999 resultados para Acción intersectorial


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[ES]En el contexto de las universidades españolas el diseño, desarrollo y puesta en práctica de los Planes de Acción Tutorial (PAT) presenta una cierta diversidad de enfoque y de agentes actuantes, aunque con aspectos comunes. Basados en esa experiencia “global”, en la propia “local” y en los objetivos fundamentales que todo PAT debe observar, hemos diseñado un PAT de aplicación en las titulaciones de grado de la rama de Ingeniería y Arquitectura que cubre los cursos del título. Este PAT conjuga distintos planes anuales en función de las necesidades que en cada curso demanda el estudiante.

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En el presente estudio se aborda un tema, el del régimen jurídico de la renuncia a la acción social de responsabilidad, que ha sido objeto de un escaso tratamiento por parte de la doctrina española. Estamos ante una institución controvertida, que regula la posibilidad de que una sociedad de capital abandone voluntariamente las pretensiones indemnizatorias que pudiera ostentar frente a alguno de sus administradores por los daños que éstos hubieran ocasionado en el patrimonio social como consecuencia del incumplimiento sus deberes de diligencia y lealtad. El hecho de que una sociedad de capital pueda acordar esta renuncia es un claro indicio del carácter dispositivo de las normas que regulan la responsabilidad de los administradores frente a la sociedad. Después de abordar de los antecedentes y evolución histórica de la renuncia a la acción social, la primera parte del estudio se centra en el análisis del ámbito material y temporal de su régimen jurídico, concluyendo que éste regula no sólo la renuncia o la transacción procesal, sino que se aplica cualquier acuerdo de la junta general que tenga como efecto una exoneración total o parcial de los administradores. La segunda parte del estudio profundiza en el régimen jurídico de la renuncia, haciendo hincapié en el derecho de veto que la Ley española y el Codice civile reconocen a la minoría y que se configura como una auténtica excepción al principio mayoritario que rige, con carácter general, la formación de la voluntad social. En el último capítulo se analizan los efectos de la renuncia acordada por la junta sobre la legitimación extraordinaria que ostentan los socios minoritarios y los acreedores sociales para el ejercicio de la acción social.