933 resultados para Reuniones nacionales


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ENGLISH: The Inter-American Tropical Tuna Commission operates under the authority and direction of a convention originally entered into by the Republic of Costa Rica and the United States of America. The convention, which came into force in 1950, is open to adherence by other governments whose nationals fish for tropical tunas in the eastern Pacific Ocean. Under this provision the Republic of Panama adhered in 1953, the Republic of Ecuador in 1961, the United Mexican States in 1964, Canada in 1968 and Japan in 1970. In 1967, Ecuador gave notice of her intent to withdraw from the Commission, and her withdrawal became effective on August 21,1968The Commission held its 33rd meeting in Managua, Nicaragua, during October 11-14. SPANISH: La Comisión Interamericana del Atún Tropical está bajo la autoridad y dirección de una convención la cual fue originalmente formada por la República de Costa Rica y los Estados Unidos de América. La Convención, vigente desde 1950, está abierta a la afiliación de otros gobiernos cuyos nacionales pesquen atún en el Pacífico oriental tropical. Bajo esta medida la República de Panamá se afilió en 1953, la República del Ecuador en 1961, los Estados Unidos Mexicanos en 1964, Canadá en 1968 y el Japón en 1970. En 1967, el Ecuador anunció su intención de retirarse de la Comisión y la renuncia se hizo efectiva el 21 de agosto de 1968. La Comisión celebró su XXXIII reunión en Managua, Nicaragua del 11 al 14 de octubre. (PDF contains 180 pages.)

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En los últimos años se ha dado un proceso de traslado de actividades productivas de unos países a otros, conocido como deslocalización. En este trabajo se analiza la decisión de deslocalización de empresas multiproducto, centrándonos en el efecto que esta decisión tiene sobre el bienestar social de los países afectados. Para ello consideramos un mercado mundial formado por un país desarrollado con mayores costes (Norte) y otro menos desarrollado con menores costes (Sur), que normalizamos a cero por simplicidad. En cada país hay una empresa propiedad de los inversores nacionales. Cada empresa tiene dos plantas productivas y cada planta produce un bien diferenciado, de manera que cada bien es consumido únicamente en uno de los países. Además, para proteger a las empresas nacionales, el gobierno de cada país establece un impuesto a la importación. En este contexto, se observa que si el coste marginal en el Norte es suficientemente pequeño, ambas empresas se deslocalizan, siendo esta decisión óptima desde el punto de vista del bienestar del Norte pero no para el país del Sur. Mientras que si el coste marginal en el Norte es suficientemente grande, la empresa del Norte se deslocaliza y la empresa del otro país exporta de manera que el bienestar social del Norte es el máximo posible. En cambio, el bienestar social del Sur es mayor cuando la empresa del Norte exporta, por lo que la decisión tomada por las empresas no es óptima desde el punto de vista del bienestar del Sur. No obstante, dado que la empresa del Norte se deslocaliza, el gobierno del Sur preferirá que la empresa de su país exporte obteniendo así mayor bienestar. Si comparamos el bienestar social de ambos países, en equilibrio, se observa que el Sur está mejor en términos de bienestar que el Norte.