1000 resultados para DERECHO A LA LIBERTAD


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Partiendo del Derecho Fundamental de la Intimidad que de forma expresa está incorporada en el Artículo 2 inciso 2 Constitución que establece: "Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.", y que será el Estado quien deberá proteger dichos derechos del ciudadano. Objetivo: será la presente investigación que establecerá la relevancia que tiene hoy en día la protección de datos personales, los cuales se dejan esparcidos a causa del auge tecnológico que actualmente existe; y que si bien nos trae confort y grandes beneficios; a su vez trae consigo perjuicios. Por ello, es cada vez más necesario que existan mecanismos de protección ante la inminente digitalización, ya que en un momento determinado, o ante el uso inadecuado de estas tecnologías puede ocasionar agravios a los derechos fundamentales del ciudadano salvadoreño. Metodología: en cuanto a la herramienta investigativa que se va utilizar en la investigación será el método analítico, método de síntesis, método comparativo, método cualitativo, bibliográfico donde se realizara la técnica de campo con lo cual se va contar con una guía de pregunta para posteriormente realizar una entrevistar. Resultados esperados: hacer conciencia de la importancia y la necesaria regulación dentro de nuestra Constitución de la Republica de El Salvador de manera amplia y específica para la tutela del Derecho a la Autodeterminación Informativa del ciudadano salvadoreño y de un mecanismo de protección para el mismo como es el Habeas Data.

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En el trabajo se estudian los principios del Derecho eclesiástico (libertad, igualdad, laicidad y cooperación), desde la perspectiva de las categorías generales del Derecho público tales como la dimensión objetiva de los derechos fundamentales y la distinción entre principios y valores.

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El interés de esta monograa es evaluar la relación entre el derecho internacional, la guerra y la política exterior a la luz del concepto de lawfare. Esta relación se evaa a la luz del caso de las relaciones de Nicaragua con sus vecinos. Se analiza y explican las distintas nociones de derecho internacional desarrolladas por las teorías de Relaciones y sus limitaciones; la utilización de la guerra jurídica como estrategia sustitutiva de la guerra material en el caso de Nicaragua. Utilizando el concepto desarrollado por Charles Dunlap, el trabajo busca demostrar que el lawfare explica algunas relaciones entre derecho, guerra, y relaciones internacionales que las teorías clásicas no pueden y, adicionalmente da razón de las acciones de Nicaragua mediante la utilización del Derecho Internacional.

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Describir el fenómeno de la corrupción es una manera de comprender el comportamiento desviado de los integrantes de determinada colectividad y el funcionamiento de su orden social. Por lo que resulta necesario abordar el tema como un fenómeno social, económico, político y también cultural.

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El derecho internacional, como el derecho administrativo de cada Estado, se encuentra vinculado a la finalidad universal del derecho. No obstante, la influencia de la comunidad internacional en los asuntos jurídicos de los Estados está generando, con el auge de la globalización, mecanismos o instrumentos que de forma no impositiva pero sí persuasiva, vienen delimitando las competencias estatales. Estos instrumentos ejercen la función de ordenar los ámbitos de validez de dichas competencias jurídicas y administrativas internas, a través de formas declaratorias de carácter internacional, mediante normas jurídicas blandas denominadas soft law. El amplio y variado uso del soft law en temas como los derechos humanos y el medio ambiente plantea una dificultad para la teoría tradicional de fuentes, inspirada en la voluntad de los Estados, los cuales se constituyen a partir de su soberaa estatal (hard law). Esto sugiere una dicotomía jurídica, en donde el soft law se contrasta con las reglas legales que definen obligaciones específicas de hard law, es decir, “son normas o principios más abiertos o generales en su contenido y significado, comprendiéndose como suaves. En tal caso, el Soft Law plantea una apertura a la internacionalización y democratización del derecho administrativo. La creciente adopción de instrumentos de soft law de influencia internacional o global permite la participación de actores no estatales, tales como las organizaciones no gubernamentales (ONG), y de carácter civil en la construcción de políticas e instrumentos que en ocasiones adquieren más legitimidad que las leyes creadas para atender tales asuntos.

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El objetivo central de esta tesis es analizar cómo ha sido la comunicación política de la administración de Gustavo Petro entre 2012 y 2014, determinando el nivel de democratización presente en esta. Desde sus inicios, la alcaldía de Gustavo Petro mostro una gran preocupación por el ámbito de comunicación, sin embargo, como se puede ver en el plan de desarrollo, le apunta a una comunicación participativa en donde la ciudadaa haga parte de la construcción, diseño e implementación de los programas de gobierno. Por lo tanto se parte de la hipótesis de que la comunicación política durante esta administración ha sido democrática en tanto que ha permitido hacer partícipe a la ciudadaa de su propio desarrollo, a través del dialogo constante. Lo anterior será visto desde una perspectiva teórica sobre la comunicación política democrática, para lo cual las variables direccionalidad y centralidad serán claves.

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La concepción de Estado moderno está íntimamente vinculada al ejercicio del monopolio legítimo de la fuerza, en tanto supone que la violencia es una de las principales prerrogativas que el Estado pretende detentar, para constituirse en una organización política de poder que perdure en la sociedad en la que se instaura. En este sentido, el proyecto de investigación tiene como uno de sus objetivos específicos, identificar, caracterizar y analizar los daños antijurídicos por los cuales el Comité de Conciliación del Ministerio de Defensa Nacional autoriza el ejercicio de la acción de repetición contra los funcionarios o ex-funcionarios de las Fuerzas Militares, limitando el análisis al periodo transcurrido durante los años 2010 a 2016. Lo anterior, con el fin de establecer cuáles son las causas generadoras de responsabilidad más frecuentes en las que han incurrido los agentes de la entidad, para luego observar su impacto en el erario de la nación y verificar cómo se constituyen en una necesidad de imposición de límites al ejercicio de la fuerza del Estado.

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El conflicto armado en Guatemala se originó por el abuso de poder, la desigualdad, la exclusión y la profunda discriminación, sobre todo hacia la población indígena, a la que se le han desconocido históricamente sus derechos y que fue la más afligida durante el conflicto. Lo que desembocó en el nacimiento de grupos al margen de la ley, cuyo propósito fue reivindicar los derechos de la población, así como la equidad y justicia social. El conflicto se caracterizó por la formación de grupos paramilitares, la violación al Derecho Internacional Humanitario, el elevado número de víctimas del conflicto, mayoritariamente indígenas y porque más del 85% de las violaciones a los derechos humanos fueron perpetradas por el Estado. Gracias a la voluntad política, al respaldo de la comunidad internacional, especialmente de la Organización de Naciones Unidas -ONU, y a los buenos oficios de la Comisión Nacional de Reconciliación – CNR, se lograron firmar los Acuerdos de Paz y dar fin a este cruento conflicto de más de 36 años. Las partes firmantes vieron la necesidad de que un ente autónomo e imparcial de Naciones Unidas, verificara el cumplimiento de La Misión de Naciones Unidas en Guatemala - MINUGUA contribuyó a la promoción, defensa y garantía de los derechos de la población indígena guatemalteca. Específicamente, incidió en el cumplimiento de los compromisos contenidos en el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas guatemaltecos –AIDPI, que fue suscrito el 31 de marzo de 1995, asimismo, contribuyó a la garantía del derecho a la justicia de la población indígena, lo que se evidenció en las acciones y el papel que desempeñó en los componentes de verdad, justicia y reparación.

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La relación entre espacio y derecho ha sido poco explorada. Sin embargo, en los últimos años se han desarrollado trabajos interesantes al respecto. El presente trabajo busca ser una contribución a dicha discusión, buscando romper con el desdén por explicar los fenómenos jurídicos de manera seria, con sus implicaciones teóricas y epistemológicas tanto para la geograa y el derecho, como para las demás ciencias sociales, fomentando así su diálogo. El objetivo es mostrar la compleja relación entre derecho y espacio, adentrándonos en una dimensión poco explorada por la geograa y estudios sociojurídicos: la dimensión mítica del derecho, sobretodo, en cuanto a su relación con la construcción de los territorios nacionales. Se analizala literatura especializada tanto para el derecho, extrayendo sus implicaciones “territoriales”, como para el territorio, encontrando sus implicaciones “jurídicas”, para contrastarlos con la mitología jurídica, comentando brevemente dos casos para México y Brasil. Se utiliza la categoría de “mito jurídico” y su ciclo producción-recepción-reproducción, pero sobretodo su transformación, como instrumento analítico para desvanecer la dicotomía realidad/representación, como propuesta epistemológica para crear una geograa de las ideas, que lejos de tomarlas como simples “reflejos”, “aspectos simbólicos” o “representaciones” de la realidad, las considere como auténticas prácticas materiales.

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Esta ponencia se inscribe en la experiencia docente universitaria de las autoras, por más de una década. El interés por el estudio de las dinámicas en entornos rurales, es un pretexto para formar futuros docentes de Educación Básica y Media.En ese sentido, planteamos como objetivos: Identificar las dinámicas poblacionales en entornos rurales. Caracterizar un entorno rural. Los métodos de investigación utilizados en el ámbito del estudio de caso fueron de tipo teórico y empírico. De los primeros, utilizamos el histórico y lógico, que permitieron dilucidar las dinámicas poblacionales en entornos rurales respecto a la vivienda, salud, servicios. De tipo empírico utilizamos la encuesta, aplicada a una muestra de 200 habitantes de la vereda La Quiebra – El Progreso, del municipio de Rionegro, departamento de Antioquia. Como aportes geográficos principales señalamos, las posibilidades que ofrecen los estudios de entornos rurales en la formación de docentes de Ciencias Sociales; el reconocimiento de las dinámicas poblacionales en la vereda La Quiebra; la integración de saberes en la enseñanza de la geograa universitaria. Finalmente, dejamos abierto el dialogo a nuevas miradas y perspectivas en la formación de docentes investigadores del entorno.

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La desigualdad es un proceso que acompaña la producción del mismo espacio social, avocarse al estudio de la misma conlleva a incursionar a campos de la Geograa poco explorados; el objetivo de la presente, es resaltar la importancia de incorporar al Derecho, en el análisis de la desigualdad espacial.La desigualdad espacial es una unión que entrelaza numerosas relaciones, mismas que no solo se circunscriben a escalas locales, sino que rebasa las fronteras de las naciones; la condición que da paso a las diferencias está sujeta por el acceso, el ejercicio, las capacidades y el empoderamiento; que a su vez cada uno conduce a incorporar la intervención del Estado, quien es el sujeto que construye, modifica y aplica el marco jurídico sobre una sociedad, a la que reconoce como ciudadaa. Para que los grupos sociales puedan satisfacer sus necesidades básicas que les posibilite el ser y hacer, tienen que existir aquellos derechos de índole social e individual que asegure la vida, libertad e igualdad.Entre las aportaciones de incluir al Derecho en el análisis del Espacio social, están las de reconocer el papel de las leyes y normas, en asociación con la aplicación de las denominadas reformas estructurales.   

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 Uno de los derechos humanos fundamentales, el derecho a la comunicación, no está garantizado para todas las personas en Brasil y no forma parte del debate en los medios de comunicación ni se encuentra entre las preocupaciones de la sociedad. Aunque la legislación nacional prohíba el monopolio y el oligopolio, los medios están en manos de pocos y la mayoría de la población se encuentra marginada en el proceso de la producción y la divulgación de la información asumiendo el papel de simple consumidora de noticias. Apartada del acceso a la participación de la comunicación pública a través de los medios, tiene igualmente restringida su libertad de expresión y de elección. Hechos que comprometen no solo derechos individuales y colectivos, sino también la propia consolidación de la democracia brasileña. Un largo camino han recorrido las organizaciones sociales que defienden y exigen el derecho humano a la comunicación. Como uno de los resultados de esta labor, se realizó recientemente la primera Conferencia Nacional de Comunicación, donde estas cuestiones fueron discutidas, mientras una serie de propuestas fueron aprobadas con la participación de representantes del gobierno, de las empresas de comunicación y de la sociedad civil. Entre las proposiciones está la organización y el fortalecimiento de un sistema público de comunicación percibido como una de las más importantes estrategias de democratización de la comunicación. El desarrollo de un sistema público, por sus características diferenciadas de gestión, gobernanza y financiación, se presenta, por lo tanto, como un gran paso para garantizar el derecho humano a la comunicación en el país. Communication is a fundamental right, but it’s not guaranteed to all people in Brazil. Even worse: it’s not even part of the debate in most media nor it is a priority issue amongst society. Even though national laws forbid monopoly and oligopoly in media, most communication companies are owned by few people and most of the population is excluded in the process of producing and broadcasting information – becoming mere news consumers. People have no access to participation in public communication and has also their freedom of speech restricted by media. This problem not only jeopardizes individual and collective rights, but also impedes the consolidation of Brazilian democracy. Social organizations have been struggling to defend and demand communication rights. As a result of this work, Brazil has recently promoted the first National Communications Conference, where these issues were discussed and many propositions were approved with the participation of government, communication corporations and organized civil society representatives. The organization and the strengthening of a communications public system – one of the most important strategies for communication’s democracy - was one of the approved propositions. The development of a public system, with its different forms of management, governance and funding, presents itself as a great step towards the enforcement of communication rights in the country.  

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 Resumen  El desarrollo progresivo del derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal se han visto enriquecidos con la lucha y posterior positivación de los derechos reproductivos, en tanto estos han generado una ampliación de los criterios sobre los cuales se basa la obligación del Estado respecto de los derechos humanos en general, y en particular de aquellos consagrados en el primer artículo de la Declaración Americana de Derechos y Deberes. Los países de América Latina, en el marco de dicha obligación, han adoptado posturas diversas frente a los derechos reproductivos, específicamente en lo que refiere a la despenalización del aborto consolidando tres grandes tendencias regionales que muestran aciertos y desaciertos. El presente artículo que surge como reflexión personal propuesta como aporte académico en el marco de los debates jurídicos llevados a cabo durante el I Congreso Latinoamericano Jurídico sobre Derechos Reproductivos, tiene como objetivo realizar una mirada a dichas tendencias con el fin de dar un panorama general de la situación de América Latina y su deuda frente a los derechos reproductivos y de esta manera pensar propuestas más holísticas para alcanzar la realización de dichos derechos, y consecuentemente seguir promoviendo progresivamente el desarrollo del derecho a la vida, la libertad y la seguridad personal.Palabras clave: derechos reproductivos, vida, libertad personal, progresividad.AbstractThe progressive development of the right to life, liberty and personal security has been enriched by the struggle for and subsequent onset of reproductive rights, in as much as they have widened the State’s obligations towards the respect of human rights and in particular those enumerated in the first article of the American Declaration of the Rights and Duties. Latin American countries, within these requirements, have taken diverse stances towards reproductive rights, specifically with regards to the decriminalization of abortion, which can be reduced into three major trends representing successes as well as errors. This article comes as a personal reflection, and proposed as an academic contribution, in the context of legal debates held during the First Latin American Congress on Reproductive Rights Law. It is aimed at taking a look at these trends in order to give an overview on the situation in Latin America and its debt to reproductive rights, and, in this way, to ponder about more holistic proposals to achieve their fulfillment, hence progressively promoting the development of the right to life, to liberty and to personal security. Keywords: Reproductive rights, life, personal liberty, progressiveness.

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 ResumenEl presente artículo es un intento de señalar un aspecto del Derecho Internacional que parece mostrar una paulatina evolución. Es por ello que estudiar a la persona como sujeto de Derecho Internacional (DI) es innovador o al menos diferente de como siempre se lo ha mostrado, esto es, ajeno al sistema internacional desde el estudio de los Sujetos del Derecho Internacional. Por otro lado, los internacionalistas en su inmensa mayoría han insistido en no elevar al rango de sujeto de DI a la persona. No obstante, los argumentos utilizados son diversos, cuestión que aquí se remarcará.En el desarrollo del presente trabajo, se describirán los argumentos a favor de la persona como sujeto y en contra de tal carácter. Y en la medida de lo posible, se replanteará el tema con base o referencia en una teoría del derecho, en este caso la de H. Kelsen, ya que desde sus inicios esta ha hecho recepción del asunto. Se debe dejar en claro que también se analizala realidad positiva y situaciones que han dado el pie de partida para el replanteamiento que coadyuve a exponer o clarificar la temática aquí encarada.Se finalizará con una serie de conclusiones que no pretenden emitir un juicio de valor, sino solamen­te reflexionar con mejores y profundos argumentos que los hasta ahora analizados por la doctrina internacionalista.AbstractThe present article will try to show an issue of the International Law system which displays a progressive evolution, that is why studying individuals as International Law (IL) subjects is innovative, or at least different than it always has been exhibited; devoid of the international system from the studies of the Subjects of International Law. On the other hand, internationalists in general have insisted on not elevating the status of subject of IL to the person. Nonetheless, the arguments used to do so are diverse, an issue that is emphasized here.In the development of the present article the arguments in favor and against the person as subject will be described. And, if possible, to re-establish the issue based on or with reference to a law theory, in this case Kelsen´s, because it has made reception of the issue since its beginning. It must be clear that the positive reality and the situations which have promoted the re proposal of the issue in order to clarify and contribute to the description of it will be analyzed.It ends with a description of facts and conclusions, without any value content, only remarking the topic from different deep arguments.