998 resultados para Derechos civiles y políticos


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Este trabajo tiene que propósito evidenciar las tensiones existentes en la vigencia de los derechos humanos, particulamente el de participación, y las políticas que se implementan en el marco de un modelo de desarrollo que se sustenta en la extracción de recursos naturales. A pesar del reconocimiento en la normativa nacional e internacional de mecanismos de participación, como la consulta ambiental y la consulta previa libre e informada a los pueblos indígenas, se evidencia que estos no están realmente diseñados para influir en las decisiones que toma el Estado respecto a programas extractivos, y más bien se subordinan a los intereses del desarrollo, noción que aunque tome diversos nombres, sigue teniendo como sustento ideológico el crecimiento económico y la mercantilización de la naturaleza. La actividad minera en el país no ha sido hasta ahora relevante, sin embargo está tomando un gran impulso una vez que la actividad minera ha sido catalogada como estratégica para el país. El primer proyecto minero a gran escala de explotación de cobre y bajo la modalidad de cielo abierto, es el denominado Mirador, ubicado en la provincia de Zamora Chinchipe, que es objeto de estudio en esta tesis, y a partir del cual se pretende evidenciar los límites prácticos del derecho de participación que se hace referencia en el párrafo anterior. La promulgación de la Constitución del 2008, trajo consigo expectativas respecto al ejercicio de derechos, así como también en relación a un progresivo cambio del paradigma de desarrollo, sin embargo la expedición de una nueva Ley de Minería, la demanda de inconstitucionalidad de la misma por parte de organizaciones indígenas y ecologistas, y la respuesta que dio la Corte Constitucional, no presagian el mejor escenario para la vigencia de los derechos humanos de las personas y pueblos afectados por el proyecto Mirador, y otros proyectos mineros que ya se están promoviendo. El propósito de este trabajo es alentar un debate crítico de los derechos humanos, que a su vez propicien la generación de propuestas y alternativas a la noción de desarrollo imperante.

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El trabajo que se presenta a continuación indaga sobre la forma en que Ecuador se inserta en la tercera ola de extracción de minerales metálicos tomando el caso de la provincia de Zamora Chinchipe, y cómo esta inserción se constituye en un factor catalizador de la conflictualidad social y ambiental reproductor de tensiones al interior de la sociedad y el Estado. El influjo del ecologismo; la histórica aspiración por una sociedad más equitativa resumida en el principio indígena del sumak kawsay; la gravitación de distintos imaginarios dedesarrollo social y territorial;la emergencia de una nueva constitución política que se reafirma en el reconocimiento de los derechos humanos y los derechos de la Naturaleza; así comola permanencia de intereses políticos y comerciales ligados al nuevo boom exportador, confluyen en el debate nacional en torno a la minería metálica a gran escala y cielo abierto: una actividad económica, un proyecto político, un territorio mental y geográfico, una forma específica de expansión del capitalismo contemporáneo que sitúa al país en el dilema de convertirse en el gran abastecedor de cobre para el mercado mundial o ensayar un camino más sustentable de desarrollo basado en la preservación de su principal riqueza: la diversidad natural y cultural.

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El presente trabajo de investigación, responde a la inquietud sentida por las autoridades comunitarias y personas que anhelamos poner en práctica los derechos colectivos de los pueblos indígenas: ¿los jueces y fiscales, respetan o no las resoluciones de las autoridades de los pueblos indígenas que han sido dictadas aplicando normas y procedimientos propios, tal como lo ordena el inciso cuarto del Art. 191 de la Constitución Política?, y consiguientemente si respetan las disposiciones constitucionales e instrumentos internacionales debidamente ratificados por ei Ecuador y sus causas. Para cumplir con nuestro objetivo, partimos del análisis del significado e implicaciones del principio de "multíetnicidad" y "pluriculturalidad", que permite el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, entre ellos, el derecho a conservar y desarrollar sus formas tradicionales de convivencia y organización social, de generación y ejercicio de autoridad y a "Mantener, desarrollar y fortalecer su identidad y tradiciones en lo espiritual, cultural, lingüístico, social, político y económico" contemplados en el Art. 84 numeral 7 y 1 de la Constitución, como consecuencia de ello el reconocimiento del pluralismo jurídico del Art. 191 inciso cuarto de la Carta Magna. Seguidamente analizamos en forma pormenorizado la jurisdicción especial indígena, las autoridades indígenas que administran justicia, sus competencias, normas y procedimientos propios y ios elementos de la jurisdicción indígena, lo cual nos permite diferenciara de la "justicia por mano propia" y "linchamiento", figuras con las cuales pretenden asimilar al Derecho Indígena, especialmente por los medios de comunicación, así mismo nos permite demostrar que el Derecho Indígena está vigente y vivo. A base de ese marco teórico, analizamos la relación entre el jurisdicción especial indígena con el Ministerio Público y la Función Judicial, cuando de por medio existe una resolución en tirme de la autoridad indígena, donde tomamos como referencia cinco casos concretos y otros que son considerados a lo largo del análisis, con los cuales se demuestra que los jueces y fiscales sin ningún fundamento constitucional y doctrinario violentan normas constitucionales, entre ellos el inciso cuarto del Art. 191 de la Constitución, el debido proceso y otros principios. Actitud que demuestra desconocimiento del alcance de los principios de pluriculturalidad, multicmicidad, pluralismo jurídico, la Constitución como norma, principios elementales del Derecho Indígena, etc. El análisis de los principios que rige el Derecho Indígena y sus características suplen a lo que en el Derecho estatal se conoce como garantías del debido proceso. y nos permite salir de la dogmática jurídica tradicional y obliga a desarrollar métodos interculturales, interdisciplinarios para analizar los derechos humanos y los principios del debidos proceso.

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Partiendo del reconocimiento de la actitud racista existente en la sociedad ecuatoriana hacia su población negra, esta tesis analiza cómo se reproduce esta actitud en el ámbito de la producción publicitaria. Con esta finalidad, se analizan algunas prácticas y mensajes racistas en televisión, prensa, fotografía y modelaje. En el análisis se hace referencia a las investigaciones más relevantes que se han realizado hasta el momento acerca de los conceptos de raza, racismo, diferencia, estereotipo y estigma. El marco teórico se fundamenta en el concepto de poder como determinante en la manera de representar la realidad. Mi interés principal es demostrar cómo los medios de comunicación reproducen y difunden los estereotipos raciales, las imágenes negativas que estigmatizan a los afroecuatorianos. Esta investigación es una respuesta a la poca literatura al respecto y a la inexistencia de un debate serio en la sociedad ecuatoriana acerca del racismo. En el Ecuador, el racismo es un tema tabú. En este sentido, las prácticas racistas no se cuestionan y se asumen como normales y cotidianas. Esta naturalización del racismo hace que los ecuatorianos blanco-mestizos no se consideren a sí mismos como racistas; sin embargo, ellos mismos son los que reproducen tanto los significados como las prácticas racistas. Detectando los abusos en el establecimiento de privilegios en relación al color de la piel –una pigmentocracia–, nuestro objetivo es romper con el silencio que produce la aceptación general de las prácticas y significados racistas y demostrar que en el Ecuador existe un nuevo racismo, evasivo y extraoficial. Además, los medios de comunicación masiva, aparatos sociales y políticos enormemente poderosos que 5 supuestamente deberían producir una visión contemporánea –sin prejuicios– de la diversidad, están saturados de mensajes racistas, muchas veces extremadamente sorprendentes y perturbadores. Estos mensajes confirman nuestra hipótesis sobre la preponderante presencia del racismo y el estigma en la publicidad ecuatoriana. Los productores de la publicidad, imponiendo un mismo ideal de belleza a toda la sociedad ecuatoriana, difunden un estereotipado imaginario social. No obstante, los mismos “estigmatizados” nos sugieren el camino para confrontar el racismo en los medios de comunicación, combatir los estereotipos, y crear una sociedad verdaderamente intercultural.

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Esta presentación sobre apatridia y nacionalidad en América Latina, se refiere básicamente a tres aspectos fundamentales, que son: 1) ¿Cuál es el mandato del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) con respecto a la Apatridia?; 2) ¿Cuáles son los estándares regionales para la protección de los apátridas y que ha dicho con respecto a éstos el Sistema Interamericano de protección de derechos humanos; y 3) ¿Dónde estamos con respecto a la ratificación de los instrumentos internacionales a materia de apatridia en este continente?

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El nuevo escenario internacional, caracterizado por el fin de la guerra fría y el auge de la globalización, no hizo realidad el anhelo de alcanzar una paz estable y duradera, y dio lugar a un orden fracturado en lo político y lo social, en el cual las principales potencias compiten por afianzar sus áreas de influencia y lograr una mayor supremacía política y un mayor poder económico. Frente a esta dinámica de atracción la respuesta de los cinco países andinos, vulnerables, dependientes y con escaso margen de maniobra para intentar de manera individual respuestas propias a sus necesidades, fue agruparse para participar de la manera más beneficiosa posible en el nuevo contexto internacional. La integración surge como la "opción estratégica" de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, que a través de la Comunidad Andina decidieron establecer vínculos externos fuertes para adquirir mayor autonomía interna y compensar la relación dependiente con la potencia del norte. El nuevo ímpetu de la integración fue recogido por el Protocolo de Trujillo, adoptado en la reunión presidencial celebrada en la mencionada ciudad peruana en marzo de 1996 que incorporó jurídicamente la dimensión política de la integración, mediante el establecimiento de dos órganos responsables de llevarla adelante: el Consejo Presidencial, responsable de definir la política de laintegración andina; y el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, encargado de formular la Política Exterior Común. El fundamento de la Política Exterior Común sería dotar de sentido a la integración, que superando el ámbito económico y comercial, identificará una agenda propia como "base para la definición de una estrategia comunitaria que permita la proyección de la Comunidad Andina en el contexto internacional". La instrumentación de la Política Exterior Común fue recogida por la Decisión 458, que estableció sus lineamientos a partir de la identificación de acciones concretas de cooperación entre los países miembros que permitan definir una acción concertada para "la lucha contra el problema de la droga y la corrupción, el fortalecimiento de la seguridad, el fomento de la confianza y el impulso de la vigencia de los derechos humanos y la profundización de la democracia en la Subregión andina". Desde entonces la Secretaría General de la Comunidad Andina ha comprometido sus esfuerzos por impulsar la integración política, que hasta entonces se había mantenido a la zaga de la integración económica. Si analizamos los resultados de los esfuerzos de la Comunidad Andina en términos de declaraciones, éstos serán alentadores, sin embargo a la luz del contexto andino actual se hace evidente que la estrategia integracionista impone grandes desafíos a las políticas nacionales de cada una de las partes y la adopción de una estrategia en la que converjan factores económicos, políticos y sociales. La Política Exterior Común Andina debería constituirse en el instrumento esencial de la integración que enfrente a lo que Aldo Ferrer llama "los cuatropecados capitales";5 la dependencia; la pobreza y la exclusión social; las asimetrías en las estrategias nacionales; y las divergencias en la inserción internacional. El presente trabajo aspira analizar descriptivamente las posibilidades y limitaciones de la Política Exterior Común Andina como elemento dinamizador de la integración en la Subregión y sus perspectivas en la evolución del sistema internacional.

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“RASTROS Y ROSTROS DEL PODER EN LA PROVINCIA DE PASTO‐SIGLO XIX” trata de inquirir y configurar analíticamente el singular tema y trama del poder en la Provincia de Pasto (región suroccidental de la actual República de Colombia) en los albores del siglo XIX; en el contexto y coyuntura de los procesos de desestructuración del régimen colonial y estructuración del régimen republicano. Considerando, particularmente, la postura diferenciada de la “nobleza” pastusa frente a las opciones autonomistas, independentistas y republicanas que le valieron para la posteridad el estigma de “realistas” e “ignorantes”. Sospechando de los argumentos estigmatizadores se discurre sobre la posibilidad, por una parte, de hallar en los “nobles” pastusos una latente y subrepticia ambición de girar alrededor de un polo de desarrollo diferente, de acuerdo a lo recomendado por su tradición y las circunstancias geográficas, históricas y políticas; de entender la expectativa de los pastusos por disponer, para su mayor “progreso”, de su propia formación socio política y hasta su propia soberanía territorial con sus organismos propios en lo civil, en lo eclesiástico y en lo militar, incluyendo sus propias contradicciones y conflictos; al mismo tiempo, considerando, que fue la familia semiextendida de “nobles pastusos”, con su legado y entramado familiar y parental, con sus redes sociales y políticas, con su prestigio y sus honores, con sus posesiones agrarias y su comercio, con su membrecía y organización territorial y con sus posiciones en el gobierno local, con relativas excepciones, la estructura y estrategia primordial de poder y confrontación. Que, sin embargo, paradójicamente, dentro de esta tradición y estrategia de unidad consanguínea o familiar indiscutible, el poder, los procesos y los acontecimientos históricos y políticos estuvieron movidos por la escisión parental, agitada por intereses materiales y pasiones, privilegios, honores y otras intimidades particulares, correspondientes a la “herencia inmaterial” o capital relacional (nombre, status, honra, estimación social, que ni se pesa, ni se mide, ni se tasa) de los linajes y familias.

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En el anterior régimen constitucional del Ecuador (Constitución de 1998) se excluyó al órgano judicial del control de constitucionalidad de sus actuaciones, prohibiéndose el amparo contra resoluciones judiciales, aún cuando en sistemas extranjeros se había permitido dicho control. En el nuevo sistema constitucional ecuatoriano (Constitución de 2008) el Estado constitucional de derechos y justicia (Art. 1), garantiza los derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido proceso (Arts. 75 y 76), consagrando como garantía jurisdiccional a la acción extraordinaria de protección en contra de las resoluciones judiciales ejecutoriadas violatorias de derechos constitucionales (Art. 94), más aun cuando la potestad jurisdiccional que emana del pueblo (Art. 168) se somete al principio de juridicidad integrado por la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley (Art. 172), y al principio de estricta legalidad pues el poder público limitado formalmente (Art. 226) se vincula sustancialmente a los derechos por el principio de supremacía y sujeción constitucional (Arts. 424 y 426), correspondiendo a la Corte Constitucional en la acción extraordinaria de protección controlar si el órgano judicial ha violado derechos constitucionales en el proceso (Art. 437). La presente tesis, partiendo conceptualmente de la evolución el rol del juez en los distintos modelos de Estado (absolutismo, legalismo, constitucionalismo, neoconstitucionalismo), y enfocándose dentro del paradigma neoconstitucional garantista, abordará de forma crítica el ámbito normativo, doctrinario y jurisprudencial, de la admisibilidad y aceptación de la acción extraordinaria de protección en el sistema ecuatoriano en casos de violación del debido proceso y tutela judicial, analizando sus presupuestos formales (legitimación, activa, legitimación pasiva, oportunidad) y sus presupuestos sustanciales (materia u objeto, procedibilidad, relevancia constitucional).

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El presente documento recoge los resultados del estudio realizado sobre la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, mejor conocida como la Carta Andina de Derechos Humanos, firmada por los Presidentes de los Estados Miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) el 26 de julio de 2002 en la ciudad de Guayaquil, Ecuador, en el marco de la Segunda Reunión de Presidentes Suramericanos. Examinaremos aquí el proceso de elaboración de este instrumento tan sui generis, así como su contenido según lo cual identificaremos su naturaleza, finalidad, características, aportes, límites, contradicciones, vacíos y potencialidades. La naturaleza de esta investigación, nos ha llevado a ubicar en el contexto de la integración subregional andina el discurso de los derechos humanos y los antecedentes históricos que han permitido su elaboración, así como los vínculos que la misma Comunidad ha establecido entre democracia, derechos humanos y desarrollo. Todo esto lo hemos hecho con la finalidad de responder a la pregunta central de nuestra investigación ¿Cuáles son los aportes de la Carta Andina de Derechos Humanos, para la promoción y defensa de los Derechos Humanos en el ámbito de la Comunidad Andina?

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En este trabajo se hace un análisis de los primeros años del VIH/Sida en Cartagena (Colombia) y la manera en que esta se constituyó en una nueva forma de control sobre el cuerpo y la sexualidad, en especial sobre la homosexualidad masculina. A través de la revisión de la prensa de la década de 1980 evidenciamos las fuertes representaciones e imaginarios que vincularon al Sida con la homosexualidad, y la manera en que esto generó nuevas formas de discriminación y exclusión para este grupo poblacional, toda vez que se estableció la heterosexualidad como la única posibilidad de protegerse de la avanzada del VIH/Sida. Con las entrevistas realizadas a hombres homosexuales que vivieron este periodo, se pudo conocer el impacto de estas representaciones e imaginarios en sus subjetividades. El testimonio de las personas de carne y hueso que vivieron estos años revelan que el andamiaje mediático sobre el Sida se naturalizó y llegó a hacer parte de la cotidianidad; el estigma y el miedo que rondaba a los hombres homosexuales en los 80’s hizo que el ocultamiento y la vergüenza fuera la primera respuesta ante el boom mediático del Sida. Solamente muchos años después estos hombres tomarían la palabra, llevando la problemática del Sida a la esfera de lo público y desde una perspectiva de derechos en la ciudad.

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En el momento en que se activa la discusión del concepto de lo juvenil y de observar las representaciones e imaginarios que acompañan a este grupo etareo de la sociedad contemporánea, empiezan a aparecer nuevas nociones sobre las diferentes autoidentificaciones que circundan a los jóvenes. En este sentido se puede entender que los jóvenes son parte de un grupo social especial, sobre el cual recaen unos privilegios económicos de tiempo y de edad, de ahí que generalmente, el joven se distingue porque en cierta forma no se ha independizado de su familia nuclear, factor que ha facilitado para ser parte de nuevas formas del consumo en las industrial culturales y de construcciones de identidad a partir del consumo musical. Desde el relacionamiento del joven con el consumo de artefactos culturales, se pueden entender las construcciones identitarias que establece bajo parámetros muy específicos, de ahí que la cultura juvenil nos lleva a entender las identidades musicales que circundan en la sociedad juvenil contemporánea, identidades que parten desde el Rap, el Hip – Hop, el Reggae hasta el Rock, el Metal y el Black Metal. Este último segmento identitario de las culturas juveniles llama la atención porque aparenta ser una construcción que contiene unos valores sociales nuevos, puesto que la música (Black Metal) que guía dicha identidad tiene el propósito de romper los estereotipos sociales, religiosos, morales y políticos. Al establecerse el Black Metal como una cultura juvenil con un alto consumo en la ciudad de Quito nos encontramos con que los jóvenes pertenecientes a esta cultura tienen una concepción de familia que deviene de una construcción tradicional de la sociedad, pero que a su vez ellos reinterpretan y se rea-propian de esta forma de ser y estar en el mundo; de ahí que la noción de familia al interior del Black Metal no se construye como una entidad que es contraria a la concepción tradicional, por el contrario contiene parámetros monógamos heterosexuales. Se advierte además que se reformulan las prácticas de la sexualidad y la importancia que se le da a las mismas en la concepción de la construcción de una familia propia que se intenta sea adaptativa y que no reprima la construcción identitaria de los futuros hijos.

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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.

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Nuestro particular interés por el desarrollo científico jurídico del Derecho Procesal ha representado un interesante desafío en generar un planteamiento académico mediante el cual, a partir de su naturaleza adjetiva y transversal, logremos establecer puntos de conexión con otras ramas del Derecho de esencia sustantiva, que en el mediano y largo plazo, garanticen su aplicabilidad y efectividad. Este desafío, desde nuestro punto de vista, demanda un mayor esfuerzo cuando la aplicabilidad y efectividad de las normas procesales depende en gran medida de la naturaleza de los derechos subjetivos que procuramos proteger y garantizar, en particular cuando aquellos derechosson los derechos humanos. La presente investigación tiene como principal propósito establecer una línea jurídica de análisis sobre la posibilidad de conexión entre el Derecho Procesal y el Derecho de los Derechos Humanos mediante el desarrollo y estudio del rol que cumple la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de su función jurisdiccional con la emisión de sentencias por violaciones de derechos humanos y el nivel de receptividad y ejecutabilidad que el Estado ecuatoriano ha conferido a dichas sentenciascomo expresión del derecho procesal internacional. En las siguientes líneas, desarrollaremos los mecanismos que el Estado ecuatoriano ha implementado en su ordenamiento jurídico interno para garantizar la ejecutabilidad de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana, en particular mediante la competencia conferida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de coordinar la ejecución de obligaciones internacionales provenientes de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos y con la incorporación de la acción constitucional por incumplimiento de sentencias internacionales. Finalmente, nuestro trabajo concluirá con el desarrollo de una propuesta normativa de reforma de la acción constitucional por incumplimiento, en armonía con los conceptos jurídicos, tanto sustantivos como procesales, desarrollados en los capítulos precedentes

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Se presenta una tesis que desde la Filosofía Política y bajo el enfoque de los Estudios Latinoamericanos, analiza la constitución del moderno movimiento indígena colombiano, encabezado por el Consejo Regional Indígena del Cauca –CRIC-. Su contenido describe históricamente las metodologías de ―diálogo plural y de ―traducción entre el CRIC y el movimientismo colombiano (asesores y colaboradores externos), durante la década del setenta al ochenta del siglo pasado. Es decir, estudia las interrelaciones y entretejidos teóricos, conceptuales y políticos entre el CRIC y otros sectores de la sociedad colombiana. A través de tres capítulos, la tesis expone el dominio histórico-social y las condiciones de posibilidad del surgimiento del CRIC a inicios de la década de 1970; su consolidación mediante sus asambleas fundacionales, su estructura organizativa y la importancia del Programa de Educación Bilingüe para dicha consolidación, y finalmente, devela los dispositivos conceptuales y las metodologías establecidas entre el CRIC y el movimientismo colombiano para interpretar sus acciones. La descripción del surgimiento del CRIC como actor colectivo y la interpretación de sus interrelaciones con otros sectores sociales, recorre en buena medida la historia reciente de Colombia, aunque la tesis se centre en la década inicial del CRIC (1971-1980), las huellas de su nacimiento se pueden rastrear desde tiempo atrás. Esta tesis es una propuesta por interpretar la narrativa política del CRIC, como un punto decisivo a la hora de analizar algo llamado ―democracia colombiana y sin caer en esencialismos o exotismos indígenas, re-descubre las inmensas posibilidades que traerían las ―traducciones y los diálogos plurales con una población dejada de lado en dicha democracia.

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Este artículo asume que uno de los problemas contemporáneos más acuciantes es la enorme dificultad de relacionarnos con la diferencia, cualquiera que esta sea, y de construir formas de convivencia que superen las visiones dominantes basadas en las jerarquizaciones. el derecho no es ajeno a esta interpelación. En cada sentencia encontramos una disputa para dar sentido y significado a los derechos que están en juego en el caso concreto, tal disputa está ligada a las creencias, ideologías, formas de entender el mundo de quienes juzgan. es así que en este estudio analizo sentencias emitidas por las cortes constitucionales de ecuador y Colombia, para ensayar contestaciones a la interrogante: ¿Cómo responde la justicia constitucional ecuatoriana y colombiana en los casos que afronta la diferencia?