999 resultados para Disposição para pagar
Resumo:
Durante los años 1998 y 2002 El Pomar atravesó por una fuerte crisis económica caracterizada por una disminución de las ventas y falta de liquidez que conllevó a graves problemas con los proveedores. Igualmente, había deficiencia en la dirección del área administrativa y financiera generando debilidades frente a la competencia, pues carecían de controles en los procesos internos. Desde el año 2001 hasta el año 2003, las ventas de la empresa habían disminuido en un 65%, lo que ocasionó el cierre de 4 comercializadoras que tenían y el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, financieras y con sus proveedores. Dada esta situación se le aconseja a la Junta Directiva tramitar un acuerdo de restructuración bajo la Ley 550 de 1999 con el fin de pagar a sus acreedores. Este acuerdo fue formalizado con los proveedores el 8 de noviembre de 2003 en donde todas las partes quedaron de acuerdo luego que la Superintendencia de Sociedades diera el aval para ejecutarlo. Para el año 2010 la empresa logró superar esta etapa, luego de que la administración se enfocó en reconquistar el mercado perdido, se vendió la empresa a accionistas colombianos para adquirir capital y se realizó de alianzas estratégicas con otras empresas. El presente trabajo tiene como tema central discutir el caso empresarial de cómo El Pomar logró resurgir de su crisis. De este modo, es cómo se establecerán los parámetros que determinarán el desarrollo del trabajo, tales como: perdurabilidad empresarial, ley 550 de 1999, resurgimiento y estrategia.
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El objetivo central de este Estudio de Caso, consiste en investigar en qué sentido la proximidad geográfica y el hecho de que la región del Sahel constituya una zona de tránsito, influyen a que el crecimiento del terrorismo islámico en Malí comprenda una amenaza tanto para la seguridad nacional, como para la estabilidad de España. Se avanzará posteriormente con la descripción de herramientas específicas, tanto judiciales como de cooperación que el gobierno español ha buscado apoyar a nivel global y local, con el fin de repeler los desafíos que se generan como consecuencia del terrorismo; especial énfasis se hará, en aquellas medidas que este Estado europeo ha implementado con el propósito de enfrentar particularmente las amenazas que se generan hacia su territorio como resultado de la crisis terrorista en Malí.
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El objetivo principal de esta monografía es comprender los procesos de securitización en Colombia en el periodo 2006-2010. Se analizarán los discursos securitizadores del segundo gobierno del presidente Uribe y del primer gobierno del presidente Santos y las percepciones en el hemisferio hacia estos discursos. Estas percepciones no permitieron que el proceso de securitización de Uribe considerando a las FARC como una amenaza terrorista fuera aceptado en su totalidad por el hemisferio, mientras que el proceso de securitización de Santos considerando a las FARC como grupos al margen de la ley si lo fue. Este análisis se realizará con el apoyo de la teoría de securitización desarrollada en 1998 por los autores Barry Buzan, Waever y de Wilde.
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Al final de un experimento controlado, donde se contrataron asistentes de investigación para la codificación de noticias de los periódicos en línea durante un mes, el experimentador-empleador los invitó a lanzar un dado y reportar el resultado con el fin de pagar en efectivo una cantidad proporcional y lineal en el número reportado, de 1 a 6. Otro grupo (control) de estudiantes similares, fue invitado a realizar la misma tarea, pero sin tener relación laboral previa con el experimentador-empleador. Nuestro grupo de tratamiento mostró niveles promedio más altos de honestidad, ya que la distribución de los números reportados por estos fue menos sesgada a la derecha. Es decir, el grupo de relaciones de trabajo fue más propenso a reportar números que están más cerca de la distribución uniforme (honesta) que el grupo de control, y que otros estudios con este tipo de experimento. Se conjetura que la relación laboral del grupo de tratamiento indujo mayores niveles de honestidad entre los participantes. Una de las posibles razones es que la relación de trabajo creada para el grupo de estudiantes de tratamiento incluía una serie de choques que implicaba la posibilidad de desempleo involuntario, generando incentivos para que los estudiantes interpretaran la honestidad como un rasgo que podría ser valorado en el mercado de trabajo. Este artículo contribuye a la creciente literatura sobre la comprensión de los motivos de la honestidad y el engaño.
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El Rey Felipe V de España ordena a las cajas de la Real hacienda en Santafé pagar al Colegio Mayor del Rosario lo que se le debe de la pensión anual concedida por cédula real de 1715, en que se le concedió, un auxilio de 500 ducados anuales por el término de diez años. Siendo rector el doctor don Luis Antonio de Berrio y Mendoza de Castrillón.
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Felipe V de España en vista de los informes del oidor Juan Gutiérrez de Arce sobre la mala situación económica del Colegio Mayor del Rosario de Santafé, ordena a las cajas de su Real hacienda pagar lo que se adeuda al Colegio Mayor de la pensión de 500 ducados concedida en 1715. También nombra al oidor de la Real Audiencia de Santafé José de Quintana para remplazar a Gutiérrez de Arce como administrador del Colegio Mayor y hacer cumplir las medidas de recolección de rentas, pago de salarios y creación de informes sobre el estado de la institución. El expediente termina con el obedecimiento de José de Quintana de la disposición real.
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Petición del rector del Colegio Mayor Luis Antonio de Berrio a la Real Audiencia del obedecimiento de la cédula Real que ordena a las cajas de la Real hacienda pagar al colegio Mayor lo que le corresponde de la pensión de 500 ducados. El expediente contiene la aprobación de la petición y su traslado a los oficiales de la Real Hacienda del Reino, así como varios informes sobre el aporte de rentas de varios corregimientos y ciudades del Nuevo Reino de Granada para el pago de la pensión al Colegio Mayor.
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Fol. 41-42 Cédula Real de 1715 concediéndole nuevamente una pensión anual de 500 ducados al Colegio Mayor del Rosario por diez años. Fol. 43- 44 Cédula Real de 14 de febrero de 1726 ordenando a las Cajas Reales de Santafé pagar la pensión concedida en 1715 al Colegio Mayor del Rosario para la manutención de sus cátedras. Fol. 47-52 Copia de otra Cédula real expedida en 14 de febrero de 1726 dando pautas sobre la administración del Colegio Mayor del Rosario (regulación de salarios, pensiones de estudiantes, periodos rectorales, cátedras) para afrontar su mala situación económica, también se pide cumplimiento en el pago de la pensión de 500 ducados, incluye el registro de recepción y obedecimiento de la Cédula
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Escritura de un principal de 500 pesos otorgado por el Colegio Mayor del Rosario a José María Mendoza, sobre una casa de tapia propiedad del mencionado Mendoza, ubicada en el barrio de Santa Bárbara. Se acordó pagar un rédito anual del cinco por ciento.
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Resumen tomado de la publicación. Monográfico titulado: orientación e intervención psicopedagógica en los contextos educativos, comunitarios y empresariales
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Estudio general de la situaci??n de la ense??anza p??blica en Valladolid en el periodo 1900-1931. An??lisis de los edificios escolares y su situaci??n en la ciudad. An??lisis de los aspectos constructivos. An??lisis de los aspectos pedag??gicos del edificio escolar. Situaci??n escolar de Valladolid durante la Restauraci??n.. Edificios escolares de Valladolid del periodo 1900-1931 y documentos catastrales. Hip??tesis 1: la escasez de edificios escolares sobretodo en los barrios perif??ricos dejaba a un gran n??mero de ni??os sin la posibilidad de escolarizaci??n, acentu??ndose las diferencias sociales en la ciudad. Hip??tesis 2: la utilizaci??n de casas de alquiler como escuelas supon??a que este tipo de locales no fuesen adecuados, presentando deficiencias en infraestructuras e higiene. Hip??tesis 3: la construcci??n de nuevos edificios es planteada como la ??nica v??a posible para el desarrollo de una ense??anza digna. Fuentes primarias: libros de Actas del Ayuntamiento de Valladolid, libros de actas de la Junta Local Primera de Ense??anza, Memorias de la Junta Local Primera de Ense??anza, comunicaciones cruzadas entre los alcaldes, maestros, rectores, y Ministros de la Instrucci??n Primaria; proyectos de construcci??n de escuelas, solicitudes de desdoblamiento o creaci??n de Auxiliar??as por parte de maestros, visitas de comisiones de Inspecci??n a la Escuela. Entre las fuentes Secundarias cabe citar: fuentes legislativas, libros de presupuesto del Ayuntamiento de Valladolid, estad??sticas de primera ense??anza, nomenclatores de Valladolid, literatura referente a temas educativos, archivos y bibliotecas: Archivo Municipal de Valladolid, Archivo de la Chanciller??a de Valladolid, Hemeroteca Norte de Castilla, Biblioteca Universitaria de Salamanca, Biblioteca Nacional de Madrid, Biblioteca Universitaria Reina Sof??a. M??todo hist??rico. La presente investigaci??n analiza las estructuras e instituciones docentes de la ciudad de Valladolid en el primer tercio del siglo XIX. Las escuelas pasan de depender de los ayuntamientos a depender del propio Estado, se analizan las dificultades que deben de afrontar los municipios para el pago de los gastos de las escuelas, habitaciones para maestros como alquileres de los arrendamientos. A pesar de plantearse reformas, no se profundiza en el problema y no se resuelven la situaci??n de la escuela p??blica. Los colegios privados se autofinancian, estableciendo unos honorarios a pagar en funci??n de la edad, tipo de alumbrado, y servicios que presta. Estos colegios tratan de justificar el pago de sus servicios mediante servicios a??adidos, constituyendo un s??ntoma de prestigio al que s??lo pueden optar unos pocos. El aumento del n??mero de escuelas, necesario en la ense??anza graduada, trata de educar a toda la poblaci??n, evita que los ni??os vaguen por las calles. La situaci??n del magisterio en esta ??poca se caracteriza por su penuria econ??mica, aunque desde las instituciones se otorga importancia a su figura para la lucha contra analfabetismo y el cambio social.. El cambio a una ense??anza graduada se traduce en cambios en los edificios, necesit??ndose una reestructuraci??n de las escuelas existentes. Las instalaciones en las escuelas tanto p??blicas como privadas dejan mucho que desear, con carencias de higiene, ventilaci??n, luminosidad. Los nuevos edificios incorporan numerosas mejoras y mayor adecuaci??n a la ense??anza. Los edificios religiosos, destacan por sus proporciones y por la grandiosidad de los mismos, con buenas condiciones. Las diferencias en la dotaci??n de los colegios hace que aparezcan rivalidades entre los mismos, con nuevas distribuciones y organizaci??n de los espacios de recreo y de trabajo. La atenci??n a la infancia, se ve influenciada por los movimientos pedag??gicos, fundamentalmente en la instituci??n libre de ense??anza, impulsando una nueva forma de educar a la infancia.
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Dejar constancia de la evolución que ha sufrido tanto el tratamiento que se le han dado a la diversidad como los conceptos que se han utilizado para definirla en la legislación española del año 1850 hasta el 2000. Realiza una síntesis de los antecedentes de la educación especial en diferentes países, analiza la legislación desde 1850 a 1985 en todo lo que respecta a las personas diferentes: educación, empleo, ayudas sociales, avances médicos, puesta en marcha de diferentes centros e instituciones, patronatos y organismos. Así como examina los regímenes políticos en los que surgieron, sus contenidos, coincidencias y los intereses y valores. Además explica el paso de la integración a la inclusión a través de la cronología de la atención a la diversidad en la educación. 1) Con la revisión de las normas hemos comprobado que la legislación sigue expuesta a los avatares de los cambios políticos con las consecuencias que ello trae para los beneficiarios directos de la educación y más en concreto para los alumnos con Necesidades Educativas Especiales. Se hace patente la necesidad de llegar a un acuerdo en la educación que evite el continuo ir y venir de las leyes en un sentido o en otro en cada legislatura; llegar a un acuerdo que garantice estabilidad en la implantación de las leyes, atención a todos los colectivos y participación de todos los estamentos implicados en la educación para evaluar sus resultados. 2) No ha habido un trato equitativo ni en la implantación de normas legislativas, ni en el trato de las diferentes deficiencias. La deficiencia psíquica ha ido siempre a la zaga en el tratamiento legislativo. En relación con la educación de los enfermos mentales, en España no se encuentran indicios de atención específica hasta bien entrado el siglo XX, anteriormente todo se situaba en el marco puramente caritativo y asistencial a diferencia de otras deficiencias que contaban con esta atención ya desde mediados del siglo XIX. Hemos de esperar hasta la mitad del silgo XX para presenciar los primeros intentos claros de asistir a los deficientes mentales de forma eficaz, es decir, no sólo desde el punto de vista terapéutico sino también educativo. 3) La legislación siempre ha ofrecido respuestas a las demandas de la sociedad al tiempo que ha ido proponiendo nuevas formas en el tratamiento de la diferencia. Se puede establecer relación clara entre la publicación de los documentos legislativos y la evolución de las personas con discapacidad en lo social, laboral, sanitario y educativo. Algunas de estas normas han tenido mucha importancia, incluso las que tienen ya más de un siglo de antigüedad, como las Órdenes de 1851 y 1852 por las que la Escuela de sordomudos y de Ciegos pasaron a depender del Ministerio de Fomento, sentando las bases de lo que luego sería el carácter asistencial y educativo del Estado con estas personas. El Mismo Estado adquiere por primera vez el compromiso claro de asumir su cuidado y educación, desterrando la idea de que estas personas no merecieran atención educativa alguna y siguieran siendo tratadas como individuos de naturaleza diferente a la de los llamados normales. Estas órdenes cuajarían sin duda en una ley que constituyó una auténtica revolución aunando uno y otro ámbito, el de la ceguera y la sordera. La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, normativa que constituyó el más importante precedente legislativo conveniente a una protección especial por parte de los poderes públicos a favor de los sordomudos y de los ciegos, determinó la obligatoriedad de la enseñanza entre los 6 y 9 años para aquellos niños cuyos padres no pudieran pagar. Aspectos como la creación de escuelas para niños sordos, la obligación que incumbía al Estado de educar a estas personas en establecimientos docentes especiales o la obligación de formar a los maestros en Pedagogía Especial dan una idea del paso adelante que supuso la publicación de esta norma a mediados del siglo XIX. 4) El ámbito educativo ha sido uno de los más prolíferos en cuanto a la redacción de las normas, en todos los años analizados. El ámbito social destaca de igual manera en todas las décadas, pero con la llegada del nuevo siglo inauguró la etapa más intensa de la primera legislación social española y se incrementó a partir de la segunda mitad de los años 60 y la década de los 70. Con anterioridad el Gobierno durante todo el siglo XX reorganizó los servicios de beneficencia y comenzó una política de tutela, protección y atención de los discapacitados físicos y psíquicos. Mientras que los Poderes Públicos han prestado en todas las décadas una especial atención a los incapacitados laboralmente y especialmente a los mutilados de guerra durante todo el siglo XX. 5) Algunos de los términos que aparecen en los epígrafes de las normas legislativas son: anormal, ciego, educación especial, inválido, minusválido, sordo y subnormal, todos ellos mencionados en más de 35 normas. Algunos son términos que hace ya tiempo que no se utilizan, otros desaparecieron hace sólo algunos años y otros se siguen utilizando. Pero es preciso destacar que en los últimos años ha habido un exceso de celo en el cuidado del lenguaje oficial, incurriéndose en errores o en la utilización de términos pedantes e incluso ridículos. Es el caso de hacer siempre hincapié en: los, las, el, la; para no ser discrimantes con el género, o la invención de giros gramaticales enrevesados como necesidades educativas especiales por educación especial, deficiente visual por ciego, deficiente auditivo por sordo, etc., incluso circunloquios verdaderamente difíciles de leer y aprender y ocurrencias modernas que han servido durante siglos para entendernos e incluso han formado parte de la legislación de nuestro país.
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Resumen tomado de la revista
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Resumen tomado de la revista.
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Resume dos trabajos sobre la financiación de la FP. El primero de Vladimir Gaskov de la OIT presenta un extracto de tres sistemas de financiación de la formación: programas de financiación obligatoria; permiso pagado de formación; y convenios colectivos y fondos sectoriales para el desarrollo de la formación. Al final de esta partre, expone las ventajas e inconvenientes de los sistemas de incentivos. El segundo trabajo de Crepor y Wurzburg publicado en la Revista de FP del CEDEFOP, nõ 18, gira en torno al tema de quién debe pagar la Formación Profesional..