1000 resultados para CONTROL DE DROGAS Y NARCÓTICOS – COLOMBIA - 2006
Resumo:
En este estudio se ha revisado las principales características de la criminalidad en la Araucanía desde la segunda mitad del siglo XIX, examinando las virtudes y defectos (lamentablemente superiores a los primeros) de sus instituciones de control social (policía y prisiones). Como se podrá apreciar, el panorama no fue positivo, pese a los esfuerzos para tratar de revertir un fenómeno que lentamente comenzó a modificarse en pleno siglo XX. Sin embargo, más allá de los inconvenientes de todo tipo hasta aquí señalados (mala administración de justicia, falta de presupuesto, de organización carcelaria y de fiscalización de funcionarios y recintos), no es menos cierto que los problemas antes indicados no fueron exclusivos de la Araucanía.
Resumo:
El artículo ofrece una caracterización general de los indios de Portoviejo, en la zona central de la Costa ecuatoriana, a lo largo del período colonial. Se analizan las reacciones de las parcialidades indígenas ante las regulaciones de la administración colonial y las frecuentes disputas con los sectores blancos y mestizos de la región por el control del territorio y la mano de obra. Seguidamente, el artículo describe algunos de los viajes que algunas autoridades étnicas emprendieron hacia España, en procura de que sus quejas y demandas fuesen oídas directamente por el Rey y su corte. Palabras clave: Indígenas, caciques, poderes locales, Colonia, comercio, redes de sociabilidad, tributo, faccionalismo, viajes, Corte española.
Resumo:
Procesos de construcción identitaria en las comunidades negras de la cuenca Chota-Mira en tres generaciones: abuelos, adultos mayores y jóvenes, es un esfuerzo de escribir (pasar de la oralidad a la escritura) y evidenciar algunos procesos de construcción de identidades en los afrochoteños, desde adentro de las comunidades con una visión y cosmovisión propia, para vencer el dolor marcado por la colonia que nos ha mantenido siempre en la oralidad. Así, esta discusión se sitúa en tres generaciones: abuelos, adultos mayores y jóvenes. Intento auscultar el significado de la identidad para esta población, cómo la vivieron o la están viviendo (en el caso de los jóvenes), sus características propias y los cambios que han sido objeto estas características en cada generación. Estos procesos identitarios generacionales, se ven irrumpidos por elementos o hitos que estamparon o redireccionaron el día a día de los negros de la zona del Valle del Chota, cuenca del Río Mira y Valle de Salinas, ubicadas geográficamente en las provincias de Imbabura y Carchi, al norte del Ecuador. De los hitos referidos, esbozo cuatro: Ley de Reforma Agraria, construcción de la panamericana, llegada de la energía eléctrica a las comunidades y creación de los núcleos educativos. Ante la irrupción de estos cuatro hitos, propongo la Etnoeducación, como (la) una herramienta para fortalecer la identidad de los afrochoteños. En este discernimiento, esta reflexión toma como protagonistas principales a las fuentes primarias de los grupos focales; es decir, los testimonios de los abuelos, adultos mayores y jóvenes. Sin embargo, las otras fuentes como los textos, archivos y otros, son los que me han permitido enmarcar este trabajo. Especialmente los textos, que además constituyen el presupuesto teórico para direccionar este esfuerzo en el campo académico.
Resumo:
A partir de las reformas constitucionales de 16 de enero de 1996, y con la expedición de la Constitución Política de la República de 11 de agosto de 1998, se ha previsto en el Ecuador un sistema de control de constitucionalidad de los actos administrativos de carácter particular que coexiste con otras formas de control en sede administrativa y en sede jurisdiccional. Así, los actos administrativos pueden ser impugnados por la vía de la acción de inconstitucionalidad o del amparo, cuando ello corresponda (arts. 276 # 2 y 95 de la Constitución); pueden ser objeto de control ante y por la propia administración pública (reclamos y recursos administrativos); o pueden ser objeto del control de legalidad, mediante el recurso subjetivo o de plena jurisdicción. La simultánea existencia de estos diferentes sistemas de control de los actos administrativos ha generado que abogados y litigantes empleen de manera errónea los remedios previstos, confundiendo uno y otro mecanismo, o intentándolos de forma paralela. Frente a esta problemática, esta investigación caracteriza el control de constitucionalidad concentrado, el difuso y los sistemas mixtos; determina cuáles son los métodos de control de constitucionalidad previstos en el Ecuador respecto de los actos administrativos; comenta las demás fórmulas de control en sede administrativa y jurisdiccional existentes; define cuándo y cómo proceden cada uno de estos métodos, contrastándolos; distingue entre control de constitucionalidad y control de legalidad; compara el sistema de control constitucional de actos administrativos vigente en el Ecuador con los previstos en otros ordenamientos; y, finalmente, realiza recomendaciones acerca del sistema más idóneo de control de constitucionalidad de los actos administrativos en el Ecuador.
Resumo:
Motiva la elaboración de la presente Tesis, la necesidad del estudio del Peculado Bancario como figura jurídica del Derecho Penal Económico y su relación con los acontecimientos suscitados en la más reciente crisis financiera ecuatoriana iniciada en el año 1998. Es necesario distinguir para el análisis de este tema, el contexto de una tendencia de liberalización de los mercados y la actividad financiera en toda América Latina y obviamente en el Ecuador, proceso en el que se inscribió la legislación nacional reformada en agosto de 1994 con la aprobación de una LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO, en sustitución de la LEY GENERAL DE BANCOS existente hasta entonces. Dicha Ley General de Instituciones del Sistema Financiero estableció desde luego un avance importante en la actualización de la legislación bancaria del país a los concepto flexibles de banca múltiple, que como tales pretenden la creación de un verdadero “sistema financiero” en el país, a través de la autorización a las instituciones bancarias de una amplia variedad de servicios financieros en beneficio de los usuarios, acordes con la dinámica actual de la actividad financiera y la complejidad que supone el ejecutar distintos procesos relacionados con diferentes prestadores de servicios. Este concepto laudable en principio no excluye sin embargo la intencionalidad última de todo proceso de liberación que es el mayor desmantelamiento posible de los mecanismos de control, fiel a su premisa teórica de que todo control supone restricción y conculcación de los intangibles atributos de la libertad económica y su congénere más cercana, la libertad de empresa, así como una intromisión del Estado en el principio superior de autonomía de la voluntad y libertad de contratación, todo esto con el corolario de que así mismo, todo mecanismo de control e intervención por parte del Estado se halla dotado de un agregado ineludible de corrupción. Acogiendo estos criterios vio la luz la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y se estableció una permisibilidad que la experiencia ha demostrado resultó ser inconveniente y aún peligrosa para la estabilidad no solo del sistema de pagos, sino de la propia economía y que derivó en el libertinaje de los administradores de las instituciones financieras, con las dolorosas consecuencias que son de todos conocidas. De este libertinaje financiero se siguió que muchos administradores bancarios fueron encausados penalmente por la presunta comisión de delitos bancarios, cuya regulación, vale anotar, al momento de la crisis resultó insuficiente, insuficiencia que se explica desde luego, por esta flexibilización de controles que inspiró la nueva legislación bancaria.
Resumo:
La necesidad de un proyecto de ley de cooperativas financieras se sustenta en la falta de un instrumento que le dé identidad jurídica propia a estas entidades. Un importante número de aquellas se encuentra bajo el régimen de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, como intermediarias financieras que operan con el público, bajo el control y supervisión de la Superintendencia de Bancos y Seguros. A través de tres decretos ejecutivos: 1227, de marzo de 1998; 2132, de diciembre del 2001; y, 354, de agosto del 2005, con fundamento en el artículo 212 del cuerpo legal invocado, el Presidente de la República de turno dictó el respectivo “Reglamento de constitución, organización, funcionamiento y liquidación de las cooperativas de ahorro y crédito que realizan intermediación financiera con el público…”, vigente el último decreto, el cual no proporciona eficacia para el desarrollo de dichas instituciones, tampoco para el campo de acción del organismo de control. En ese entorno surge como necesaria la propuesta de lineamientos para un proyecto de ley de cooperativas financieras como herramienta eficaz para quienes están frente a las cooperativas, para el usuario del sistema cooperativo financiero y para el organismo de control, dentro de un esquema de las mejores prácticas aplicadas en distintas legislaciones en los aspectos administrativos, financieros, monitoreo y control del riesgo y el buen gobierno corporativo, entre otros.
Resumo:
El carnaval de Guaranda es un espacio sociocultural en el que se evidencian las interacciones culturales entre los diferentes grupos sociales que participan desde posiciones distintas: los sectores oficiales en la administración y control del carnaval y los sectores populares o carnavaleros en el desarrollo “empírico” de esta celebración. Así por ejemplo, los carnavaleros se identifican con la reciprocidad en las comidas y bebidas, la fantasía y esplendor en el juego con agua y la inagotable creatividad en la composición y canto de coplas. En todas estas prácticas es fundamental la participación colectiva y directa de los asistentes lo que le da un carácter caótico e irreverente al carnaval. Los sectores oficiales, en cambio, han elaborado reglamentos y ordenanzas para la incorporación de espectáculos y la prohibición de los “excesos” cometidos por los carnavaleros, con lo cual pretenden mostrar la imagen de un carnaval civilizado y culto. Estas diferencias culturales también se expresan en los discursos que cada grupo construye para contar sus historias. Sin embargo, mientras los carnavaleros mantienen y transforman su memoria histórica a través de la oralidad, de la transmisión de boca en boca mediante las coplas; los sectores oficiales, en cambio, priorizan el uso de la escritura y los medios de comunicación. Esto significa que, aun cuando en este carnaval existen claras diferencias culturales y, aún contradicciones, los distintos actores intercambian sus bienes simbólicos a través de un complejo y conflictivo proceso de negociaciones culturales que les permiten mantener y renovar su repertorio cultural y su memoria histórica; así como afirmar su identidad como grupo.
Resumo:
Los tratados de libre comercio afectan en diverso grado a las relaciones comerciales que mantienen los signatarios de dichos TLCs con terceros países. Con este trabajo se pretende brindar una aproximación del efecto que tendría un eventual TLC entre Ecuador y Estados Unidos de América sobre las exportaciones del Perú al mercado ecuatoriano. Para dicho fin analizaremos la evolución y estado actual del comercio binacional ecuatoriano-peruano y se identificarán, de entre aquellos productos exportados por el Perú, cuáles corren el riesgo de ser desplazados por importaciones provenientes de los EE.UU. De este modo se intentará evaluar el posible impacto de dicho TLC sobre el proceso de integración comercial de dos países miembros de la Comunidad Andina y las probables consecuencias que tendrá dicho TLC particularmente sobre el sector de los productos con mayor valor agregado. Para ello abordaremos someramente los temas de la crisis de multilateralismo y la consecuente o paralela proliferación de acuerdos bilaterales y regionales. Luego revisaremos las características, evolución reciente, situación actual, posibilidades y potencial y los problemas de acceso del comercio entre el Ecuador y el Perú. Dentro de esta sección del trabajo también se hará una digresión sobre los efectos de un eventual establecimiento de una zona franca en la frontera ecuatoriano-peruana. Posteriormente pasaremos a identificar a aquellos productos exportados por Perú al Ecuador que se verían afectados en su venta actual y su potencial futuro. Finalmente, luego de contrastar las diferencias de las economías de los tres países mencionados, concluiremos con un capítulo sobre los efectos negativos y positivos del TLC Ecuador-Estados Unidos sobre las importaciones ecuatorianas de productos peruanos.
Resumo:
El Capítulo 1 referente a Nociones Generales de Propiedad Intelectual y de Empresa, es un extracto de las formas de protección de los programas de ordenador, en especial de los derechos de autor. Se pone real énfasis al desarrollo de la ciencia y la tecnología en este capítulo ya que constituye un pilar fundamental para que el desarrollo de la protección legal de software se dé. El Capítulo II recoge información sobre legislación tanto en el ámbito nacional como internacional. En el presente capítulo se hace un análisis general de la legislación, de los procedimientos legales utilizados en el Ecuador, englobando, además, nuevas formas internacionales de aplicación para la protección de software que no consta en la Ley ecuatoriana y que representan una novedad para el contexto nacional. Siguiendo el orden, el Capítulo III, con título Programas de Ordenador en el Ecuador, hace referencia a la creación del software en pasos sistemáticos a seguir. El procedimiento para crear un programa de ordenador, debe realizárselo según ciertos parámetros que serán la guía para obtener un resultado. Los Mecanismos alternativos de Protección de los Programas de Ordenador en el Ecuador, contenidos en el Capítulo IV, son fundamentales en este mundo de constante cambio ya que a falta de una protección completa por el efecto legal, los empresarios y creadores de software han intentado por cuenta propia dotarse de mecanismos que les permitan tener un control más cerrado y efectivo del software que ellos producen, con el objeto de impedir la piratería y pérdidas por efecto de ella. En función de determinar los costos para la creación de software se ha analizado de manera general, en el Capítulo V, lo que puede costar realizar un determinado programa (aplicación) y del efecto que este produce en el contexto global (PNB). Por último, el Capítulo VI, constituye un estudio de los efectos de la globalización en el campo del software. Es inquietante conocer los efectos que ella, la globalización, puede conllevar en una economía pequeña como la nuestra, la influencia de organismos poderosos y de los posibles cambios en el ámbito legal y tecnológico que pueden darse, tanto nacional como internacionalmente. Puede que esta situación sea preocupante en un futuro, dependiendo del ambiente y su desarrollo.
Resumo:
La autora explora la posibilidad de un cambio en las relaciones de Colombia con Venezuela y Ecuador durante la presidencia de Juan Manuel Santos. Las relaciones de Colombia con esos dos países vecinos, por un largo período, se han caracterizado por su complejidad expresada en roces y desencuentros, configurando un escenario conflictivo. Esta dinámica se origina en dos factores: el conflicto armado colombiano de larga duración, y la alineación de Colombia con Estados Unidos. La autora sostiene que los cambios en el segundo factor podrían conducir a una modificación del conflicto doméstico colombiano, y por extensión a mejorar las relaciones con Ecuador y Venezuela.
Resumo:
En la actualidad, uno de los temas que presenta mayor relevancia en el contexto mundial es la crisis energética, cuyas manifestaciones se han representado en la escasez de reservas de petróleo generado altos costos en las explotaciones y volatilidad en los precios. Por tanto, los países dependientes han conducido sus propósitos a la búsqueda de fuentes de energía alternativa y renovable. La más importante la constituye los biocombustibles, los cuales se derivan de la biomasa de materia orgánica, proveniente de diversos cultivos, generalmente agrícolas y forestales, y que ha presentado un incremento de producción mundial a un ritmo anual del 10% desde el año 20101. Esta dinámica va acompañada del rol activo de los Estados que articulan instrumentos que favorecen la multiplicación de cultivos energéticos, ocasionando intensos debates en el ámbito mundial, que conllevan a revisar los efectos que en la actualidad estas políticas han generado en el mundo y en Colombia, país que desde el año 2002 ha realizado apuestas en torno a esta posibilidad de conseguir energía de forma alternativa.
Resumo:
Desde el 20 de Octubre del 2008, fecha que entró en vigencia la Constitución de la República del Ecuador, la concepción filosófica del Estado cambió. El auto determinante de “Estado constitucional de derechos y justicia social”, implicó algo más que enunciar un objetivo, impuso los valores como materia y contenido de los preceptos normativos, que marcan la validez del ordenamiento jurídico interno, y además, reconoce la fuerza irradiante de la Constitución sobre el infraderecho. La vinculación de la moral y la justicia en el Derecho objetivo, convierte a un Estado de Derecho positivo, en un Estado constitucional de derechos y justicia social, cuya misión es proteger los valores y principios consagrados en la Constitución, creando para ello mecanismos jurídicos que, teóricamente, permiten el cumplimiento de sus declaraciones. El control de constitucionalidad, y para el caso en estudio, el control de constitucionalidad concreto, es uno de aquellos mecanismos que defienden la hegemonía y la supremacía constitucional. El control de constitucionalidad concreto, es una herramienta apropiada para detectar normas inferiores en contradicción con las normas superiores; se activa ante la duda razonable de constitucionalidad de una norma jurídica, que esté siendo aplicada por la autoridad judicial ordinaria dentro de un caso concreto. Empero, la sustanciación de la consulta judicial de constitucionalidad de norma, exige que la causa concreta se suspenda por cuarenta y cinco días, sin resolver nada sobre lo principal (CR, Art. 428). En asuntos que litigan intereses particulares, suspender el trámite de la causa, sin resolver nada en el fondo, no representaría mayor problema, pero en las causas que ventilan derechos de personas y grupos de atención prioritaria (CR, Art. 35), cuyos bienes, por su trascendencia social, interesan a la causa pública, suspender el trámite del caso sin resolver nada de fondo, lesiona el principio de tutela judicial efectiva y del debido proceso en la garantía de defensa (CR, Arts: 75 y 75.7).