997 resultados para Justicia.


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Anàlisi de la regulació estatal i autonòmica, així com la jurisprudència del Tribunal Suprem i els tribunals superiors de justícia, per tal d’examinar la necessària ampliació de la competència de la Sala Civil i Penal del Tribunal Superior de Catalunya pel que fa al coneixement de la revisió de la sentència ferma.

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Aquesta investigació és una aproximació al procés d’adaptació a la Llei 5/2000, reguladora de la responsabilitat penal dels menors, al Centre Educatiu L’Alzina. La recerca constitueix un intent d’anar més enllà d’allò merament descriptiu, en un esforç per fer palesa la racionalitat subjacent a la pràctica quotidiana i a la lògica implícita a l’intervenció educativa amagada sota nocions centrals en el seu desenvolupament, com ara progrés, retrocés, càstig, recompensa, activitat esportiva o pauta mèdica. Els autors proposen una interpretació que implica la consolidació d’una lògica de la simulació netament allunyada de la lògica dels fets que, formalment, plana sobre la dinàmica de l’aplicació de la norma al Centre.

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Eduard Toldrà i Soler fou una persona important i significativa per a la societat catalana de principis del segle XX. La seva vida musical és increïblement ampla, ja que abasta facetes de violinista, compositor, director i pedagog. A més, Toldrà va estar sempre immers en la cultura catalana, en l'art en general, i en particular en la poesia. És per aquest motiu que trobem tanta poesia en la seva música. En el següent treball aprofundeixo en l'estudi d'una de les seves obres, Sis Sonets per a violí i piano. A través de l'anàlisi d'aquestes sis peces, coneixerem també al personatge d'Eduard Toldrà i el seu context cultural. Veurem que la seva música se situa fora dels trets estilístics “hispànics” de l'època i que, sota els tòpics de música española, les etiquetes no hi fan cap mena de justícia.

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Conté: La globalización y el "pueblo de Seattle"; La decepción cantada de Durban; Hambre de justicia; La apuesta de Porto Alegre; Las verdades de Monterrey; El gran tablero mundial; China es otra cosa; Dios a la vista; Un mundo distinto apunta; Convulsa América andina; La "edad de oro", en declive; La doble cara de la era mundializada; Cuando Mahoma es intocable en Europa; Medir con desiguales varas; Hay que mirar de cerca; Acertijos de un nuevo año; La accidentada ruta de la antorcha olímpica; Los juegos de Pekín y la libertad; El frío juego de política del poder; EE.UU., la nación-mundo; Una distina América Latina; Haití como revulsivo

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Conté: La decepción cantada de Durban; La justicia y la cólera de Bush; La diplomacia, maltrecha; Un peligroso precendente; La OTAN, en el disparadero; La era del multipolarismo antagonista; Los lazos EE.UU.-Europa, puestos a prueba; Un mundo confuso y sin guías; Afganistán, la guerra sin fondo

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Le problème de l'impunité et de la dévalorisation des droits des femmes qui vivent des violences machistes dans le couple (intimate Partner Violence) continue à être présent dans les systèmes pénaux européens. À travers une recherche innovante effectuée en Espagne, en Italie, en Angleterre et en Roumanie, à partir d'entretiens avec des femmes et des personnes travaillant dans le système pénal, d'observations ethnographiques des tribunaux et d'analyses des dossiers judiciaires, nous montrons comment la violence machiste dans le couple est traitée dans le système pénal.

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Le problème de l'impunité et de la dévalorisation des droits des femmes qui vivent des violences machistes dans le couple (intimate Partner Violence) continue à être présent dans les systèmes pénaux européens. À travers une recherche innovante effectuée en Espagne, en Italie, en Angleterre et en Roumanie, à partir d'entretiens avec des femmes et des personnes travaillant dans le système pénal, d'observations ethnographiques des tribunaux et d'analyses des dossiers judiciaires, nous montrons comment la violence machiste dans le couple est traitée dans le système pénal.

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Este trabajo analiza el papel de la competencia en la gestión pública, para lo cual toma como referencia la organización burocrática basada en centros de gasto que no cobran por sus servicios y suelen ser demasiado grandes e ineficientes. Para introducir competencia, se da libertad de elección a usuarios y productores, a la vez que se les responsabiliza de los costes que ocasionan sus decisiones. Se genera así un provechoso control mutuo entre usuarios y proveedores, que hace menos necesario el control jerárquico, de tipo vertical. Sin embargo, la eventual presencia de monopolios y asimetrías informativas puede ocasionar graves distorsiones y suele exigir una regulación activa, que es costosa y provoca búsqueda de rentas. Para corroborar la relevancia de este equilibrio de costes y beneficios, el trabajo analiza doce servicios públicos en los sectores de la sanidad, la educación y la justicia. Se constata la presencia de dificultades asociadas a monopolios, asimetrías informativas y búsqueda de rentas y se argumenta que, como consecuencia, se tienden a adoptar soluciones de naturaleza intermedia. Coherentemente con este argumento, se observa que en los servicios analizados o bien se emplean incentivos de baja intensidad o se restringen los derechos de decisión, de modo que no se aplican todos los elementos propios de la competencia pero tampoco se prescinde de ellos por completo. Por la moderación de los incentivos que genera, este uso incompleto de la competencia permite, además, que se puedan regular las actividades correspondientes mediante las fórmulas típicas de la Administración Pública, basadas en la reglamentación de decisiones recurrentes y la colegiación y supervisión jerárquica de un número pequeño de decisiones no regladas.

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En la actualidad existe una Comisión Delegada para el Servicio de Inspección, integrada por cuatro Vocales del Consejo General del Poder Judicial, y la Inspección está compuesta por una Jefatura del Servicio, con de un Jefe, un Adjunto y un Secretario, que configuran la Unidad Central y trece Unidades Inspectoras, formadas por dos, tres o cuatro Letrados, cada una de las cuales tiene asignados, o bien todos los órganos de un determinado orden jurisdiccional: penal, violencia sobre la mujer, menores, vigilancia penitenciaria, incapacidades, contencioso-administrativo, social y mercantil, o bien todos los órganos de 1ª Instancia, Instrucción y Mixtos de cada una de las Comunidades Autónomas, una de ellas se ocupa de todas las Audiencias Provinciales del territorio español y la Unidad Central tiene asignado el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y los Tribunales y Juzgados Togados. Hay además un coordinador territorial por cada Comunidad Autónoma, que es quien coordina la información procedente de todos los órganos de su territorio, independientemente del Orden Jurisdiccional de que se trate, así como un coordinador por cada jurisdicción, trabajando todos en equipo. Forma también parte del Servicio, la Sección de Informes, que tramita, en coordinación con la Unidad de Atención Ciudadana, las quejas y denuncias presentadas por los ciudadanos, cuando éstas puedan dar lugar a responsabilidad disciplinaria de un Juez o Magistrado.

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Contient : Lettre de M. Le Camus, avocat au Parlement (Rouen, 22 août 1628) ; Lettres écrites à Mathieu Molé, procureur général, par un de ses cousins (s. d.) ; Testament de Hugues, comte de Rodez (8 octobre 1176) ; Charte de Hugues, comte de Rodez, extraite du cartulaire de l'abbaye de Conques (1195) ; Note de Madame de la Reynie, annonçant à Baluze l'envoi de la pièce suivante (22 avril 1711) ; Testament de Jean de Pins, évêque de Rieux (27 avril 1537) ; Testament de Gabriel de Chazeron, gentilhomme ordinaire de la chambre du roi (31 mars 1624) ; Testament d'Anne-Marie-Louise d'Orléans, duchesse de Montpensier (27 février 1685) ; Testament de Charlotte-Marguerite de Montmorency, princesse douairière de Condé (9 août 1659) ; Testament de Guillaume de Lamoignon (20 octobre 1676) ; Testament de Perrot d'Ablancourt (5 octobre 1664) ; Testament de Henri de Sponde, évêque de Pamiers (11 mai 1643) ; Testament du P. Maimbourg (28 décembre 1685), accompagné d'une note autographe du même (8 février [1686]) ; Accord entre Charles, comte de Ventadour, et les seigneurs de Soudeille (31 octobre 1429) ; Extrait de l'inventaire des titres de Ventadour ; Note sur la fondation d'une vicairie dans l'église de Saint-Exupery en 1442 ; Lettre de Dupuy, archiprêtre de Saint-Exupery, à Baluze (28 juillet 1692), et copie d'une lettre du curé dudit lieu ; « Les Muses françoises à la Reyne, » recueil de huit sonnets anonymes ; « Prière aux Muses en faveur de Monsieur l'abbé de Saint-Vincent » [de Senlis, J.-P. Berthier], sonnet, par G. Colletet (26 août 1658) ; autographe ; Recueil de pièces de vers latins en l'honneur du même J.-P. Berthier (1er janvier 1664) ; Anagrammes latines sur le même nom, signées T. Billon ; Extrait d'un arrêt de 1655 relatif aux droits des curés sur les dîmes inféodées ; « Carta de parabien a los señalados señores de la esplendida Camara de Justicia, » par le sieur Lagravete, suivie de la liste et de l'éloge des membres du Parlement, par le même ; Vie de l'impératrice Adelaïde, par saint Odilon de Cluny (Migne, Patr. lat., t. CXLII, col. 967) ; Lettre du P. L. Frizon à Baluze (Bordeaux, 18 septembre 1680), et distiques sur le Louvre, envoyés par le même à Colbert (Cf. Sommervogel, Biblioth. de la Compagnie de Jésus, t. III, col. 1012)

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La utilización de ADR en el ámbito de las reclamaciones de consumo tiene un marco legal específico en España -y también en la UE- desde 1993, que deriva de sus características especiales. Algunas son de cuño exclusivamente jurídico: se trata de reclamaciones en las que el marco legal aplicable es el denominado derecho de consumo; otras poseen un soporte básicamente fáctico: suelen tener poca entidad económica, es decir, entran en la categoría de lo que denominamos small claims, y el hecho de que las reclamaciones -en algunos supuestos que van en aumento- sean transfronterizas condiciona la opción entre jurisdicción tradicional y ADR, como también tendremos ocasión de analizar. Hay que añadir a estos elementos jurídicos y fácticos un elemento importante de política legislativa en un ámbito de la UE; los ADR se entienden como un instrumento básico para garantizar el acceso de los consumidores a la justicia, pero al mismo tiempo, en el ámbito del comercio electrónico, son un ele- mento de gran trascendencia en la creación de la denominada e-confidence. Por este motivo, se explo- ran continuamente formas de ODR (On-line Dispute Resolution). Los ODR pretenden la mayor eficacia ofreciendo un soporte técnico capaz de solucionar una controversia con o sin la intervención de un tercero, y dentro o fuera de la organización del empresario. De este modo, se usa un mismo expediente técnico para poner en marcha sucesivamente más de un ADR, o se potencian los mecanismos automáticos que prescinden de los conceptos jurídicos y, en medio de la exploración constante, España apuesta por el arbitraje electrónico de consumo en el RD 236/2008. A estos temas vamos a referirnos a continuación.

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Este artículo se basa en algunas tendencias actuales en el campo de la psicología moral, que buscan comprender la naturaleza de los juicios y de las acciones morales, incorporando el papel de la afectividad en tales procesos. Para alcanzar este objetivo, se presentan algunos trabajos recientes así como los datos relativos a una investigación, en la cual se pretende identificar y analizar las posibles relaciones entre los estados emocionales, los razonamientos morales y la organización del pensamiento de los sujetos cuando se les pedía que resolvieran conflictos de naturaleza moral. Entre sus resultados, se encontró una fuerte relación entre el estado emocional de los sujetos y la forma en que organizan su pensamiento. A partir de las nuevas contribuciones teóricas que recientemente van surgiendo en este campo de estudio, se discute la necesidad de investigar cómo la educación moral puede ser pautada basándose en principios distintos de aquéllos relacionados con el desarrollo y la construcción de la habilidad racional de justicia. Sin negar la importancia de tal construcción, se defiende el principio de que la educación debe también ocuparse de la construcción y organización de la dimensión afectiva del psiquismo, buscando la formación de personalidades morales que integren en sus juicios y acciones, al mismo tiempo, los intereses personales y los colectivos.

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El texto se basa en el análisis del razonamiento moral a partir del marco de los modelos organizadores. A partir de la determinación de las diferentes representaciones que una serie de sujetos realizaron sobre un dilema basado en un conflicto moral entre iguales de edad, y que incluyó tres núcleos (justicia, felicidad y cuidado) se detectó que existen cuatro grandes modelos organizadores que se presentan en diferentes líneas evolutivas. La tesis que se defiende es que la inclusión de los sentimientos puede guiar el razonamiento a niveles más elevados y puede integrar las perspectivas de justicia y solidaridad a la hora de resolver conflictos interpersonales. En el artículo se afirma que todo esto son retos en los cuales es necesario trabajar para conseguir un modelo educativo integrador dentro de las escuelas.

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El texto se basa en el análisis del razonamiento moral a partir del marco de los modelos organizadores. A partir de la determinación de las diferentes representaciones que una serie de sujetos realizaron sobre un dilema basado en un conflicto moral entre iguales de edad, y que incluyó tres núcleos (justicia, felicidad y cuidado) se detectó que existen cuatro grandes modelos organizadores que se presentan en diferentes líneas evolutivas. La tesis que se defiende es que la inclusión de los sentimientos puede guiar el razonamiento a niveles más elevados y puede integrar las perspectivas de justicia y solidaridad a la hora de resolver conflictos interpersonales. En el artículo se afirma que todo esto son retos en los cuales es necesario trabajar para conseguir un modelo educativo integrador dentro de las escuelas.