1000 resultados para DERECHO A LA IDENTIDAD
Resumo:
La presente investigación analiza el conflicto y la identidad en la lucha por la tierra, desde la comprensión de las lógicas culturales frente a la tierra. Permitiendo entender las motivaciones simbólicas de cada grupo frente a la tierra y sobre todo valorar el hecho de que existen grupos para quienes la tierra tiene un valor más allá de lo económico y monetario. Su valoración radica en que se constituye en un espacio de vida y reproducción socio cultural para el grupo que lo habita. Existe un conflicto de carácter étnico, ambiental y económico. Es decir, los intereses entre la adjudicación del territorio en donde se desarrolla las actividades de extracción, explotación, venta y comercialización de maderera, la conservación del medio ambiente y los derechos territoriales de la población Awá. Las actividades madereras, palmicultora y minera se han caracterizado por ser altamente contaminantes, por ser un motor de colonización y por haber provocado numerosos conflictos no sólo en la zona, sino a nivel nacional. Las principales amenazas sobre la integridad del territorio vienen por parte de las empresas madereras y palmicultoras. Ya que el territorio Awá posee la última extensión de bosque primario que queda en la costa del Ecuador. Como la madera, se está terminando en otras partes, los intereses de los grandes industriales madereros van hacia la madera que se tiene en esta zona. El resultado de las negociaciones todavía no se ha dado, por cuanto se espera respuesta por parte de entidades públicas que reconozcan el derecho de la comunidad Awá que tiene su territorio en disputa como en conservar sus recursos naturales y redistribuir sus ingresos a toda la comunidad. Finalmente, la investigación demuestra que un manejo adecuado del conflicto, es decir entre iguales, con metodologías participativas, permitirá soluciones adecuadas además, es posible ir creando procesos sociales basados en el respecto mutuo y la interculturalidad.
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La adopción de decisiones sobre las actividades y negocios de las compañías, que son aprobadas por los órganos supremos, en algunas ocasiones lesionan los intereses de los grupos minoritarios, que están en desventaja frente a los grupos de poder. Por tanto, los derechos de minorías deben ser regulados correctamente a fin de que garanticen el eficaz ejercicio de los mismos. Uno de los principales derechos que se ha previsto para defensa de las minorías, cuando éstas se ven afectadas por las resoluciones de junta general, es el derecho de impugnación de dichos acuerdos sociales. El derecho de impugnación es primordial para defensa de los intereses de las minorías, puesto que constituye la vía legal por la cual se pueden oponer a la ejecución de las resoluciones adoptadas en junta. El presente trabajo describe en qué casos se puede hacer uso de este derecho y detalla cuál es el procedimiento para ejercerlo; también evidencia las restricciones que la misma normativa establece al respecto. El propósito que se persigue es establecer si efectivamente el derecho de impugnación de minorías constituye una garantía real frente a un posible abuso de las mayorías, y si este derecho puede ser ejercido por cualquier minoría. A lo largo del trabajo se hace un estudio sobre la conformación de las compañías, las acciones y los derechos que otorgan dichos títulos a los socios o accionistas. Se anota la importancia de los órganos de gobierno y la capacidad que tiene para adoptar resoluciones. También se hace un estudio respecto de las nuevas regulaciones que se han desarrollado a nivel mundial en defensa de los intereses de minorías y de la importancia y rol del órgano de control.
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La convicción de que la Nación constituida es algo que fue previamente imaginado informa el título de esta investigación, en el que implícitamente se opone “imaginar desde el centro” proponiendo un monismo cultural homogeneizador, cosa ocurrida en lo que hace a la República Argentina durante el siglo XIX desde el paradigma civilización-barbarie; a “imaginar desde la periferia”, más concretamente “desde la frontera”, entendida como espacio cuyas transformaciones permanentes tienen que ver con la presencia o cercanía de otra cultura, cuestión que le permite propugnar la heterogeneidad, y que leeremos en textos producidos al finalizar éste último siglo, cuya absorción de un rumor social, provocado por tendencias mundiales hacia la interculturalidad de las que se hicieron eco muchos trabajos investigativos y nuevas leyes que hacen una apuesta por el pluralismo, podría influir en el nacimiento de una nueva “comunidad imaginada”. El subtítulo de nuestro trabajo se refiere a la construcción de las figuras del caudillo y del gaucho en la literatura salteña, que se incorporaron a ésta después de ser revalorizadas en Buenos Aires desde el paradigma rioplatense del mestizaje propuesto por los sectores dominantes. La recuperación de estas figuras significó la revalorización de ciertas variables de la identidad que habían quedado interdictas bajo el paradigma civilización-barbarie. Se trata de textos que, aparecidos en la primera mitad del Siglo XX, acompañan, no sólo la nueva etapa de predominio de un sector, sino también la continuidad de una manera homogeneizadora de imaginar la Nación. También hace alusión a la figura del indio que, al provenir de paradigmas no rioplatenses como el indianismo, idealización romántica del mundo indio, fue filtrándose ya desde estos textos primerizos, hasta convertirse, a partir de mediados del siglo XX, con el indigenismo cargado de un sentimiento de reivindicación social, en emblema de un sector emergente en ascenso: la nueva promoción de escritores pertenecientes a la clase media. Su presencia nos hizo sospechar que en los textos se construía desde esta época un modo distinto de imaginar la Nación, propio de la frontera noroéstica. Esta hipótesis inicial fue descartada durante el transcurso de la investigación ya que, aunque la voz y la presencia del indígena y del negro fisuraban en cierta manera los paradigmas homogeneizadores, no llegaban a romperlos. Se producía, en cierta manera, la incorporación de esa voz marginal a un orden discursivo “superior”, en una especie de variante regional de los paradigmas mencionados. Recién a finales del siglo XX se editan textos construidos desde lo real maravilloso que devela zonas antes inéditas del universo mítico del hombre andino y que, al conformarse a través del ingreso de múltiples voces con igual derecho a la opinión, permiten la inscripción de varias formas diferentes de evaluar el mundo indígena. Se incorpora así una verdadera revalorización de la figura del indio, que había quedado siempre en el polo negado. Al hacerlo, en acuerdo con tipos textuales que provienen de prácticas sociales y académicas presentes en nuestros días (legislación, periodismo, antropología), se recupera otra variable de la identidad y esto puede promover el origen a una “comunidad imaginada” que haga posible un pensamiento intercultural, modo verdaderamente diferente de imaginar la Nación desde esta frontera.
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La presente tesis aborda el proceso al que hemos denominado de usurpación simbólica, mediante el cual los sectores dominantes locales de la ciudad de Latacunga, han usurpado los símbolos de la fiesta de la Mama Negra que se celebra como un acto de religiosidad popular por parte de los sectores subalternos en el mes de septiembre, para transformar su sentido y convertirla en un acto ritual político a través del cual se hace posible la legitimación del poder y su ejercicio. Este trabajo analiza cómo se expresan la identidad, la alteridad y el poder en esta fiesta, cómo opera el intercambio y la interacción de los símbolos, dentro del proceso de usurpación simbólica para poder entender las dimensiones simbólicas de lo político y las dimensiones políticas de lo simbólico en esta celebración, para lo cual se analizan en forma comparativa cuáles son los discursos, prácticas, significaciones, significados, es decir las isotopías o ejes de sentido, que los actores de las dos celebraciones construyen. La tesis aborda cómo operan las dimensiones simbólicas del poder, como este para la legitimación del proceso de usurpación simbólica, necesita construir un discurso de verdad, por ello la fiesta de la Mama Negra de noviembre se la muestra como la expresión de la “verdadera unidad e identidad latacungueña”, a fin de ocultar los conflictos que se expresan a nivel de clase, étnico, social, los que al no poder ser resueltos se los traslada a la esfera ritual donde dichas conflictividades quedan invisibilizadas transitoriamente; pero por el contrario, analizamos que la celebración no puede ocultar una profunda fractura de la alteridad, pues se construye una relación asimétrica incluso en el propio ejercicio ritual. Reflexionamos sobre la construcción que se hace del otro en la ritualidad, cómo se expresa la lógica de la identidad y la alteridad asimétricas que en la celebración se construye, a fin de hacer evidente que la fiesta es un escenario de conflictos, que en ella se expresan claras intencionalidades políticas, relaciones de fuerzas, lucha de poderes materiales y simbólicos. Finalmente se aborda el proceso de degradación al que ha llegado la fiesta de noviembre como consecuencia del vaciamiento de sentido que genera el proceso de usurpación simbólica y se analizan las tácticas que los sectores subalternos están llevando adelante para la legitimación de su presencia y la reafirmación de su identidad para enfrentar el proceso de usurpación simbólica instrumentalizado por el poder.
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Mujer, tu sinónimo es la subversión del orden. Caleidoscopio de imágenes que reflejan una "multiplicidad de yoes", aristas diferentes desde donde se combate el centro y la hegemonía, galería de espejos que reflejan realidades y nos permiten mirarnos e irnos reconstruyendo son algunos de los elementos que el lector encontrará en este análisis. La Literatura es vista como espacio donde se entrecruzan distintos saberes que nos permiten conocer la realidad, pero también combatirla, transformarla, pervertirla. La narrativa de la escritora ecuatoriana Alicia Y ánez Cossío en diálogo con obras de distintas escritoras latinoamericanas nos permite escuchar voces, conocer miradas y diversos imaginarios temeninos que corresponden no solo a las de las escritoras sino también a las de sus respectivas comunidades y tiempos. Las narradoras, a través de una nueva poética y una nueva política, logran una revolución-revelación del universo femenino, pero también de otros universos que contonnan «Ja cultura de la periferia". El pensamiento postfeminista ilumina la visión de las identidades de género que son concebidas como inacabadas, parciales, estratégicas, contradictorias pero sobre todo infinitas. El contlicto entre la "identidad social y la personal" que la literatura retleja contribuye a descolonizar el imaginario del lector y a llenarlo de nuevos y múltiples significados que responden a un descentramiento de todo tipo de hegemonías, de órdenes y jerarquías, pues la narrativa de las escritoras convocadas, a esta suerte de diálogo, es profundamente subversiva de los cánones establecidos, de los binarismos y esencialismos culturalemente creados y estéticamente recreados.
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El presente trabajo de investigación estudia una de las intersecciones entre dos ramas jurídicas de actualidad, el derecho de la propiedad intelectual y el de la competencia económica. En concreto, es objeto de tratamiento el derecho de patente de invención como fuente de una posición de dominio en un determinado mercado relevante y la negativa a licenciar como ejercicio abusivo de dicha posición. Dos son las principales conclusiones arribadas. En primer lugar, un derecho de patente de invención –de manera similar a otros derechos de propiedad intelectual- puede conferir a su titular el poder de mercado suficiente para configurar una posición dominante en un mercado relevante. Mas, ello no es una situación invariable, motivo por el cual no existe ecuación entre derecho de patente y posición de dominio –o monopólica-. De otro lado, bajo ciertos respectos, cabe considerar a la negativa a conceder licencias por parte del patentado como un comportamiento contrario a la competencia. Mas, en este punto, debe buscarse un equilibrio entre los derechos del patentado y las prescripciones del régimen de la competencia económica a fin de no privar a alguno de ellos del cumplimiento de sus objetivos. Por tanto, proponemos como solución, la excepcionalidad de la calificación de ilicitud de la negativa a licenciar. Dadas la complejidad y novedad de la temática, el presente es un estudio introductorio. Esperamos que sirva de aporte para trabajos posteriores.
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El presente tiene como propósitos analizar el cambio de modelo de Estado que trajo la Constitución del 2008, (Estado Constitucional de Derechos y Justicia), a diferencia de lo que estableció la Constitución de 1998, (Estado Social de Derecho), y en función de la transformación de este principio rector, evidenciar los avances en materia de derechos constitucionales, sus principios de aplicación, así como la protección judicial de los mismos, dando especial énfasis en los derechos sociales y su justiciabilidad. El estudio abarca un examen comparativo teórico-normativo de los dos regímenes constitucionales en lo que respecta al contenido, alcances, denominación y garantía judicial de los derechos sociales, y en esta perspectiva la tarea de los jueces frente a una nueva realidad constitucional en lo atinente a la interpretación, rol creador de derechos y guardián del Estado Constitucional de Derechos. Se incluyen también algunos datos relevantes referentes a la utilización de la acción de protección como mecanismo idóneo para tutelar derechos del buen vivir, así como una breve referencia al problema de la residualidad como característica asignada a dicha acción, lo que se ha constituido en un fuerte obstáculo para obtener una garantía jurisdiccional efectiva de los derechos constitucionales, incluidos los sociales. Por último se estudia resoluciones y sentencias concretas de acciones de amparo (Constitución 1998) y de acciones de protección (Constitución del 2008), con la finalidad de evidenciar si el cambio constitucional ha tenido eficacia en la realidad jurisprudencial, llegando a concluir que pese a la mutación de modelo, no se refleja en la realidad judicial un cambio considerable en relación a la protección eficaz de los derechos sociales.
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La sentencia a favor de la comunidad Mayangna de Awas Tingni contra Nicaragua, marca un hito jurisprudencial en el Derecho Ambiental internacional, a partir del reconocimiento de la propiedad colectiva. Para ello, la Corte Interamericana de Derechos Humano resuelve reparar los territorios indígenas aplicando principios jurídicos internacionales sobre la propiedad; pero, además desarrolla interesantes políticas medioambientales entorno al uso y respeto de los bosques indígenas, que deben observar los Estados y que califican como propiedad. Bajo este enfoque, buscaremos aplicar la jurisprudencia y las políticas ambientales de Awas tingni al caso concreto de los pueblos afroecuatorianos que habitan dentro Reserva Manglares Cayapas, como lineamiento para la reparación territorial, a través, de la desconcentración de las políticas medioambientales a favor de los colectivos que habitan allí. En otras palabras, se trata de desconcentrar las políticas ambientales de la Reserva Ecológica para ejercer políticas de reparación territorial indígena. Sin embargo, para llegar a reconocer la propiedad colectiva y reparar el uso y respeto de los bosques de las comunidades negras. Se hace necesario reconocer que se trata de pueblos indígenas con derecho a la autodeterminación; por lo que construiremos un marco teórico que nos permita la aplicación de todos los instrumentos internacionales pertinentes para pueblos indígenas. Por otra parte, habrá que determinar la necesidad imperiosa de reparar la autodeterminación; para ello buscaremos cuáles han sido las políticas discriminatorias estatales con respecto al uso, regulación y reparto territorial que han sufrido estas comunidades, en las últimas décadas.
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El análisis jurídico comparado de un grupo de países latinoamericanos acerca de la imposición a la empresa es exiguo, probablemente por el vertiginoso cambio de la legislación y por la característica menos gregaria de los expertos de nuestra disciplina. Este estudio, que profundiza sobre la base imponible de la imposición directa sobre la renta, resulta necesario si atendemos el nivel de desarrollo parecido de nuestras realidades sociales y económicas, amén de las características culturales que nos unen y que en ocasiones nos demandan precisamente estas reflexiones. La unidad del tronco jurídico y las obvias relaciones con España ameritan su inclusión en esta indagación.
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El presente trabajo aborda los efectos que tienen los derechos constitucionales en las relaciones entre particulares. La doctrina ha distinguido en este campo entre el efecto inmediato, el efecto mediato y el deber de protección de los derechos constitucionales, este último que incluso se encuentra presente dentro del compromiso internacional adquirido por el estado ecuatoriano a través de la suscripción de tratados internacionales de derechos humanos. Además, se revisan algunos fallos constitucionales dictados por nuestro ex Tribunal Constitucional y la Corte Constitucional de Colombia en este ámbito, que nos muestran una vista panorámica de la irradiación de los derechos constitucionales.
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Es cierto que todos quisiéramos ser tratados por igual, pero no debemos olvidar que en las diferencias es donde se construye la personalidad individual, la identidad, la esencia de todo ser humano y que lo hace único e irrepetible, y que sin embargo a lo diferente que pudiera ser merece el mismo respeto. La negación de las diferencias, a fin de “igualar” a todos a un mismo nivel es discriminatoria. Nos dice Norberto Bobbio que no hay peor prejuicio que creerse libre de prejuicios, en esa línea el primer paso para una verdadera superación de los mismos es su concientización. En lo que al derecho penal se refiere, el mismo se encuentra organizado por agencias o instituciones que cumplen roles, muchas veces coordinan su accionar entre sí para la consecución de un objetivo macro, muchas otras compiten internamente por abarcar poder. Destacan la agencia legislativa quien es la que crea el programa que una sociedad requiera para cumplir sus objetivos, a través de la tipificación de conductas mínimas que se consideran apropiadas para hacerlo, se encomienda a la agencia policial la ejecución de dicho programa y a la judicial el control y garantía de los derechos de quienes ingresan al sistema. Es evidente que debido a lo inmenso del mismo como nos dice Zaffaroni, no podrá ejecutarse en su totalidad debiendo entonces la policía hacer uso de la selectividad para escoger a quien ingresará. El propósito de esta investigación es hacer evidente dicha selectividad y los criterios que son utilizados a fin de criminalizar a una persona, evidenciar si los mismos responden a objetividad o en el fondo los impulsa algún tipo de discriminación o prejuicio.
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Este ejercicio de repensar el derecho humano a la salud en clave transformadora tiene como propósito avanzar en la definición de un lenguaje del derecho que no sólo resulte políticamente correcto, sino que posibilite el desarrollo de acciones judiciales, legislativas y políticas (sociales, económicas, culturales y ambientales) en torno a la salud también políticamente correctas. El enfoque basado en los derechos humanos tiene como basamento el Derecho Internacional de los Derechos Humanos constituido en marco referencial de la promoción, prevención y protección de los derechos. Los instrumentos internacionales universales y regionales vinculantes y no vinculantes, la jurisprudencia y la doctrina hacen parte de esta matriz referencial globalizada y legitimada. La teoría crítica de los derechos humanos, uno de los referentes teóricos de este trabajo de investigación, cuestiona no sólo el carácter abstracto de las normas también el sistema de valores en que se basa su desarrollo. La idea de definir y desarrollar el derecho humano a la salud en términos más reales, más “humanos” y comprometidos con la opción transformadora de realidades sociales constitutivas de la violación sistemática de este derecho hace parte del propósito de la tesis. El marco conceptual que aquí se propone tiene en el enfoque de la determinación social de la salud, desarrollado por la corriente crontrahegemónica latinoamericana de Salud Colectiva y la Epidemiología Crítica, otro referente clave para el desarrollo del derecho humano a la salud ya no sólo como un derecho social fundamental, también como un derecho socialmente determinado. Ello implica que el derecho de acceso a bienes, servicios y sistemas de salud supone también el acceso a condiciones de vida humana y natural saludable. La determinación social en clave interpretativa del derecho humano a la salud explica el poder determinante individual en relación con el poder determinante colectivo de la salud en varias dimensiones que dan cuenta de la interacción que hay entre las condiciones biológicas, los estilos de vida, las condiciones y modos sociales y, los procesos generales sociales y productivos que impactan la vida y la salud de las personas y de la naturaleza también. En otras palabras, impactan las condiciones en que se ejerce el derecho humano a la salud. La extensión del contenido y alcance en relación con las obligaciones del derecho, con base en el enfoque de la determinación social de la salud, se constituye además en oportunidad para el desarrollo de marcos más efectivos en prevenir, garantizar, respetar y proteger el derecho humano a la salud. La metodología de la investigación es de carácter cualitativo con apoyo en fuentes documentales, referencia bibliográfica, instrumentos internacionales de derechos humanos y marco constitucional venezolano, doctrina y jurisprudencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
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Las sociedades desde sus inicios se han preocupado por entender y comprender determinados fenómenos sean estos físicos, sociales o biológicos, con lo cual interviene el raciocinio del ser humano que se preocupa por dar un significado a todas estas manifestaciones. La preocupación se genera en admitir un acto o un hecho como algo valedero que sea aceptado por todos los congéneres, para que tenga una categoría de admisibilidad y si bien se discuta su presencia, ésta sea al menos considerada por una mayoría. Así empieza la existencia de la verdad que tiene significados variados dependiendo de su origen semántico, pero que todos ellos empiezan por desentrañar la esencia de un objeto o de una exteriorización, pero a la vez son condiciones de convivencia social y hasta una forma de alcanzar la libertad. Claro está, que el ideal filosófico es precisamente que exista una correspondencia entre la concepción humana y el objeto que se analiza; pero este esfuerzo no es fácil, al contrario, dependerá inclusive del criterio subjetivo de cada individuo. Surge con preeminencia ante las situaciones difíciles en el campo jurídico, la imperiosa necesidad de ser avalada a través de una resolución que se plasma al final de una investigación; estatus que se configura en un decisión que declara oficialmente un hecho. Por este motivo, la verdad procesal es materia de un análisis, pero a la vez la forma en la que se arriba debe tener despliegues importantes para generar igualdad y equidad de los sujetos procesales para acceder a través de la prueba y mantener una condición de lealtad y transparencia. Este esfuerzo investigativo, devela la misteriosa verdad, aterriza en una condición jurídica y se asienta en la realidad diaria de la prueba, para encontrar en este escenario la paz y conciliación social.
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Hablar del derecho a la alimentación (DaA) va más allá de la medición de los índices de nutrición que reflejarían de esta manera la situación alimentaria en el país, implica el cumplimiento de las condiciones necesarias en el entorno de los seres humanos para que este derecho pueda ser ejercido a cabalidad. Según las Directrices Voluntarias del Derecho a la Alimentación establecidas por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), implica el acceso a la tierra, agua, tecnología, crédito, trabajo, participación en la elaboración de leyes, entre otras. FIAN Ecuador como parte de la vigilancia del cumplimiento de este derecho en el país ha realizado el seguimiento de algunas de estas directrices desde una perspectiva de género en las políticas gubernamentales y sus impactos en las condiciones de vida de la población, de manera más específica en las mujeres.