978 resultados para Inmigrantes


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L'objectiu de la tesi es centra en la definició, en l'àmbit de l'ordenament comunitari, de l'actual estatut jurídic dels treballadors extracomunitaris assalariats que formen part del mercat de treball regular d'un Estat membre. Els treballadors nacionals de tercers països que formen part del mercat de treball regular d'un Estat comunitari, així com els membres de les seves famílies, gaudeixen d'un estatut jurídic fragmentat: els seus drets són variables, depenen de la norma que els regula. En aquest sentit, la situació varia en funció de la llei interna de l'Estat d'acollida, l'existència o no d'acords bilaterals entre l'Estat d'acollida i l'Estat d'origen, i les normes de dret comunitari. Aquesta situació també és diferent atenent a l'existència i el contingut d'un acord extern celebrat per la Comunitat i els seus Estats membres i el país de la nacionalitat de l'immigrant, aquest aspecte centra el present estudi. Els acords que s'analitzen són aquells que juntament amb aspectes econòmics, contenen disposicions relatives als treballadors, i que s'han celebrat, prenent com a base jurídica l'actual article 310 TCE, amb països geogràficament fronterers amb la Unió Europea. D'entre ells, el model a seguir és l'Acord d'Associació amb Turquia, que preveu uns objectius més amplis, com ara la creació d'una unió duanera enfront a la zona de lliure comerç prevista en els altres acords i que s'ha desenvolupat mitjançant les decisions adoptades pel seu Consell d'Associació. Aquest acord ha estat objecte d'una àmplia jurisprudència per part del Tribunal europeu, relativa a l'aplicació i la interpretació de les seves disposicions. A fi de delimitar l'abast de les disposicions de l'Acord, i valorar si es tracta d'un estatut privilegiat respecte del dels altres treballadors extracomunitaris, es comparen les seves disposicions amb les corresponents a les dels acords celebrats amb els països del Magreb, entenent per aquests el Marroc, Tunísia i Algèria i amb els 10 països d' Europa Central i Oriental (els anomenats PECO's). A fi de clarificar l'estatut jurídic dels treballadors extracomunitaris, és necessari entrar a considerar altres aspectes directament relacionats amb aquest estatut, com són les condicions d'accés i de permanència en un Estat, matèries, que, fins a l'entrada en vigor del Tractat d'Amsterdam, eren competència exclusiva de cadascun dels Estats membres. De totes maneres, no es fa un estudi comparatiu de les diferents legislacions internes en matèria d'immigració, donat que l'àmbit d'anàlisi es limita a l'ordenament comunitari, i no a l'ordenament intern. La tesi s'estructura en dues parts diferenciades, correspon la primera als 2 Capítols inicials i la segona als altres 3. En els dos primers Capítols se segueix un criteri cronològic, començant amb el Tractat de Roma i culminant amb el Tractat de Niça. En aquests Capítols s'analitzen les possibles bases jurídiques del dret originari que podien haver-se utilitzat, així com la cooperació que varen fer els Estats membres, tant a dins com a fora, de la Unió Europea, en relació a les mesures adoptades destinades a la regulació de l'accés i de l'estatut jurídic dels treballadors immigrants. L'entrada en vigor, l'1 de maig de 1999 del Tractat d'Amsterdam ha suposat un important avenç per a l'atribució de competències a la Comunitat en matèria d'immigració, que queda vinculada al nou objectiu de la creació de l'espai de llibertat, seguretat i justícia. A partir d'aquest moment, s'assumeix la lliure circulació de persones com objectiu propi, que requereix la regulació del control a les fronteres externes, d'asil, de la immigració i de la cooperació dels Estats membres en la prevenció i la lluita contra la delinqüència. Això es concreta en la comunitarització d'una part del Tercer Pilar destinada a visats, asil i immigració, amb l'exclusió del Regne Unit, Irlanda i Dinamarca, i en la integració del cabal Schengen a l'estructura de la Unió Europea, tot i que permetent una exclusió per al Regne Unit i Irlanda. Es crea, doncs, una cooperació sui generis plena de solucions d'enginyeria jurídica, que si bé suposa un avenç, trenca la unitat i l'homogeneïtat del dret comunitari. Tot i aquestes complexitats tècniques que deriven de la reforma del Tractat d'Amsterdam, el nou article 63 en els seus apartats 3 i 4 permet abordar, a través de la coordinació o de l'harmonització, els temes d'interès comú vinculats al fenomen de la immigració. Entre ells, hi ha la possibilitat d'elaborar un estatut comú per als treballadors no comunitaris. Les iniciatives legislatives presentades des de l'entrada en vigor del Tractat d'Amsterdam demostren l'acceleració en l'elaboració i el desenvolupament d'una política comunitària d'immigració, integrada en uns objectius comuns, per primera vegada sembla realista pensar en l'adopció d'un estatut jurídic únic per l'extracomunitari que sigui resident de llarga durada. Tot i que aquest estatut pot quedar configurat com un estàndard mínim de protecció, considero que la seva adopció constituiria un pas de gran rellevància en la clarificació dels drets d'aquest col·lectiu de treballadors. Els altres tres Capítols conformen la segona part de la tesi, dedicada a analitzar l'actual estatut dels treballadors nacionals de tercers Estats. Aquest estatut es caracteritza pel seu caràcter fragmentat, que deriva de la diversitat de les disposicions contingudes en els acords externs. Mitjançant un estudi comparatiu, s'analitzen els objectius, l'estructura, els antecedents i el desenvolupament dels acords celebrats amb Turquia, amb els països del Magreb i amb els PECO's. El contingut dels objectius d'aquests acords constata que ens trobem davant 3 models diferents que reflecteixen una disminució del compromís comunitari. El Tribunal de Justícia, en la seva jurisprudència, ha manifestat que tant els acords externs celebrats per la Comunitat, com les decisions adoptades pels òrgans que els desenvolupen, formen part de l'ordenament jurídic comunitari. El Tribunal de Justícia és l'òrgan competent per interpretar-los, contribuint a clarificar el contingut d'aquests instruments jurídics. Aquesta perspectiva es completa amb l'anàlisi de les nocions que recullen els acords externs, a fi de dilucidar si un mateix terme té idèntic contingut, i si, tot i la diversitat dels instruments jurídics utilitzats, tenen una mateixa interpretació jurisprudencial. Per aquest motiu ha estat necessari, que el Tribunal de Justícia determinés l'abast dels diferents conceptes emprats, i clarifiqués si és el mateix que el relatiu als treballadors comunitaris o és diferent. La redacció dels acords estudiats reflecteix un estatut jurídic privilegiat per als treballadors turcs en relació als altres treballadors immigrants. Els treballadors originaris dels països d'Europa Central i Oriental o del Magreb, podran millorar la seva situació actual en la mesura en què les disposicions dels seus respectius acords siguin, en el futur, desenvolupades. De totes maneres, aquesta situació de privilegi que ha estat un fet fins el moment actual, ha canviat amb l'entrada en vigor de diferents lleis d'estrangeria estatals, i pot modificar-se, també, amb el desenvolupament del Tractat d'Amsterdam. Actualment, a un treballador turc li perjudica, més que no beneficia el sistema de terminis que per accedir a un lloc de treball preveu la Decisió 1/80. Els treballadors turcs que formen part del mercat regular de treball d'un Estat membre haurien de quedar protegits pel règim jurídic que els sigui més beneficiós, amb independència de que aquest sigui l'intern de l'Estat d'acollida, el comunitari previst a l'Acord d'Associació i el seu posterior desenvolupament, o el que derivi de les futures directives quan entrin en vigor. Si bé aquestes disposicions dels Acords d'Associació varen ser positives, actualment hauran de ser objecte de modificació, la qual cosa no implica la seva desaparició. El seu contingut haurà de tendir a ressaltar l'especificitat de les relacions que es volen establir amb un tercer Estat concret, establint en aquest sentit un tractament preferent als seus nacionals enfront als altres immigrants, i reconeixent el seu dret de residència com derivat del permís de treball. De tota manera, amb l'entrada en vigor de la directiva relativa a l'estatut dels residents de llarga durada, aquest règim privilegiat només afectarà als immigrants residents legals a l'Estat d'acollida durant els primers 5 anys, és a dir, abans de que se'ls concedeixi el citat estatut.

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El presente volumen da cuenta de las transformaciones físicas, sociales y humanas de la ciudad de Quito impulsadas por los permanentes y aluviales flujos de inmigrantes interioranos durante una época de transición: la primera mitad del siglo XX. La parte medular de esta investigación gira en torno al análisis de los procesos de transfiguración o de mutación étnica y cultural que afectaron tanto a los nuevos como a los viejos residentes de la ciudad, procesos que la historiografía contemporánea y la literatura sociológica han denominado: mestizaje, cholificación y blanqueamiento. La comprensión de los mismos ha sido posible gracias al estudio de dos elementos. En primer lugar, de las etiquetas de carácter estigmatizante: “longo”, “cholo” y “chagra” y de los autoalusivos identificatorios de “chulla” o “gente decente”, que surgieron, se reactivaron y alcanzaron un evidente auge en dicho período. En segundo lugar, del esclarecimiento de las prácticas culturales que constituyeron y definieron a los actores mencionados, y que dan cuenta de las profundas transformaciones culturales acaecidas en la ciudad. En definitiva, el presente estudio destaca el aporte de los inmigrantes interioranos de origen rural y pueblerino a la modernización de la urbe, al mismo tiempo que entrega importantes elementos para esclarecer los problemas fundamentales del mestizaje, a saber: la etnogenesis, la identidad y la cultura de los mestizos.

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Este estudio explora la relación entre derechos humanos, migración y políticas migratorias en el contexto de la globalización. Para ello ubica y problematiza algunas tensiones y paradojas contenidas en estos discursos. Aborda la propuesta de los derechos humanos, las formas de conocimiento de la migración y la globalización como campos complejos, conflictivos y en constante construcción. La relación entre derechos, la capacidad de regulación del Estado y la ciudadanía son espacios de disputa de sentidos; por ello, lugares privilegiados de la lucha política y de emancipación de los derechos humanos. Considera la migración como el desplazamiento residencial —de la reproducción cotidiana de la existencia— de un socio-espacio a otro. Desde el enfoque de derechos humanos, supone el reconocimiento de la libertad de tránsito y residencia establecidos en el Sistema Internacional de los derechos humanos. Sin embargo, lo dicho entra en tensión debido a la acción reguladora de los Estados que se caracteriza por la selección de inmigrantes desde intereses estatales y no desde la garantía de los derechos; lo que afecta la construcción del Estado social de derecho. Aborda, como se menciona anteriormente, las políticas migratorias entendidas como el resultado de las luchas políticas en torno a la gestión de los flujos migratorios; los cambios en la convivencia social provocados por la migración; y las relaciones de los Estados involucrados en estos procesos. Revisa los principales instrumentos de protección de los derechos humanos a nivel internacional, regional (europeo y americano), y nacional (español y ecuatoriano). Evidencia, así, la concordancia en torno al principio de no discriminación, de las libertades fundamentales, de la seguridad e integridad personal y de cierta ambigüedad respecto de la libertad de tránsito y residencia. Analiza las principales medidas normativas adoptadas por España y Ecuador durante el período 1998-2005, las mismas que expresan una lógica selectiva restrictiva, pues dan prioridad a los intereses económicos-laborales del Estado español, al control policíaco de la migración irregular y a las medidas de retorno; todo ello menoscaba la garantía de los derechos humanos de la población ecuatoriana inmigrante. Por su parte, las medidas adoptadas por el Estado ecuatoriano son reactivas, puntuales y de subordinación a los lineamientos dados desde España. Finalmente, ubica tensiones, debates y plantea desafíos a ser repensados con la finalidad de comprender la migración como un derecho humano; considerando esta postura como la base más adecuada para la formulación e implementación de políticas migratorias y como parte de la promoción de los derechos humanos dentro de un horizonte cuyo sentido sea la construcción de sociedades que convivan con equidad y justicia.

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El fenómeno de la migración, como movimiento o flujo de la población, ha existido siempre y nunca dejará de existir, por la heterogeneidad de causas que la producen: económicas, sociales, políticas, desastres naturales, etc. El incremento es notorio en países europeos como España, y es creciente el número de inmigrantes proveniente de la Región Andina.

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Al oeste del estado de Nueva York, área que en esta época se tiñe de tonos rojos y anaranjados, existe una población de mujeres casi invisibles, trabajadoras agrícolas en su mayoría. (1) El 80% de estos cientos de miles de trabajadoras en Estados Unidos son inmigrantes. En el nuevo contexto del "sueño globalizador americano" estas mujeres trabajan un promedio de 12 horas al día, en condiciones peligrosas y obligadas a confrontar sólidas barreras que impiden su acceso a una alimentación nutritiva, a servicios de salud, a educación y a viviendas adecuadas para ellas y sus familias. ¿Quiénes son estas mujeres y en qué condiciones desempeñan su trabajo? ¿qué patrón migratorio siguen? ¿qué nos dicen ellas en sus testimonios acerca de su situación como residentes sin servicios y personajes migratorios? Y, finalmente, ¿qué papel pueden jugar organizaciones como el Instituto de la Trabajadora Agrícola para facilitar la incorporación de estas campesinas en sus nuevas comunidades e inclusive apoyarlas en su resistencia al papel que se les ha impuesto como personajes movibles dentro de la nueva economía global.

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El artículo revisa las medidas adoptadas por el gobierno en materia de movilidad humana durante el año 2009. El proceso de adecuación normativa al nuevo marco constitucional, no progresó y se entrapó. La institucionalidad y políticas públicas es dispersa y reproduce viejas concepciones de seguridad. Se han adoptado medidas de carácter restrictivo e inconstitucionales como: restablecimiento del pasado judicial, la reforma al proceso de reconocimiento de refugio, la intensificación de los controles militares y policiales, incremento de procesos de deportación. No existe una sólida política de regularización. Los programas de atención a emigrantes y sobre trata de personas evidencian debilidades y limitaciones. No existen políticas frente al tráfico de migrantes y el desplazamiento forzado.

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En medio de un contexto marcado por la globalización, la población que migra experimenta múltiples formas de negación y exclusión. En muchos países es mirada como extraña, intrusa, como ese nuevo “chivo expiatorio”, como “lo malo” e incluso “lo no deseado”. En el Ecuador concepciones como éstas han sido fortalecidas, por un lado, por el discurso oficial que tiende a mirar el libre ingreso de la población colombiana como una causal de la inseguridad ciudadana y, por otro, por las políticas de inmigración que se han implementado en nuestro país a partir del 2004. La presente investigación analiza la posición del gobierno del Presidente Rafael Correa respecto a los inmigrantes y fundamentalmente frente a los inmigrantes colombianos. Privilegia el análisis documental de las políticas de inmigración; los decretos y los comunicados del gobierno de Correa. Intenta responder a preguntas como: ¿Cuál es el peso que otorga el gobierno de Correa a la emigración, inmigración y refugio? ¿Cuáles han sido los factores que han incidido en la implementación de políticas de inmigración? ¿Si las políticas de inmigración afirman o expresan la concepción de la inmigración como un problema de seguridad, como una amenaza y qué implicancias trae ello para los derechos humanos de la población colombiana? Finalmente, propone algunas recomendaciones para trabajar en la implementación de políticas públicas de inmigración, así como también para abordar el tema de la movilidad humana.

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El crítico ecuatoriano resalta, en su crónica de un reciente viaje por España, los matices que los inmigrantes confieren a ese país, en estos tiempos de desplazamientos masivos. Con ojo de observador repasa las tensiones entre las culturas locales y extranjeras (rumanas, de varios países de Latinoamérica), las desigualdades apreciables al recorrer barrios exclusivos, encerrados en sí mismos, como «La Almudena», de Madrid (que tiene el mismo nombre de su inmenso cementerio). Camino hacia Pamplona destaca la comida de Soria y su homenaje público a los poetas Antonio Machado y Gerardo Diego. En Pamplona se siente más el enfrentamiento de tradiciones locales con las que traen los migrantes, también el empuje de la globalización, que busca lanzar la región hacia el futuro, enfrentado a la resistencia y el apego de ella a lo tradicional. Como parte del paisaje, las innumerables historias de ecuatorianos que allí viven y trabajan casi de sol a sol, que sueñan con volver al país y que, casi con seguridad, permanecerán allá.

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El ensayo analiza el surgimiento de la ciudad de Manta como estación de enlace entre la región de Manabí y el mercado mundial en el siglo XIX. Esta región económica estuvo integrada por un sistema de pequeñas localidades, cada una de las cuales cumplía una función determinada. El puerto de Manta experimentó un sorprendente despegue debido al auge manufacturero de los sombreros de paja toquilla y, más tarde, al auge agroexportador de la tagua y el cacao. Estudia, además, el proceso de recolonización por parte de grupos blanco-mestizos y la segmentación del espacio entre los nuev s inmigrantes y los descendientes de los antiguos indios.

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Este artículo analiza cómo el viejo continente comienza el nuevo milenio afrontando un gran desafío: dar una respuesta a los miles de inmigrantes que año tras año provienen desde diversos países del Tercer Mundo y de la Europa del Este en busca de mejores oportunidades. Frente a esto, la autora plantea que uno de los mayores desafíos europeos del presente consiste en buscar la manera de sustentar una realidad multicultural, producto de un mundo globalizado, dentro del proyecto hegemónico que hoy representa la consolidada Unión Europea.

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Esta investigación sobre la casa popular de Quito construida por inmigrantes del campo en las décadas de 1980 y 1990, generalmente en los bordes de la ciudad, combina herramientas de tres áreas del conocimiento: la cultura, la arquitectura y la comunicación. El grupo social estudiado está compuesto principalmente por artesanos de la construcción y empleadas domésticas, quienes en su trabajo cuotidiano se relacionan con diferentes estratos de la sociedad y trasladan a su espacio doméstico fragmentos de la cultura de esos grupos sociales, convirtiéndose así en «mediadores sociales». El conjunto de elementos visuales y su disposición afuera y adentro de la casa popular forman, según la autora, un sistema de comunicación que vincula las prácticas culturales cotidianas y de tradición familiar con un «orden» que expresa una estética y unos valores propios de lo popular. Desde el conjunto arquitectónico hasta el objeto doméstico, se atisba una vocación na tural y creativa por realizar lo que Lévi- Strauss denomina el «bricolage» –en este ca - so cultural–, mediante procesos de ensayo e in vención, re-utilización y resignificación de materiales y objetos que son compartidos, ex hibidos, copiados y reciclados entre quienes practican esta estrategia de supervivencia. Mediante varios ejemplos se pone en evidencia la versatilidad con la que la cultura popular decodifica los cánones culturales de otros grupos sociales para incorporarlos en su vida diaria, como una manera de superar su condición de subalteridad.

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Esta tesis es un estudio de carácter exploratorio y comparativo que articula los enfoques de género y derechos humanos para ubicar los condicionantes de género que intervienen en la experiencia migratoria de mujeres colombianas, peruanas y chinas que viajan y permanecen en Ecuador. Surge a partir de la preocupación por el incremento de la presencia de mujeres inmigrantes registrado en la última década en Ecuador; los limitados estudios que existen sobre su situación; y las carencias de las políticas migratorias vigentes para incorporar el enfoque de género y de derechos humanos. Se desarrolla a través de cuatro capítulos en los cuales se busca brindar una aproximación sobre la forma en que las teorías de las migraciones, feminista y de derechos humanos ha venido analizando la migración de las mujeres; el marco normativo y de política migratoria vigente en relación a mujeres no nacionales; la magnitud y principales características de su presencia; y, a partir de la palabra de las mujeres, los condicionantes de género que se activan durante la experiencia migratoria y las repercusiones que ellos tienen para la vigencia de los derechos humanos Teniendo en consideración los principales hallazgos encontrados se formulan algunas recomendaciones para la definición de una política pública sobre movilidad humana que articule el enfoque de género y el de derechos humanos.

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En esta tesis se estudian los rasgos de las políticas inmigratorias diseñadas por la corona española entre los siglos XVI y XVII, en su intento por garantizar el monopolio peninsular en el proceso de poblamiento de los territorios americanos. Ligado a lo anterior, se presentan evidencias empíricas de la manera cómo los europeos no españoles ingresaron al Nuevo Continente de manera legal o ilegal, mostrando la relativa inefectividad de las leyes al respecto. El análisis de una serie de casos de "extranjeros" que lograron su naturalización o se mezclaron con la población neogranadina en diferentes escenarios locales y provinciales, revelan la fuerza incontenible del proceso de expulsión de personas en Europa, y concomitante con esto, la fuerza de atracción que ejercían los territorios bajo dominio español. En este contexto se ubica la situación legal, social y económica de los extranjeros en sus sitios de residencia, señalando sus diferentes ocupaciones, relaciones e inserción social en las diferentes localidades durante el período colonial. Mediante estudios de caso se ilustran las diferentes estrategias que estuvieron a la mano de los inmigrantes para burlas la prohibiciones legales a su establecimiento. De esta manera se puede apreciar en forma global los factores jurídicos, sociales y culturales que constituyen un modelo particular de inserción de los extranjeros en un régimen restrictivo y prohibitivo que, de manera pragmática acudió al expediente de la inmigración selectiva, para aprovechar los conocimientos y pericia de aquellos en temas como la milicia, la medicina, la minería y las artes mecánicas. En comparación con los rasgos observados en el antiguo régimen, con el advenimiento de la Primera República -que en materia inmigratoria definió los perfiles de las políticas inmigratorias del siglo XIX colombiano-, se analiza con todo detalle las constituciones y leyes sobre el tema de la extranjería. Con base en estos documento se develan las continuidades con el sistema legal precedente y las rupturas formales en el orden del discurso, de corte liberal, referentes a la necesidades de favorecer el asentamiento de extranjeros para sacar a la Nueva Granada del atraso educativo y tecno-económico heredados de la época colonial. En este punto se analiza la participación de un grupo de extranjeros en el ejército bolivariano, algunos de los cuales obtuvieron su naturalización como reconocimiento por sus sacrificios y actos de valentía al servicio de la república. Dicha naturalización, desde el punto de vista de los granadinos santanderistas sólo les concedía la posibilidad de dedicarse a sus oficios, a casarse, aportar sus conocimientos y acumular capital, quedándo privados de derechos políticos, como la deliberación y toma de partido en las disputas político-militares. En tal sentido fueron decisivas sus actitudes y toma de posición en el partido bolivariano para provocar su expulsión del territorio granadino y, en su camino al exilio tuvieron entre sus destinos favoritos la naciente república de Venezuela, donde desde el siglo XVIII los extranjeros encontraron mejores condiciones legales, sociales y culturales para el goce de sus derechos.

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El propósito principal de este trabajo de investigación es el de identificar los Factores de Riesgos Psicosociales en la Sección de Visas para No-Inmigrantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y analizar su incidencia en la gestión de servicio al cliente. De manera general, este trabajo de investigación se desarrolla en cuatro capítulos. El primer capítulo contiene aspectos teóricos referentes a la Seguridad, Higiene y Salud en las Organizaciones, donde se reflexiona sobre la situación actual ecuatoriana respecto a prevención de accidentes de trabajo y el déficit de información referida a factores de riesgo psicosociales. En un segundo capítulo se analiza a profundidad los tipos de riesgos psicosociales que podrían presentarse en el ámbito laboral y la necesidad de planificar programas de prevención y administración de riesgos psicosociales. En el tercer capítulo se visualiza al cliente y sus necesidades como indicadores que determinan el nivel de calidad de servicio. Por último, en un cuarto capítulo, se presenta un estudio de caso, en el que a través de la aplicabilidad de instrumentos de investigación, se identifican los riesgos psicosociales en la Dirección de Migración y Extranjería, Sección Visas para No-Inmigrantes y su posterior análisis de la relación con el servicio al cliente, para finalmente proponer un programa de prevención y administración de riesgos psicosociales que pueda ser aplicado en la Institución, con el fin de fomentar una cultura preventiva y generar un lugar con condiciones de trabajo óptimas para el recurso humano.