1000 resultados para PROCEDIMIENTO ESPECIAL
Resumo:
El presente es un estudio del procedimiento sumario administrativo previsto en la normativa ecuatoriana a efecto de determinar si se ajusta a los principios del debido proceso procesal. Para tal efecto, primeramente ha sido necesario indagar en la naturaleza jurídica del sumario administrativo, para lo cual se ha partido del estudio del procedimiento administrativo, su definición y particularidades, así como los principios que lo rigen dentro del ámbito administrativo. Posteriormente se ha realizado a un análisis del debido proceso, aludiendo brevemente a su origen y su desarrollo, a fin de situar la óptica bajo la cual se ha proyectado examinar el sumario administrativo, esto es, el debido proceso procesal; estableciendo, en principio, qué reglas del debido proceso procesal serían aplicables a las particularidades del procedimiento administrativo. Una vez establecida la naturaleza del sumario administrativo, esto es, que se trata de un procedimiento administrativo sancionador, se ha efectuado una confrontación con los principios del debido proceso procesal, a fin de determinar las compatibilidades y tensiones que resulten.
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El factor más importante que impide alcanzar mayores niveles de competitividad por parte del sector floricultor, es la falta de liquidez en la que se hallan inmersas, que se ha visto afectada incluso por el pago de impuestos regresivos e indirectos como es el caso del IVA pagado en sus adquisiciones y que no puede ser compensado con el IVA generado en sus ventas; es así como, se ha considerado trascendente analizar el sistema actual de la devolución del IVA, proporcionando una guía que les sirva de referencia a los exportadores en valores, cálculos, normativa aplicada y ofreciendo datos útiles para un adecuado manejo de su crédito tributario. Por otra parte, considerando que el proceso de devolución del IVA se realiza por dos vías: manual e internet, esto ha ocasionado que la gran mayoría de exportadores se acojan a este último y se pierda en alguna medida el control por parte de la Autoridad Fiscal de los valores devueltos; por lo tanto, esta investigación también es importante debido a que permitirá establecer las pautas con el fin que el contribuyente obtenga resultados favorables en su solicitud de devolución del crédito tributario por IVA generado en la adquisición de bienes y servicios gravados con tarifa 12%; y por ende, agilizando el trámite para las partes involucradas. La devolución del IVA es un derecho al que tienen acceso las empresas exportadoras, que se configura al adquirir bienes y servicios gravados con tarifa 12% de IVA y venderlos al exterior con tarifa 0%, acumulando un crédito fiscal y afectando su liquidez, situación que no sucede con las empresas dedicadas a la comercialización en el mercado local; sin embargo, la normativa tributaria no específica de manera clara el procedimiento para determinar el valor a devolver por concepto de IVA, ni el tratamiento que deben seguir los exportadores para aquellos valores que son rechazados por la Administración Tributaria, y deja un vacío legal con respecto al tema de las compras relacionadas con los costos de producción y/o gastos de comercialización por los cuales surge el derecho a la devolución.
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La presente investigación tiene por objeto analizar el manejo tributario de los arrendamientos mercantiles y del régimen especial de admisión temporal. Se analiza la evolución del Leasing, determinando que el Ecuador fue uno de los primeros países en Latinoamérica en regular el Leasing; sin embargo, esta normativa no ha evolucionado, por lo que se examina la normativa tributaria vigente. Los Arrendamientos Mercantiles Financieros, permiten el financiamiento del 100% de los bienes de capital, opera a través de un contrato, en donde una compañía autorizada o una institución del sistema financiero, adquiere un bien de capital de acuerdo a las características especificadas por el arrendatario, recibiendo un canon mensual durante un plazo determinado; y que al terminar éste, podrá optar entre continuar el contrato en nuevas condiciones, adquirir los bienes por un precio residual, devolver los bienes o participar del precio de venta a un tercero. Además, se dan a conocer las ventajas que tiene el Arrendamiento Financiero como herramienta de financiamiento. Con referencia a los Regímenes Especiales de Admisión Temporal, se revisa la base tributaria en cuanto al Impuesto al Valor Agregado, debido a que en el Régimen de Admisión Temporal con Reexportación en el mismo Estado, se presenta un pago doble, de acuerdo a lo que dispone el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Orgánica de Aduanas con referencia a la depreciación, que constituye la base imponible para el cálculo del Impuesto al Valor Agregado.
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El presente trabajo de investigación, tiene como propósito, conocer que aspectos analizan los Fiscales para sugerir una pena en el Procedimiento Abreviado, y conocer si esta es acogida por los jueces o no. Es necesario advertir que en el anterior Código de Procedimiento Penal, no existían parámetros legales para que los Fiscales tomemos en cuenta al momento de sugerir una pena, ocasionando dificultad, al momento de determinar ésta, además de la existencia de varias opiniones en relación a la pena que se le podía poner al procesado. Hoy en día en el Código Orgánico de la Función Judicial, constan reglas, que hacen viable la sugerencia de una pena, en el Procedimiento Abreviado, sin embargo continúan los problemas en la aplicación. La presente tesis parte del estudio doctrinario de la dosificación de la pena, para desarrollar el procedimiento abreviado, específicamente en la pena que sugiere el Fiscal, acudiendo al derecho procesal penal comparado, para desembocar en los principios que rigen a estos sistemas, y concluir con un capítulo en el que a través de encuestas a los operadores de justicia, en este caso los Fiscales, se va a revelar que acciones ejecutan a fin de determinar una pena que va a ser sugerida a los Jueces, para que sea impuesta al procesado.
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La presente investigación académica analiza el procedimiento administrativo disciplinario de la Función Judicial desde el punto de vista constitucional para verificar si en cada una de sus etapas procedimentales se está cumpliendo con las garantías constitucionales del debido proceso y para verificar si los legitimados del procedimiento disciplinario: servidores judiciales sumariados, el órgano administrativo con potestad disciplinaria, los denunciantes, testigos, entre otros, aplican adecuadamente el procedimiento administrativo disciplinario. Para responder a estos cuestionamientos, previamente se analizarán temas doctrinarios como: el Derecho Administrativo Sancionador y el Derecho Administrativo Disciplinario; el procedimiento administrativo disciplinario y sus principios rectores; la Constitución como fundamento del procedimiento disciplinario; las garantías constitucionales del debido proceso aplicables al procedimiento administrativo disciplinario para finalmente emplear los elementos doctrinarios y los elementos jurídicos en el procedimiento administrativo disciplinario específicamente de los funcionarios judiciales.
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La justicia en materia tributaria por más de cinco décadas se ha desarrollado de una manera excepcional, manifestamos esto en razón de que los tribunales de lo contencioso tributario actúan como órganos jurisdiccionales de única instancia. Tal excepcionalidad ha restringido el acceso a una segunda instancia, limitando el sistema recursivo con la supresión del recurso ordinario de apelación, contándose únicamente con el recurso extraordinario de casación, el cual no es constitutivo de instancia. Frente tal escenario poco se ha dicho y se ha escrito sobre este modo de sustanciación especial y más que todo excepcional, acuñado como justicia especializada, si bien este trabajo no se pretende desvirtuar la especialidad de la materia tributaria, lo cual no está en tela de duda, lo aquí se interesa analizar es si tal especialidad es suficiente es suficiente para prever un proceso de única instancia. Es así que el presente trabajo investigativo en vista de los objetivos planteados se enmarcara principalmente en analizar la forma en la que se encuentra estructurada la justicia en materia tributaria, partiendo por el procedimiento administrativo, y la instancia jurisdiccional, para así determinar la imposibilidad de concebir a la sede administrativa como instancia jurisdiccional, y la necesidad imperante de implementar la doble instancia en materia tributaria cómo garantía jurisdiccional.
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Con la evolución del derecho penal, han surgido dos grandes tendencias extremadamente opuestas entre sí y que se han arraigado en el pensamiento penal mundial, y que de acuerdo a la política criminal de cada Estado, para el ejercicio de su poder punitivo, han sido implementadas con el fin de alcanzar los objetivos en materia de delincuencia y seguridad. Estas grandes tendencias son: Eficientismo y Garantismo. El garantismo penal busca controlar el poder punitivo del estado frente a los ciudadanos, y el eficientismo penal intenta luchar contra la impunidad a toda costa, inclusive llegando a desconocer las garantías de los procesados. Con la promulgación del nuevo Código Orgánico Integral Penal, y la implementación de instituciones como el procedimiento directo, el sistema penal ecuatoriano busca conciliar el respeto a las garantías del debido proceso con la eficiencia judicial, pensando no solo en los derechos del procesado sino en los derechos de las víctimas. El procedimiento directo es un procedimiento sumarísimo, que concentra todas las etapas de un procedimiento ordinario en una sola audiencia, obteniendo una sentencia condenatoria o ratificadora de inocencia en 10 días. Este procedimiento se justificó por la necesidad de dar celeridad y simplificación al proceso penal, y así tratar de reducir las causas represadas en los juzgados y tribunales de nuestro país. No obstante, también se debió analizar las afectaciones que la aplicación de dicho procedimiento podría causar a derechos constitucionalmente reconocidos como: defensa, presunción de inocencia, igualdad de armas y contradicción. En cuanto al derecho a la defensa, no es posible ejercer adecuadamente este derecho en apenas 10 días; en cuanto a la igualdad de armas, a pesar de que existe ya un desequilibrio institucional entre el órgano acusador y la defensa, ésta desigualdad se merma aún más con la restricción de varios derechos y garantías reconocidos en la Constitución, en cuanto al contradictorio, no es suficiente que se lo pueda ejercer en la audiencia de juicio, cuando los elementos probatorios que van a obtener la calidad de prueba, son recabados en la etapa de instrucción fiscal, y por último y como consecuencia de lo anterior, si atenta contra estos derechos pues evidentemente se vulnera el principio constitucional de presunción de inocencia.
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El presente trabajo estudia la relación entre la teoría del Estado de Derecho, la democracia y el constitucionalismo desde el punto de vista teórico y en función del control formal de constitucionalidad de las leyes como uno de los medios para garantizar la vigencia de una forma de gobierno democrática. Se pone en evidencia la instrumentalidad de los procedimientos y la misma se aborda desde los tres aspectos de un sistema constitucional como son: función, estructura y procedimientos de la función legislativa. Se trata de una perspectiva sustancial y democrática que permite extraer de los principios y contenidos constitucionales reglas procedimentales y estructurales para el proceso de formación de la ley y establecer la función que cumplen para la salud del sistema democrático. Los valores y derechos se encuentran presentes en este trabajo pero de ellos se propone un punto de vista jurídico que permita su efectivo control, y así garantizar su materialización durante el trámite de formación de una ley. Todo esto resultará necesario, mucho más en tiempos como los nuestros, donde la reflexión sobre el ejercicio y actividad de los poderes públicos ha sido relegada al segundo plano. Este trabajo, en síntesis, recalca en la garantía de los derechos y la materialización de los valores y principios por medio de las normas del procedimiento y del esfuerzo por perfeccionarlos. De estos aspectos depende la vigencia, de lo que en términos del artículo uno de la Constitución ecuatoriana, es un Estado constitucional de derechos y justicia. El trabajo se limita al estudio jurídico-dogmático del poder legislativo y las relaciones sociopolíticas que se presentan durante la formación de la ley. Todo ello conectado al control formal de constitucionalidad del procedimiento legislativo realizado por la Corte Constitucional. Algunas anotaciones históricas permitirán comprender el origen de la institución parlamentaria y su ideología. Por otra parte, el derecho comparado permitirá apreciar el contraste entre los aciertos y desaciertos del diseño del procedimiento legislativo que se encuentra vigente en nuestro país. Así entendidos, los valores y principios tienen contenido y eficacia jurídica; develar esas características es fundamental para controlar el cumplimiento de la Constitución.
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La Constitución del año 2008 establece que uno de los deberes primordiales del Estado es la planificación del desarrollo nacional, que tiene como propósito a corto, mediano y largo plazo, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para de esta forma acceder a lo que se ha denominado como el buen vivir. Para su realización y consecución el denominado Régimen de Desarrollo, contiene normas que guardan concordancia con algunos aspectos fundamentales como son el sistema económico y las políticas económica,fiscal y comercial; y los intercambios económicos y comercio justo que integran las compras públicas y la regulación y control del mercado, en el cual interactúan los proveedores deobras, bienes y servicios, tanto para el sector público como privado. En la misma línea de pensamiento, debo mencionar que el ordenamiento jurídico ha evolucionado en relación con los preceptos constitucionales, para lo cual contamos a la fecha con relativamente reciente legislación en materia de contratación pública y derecho de la competencia. No obstante, la presente investigación pretende determinar si se aplica o no el principio de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, cuya naturaleza de contratación en la mayoría de los casos es directa. Para el cumplimiento de lo anterior, primeramente se hará un repaso de la libre competencia y la evolución del derecho de la competencia en derecho comparado y lo que ha sucedido en el Ecuador, para posteriormente introducirnos en el análisis de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado. Posteriormente continuaré con el estudio de la libre competencia y la contratación pública desde la perspectiva constitucional, la confluencia de ambas ramas del derecho, y una introducción a los procedimientos de Régimen Especial. Finalmente, se profundizará en el estudio sobre aplicabilidad y eficacia del principio constitucional de libre competencia en los procedimientos de Régimen Especial realizados al amparo de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
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La autoridad administrativa tributaria posee entre sus competencias la de determinar la obligación fiscal que corresponde ser observada a los contribuyentes. A su vez, los contribuyentes poseen el derecho de buscar que errores materiales o formales en el ejercicio de dicha facultad determinadora sean corregidos a través de varias vías de impugnación, tanto en sede administrativa como en sede jurisdiccional. En lo que se refiere a la sede administrativa, el reclamo es el instituto adecuado para conducirla impugnación de actos determinativos. Es obligación de la Administración el atender este tipo de impugnaciones y darles el trámite legalmente previsto. Pero además de las previsiones legales, la conducción del procedimiento ha de informar la estricta observancia de las garantías que conforman el debido proceso y que se identifican con la tutela del derecho a la defensa de los administrados. Estas garantías se encuentran constitucionalizadas y aun con yerros en la redacción de las mismas, es innegable que son aplicables no sólo a procesos judiciales sino también a procedimientos administrativos. Esto en la mayoría de los casos, pues existen alguna de estas garantías que por su naturaleza, solo serán observables en sede judicial. En la presente investigación expongo un análisis de la aplicación de las garantías del derecho a la defensa en el procedimiento del reclamo tributario, realizando un estudio de cada una de las garantías y determinando el alcance que cada una de ellas posee en este tipo de impugnaciones a actos administrativos de naturaleza tributaria.
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Al tema relativo a los sujetos procesales en el sistema procesal acusatorio que mantiene en la actualidad la República del Ecuador, resulta imperioso ponerlo sobre la palestra de investigación, especialmente por las consecuencias jurídicas que, en este caso tiene, la presencia de la Contraloría General del Estado, como una de estas partes, sin obtener tal calidad. Precisamente, el alcance de la presente investigación está destinado a establecer –sobre la base de disposiciones constituciones y legales, y los valiosos aportes doctrinales nacionales y extranjeros– cuáles son las personas naturales o jurídicas que pueden ser consideradas como partes procesales; sin embargo, en el ámbito nacional, las limitaciones están marcadas por la inoperante actuación de ciertos magistrados de la antigua Corte Suprema de Justicia que, sin considerar esas disposiciones constituciones y legales –mucho menos los aportes doctrinales– dieron un status especial a la Contraloría General del Estado, con una simple resolución, que inclusive reformó tácitamente el Código de Procedimiento Penal de entonces, además que se la atribuyó funciones que le correspondían a la Función Legislativa. Por lo que queda anotado, el tema es absolutamente justificado dentro de una actualidad jurídica que requiere una respuesta adecuada y oportuna de las diferentes instancias, especialmente de la Función Judicial –tal como lo dejamos planteado en la investigación–, y que se comprobó que la actuaciones pasadas están siendo corregidas. Por ello, la idea que se mantuvo como hipótesis –y que se deja planteada para los lectores– es que el órgano de control no puede ser considerado como parte procesal en el sistema procesal penal ecuatoriano. La presente investigación, a través de un análisis jurídico-crítico, pretende establecer una realidad jurídica que debe ser aplicada de forma inmediata, para buscar una adecuada aplicación de la justicia.
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El derecho a la participación social en el procedimiento legislativo es una expresión de la democracia participativa y deliberativa y contribuye al cumplimiento de la responsabilidad estatal de adecuar materialmente todo proyecto de ley a la Constitución y a los estándares de protección de los derechos humanos contemplados en los instrumentos internacionales. A partir de un diálogo interepistémico entre los conocimientos y las prácticas de la democracia de la comunidad indígena, con los conocimientos occidentales del derecho, de la teoría política y de la perspectiva decolonial, se evidencia el origen y evolución histórica de este derecho, así como los mecanismos para alcanzar su pleno ejercicio ante las limitaciones del contexto planteadas por el modelo económico capitalista y el patrón de poder colonial. Luego del abordaje de los alcances y limitaciones del marco constitucional, legal y reglamentario del derecho a la participación en el procedimiento legislativo, se evalúa su aplicación en la génesis legislativa de la Ley de Minería, evidenciando las razones que de terminaron su impugnación por inconstitucionalidad y el rol de la Corte Constitucional al actuar sobre el tema. Ante la ausencia del respeto al derecho a la participación en el procedimiento legislativo, se propone institucionalizar el mecanismo de control previo de constitucionalidad de proyectos de ley por parte de la justicia constitucional.
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O objetivo deste trabalho é a proposta de uma arquitetura especial para simulação lógica (AESL). As técnicas e modelos utilizados no processo de simulação lógica são brevemente revistos. É definida uma taxonomia para AESL sob a qual são analisadas diversas propostas de AESL relatadas na literatura. Uma taxonomia já existente é comparada com a proposta. A AESL definida é programável para diferentes algoritmos de simulação lógica. O detalhamento da AESL é, então, incrementado pela implementação de um algoritmo particular. Uma linguagem de simulação discreta é utilizada na construção de um modelo da arquitetura. Os resultados da simulação deste modelo permitem avaliar o desempenho da AESL e otimizar sua estrutura. Uma comparação com outras arquiteturas conclui a análise.
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A presente tese, A Produção da Anormalidade Surda nos Discursos da Educação Especial, insere-se no terreno das discussões que pretendem examinar as relações entre normalidade/anormalidade e poder/saber. Tendo como foco principal a Política Nacional de Educação Especial (PNEE), ela aponta para as formas como um dispositivo pedagógico torna possível a produção de um aparato de verdades que, ao dizer coisas sobre os sujeitos deficientes e ao definir modelos para conduzir a ação pedagógica a eles dirigida, operam na constituição de subjetividades anormais. Tal empreendimento analítico foi constituído a partir de um conjunto de ferramentas extraídas do campo dos Estudos Culturais, principalmente aqueles que estão próximos a uma perspectiva pós-estruturalista; entre elas, destaco as noções foucaultianas de poder disciplinar, biopoder e normalização. Tais ferramentas possibilitaram-me operar sobre as formas como os discursos instituídos pelas práticas da Educação Especial colocam em funcionamento estratégias de normalização para os sujeitos surdos. Mostrei, por meio da análise desses discursos, como os surdos são constituídos como sujeitos patológicos e como se incide sobre eles uma terapêutica que é capaz de acionar mecanismos de correção, exame e vigilância, uma vez que analisam, decompõem e classificam esses sujeitos e estabelecem sobre eles a partilha entre normalidade e anormalidade. Também problematizei a norma como uma estratégia de gerenciamento do risco social. Faço isso por meio da análise dos discursos das políticas de inclusão voltadas para os sujeitos surdos. Evidencio, ao final, a pedagogia da diversidade como uma estratégia normalizadora que, ao enaltecer as diferenças, captura-as a partir de uma norma transparente, colocando em funcionamento uma operação de apagamento das diferenças.
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Esta dissertação analisa o atendimento educacional de alunos com necessidades educativas especiais na rede privada de ensino do Rio Grande do Sul. Buscou-se, prioritariamente, identificar os dispositivos legais que orientam a educação especial no Brasil e compreender o papel da iniciativa privada no atendimento de alunos com necessidades educativas especiais, consideradas as legislações educacionais. Sendo a educação especial uma área do conhecimento com bases teóricas associadas a diferentes campos do saber, analisou-se o percurso histórico da educação especial, considerando suas rupturas paradigmáticas e as influências de diferentes domínios do conhecimento científico; discutiram-se as variadas propostas conceituais para a identificação dos sujeitos, as alternativas de atendimento e o avanço de movimentos de integração/inclusão. Quanto ao contexto brasileiro, os fundamentos dessa abordagem encontram-se na história de educação brasileira, nos textos normativos da educação nacional, na história da educação especial e nos dispositivos legais voltados para essa área. Os aspectos analisados, compostos pelos foros de debate sobre a educação especial e pelas modalidades de atendimento a alunos com necessidades educativas especiais, foram interpretados a partir da perspectiva da educação inclusiva. Para a compreensão do contexto enfocado, o estudo foi desenvolvido a partir da abordagem da investigação qualitativa, através de revisão bibliográfica, análise documental, discussão de iniciativas educacionais que visem ao atendimento do aluno com necessidades educativas especiais. Sobre a temática central, identificou-se a presença da tendência de educação inclusiva nos dispositivos legais e constatou-se a escassez de informações que traduzam a realidade sobre a oferta de educação especial na rede privada de ensino regular. Além disso, foram destacados movimentos pontuais de discussão e implantação de políticas de educação inclusiva em alguns segmentos da rede privada de ensino do estado.