996 resultados para INDÍGENAS DE COLOMBIA - DERECHOS POLÍTICOS Y CIVILES
Resumo:
En este trabajo se hace un análisis de los primeros años del VIH/Sida en Cartagena (Colombia) y la manera en que esta se constituyó en una nueva forma de control sobre el cuerpo y la sexualidad, en especial sobre la homosexualidad masculina. A través de la revisión de la prensa de la década de 1980 evidenciamos las fuertes representaciones e imaginarios que vincularon al Sida con la homosexualidad, y la manera en que esto generó nuevas formas de discriminación y exclusión para este grupo poblacional, toda vez que se estableció la heterosexualidad como la única posibilidad de protegerse de la avanzada del VIH/Sida. Con las entrevistas realizadas a hombres homosexuales que vivieron este periodo, se pudo conocer el impacto de estas representaciones e imaginarios en sus subjetividades. El testimonio de las personas de carne y hueso que vivieron estos años revelan que el andamiaje mediático sobre el Sida se naturalizó y llegó a hacer parte de la cotidianidad; el estigma y el miedo que rondaba a los hombres homosexuales en los 80’s hizo que el ocultamiento y la vergüenza fuera la primera respuesta ante el boom mediático del Sida. Solamente muchos años después estos hombres tomarÃan la palabra, llevando la problemática del Sida a la esfera de lo público y desde una perspectiva de derechos en la ciudad.
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La migración forzada es un fenómeno de interés para las relaciones internacionales de Colombia y Ecuador debido a implicaciones subyacentes a su ubicación geográfica, al conflicto armado y su reconfiguración en la zona de frontera, y las vulneraciones de los derechos de la población. Nariño como departamento conserva distintos grupos étnicos, entre las cuales se encuentra el Pueblo IndÃgena Pasto, grupo que ha forjado relaciones profundas con su territorio a través de lazos construidosdesde su reconstrucción histórica como Pueblo IndÃgena, dando cuenta de una extensión histórica y cultural que supera las lÃneas fronterizas de los Estados, haciendo más compleja la forma en que los Estados abordan el incremento del fenómeno migratorio en esta zona. Las categorÃas de pensamiento que objetivan, imaginan y representan las acciones de regulación para la migración forzada en la zona de frontera se construyen desde acciones polÃticas paradójicas donde la premisa solidaria por la defensa de las poblaciones genera un reverso de la lógica biopolÃtica que orienta a las instituciones en ambos paÃses. AsÃ, el territorio Pasto se convierte en un escenario donde su cosmovisión y su vÃnculo con el territorio forjan dinámicas locales en coexistencia y disputa con las intervenciones externas,cuestión que pone en duda la noción de la migración forzada y las prácticas que se despliegan para hacer frente a la situación de este Pueblo IndÃgena. Esta investigación pretende analizar los modos de subjetivación del Pueblo IndÃgena Pasto en el periodo 2002–2010; periodo marcado por diferentes acciones de los gobiernos de Ecuador y Colombia ante el incremento del fenómeno y sus implicaciones. El estudio se orienta desde la perspectiva de una teorÃa crÃtica de la sociedad para analizar las tensiones generadas en un escenario en disputa entre los discursos propios y la irrupción de discursos externos en el territorio.
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Las recientemente promulgadas constituciones ecuatoriana y boliviana imponen nuevos paradigmas en lo que concierne a la interpretación y aplicación de los derechos fundamentales, y como no podÃa ser de otra manera, lo hacen igualmente con respecto a las garantÃas que los tutelan. Este artÃculo analiza las tensiones que se generan en la denominada aplicación directa de la Constitución y sus significaciones en el plano operativo (obligaciones para jueces y demás autoridades y funcionarios públicos), realiza un estudio de las garantÃas jurisdiccionales en Ecuador en comparación con las previstas en Bolivia, y advierte de los peligros que implica una interpretación errada de la naturaleza de estas acciones.
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La evolución de los derechos fundamentales en el constitucionalismo ecuatoriano se puede apreciar desde distintas perspectivas. Una de ellas desde el carácter ideológico, que está vinculado a las luchas y reivindicaciones sociales, y otra desde la estructura del Estado, que tiene relación con el tratamiento de los derechos y la organización polÃtica. Desde la primera perspectiva, podemos encontrar una tendencia liberal-conservadora, durante todo el siglo XIX, que reconoció básicamente los derechos de libertad y los derechos polÃticos desde una perspectiva extremadamente restringida. Desde la Constitución de 1929 hasta la de 1967 encontramos una segunda tendencia, influenciada por el movimiento obrero y por los partidos y movimientos vinculados al socialismo, en la que se reconocen los derechos sociales, labores, económicos y culturales. Finalmente, tenemos una tendencia, que comienza con la constitución de 1998 y se refuerza con la Constitución del 2008, en la que es notable el reconocimiento de la diversidad cultural y reconocimiento de la colonialidad. Desde la segunda perspectiva, el Estado ha ido reconociendo progresivamente garantÃas. Sin embargo, la práctica y la estructura del Estado, basada en un sistema presidencialista, sigue siendo un obstáculo para su efectiva vigencia.
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En la presente investigación sobre la interculturalidad de la libertad y la pena privativa de la libertad, existieron dificultades, por una parte, no encontramos literatura sea occidental o andina que se hayan preocupado por este diálogo; y, por otra, existen trabajos que ven a las dos filosofÃas en fase descriptiva. Por lo cual nuestro objetivo, en los dos primeros capÃtulos, fue efectuar una descripción y construcción, qué es y cómo se entiende la libertad y la pena en cada una de estas filosofÃas o culturas; nos encontramos con abundante construcción occidental frente a la escasa entrega de la construcción andina, es una de las dificultades, en consecuencia, los argumentos que se pudieron entregar se sustentan en las interpretaciones de los autores en su mayorÃa indÃgenas como Ilaquiche, Tibán, Llasag y en Catherine Walsh, Esther Sánchez Botero, Elisa Cruz y Joseph Estermann quienes justifican la existencia de la comunidad, del derecho indÃgena, los derechos colectivos, administración de justicia. Hacen un enunciado de una interculturalidad crÃtica, pero no profundizan como construir la misma. Una vez descritos los temas, en el tercer capÃtulo, fue realizar el diálogo, en todas las fuentes consultadas ninguna explicaba cómo hacerlo, excepto el maestro Boaventura de Sousa Santos con su hermenéutica diatópica. Con sus explicaciones y ejemplos propuestos, se hizo un esfuerzo que todavÃa no llena las expectativas, pero constituye en una breve aproximación al debate que significa el repensar nuestra forma de vivir, entender e interpretar el mundo en el cual vivimos con la existencia de varias culturas. La investigación sobre el tema propuesto llena un vacÃo de los tantos existentes en el campo de la bibliografÃa jurÃdica constitucional de nuestro paÃs, y por lo pronto las lÃneas trazadas colaboran con el debate y la construcción de la interculturalidad.
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Este artÃculo asume que uno de los problemas contemporáneos más acuciantes es la enorme dificultad de relacionarnos con la diferencia, cualquiera que esta sea, y de construir formas de convivencia que superen las visiones dominantes basadas en las jerarquizaciones. el derecho no es ajeno a esta interpelación. En cada sentencia encontramos una disputa para dar sentido y significado a los derechos que están en juego en el caso concreto, tal disputa está ligada a las creencias, ideologÃas, formas de entender el mundo de quienes juzgan. es asà que en este estudio analizo sentencias emitidas por las cortes constitucionales de ecuador y Colombia, para ensayar contestaciones a la interrogante: ¿Cómo responde la justicia constitucional ecuatoriana y colombiana en los casos que afronta la diferencia?
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Analiza la brecha entre la Constitución garantista de derechos, las resoluciones de la Asamblea Constituyente de amnistÃas a defensores de derechos humanos y de la naturaleza y la polÃtica de criminalización de acciones de resistencia. Presenta los ámbitos en que se manifiesta la criminalización, y la configuración de un patrón de represión y criminalización desde el Estado y/o empresas o personas particulares ante la profundización del modelo extractivista de la naturaleza.
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El artÃculo analiza los requisitos para ser ciudadano con base en la comparación de las constituciones emitidas entre 1812 y 1830 en Ecuador. Se observa cómo los actores locales recibieron e interpretaron estos artÃculos y se enfatiza en el examen de cómo los indÃgenas reclamaron los derechos ciudadanos, asà como los procesos de negociación en la participación polÃtica de los grupos étnicos. Además, se examinan los discursos sobre el derecho a la ciudadanÃa y las estrategias de argumentación usadas por los actores locales, de acuerdo a algunos casos de la Sierra ecuatoriana.
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El trabajo que se expone contiene cuatro capÃtulos y conclusiones finales. En el primer capÃtulo se aborda la educación popular desde su concepción teórica, incluyendo sus principios polÃticos-pedagógicos y el enfoque metodológico. Este capÃtulo contiene todo lo relacionado al fundamento de la educación popular que se propone sea utilizado para educar en materia de derechos humanos. El segundo capÃtulo presenta la aplicación del debate teórico al contexto de Puerto Rico, en lo relacionado a educación popular, derechos humanos y educación en derechos humanos. En este capÃtulo se establece la relación directa entre los conceptos y se profundiza en la propuesta de aplicar el fundamento de la educación popular a la educación en derechos humanos. En el tercer capÃtulo se presentan y analizan los resultados de un proceso de consulta que pretendió auscultar entre grupos, organizaciones e instituciones sociales no gubernamentales, la posibilidad de utilizar como fundamento la educación popular para educar en derechos humanos. Ya en el cuarto y último capÃtulo, se identifican las posibles implicaciones que pudiera representar para Puerto Rico, la elaboración de un plan nacional de educación en derechos humanos.
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¿Cómo aplica la Corte Interamericana de Derechos Humanos criterios de diversidad cultural en las reparaciones destinadas a pueblos indÃgenas? El autor parte de esta interrogante y plantea que, en materia de reparaciones, no se deben aplicar los mismos criterios para un pueblo indÃgena que para una comunidad no indÃgena, pues, de acuerdo al contexto, circunstancias y desarrollo sociohistórico, es necesario un reconocimiento diferente para cada caso, en razón de las situaciones de dominación, subordinación, desigualdad y exclusión que caracterizan la relación de los pueblos indÃgenas con el resto de la so ciedad, por lo que requieren de una satisfacción distinta cuando han sufrido violaciones de derechos humanos. Este libro aborda las tensiones que se producen entre las nociones de universalidad de los derechos humanos y relativis mo cultural, en el ámbito de las reparaciones, y destaca la importancia de considerar la cosmovisión y caracterÃsticas propias de los pueblos indÃgenas, con la finalidad de dis poner reparaciones justas y adecuadas. Se utilizan, para ello, los casos contenciosos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en materia de pueblos indÃgenas.
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El tema de los Derechos humanos se ubica en el corazón de la teorÃa moderna del derecho internacional. Desde el final de la Segunda Guerra Mundial, esta rama de la ciencia jurÃdica ha conocido múltiples desarrollos, buscando primordialmente la protección de esos derechos, conceptualizados en generaciones. Este proceso se ha caracterizado por la creación de mecanismos –de alcance regional y universal– cuyo papel es reparar el daño causado a las vÃctimas de violaciones de los derechos humanos, y, en ciertos casos, castigar a sus verdugos. El presente artÃculo analiza estas varias facetas de una disciplina en constante evolución, a través de ejemplos concretos que permitirán efectuar una ponderación de la eficacia del sistema internacional de salvaguardia de los Derechos humanos.
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La evolución de los derechos fundamentales en el constitucionalismo ecuatoriano se puede apreciar desde distintas perspectivas. Una de ellas desde el carácter ideológico, que está vinculado a las luchas y reivindicaciones sociales, y otra desde la estructura del Estado, que tiene relación con el tratamiento de los derechos y la organización polÃtica. Desde la primera perspectiva, podemos encontrar una tendencia liberal-conservadora, durante todo el siglo XIX, que reconoció básicamente los derechos de libertad y los derechos polÃticos desde una perspectiva extremadamente restringida. Desde la Constitución de 1929 hasta la de 1967 encontramos una segunda tendencia, influenciada por el movimiento obrero y por los partidos y movimientos vinculados al socialismo, en la que se reconocen los derechos sociales, labores, económicos y culturales. Finalmente, tenemos una tendencia, que comienza con la constitución de 1998 y se refuerza con la Constitución del 2008, en la que es notable el reconocimiento de la diversidad cultural y reconocimiento de la colonialidad. Desde la segunda perspectiva, el Estado ha ido reconociendo progresivamente garantÃas. Sin embargo, la práctica y la estructura del Estado, basada en un sistema presidencialista, sigue siendo un obstáculo para su efectiva vigencia.
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La justicia transicional implica transformaciones radicales de un orden social y polÃtico, bien sea por el paso de un régimen dictatorial a uno democrático, bien por la finalización de un conflicto interno armado y la consecución de la paz. Este trabajo pretende aportar en el debate sobre la efectividad de leyes que apelan a la justicia transicional para el restablecimiento de los derechos de las vÃctimas en medio de contextos conflictivos, de re victimización, e impunidad. De esta manera, en este trabajo se realizan reflexiones conceptuales de la justicia transicional, asà como los estándares en términos de verdad, justicia y reparación inherentes a ella; se hace una aproximación crÃtica al proceso adelantado en Colombia a través de la Ley 975 de 2005 que apela a la justicia transicional para la desmovilización de grupos paramilitares. Asà mismo, se realiza un análisis de tipo estructural del paramilitarismo en Colombia, haciendo énfasis en el accionar del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (en adelante AUC) en el sur occidente colombiano a partir de la voces de sus vÃctimas; finalmente se profundiza en aquellos mecanismos jurÃdicos y polÃticos que benefician la impunidad presentes en la Ley 975 de 2005 a partir de dos casos emblemáticos.
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La presente investigación tiene como propósito determinar si ¿el Estado es titular de derechos fundamentales?. Interrogante que a través de los dos capÃtulos que componen la presente tesis pretende ser resuelta mediante el análisis de la ley, la doctrina y la jurisprudencia, en donde los actores judiciales juegan un papel trascendental a la hora de interpretar las normas existentes y conferirle al Estado la posibilidad de que sea titular de derechos fundamentales. Dentro del primer capÃtulo se recurre al estudio de la relación entre el Estado y el derecho a manera de introducción, se pasa luego al desarrollo de los derecho subjetivos y fundamentales, lo cual permite comprender el inicio, fundamento y filosofÃa de los mismos, y por ultimo recurro a la creación de la personalidad jurÃdica que es la base para poder apreciar que tales entes son sujetos de derechos y obligaciones. En el segundo capÃtulo inicia con la acción de tutela en el ordenamiento jurÃdico colombiano, es importante este subtema porque el Estado y sus demás divisiones administrativas han utilizado tal mecanismo procesal para hacer valer sus derechos. Uno de los ejes centrales de la presente obra es el examen a las sentencias de las Cortes o Tribunales Constitucionales de Bolivia, Colombia, España, Ecuador y Perú, allà los jueces presentan argumentos a favor y en algunos casos en contra de otorgarle derechos fundamentales al Estado. Por ultimo a manera de aporte propio observare los derechos fundamentales de la Constitución de Colombia para ver cuales podrÃan conferirle al Estado.