viejas concepciones de seguridad. Se han adoptado medidas de carácter restrictivo e inconstitucionales como: restablecimiento del pasado judicial, la reforma al proceso de reconocimiento de refugio, la intensificación de los controles militares y policiales, incremento de procesos de deportación. No existe una sólida política de regularización. Los programas de atención a emigrantes y sobre trata de personas evidencian debilidades y limitaciones. No existen políticas frente al tráfico de migrantes y el desplazamiento forzado.
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Este artículo, escrito con dos voces y como conversación, tiene el objetivo de explorar el entretejido de territorio y derecho ancestral y su significado como el derecho humano más grande y primero. Su interés no es el documentar o analizar desde un marco normativo y positivista los avances, limitaciones y regresiones en esta zona de frontera, ni tampoco informar desde esta perspectiva sobre los derechos humanos. Más bien, es evidenciar la perdida del derecho y territorio ancestral que se esta viviendo en Esmeraldas hoy y las amenazas que están presentándose al respecto, particularmente frente a la agresión continúa de actores externos, la “nueva diáspora” de la des-territorialización y las limitaciones y desconocimientos del derecho jurídico.
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El artículo ubica la dimensión del refugio en el Ecuador. Alrededor de 135.000 personas residentes en Ecuador tienen necesidad de protección internacional. La gran mayoría de ellas provienen de Colombia, donde el conflicto armado interno no encuentra solución. El Estado ha respondido a esta realidad promulgado una Constitución que proclama la ciudadanía universal, ha diseñado una política nacional en materia de refugio y en el 2009 implementó el Registro Ampliado (RA) ofreciendo a la población refugiada, llamada invisible, el acceso al proceso de reconocimiento de forma ágil y precisa. Su puesta en marcha marca un hito en términos de protección internacional en América Latina y a nivel mundial. A través de ella se ha logrado reconocer y documentar a decenas de miles de personas refugiadas colombianas en la frontera norte.
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El conflicto político que actualmente se vive en Venezuela ha sido caldo de cultivo para el surgimiento de lo que suele denominarse “polarización social”; puede definirse como el posicionamiento radical de las personas y grupos en alguno de los “bandos” que participan de un conflicto. Dicho posicionamiento es excluyente, es decir, cada parte involucrada niega la legitimidad o la existencia de las otras, generalmente con una fuerte carga emocional que involucra la vida personal dentro del conflicto político. La polarización alcanza todas las instancias de la vida social y política, siendo al mismo tiempo causa y consecuencia de “la deslegitimación de las instituciones que, dentro del Estado, están capacitadas para intervenir en la resolución de los conflictos: poder electoral, poder judicial, poder legislativo, etc., dejando a los/as ciudadanos/as en una especie de mezcla explosiva entre deriva, desesperanza, desconfianza y pesimismo” que puede tener, entre otras, dos salidas: el recrudecimiento de la polarización y la violencia, o la apatía absoluta frente a la política y la participación en la vida pública. Cualquiera de estos dos caminos produce el deterioro y obstaculiza el ejercicio de la ciudadanía. De todo esto se deduce la necesidad de intervenir la sociedad en su conjunto, para de esta manera disminuir los niveles de conflictividad y polarización que se presentan en todos las capas sociales, sin distinción de credo, color, sexo o edad. Así la sociedad venezolana podrá garantizar la transformación efectiva de la forma en que tradicionalmente se ha entendido el conflicto en el país.
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El “enfoque de Derechos” constituye un marco conceptual para el proceso de desarrollo humano que está basado normativamente en principios y estándares internacionales de Derechos Humanos y operacionalmente dirigido a respetarlos, protegerlos y satisfacerlos. Ahora bien, a pesar de ciertos avances en materia de reconocimiento de derechos o la incorporación en los últimos años de cierta retórica de “derechos” en las políticas sociales aún queda un largo camino por recorrer en la implementación de esta perspectiva (tanto en la región como en particular en la argentina). Todavía persisten un esquema político caracterizado por oferta de beneficios asistenciales, multiplicidad de programas otorgados discrecionalmente y bajo lógica de clientelismo político, soluciones basadas en el supuesto de la “responsabilización individual” por parte de los receptores de las políticas, falta de participación de los sectores vulnerables en la construcción de la política, permanente re-denominación de viejos programas, falta de control y accountability y con falencias en materia de información pública (tanto en términos de producción como de acceso). En este marco, este trabajo se propone primero indagar sobre algunos de los principios que deben guiar políticas públicas pensadas en términos del “enfoque de Derechos”. Luego, se señalan algunos aspectos que pueden ser útiles a la hora de comprender por que este enfoque dista de implementarse en la argentina. Cabe destacar que a fin de iluminar los diferentes puntos se tomarán como referencias ejemplos extraídos de programas sociales de transferencia de ingreso implementados en Argentina y que se convirtieron en respuestas estatales protagónicas a partir de la crisis de 2001-2002.
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El presente artículo tiene como finalidad analizar si realmente los pueblos indígenas de la Costa Caribe de Nicaragua se han beneficiado del estatus de autonomía en cuanto a lograr un mayor respeto de sus derechos como indígenas. En algunos países en vías de desarrollo se ha tomado en consideración la posibilidad de lograr el desarrollo, crecimiento económico y eliminación de desigualdades a través de procesos de descentralización. En el caso de Nicaragua, este proceso se llevó a cabo para dar respuesta a las necesidades de los pueblos indígenas de la Costa Caribe. Después de muchos años de lucha, los pueblos indígenas de la Costa Caribe o Costa Atlántica lograron su autonomía del gobierno central del país en 1987. El proceso en sí tomó 3 años para dar fruto al Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua (Ley de Autonomía). Como pueblos con identidades propias, la autonomía fue la forma en que estos pueblos hicieran respetar sus diferencias como poblaciones indígenas. Hasta los años ochenta, ninguna de las Constituciones Políticas del Estado hacía referencia a las poblaciones indígenas del país, ésta población quedaba totalmente excluida. Con la Ley de Autonomía se reconocen las diferencias de los pueblos indígenas de las Costa Caribe y se les da el espacio para que éstos, partiendo de sus necesidades, distintas a las del resto del país, puedan tomar decisiones para satisfacer las necesidades específicas de sus culturas. Para poder analizar esta situación, primero, se desarrollará la historia de la población de la Costa Caribe, explicando la situación de los pueblos indígenas de esta región y su relación o falta de relación con el resto del país. Igualmente, se haré un breve resumen de la historia y la estructura de la autonomía regional, en el cual se indicará las diferentes etapas que se llevaron a cabo durante el proceso de autonomía. Por último, se exponen los desafíos actuales del pueblo indígena en cuanto a su autonomía y la situación de sus derechos después de haber logrado este estatus.
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La cuestión de los derechos humanos está íntimamente articulada con los diferentes contextos socio-económicos, políticos y culturales en que se sitúa. Este artículo está orientado a analizar el proceso vivido en Brasil, y analiza la gran complejidad en lo referente a derechos humanos y políticas públicas, que se han abordado en las últimas décadas en el marco de la re-democratización del país.
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Desde fines de los años noventa, en América Latina se comenzaron a implementar una serie de programas sociales de transferencia de ingresos condicionados. Dichos programas han tenido entre sus principales objetivos el apoyo a las familias para mejorar sus condiciones de vida y la inversión en “capital humano” a través de las responsabilidades asumidas por sus beneficiarios en la asistencia en salud y educación. Asimismo, se caracterizan por incorporar el lenguaje de “derechos humanos”, exigir condicionalidades y otros elementos modernizantes que los diferencia de sus antecesores. Estos programas de transferencia de ingresos, no debe oscurecer la perspectiva aquí adoptada: la consideración de que la pobreza se profundizó en América Latina por razones macroeconómicas vinculadas a opciones de política que exceden ampliamente la débil institucionalidad característica de los programas asistenciales. A partir de este enfoque el presente artículo se propone analizar tres experiencias en materia de programas sociales de transferencias de ingresos: el Programa Familias para la inclusión Social (en adelante: Programa Familias) –de Argentina-, Oportunidades (ex Progresa) –de México-, y el Programa Puente –de Chile- como ejemplos de programas de transferencias monetarias condicionadas a las madres de familias. Algunas de las preguntas que guiarán el análisis son las siguientes: ¿En qué medida estos programas garantizan el ejercicio de derechos por parte de su población destinataria? ¿Qué consecuencias tiene que sean mayoritariamente las mujeres las titulares de los “beneficios”? ¿Qué puntos de encuentros y diversidades se pueden establecer entre los casos? ¿Existen efectos “no queridos”, “no deseados”? Si es así ¿cuáles son y cómo se manifiestan?
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El presente trabajo ha sido elaborado a partir de una experiencia educativa llevada a cabo en el Centro de Rehabilitación Social de Varones de Cuenca en el período académico 2006-2007. Esta práctica está sostenida en el pensamiento Ético-Crítico Freireano que reivindica la dignidad del ser humano. La práctica se encauzaba a recuperar, interpretar, teorizar y visualizar algunos elementos básicos de las vivencias y prácticas cotidianas de los estudiantes voluntarios del Aula de Derechos Humanos de la Universidad de Cuenca-Fundación Ubuntu Somos Familia participantes en ese proceso educativo. “Educar” en la cárcel ha significado una vivencia de humanización, tanto para los participantes como para los “educandos” para humanizarnos y humanizar nuestra educación y nuestra vida cotidiana, rescatando el diálogo como el acto común de conocer y como el encuentro del sujeto con el mundo, con los seres humanos, con todos los seres vivientes y la naturaleza, construyendo un saber que no opta por un más de inteligencia sino que reflexiona críticamente la realidad en la que vivimos en cada día.
Resumo:
La educación es el proceso por el cual las sociedades humanas a lo largo de la historia han perpetuado sus saberes, costumbres, hábitos, normas, etc., es decir, ha existido educación siempre que han existido sociedades humanas, por lo tanto, habría diferentes formas de “educar”, teniendo en cuenta la diversidad de sociedades humanas que han existido a través de la historia y las que permanecen en la actualidad. La complejidad del proceso educativo no está aislada de las situaciones históricas, sociales, culturales, económicas y políticas en los que se enmarca, es decir, la educación como fenómeno social está vinculada a las realidades específicas de quienes la dinamizan y las particularidades de los contextos en los que tiene lugar el acto educativo.
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El presente artículo recoge los elementos que conforman el derecho a la libertad y otros, desde un acercamiento a las percepciones de adolescentes y jóvenes recogidas en conversaciones informales y experiencias de trabajo con grupos juveniles. Se analiza el significado de la libertad y sus relaciones con la educación y el trabajo en el contexto de sociedades marcadas por la desigualdad e inequidad. El artículo enfatiza en la diversidad de los mundos juveniles debido a la estratificación socio económica que caracteriza a una sociedad como la ecuatoriana. El artículo no considera –por espacio- las particularidades del tema para la población juvenil por género o etnia. Sin embargo, hay que destacar que las condiciones del derecho a la libertad, a la educación, al trabajo y otros, muestran marcadas inequidades en perjuicio de la mujer y de las poblaciones indígenas del país. Aunque el movimiento organizado de mujeres, otras organizaciones sociales y –en consecuencia- el Estado, estatal luchan desde hace unas tres décadas contra los estereotipos, la discriminación y la violencia por género, aún hay mucho que trabajar desde y con la sociedad y, específicamente, con juventud.
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El “Caso Factory” es el nombre con el que se denomina a la tragedia ocurrida en la discoteca Factory, en la cual murieron 19 jóvenes debido al incendio que se produjo en las instalaciones del centro musical el día del concierto de premiación a la mejor banda de música de rock gótico en el país.[1] En el momento en que se da nombre a un hecho social, cualquiera que sea, éste cobra realidad, se hace, se construye, empieza a tener sentido. Así, el significante primero que nombre ese suceso es el que va a articular el sentido del mismo y a configurarlo como realidad social. El Caso Factory es el significante desde el que se construye el sentido, es decir el relato, de lo sucedido el 19 de abril. Cuando este enunciado se hace presente en nuestra mente, sea por que lo oímos o lo leemos, de manera inmediata aparecen junto a él un conjunto de otros significantes como Rockeros, jóvenes, góticos, drogas, satánicos, muerte, anarquía, irresponsabilidad, instituciones, Estado, exclusión, etc., que dependiendo de la conexión que tengan con el significante rígido van articulando una cadena de significación que es la que establece el significado del Caso Factory. El significado de un hecho que termina por imponerse socialmente, es decir que lo hace realidad, depende de al menos dos cosas: a) quien tiene la voz para nominarlo, y, a partir de ahí, ir haciendo las conexiones significantes y tejiendo el sentido que éste tendrá en la conciencia de la gente, y b) ligado a lo anterior, quien o quienes tienen los canales de transmisión discursiva que permita que el discurso sobre el hecho pueda socializarse y de esta forma convertirlo en realidad socialmente aceptada.
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Realizado por el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, CLADEM-Ecuador. Presentado ante el Comité de los Derechos del Niño y la Niña de las Naciones Unidas. Analiza el período 2005-2009. Investigadoras: Azucena Soledispa, Gina Benavides, Silvana Sánchez y Karen Barba, noviembre de 2009. El informe analiza los derechos a la: integridad personal; igualdad y no discriminación; salud sexual y reproductiva; educación, y protección especial. Texto completo en: ‹http://www.cladem.org/espanol/regionales/monitoreo_conve nios/Ecuador-IA-%20CDN-ES.pdf›. Observaciones finales 2010 del Comité de los Derechos del Niño y la Niña al Ecuador en: ‹http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/crcs53.htm›.
Resumo:
Informe elaborado por el Foro de la Niñez. Presentado ante el Comité de Naciones Unidas sobre Derechos del Niño. Autores: Teresa Carbonel y Rubén Zavala. Analiza el período 2003-2008. Septiembre 2009. Texto completo: ‹http://foronna.org/index.php?option=com_docman&task=cat_ view&gid=18&Itemid=35›.