962 resultados para 1880-1920


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Los estudios sobre la propiedad de la tierra en la provincia de Buenos Aires, centraron su atención en las consecuencias de la legislación sobre el traspaso de tierras públicas a manos privadas promulgada durante el siglo XIX. Una larga tradición de estudios regionales y locales ha permitido establecer claramente la magnitud de las tierras públicas que pasaron a manos de particulares, determinando la estructura de las tenencias, los mecanismos de transmisión de la propiedad y la ubicación geográfica de las tenencias para poner en su justo término los alcances de la especulación y acumulación de inmuebles rurales, cubriendo el largo período entre 1780 y 1880. En esta ponencia nos proponemos estudiar el sector de la elite que se forma o se robustece con la tierra pública durante lo que hemos dado en llamar el siglo de la conquista y la ocupación del espacio en Buenos Aires. Al estudiar las condiciones materiales de la constitución de las elites, observaremos las diferentes cohortes de aquellos que aprovecharon la oportunidad para incrementar sus patrimonios, los que ?se hicieron grandes con la tierra pública?, la elite de propietarios de tierras. Sobre la base de profundas indagaciones anteriores en las que hemos agotado la información acerca de quienes compraron la tierra pública en las sucesivas ofertas del estado entre fines del siglo XVIII y fines del XIX, podremos establecer cómo se fueron conformando las elites de propietarios y si hubo o no continuidad en estas familias para la incorporación de nuevos territorios. Nos preguntamos quiénes de los que obtuvieron tierras en cada período continuaron en el siguiente con la explotación, o, a partir de ellas, consiguieron nuevas en la extensión siguiente de la frontera y, también, quiénes de los que ya tenían tierras estuvieron en mejores condiciones para organizar un nuevo establecimiento a medida que se corría la frontera hacia el sur

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Fil: Calvo, Roxana Inés. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Entre 1920 y 1927 Ricardo Monner Sans, profesor de gramática retirado del Colegio Nacional de Buenos Aires, y Arturo Costa Alvarez, periodista, traductor y lingüista, mantienen una extensa correspondencia sobre una variedad de temas filológicos que comprenden desde etimologías prácticas hasta reflexiones sobre la cuestión del idioma nacional en la Argentina y la enseñanza del castellano en las escuelas. La colaboración mutua de estos intelectuales, que es revelada en esta correspondencia inédita, pone de manifiesto una serie de reflexiones en torno la constitución del saber filológico en Argentina en los años veinte del siglo pasado

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El trabajo tiene como objetivo indagar respecto de algunas de las construcciones que peritos médicos y juristas compartían o discutían respecto de qué define al niño, al joven y al menor (tanto varón como mujer) así como las ideas que circularon en el ámbito de la justicia respecto de la sexualidad de aquellos, en el contexto específico de los delitos sexuales que los tuvieran como víctimas en un amplio marco temporal que va de 1850 a 1890 en la Provincia de Buenos Aires. He decidido trabajar en forma simultánea ambos grupos de profesionales por cuanto comparten al mismo tiempo una base educativa común, teniendo formación universitaria, y un conjunto de lecturas similar: escritos ingleses sobre el tratamiento de las pruebas, manuales franceses sobre medicina legal, y las teorías nuevas que circulaban en Europa sobre la psiquiatría y la psicopatología sexual. Para el trabajo utilizo expedientes judiciales relevados en el Archivo Judicial de la Corte Suprema (AJCS) y en el Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires (AHPBA) buscando mostrar como los legistas involucrados dejan constancia de imágenes cristalizadas sobre cómo debe ser y quién es una victima

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Fil: Buret, María Florencia. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Argentina.

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Históricamente, los juristas han tenido en cuenta la condición de fragilitas de las mujeres como una condición indispensable para adquirir derechos y contraer obligaciones. En función de ello, el derecho precodificado ha definido la condición civil de las mujeres en función de la capiti deminutio, es decir la privación de la plena capacidad civil. El derecho codificado, luego de la sanción de los Código Civil y Penal, de 1869 y 1886 respectivamente, mantuvo el uso jurídico de la capiti deminutio a través del concepto de "incapacidad relativa" de las mujeres. Se realizó así una clara distinción entre la posesión del derecho y su ejercicio: las mujeres fueron incapaces de ejercerlo. De allí la sujeción a la autoridad del marido, del padre, del hermano, de los hijos. Se las descalificó como sujetos autónomos y titulares de derechos, y fueron objeto de protección y corrección. Equiparadas a los niños, a los sordos, a los tullidos, las mujeres fueron consideradas por las distintas normativas con diferentes grados de minusvalía dentro del grupo familiar. En la sociedad decimonónica de Buenos Aires existían ámbitos reconocibles de "corrección" y punición que no incumbían al aparato estatal que reconocemos como moderno. La jurisdicción de la Iglesia, las sanciones privativas de los patrones y los amos; la capacidad para castigar de ciertas instituciones; y las decisiones sobre los bienes que recayó por siglos en los jefes de familia, representaban los mecanismo predilectos que articulaban las relaciones sociales. En este particular contexto, la Sociedad de Beneficencia fue una institución civil con carácter "público", que entre otras cuestiones, se ofrecía como medio adecuado para resolver las problemáticas del "bello sexo". A lo largo del siglo XIX, se trató de modificar un viejo orden sociopolítico, económico y cultural, para que se colocasen los fundamentos de un nuevo conjunto de relaciones sociales. El paulatino proceso de consolidación de un Estado moderno llevó detrás de sí modificaciones en instituciones tales como la familia tradicional de raigambre colonial y la Sociedad de Beneficencia. Sin embargo las normas que se refieran a las mujeres, sancionadas en el Código Civil y Penal, no introdujeron inmediatamente un quiebre en el orden institucional. Siendo así nos proponemos estudiar el carácter que tuvieron las instituciones encargadas de brindar protección y/o corrección a mujeres, en este caso el Hospital de Mujeres Dementes de la ciudad de Buenos Aires, lo cual posibilitaría una mejor comprensión de las características que definieron a las instituciones estatales modernas en torno a la problemática de las mujeres

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En 1927, el poeta Guillermo de Torre publica en la revista La Gaceta Literaria de Madrid, una convocatoria a la juventud americana titulada "Madrid, meridiano intelectual de Hispanoamérica". La propuesta generó una polémica que se extendió a todo el continente. En Argentina, los jóvenes de la vanguardia publicaron en la revista Martín Fierro una serie de artículos y cartas que en ese momento fueron interpretados como la respuesta más efusiva y dura de las que produjeron. Esto generó, a su vez, la réplica de los intelectuales españoles. La ponencia indagará algunos textos que participaron de esta discusión no sólo porque en ellos están presentes las tensiones del campo cultural, sino porque problematizan la conexión entre el proceso de autonomía, la conformación de las identidades nacionales y el afianzamiento de un mercado cultural transoceánico.

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Partiendo de la noción williamsiana de las revistas como lugar de convergencia de tendencias que conviven en el entramado cultural, trataremos de rastrear las distintas concepciones acerca de la lengua que conviven en la revista Nosotros en un corpus que abarca desde su inicio en 1907 hasta 1920. Inicialmente vemos que los debates sobre la identidad nacional, que tocan el tema de la lengua nacional, conviven con cuestiones lingüísticas vinculadas a la gramática y la normativa, a la correcta transcripción al español de lenguas extranjeras, etc. Nuestra propuesta es ahondar en esta convivencia para delinear un panorama de las preocupaciones de índole lingüística que convergen en Nosotros

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Las empleadas administrativas, representadas en la figura de la dactilógrafa, integraron el mundo del trabajo femenino en la ciudad de Buenos Aires, a lo largo de las décadas de 1920 y 1930. Por entonces, el sector administrativo de la economía se había expandido como consecuencia de un conjunto de procesos de modernización iniciados a fines del siglo XIX. Otro tanto había ocurrido con el trabajo asalariado femenino en las tareas administrativas. Si bien el imaginario social hegemónico, moldeado por los principios de la ideología de la domesticidad, concibió el trabajo asalariado como una actividad adversa para las mujeres, los empleos administrativos portaron un cierto prestigio como tareas asalariadas femeninas. Este escrito se propone dos objetivos. Por un lado, realizar una aproximación a la reconstrucción de los perfiles laborales de las empleadas administrativas a través de la indagación de las tareas realizadas, las habilidades requeridas y las remuneraciones percibidas. Por otro lado, confrontar ciertas representaciones que la cultura de masas elaboró en torno a la figura de las mencionadas empleadas. Para lo primero se analizarán avisos clasificados; para lo segundo se acudirá a crónicas periodísticas y poemas que problematizan la figura de las dactilógrafas.

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En el marco del proyecto modernizador de las oligarquías rioplatenses, la enseñanza de la Historia cumplió un papel significativo. En ese proceso, sus integrantes, a través de distintos órganos de dirección gubernamental, intercambiaron, debatieron y enunciaron sus posturas respecto del papel que ésta debía cumplir. Este artículo tiene como objetivos valorar los aportes de las publicaciones oficiales de las Direcciones de Educación de Uruguay y Argentina como fuentes para el estudio del tema, hasta el momento, escasamente estudiadas desde el enfoque de la Historia de la Historiografía; y observar los argumentos expresados acerca de la pertinencia de la enseñanza de la Historia.