962 resultados para Ley vigente


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Recientemente, el Parlamento Suizo ha adoptado la Ley de Reforma del derecho Suizo de reestructuración de empresas insolventes, en vigor desde el 1 de enero de 2014. La reforma, indirectamente desencadenada por la insolvencia del grupo "Swissair", responde a la tendencia internacional partidaria de procesos de reestructuración sencillos, discretos, eficientes y fácilmente accesibles, inspirándose parcialmente en soluciones aportadas por el "Chapter 11" del US Bankruptcy Code. En lo que se refiere al tratamiento de grupos de empresa, la reforma rechaza la introducción de la consolidación patrimonial sustantiva, pero abre, aunque tímidamente, la puerta a la cooperación y coordinación en lo procesal. La reforma no aborda cuestiones internacionales, lo cual es articularmente lamentable en vista de la no participación de Suiza en el correspondiente Reglamento europeo y de las restrictivas condiciones que el derecho Suizo impone a administradores de insolvencia extranjeros para acceder a bienes situados en Suiza.

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Isaac Orobio de Castro

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Beglaubigte Abschrift des Zollgesetzes und Zolltarifs von 1846 (mit deutscher Übersetzung des letzteren) durch das Consulado General de la Republica del Ecuador in Hamburg

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Signatur des Originals: S 36/F10120

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Fil: Femenía, Francisco. Comisión Interinstitucional de Educación de Posgrado en Medicina

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La lógica del mercado y al cambio de modelo de desarrollo en América Latina, en el intento de poder competir a nivel mundial, ha agudizado las disparidades y el deterioro ambiental. La presión que ejercen las grandes empresas y ciertos grupos con poder, el enquistamiento de una estructura administrativa que puja por mantener esquemas tradicionales ya perimidos y la falta de planificación impiden atender uno de los problemas claves que plantea la economía en el territorio, el de la concentración y los desequilibrios territoriales. Surge entonces el Ordenamiento Territorial como alternativa válida para atenuar estos procesos y dar respuesta a la sociedad. El caso que se presenta pone en el tapete muchos de estos temas que hoy preocupan y puede servir como experiencia transferible y aplicable a otras realidades que buscan consolidar un desarrollo local sustentable. El ante-proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo para la provincia de Mendoza, República Argentina, es un instrumento elaborado en el año 2006 por el sector académico-científico que desde una visión interdisciplinaria incorpora fundamentos técnicos y aportes de los actores sociales involucrados. La metodología aplicada permite consensuar por la sociedad en su conjunto los principios que sustentan la Ley, determinar la aplicación de ciertos instrumentos para efectivizar acciones en el territorio y definir una forma innovadora de hacer política, gestionar y planificar el uso del suelo. La propuesta considera al Ordenamiento Territorial como una política de Estado que debe propiciar condiciones de gobernabilidad. Sus principios y normas priorizan la equidad y el bienestar general por encima de los intereses particulares así como también el respeto de los valores y costumbres de la sociedad. Surge de un proceso participativo y sus principios y fines responden a los problemas actuales. Incorpora una serie de instrumentos debidamente jerarquizados conforme a las competencias jurisdiccionales y existencia de distintas escalas geográficas, como también, instrumentos jurídicos y prácticas administrativas innovadoras que permiten la resolución de conflictos territoriales. Identifica además recursos financieros para implementarla y prioriza el fortalecimiento de los mecanismos de control para un funcionamiento más ágil y eficaz de la gestión pública. Sin embargo existen riesgos vinculados a la voluntad política y el poder económico que pueden impedir que esta utopía se transforme en realidad. Solo la participación social es la que puede lograr vencer los intereses en juego y conseguir la aprobación de la Ley. Si esto se consigue se habrá dado un paso muy importante a ser imitado, sin lugar a dudas, en otros lugares de Argentina y América Latina.

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Las nuevas realidades territoriales, bajo el innovador panorama constitucional colombiano, requieren de procesos de planificación coherentes, ajustados a las necesidades reales de desarrollo de nuestras sociedades en constante crecimiento. Se requieren acciones inmediatas y contundentes de fortalecimiento, asistencia técnica, desarrollo institucional e implementación de instrumentos de Gestión y financiación del suelo, para responder a la insuficiente capacidad de los entes territoriales para asumir con responsabilidad la formulación e implementación de los instrumentos de planificación y ordenamiento territorial planteados por la ley y la normatividad urbanística vigente. Dicha normatividad, dada su falta de reglamentación y regulación, hace compleja su aplicación en pequeñas y medianas ciudades, debido a la deficiente capacidad operativa y ejecutoria que tienen sus administraciones. El 24 de enero de 1999 el Concejo Municipal de Armenia aprobaba el primer plan de ordenamiento territorial para un municipio Colombiano bajo el marco de la Ley de Desarrollo Territorial 388 de 1997. Veinticuatro horas después se produce un sismo de 6.4 grados (Richter) con epicentro a 24 kilómetros de distancia, generando devastadoras consecuencias en toda la región del eje cafetero, tanto en lo físico como en lo social: “Cuando teníamos las respuestas… cambiaron las preguntas". Las nuevas determinantes territoriales generadas como efecto de la tragedia pondrían el proceso de implementación del plan en un escenario complejo y contradictorio. A pesar de que el concepto de gestión del riesgo había sido abordado por el P.O.T., las realidades del desastre superaban la expectativa planificadora, desbordando cualquier escala de ejecutabilidad de la norma recientemente aprobada. El equipo de formulación del nuevo plan, bajo la coordinación del D.A.P.M. y con apoyo de la academia identificó de manera inmediata la complejidad del proceso. Además, realizó aportes que permitieran a los demás municipios Colombianos evitar cometer los mismos errores, superar los obstáculos, agilizar procesos particulares de planificación territorial y dotar así a sus municipios de unos Planes de Ordenamiento mas aterrizados, realizables y sobretodo mas consecuentes con las necesidades particulares de sus municipios.

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Nuestro trabajo tiene como objetivo aplicar conceptos de la teoría de los sistemas complejos y herramientas del análisis de redes sociales para describir y analizar el surgimiento y la evolución de una red social conformada por científicos, docentes, graduados y funcionarios públicos de diferentes organismos científicos y académicos, que crearon y participaron de un equipo multidisciplinario que elaboró un informe sobre un proyecto de ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo de la provincia de Mendoza en el año 2006. Para la compresión de la evolución del proceso de elaboración del proyecto de ley de ordenamiento territorial y de usos del suelo, organizaremos la estructura del trabajo de la siguiente manera: - Primero aplicaremos aspectos teóricos y metodológicos, basados en la sistematización realizada por Rolando García en su libro “Sistemas Complejos. Conceptos, método y fundamentación epistemológica de la investigación interdisciplinaria", para realizar el recorte del sistema objeto de estudio. - En segundo lugar utilizaremos la Teoría de Análisis de Redes Sociales para describir la composición y estructura del sistema (nodos y vínculos) en cada momento. La estructura del sistema en cada momento significativo será graficada por medio el Software Ucinet 6 y NetDraw. - Por último, haremos referencia a las dificultades que tuvo el proceso desde el punto de vista de las condicionalidades que generaban los modelos mentales que portaban los participantes.

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La ley 8051 de Ordenamiento Territorial representa una profunda innovación institucional en la provincia de Mendoza. Actualmente esta ley se encuentra en la etapa de su implementación, que está demorada. El objetivo de la investigación es demostrar mediante una metodología cualitativa y hermenéutica cuales serían los obstáculos e inconvenientes que subyacen a esta etapa actual de la ley, ya que hemos encontrado insuficientes respuestas al problema. Mediante la contextualización geopolítica mundial y nacional en la cual se encuentra la estructura productiva mendocina podemos problematizar la implementación de la ley desde una teoría política que directamente aborda la cuestión del conflicto político dentro del Estado de Derecho. Finalmente, los resultados de nuestra investigación indican que la ley 8051 no es una simple ley de orden técnico sin implicancias político-económicas sino más bien lo contrario, la ley 8051 sería para nosotros una práctica contrahegemónica de la comunidad científico-técnica provincial contra la emergencia de la reelaboración en ciernes del neoliberalismo a manos de la elite económica local.

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El agente de retención es el sujeto que, en razón de su función, oficio, actividad o profesión, entra en contacto con una masa de riqueza que adeuda o que debe entregar al contribuyente, de la cual detrae, resta o amputa una parte, con la obligación de ingresarla a las arcas fiscales. Integra la relación tributaria, puesto que el hecho imponible se verifica con respecto al sujeto pasivo de la retención y su función comporta una intermediación en virtud de un mandato legal expreso que los sujeta, incluso, a consecuencias de naturaleza patrimonial y penal en caso de incumplimiento defectuoso de sus deberes. La legislación vigente ha impuesto a las distintas entidades financieras obligaciones en materia impositiva así como la figura de agente de percepción y retención. Esta imposición, ya que no es una opción sino que es una obligación impuesta por ley, implica para sobre quienes recae distintas responsabilidades y obligaciones como son la recaudación, presentación de declaraciones juradas e ingreso al organismo recaudador de los montos retenidos; implica para quienes ha recaído esa obligación mantener un determinada estructura a fin de poder cumplir con la legislación vigente, estructura que en muchos casos puede llegar a representar significativos costos, responsabilidad que si no cumple es sancionado con distintas multas como si fuese responsable por deuda propia, que varían si se trata de incumplimiento de deberes formales o bien por falta de ingreso de tributos. La justificación del tema está dada por la gran importancia en materia económica que implica para los organismos recaudadores, ya que las sumas recaudadas se suponen importantes en materia de ingresos de tributos tanto al Estado nacional como provincial, y así evitar un tema complicado como lo es la evasión impositiva tan criticada en nuestro país, y todo ello debido a una mala cultura tributaria y al mal diseño que poseen los impuestos en nuestro país afectando cada vez más a las clases medias y bajas.

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En la actualidad, como consecuencia de iniciar una relación laboral el empleador debe hacer frente a ciertas obligaciones tales como, dar el alta en la Administración Federal de Ingresos Públicos, en la Obra Social, efectuar la afiliación al Sindicato, inscripción ante los organismos de la seguridad social, Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), entre otras. El objetivo que se persigue con el cumplimiento de estos deberes es lograr la protección tanto del trabajador como así también del empleador ante eventuales contingencias que puedan surgir, durante el transcurso de la relación laboral o a su finalización. El principal problema se presenta cuando se incumple con estos deberes, ya sea porque se desconoce la ley o porque se la ignora con la intención de reducir costos y obtener así una mayor rentabilidad, generándose como consecuencia, los costos laborales ocultos que deberá afrontar el empleador por no cumplir con la normativa vigente; tales como indemnizaciones, multas y desprestigio. Al mismo tiempo, hay situaciones que también pueden generar elevados costos del mismo tipo y que están ajenas a la voluntad del empleador, como es el caso de los juicios fraudulentos iniciados por los trabajadores como consecuencia de un accidente laboral. El objetivo del presente trabajo se enmarca, en lograr reflejar concretamente los costos implícitos en una relación laboral cuando no se actúa conforme la ley; por otro lado proponer medidas que incentiven la regularización del trabajador, para combatir el empleo en negro y por último, y no por eso menos importante, medir el impacto sufrido en la empresa a causa de juicios fraudulentos impulsados por los empleados.