999 resultados para Eficacia de la ley


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La Odontología Pediátrica Contemporánea al igual que la Odontología de Mínima Intervención, comprende la máxima conservación de tejido dental subyacente con la finalidad de evitar la invasión a tejidos pulpares que derivan en tratamientos radicales tales como pulpotomías y pulpectomías; las técnicas de operatoria dental actuales comprenden en tratar el complejo dentino-pulpar lo más conservadoramente posible, con la finalidad de prevenir la extensión. Una de las propuestas del concepto de Mínima Intervención consiste en el uso de agentes químicos para la remoción de tejido cariado, auxiliado por instrumentos manuales que permitan remover solo la dentina infectada, sin necesidad de piezas rotatorias, reduciendo tiempos operatorios y costos. Objetivo: Evaluar cuál es el método más eficaz para eliminar la caries dental entre métodos químico-mecánicos para así establecer un protocolo de atención no invasivo para pacientes pediátricos y poder llevarlo a cabo en las campañas de brigadas Odontológicas, para que un mayor número de población sea beneficiada con éstas. Materiales y Métodos: Se evaluaron 10 piezas posteriores deciduas, extraídas de niños de 6 a 8 años que cumplían con los criterios de inclusión de la Maestría en Ciencias Odontológicas en el área de Odontopediatría de la UANL, Monterrey, Nuevo León, México. Las piezas a evaluar fueron seccionadas y tratadas con Carisolv y Papacárie, ambos productos de remoción químico mecánicos, mientras se medía el tiempo de trabajo y la calidad de dentina remanente tras la remoción de caries para posteriormente describir los hallazgos observados.

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Empastado con los siguientes folletos: Ley del regimen municipal. Cuenca: Imprenta de la Universidad, 1893.- Ley de regimen municipal. Reimpresa en Cuenca, 1885.- Leyes orgánica del poder judicial participación de hatos y timbres. Cuenca: Impreso por José Miguel Prieto, 1884.-Cartas políticas. primera carta.- Segunda carta de un proscrito a D. José M.P. Caamaño, presidente de la Républica del Ecuador. Santiago de Chile: Imprenta de El Progreso, 1888

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Una observación a nuestra realidad permite visualizar que en nuestro país el asesinato de mujeres en manos de sus parejas o ex parejas, se da de manera frecuente, afectando no solo a la mujer, sino también a sus hijos, a su familia y, por ende, a la sociedad; de allí, que el papel del Estado sea de gran trascendencia para disminuir estos altos niveles de feminicidio que tiene el país. El problema del feminicidio deriva de una desigualdad de género y una discriminación hacia la mujer. Históricamente la mujer se ha encontrado en una posición de subordinación al hombre, lo cual encuentra sus orígenes remotos en la interpretación literal de la Biblia, la cual daría la pauta para creer que la mujer siempre debe estar subordinada o sometida al hombre; esta idea ha trascendido de generación tras generación hasta esta época; teniendo la mujer que enfrentar una lucha constante para obtener el reconocimiento de su personalidad y de sus derechos, tal como el derecho a la ciudadanía, al voto, a la educación e incluso al derecho a la vida. Ciertas corrientes de pensamiento han tratado de explicar esta subordinación de la mujer hacia al hombre; pero lo cierto es, que este ha sido un problema que culturalmente ha sido heredado de generación a generación. Doctrinas que abordan el tema de la desigualdad entre hombres y mujeres como lo es la "Doctrina cristiana de la superioridad masculina", justifican la dependencia de la mujer al hombre como un mandato divino; por su parte, la "Doctrina social de la Iglesia" aborda este tema de manera equitativa ubicando a la mujer en un mismo plano de derechos con el hombre; y la "Doctrina social favorable a la mujer", considera que la mujer debe estar en una postura de igualdad al hombre. La Constitución de la República de El Salvador establece que el origen y fin de la actividad del Estado es la persona humana, sin hacer distinción entre hombre y mujer. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), insiste en la obligación que tienen los Estados de garantizar al hombre y a la mujer igualdad en el goce de todos los derechos. Por su parte, la Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres (Belém do Pará) impone al Estado el deber de adoptar, por todos los medios apropiados, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Esas Convenciones, han tenido desarrollo legislativo en la Ley especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres, en la que el Estado asume la responsabilidad de crear las políticas necesarias para que la mujer goce a plenitud de sus derechos, estableciéndose el feminicidio como un tipo penal agravado.

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El dominio doctrinariamente es el derecho real máximo del cual se desglosan la mayoría de los derechos reales consagrados en el derecho civil, de esto se desprenden facultades, o derechos los cuales revisten al propietario, para que pueda usar, gozar y disponer libremente de una cosa. Pero si analizamos bien la concepción del concepto de dominio consagrado en el Código Civil, nos daremos cuenta que hay una forma de concebir las cosas corporales. El Art. 568 Código Civil Se llama Dominio o Propiedad el derecho de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del propietario. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad y el uso de la cosa se le llama usufructo. El derecho de dominio tiene características que le hacen ser diferentes de los demás derechos, es por ende que gozan de características especiales como los que identifican a los derechos reales: a) Es un derecho real, b) Es absoluto, c) Es exclusivo, d) Es perpetuo. En la Constitución se establecen una cantidad de derechos fundamentales entre ellos el derecho de propiedad y posesión, sobre los bienes que una persona puede tener, así mismo la constitución regula que la persona no puede ser privada de sus derechos fundamentales sin que esta sea antes previamente oída y vencida en un juicio mediante un proceso que se le debe seguir para no vulnerar sus derechos y garantías tanto constitucionales como las que las leyes aplicables determinan. La ley que se Analizara persigue la recuperación de bienes producto de actos ilícitos, y regula los medios, competencias y procedimientos para obtener dicha recuperación. "Por tal razón, es indispensable dotar al Estado, garantizando el debido proceso, de un mecanismo legal para la investigación, el examen y establecimiento del origen ilícito de patrimonios realizadas al margen de la ley y proceder a su extinción". La figura de la extinción de dominio tal y como aparece definida en dicha ley, por lo menos en el medio, es novedosa. Hasta ahora, la extinción del derecho de dominio considerada como el cambio de titularidad del derecho real de propiedad se producía por los medios tradicionales, o títulos de adquisición de dominio o pérdida como la transferencia en sus diversas modalidades, la expropiación, la transmisión y la prescripción. La novedad de la ley consiste en la introducción de una nueva forma de extinción, que es la "pérdida de ese derecho de dominio a favor del Estado, sin contraprestación ni compensación de naturaleza alguna para su titular", por razón de la naturaleza de la procedencia adquisitiva del bien, en resumen que provenga de hechos o actos ilícitos. No obstante para que haya una completa legalidad en el proceso y el destino de estos bienes que sean objeto de medidas cautelares o extinguidos mediante una sentencia definitiva dictada por un juez especializado, para garantizar su buena administración se crearan las distintas instituciones especializadas en el área; estas se encargaran de reparación, identificación inventario, administración, mantenimiento, preservación, custodia, y la destinación de los mismos todo ello para garantizar el derecho de propiedad ya sea que lo tenga el particular o este pase a favor del Estado.

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Se realizó un estudio transversal; en un universo de 385 pacientes. Los datos se obtuvieron por entrevista directa y se analizaron con el software Excel y Epi-Infor, Resultados: la prevalencia de infección del sistio de la herida quirúrgica fue del 10.6% (IC 95% 9.03-12.17). La mayoría fueron de sexo femenino; la edad varió entre los 16 y 87 años. La asociación entre infección del sitio de la herida quirúrgica con cirugía de emergencia proporcionó una p=0.0019 (IC 95% de la RP 1.10-3,99); con cirugía convencional p=0.778 (IC 95% de RP 0.61-1,95); con herida limpia p=0.238 (IC 95% de RP 0.10-1.55); con la utilización de cefazolina p=0.023 (IC 95% de la RP 0.09-0.94) y con el tiempo quirúrgico menos de una hora p=o.000 (IC 95% de RP 0.01-0.32). Conclusión: la prevalencia de ainfección del sitio de la herida quirúrgica fue del 10.6% (IC 95% 0.03-12,17). La cirugía de emergencia fue factor de riesgo para infección del sitio de la herida quirúrgica y la cefazolina, utilizado como antibiótico profiláctico, y el tiempo quirúrgico, menos de una hora, fueron factores de protección

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La violencia y discriminación contra la mujer se vive en toda la región latinoamericana y ante eso los países han comenzado en los últimos años a hacer énfasis a redoblar esfuerzos para eliminar este mal. Convencidos de que es urgente avanzar en El Salvador, en la erradicación de la violencia contra las mujeres, nuestra Coordinación Política quiere dejar constancia de su quehacer contra la impunidad e injusticia y de los retos que es necesario vencer para que las mujeres alcancen realmente el derecho a una vida libre de violencia. Es importante recalcar que la violencia contra las mujeres tiene su fundamento en la desigualdad social de género que se presenta de manera generalizada en modalidades diferentes afectando de forma directa sus vidas como también en el desarrollo de sus capacidades y sus libertades. La violencia contra las mujeres es un problema vital dentro de la sociedad, ya que se convierte en un gran impedimento para su desarrollo en nuestro país, se ha presentado un gran avance en materia legislativa generando condiciones jurídicas que fortalecen las necesidades de transformación, especialización, profesionalización de las instituciones para detención, prevención, atención, sanción e institución de los derechos de las mujeres que enfrentan la discriminación, desigualdad, exclusión y violencia. La violencia contra las mujeres no es más que una clara evidencia de la violación de sus derechos humanos, ante ello sólo una minoría de las víctimas denuncia tal agresión, la mayor parte soportan en silencio, pero lo más triste es que otras no viven para contarlo, durante las últimas décadas, la violencia contra la mujer ha ido recibiendo una atención creciente a nivel mundial, pasando de ser una cuestión oculta y privada a declararse en la actualidad como un problema de derechos humanos que afecta a la dignidad, a la integridad y a la libertad de las personas y que atenta contra el bienestar social. La realidad de la mujer Salvadoreña descansa en políticas estatales, las cuales deben respaldar toda iniciativa en pro del progreso humano y colectivo, aunque, bien es cierto que en la práctica, como se puede observar, este papel ha tenido aún poca incidencia en mejorar las condiciones de vida y desarrollo de las mujeres, de forma sostenida y al mismo tiempo entender que no puede haber desarrollo sin superar el déficit de las mujeres.

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Un caso práctico sobre la elaboración de un dictamen para las empresas acogidas a la Ley de Servicios Internacionales es un tema nuevo para muchos profesionales y estudiantes de la Contaduría Pública; por ello la elaboración de dicho caso práctico es como un inicio a la práctica de la Ley en mención, ya que a la fecha no existe documento técnico que de manera integral aborde lo relativo a la elaboración de un dictamen para las empresas acogidas a la Ley de Servicios Internacionales, siendo ésta una oportunidad para adquirir nuevos conocimientos como profesional de Contaduría Pública, así como a estudiantes de la carrera de licenciatura de Contaduría Pública y para estudiantes de carreras afines, considerándolo como un útil aporte para los interesados en el documento, como la búsqueda de una guía de elaboración del dictamen, modelos de cuestionarios de Control Interno, planillas de decisiones preliminares, programas de auditoría; todo para la ejecución de auditoría para las empresas acogidas a esta Ley, así como la Administración Tributaria se ha pronunciado, en el caso de la Guía para la Elaboración del Dictamen e Informe Fiscal, que se encuentra en la página web del Ministerio de Hacienda. El objetivo de la elaboración del trabajo de investigación es presentar a través de un caso práctico de manera clara, ordenada y precisa el desarrollo, los procedimientos y los requisitos técnicos y legales de una auditoria sobre el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Ley de Servicios Internacionales, para que el lector tenga la perspectiva de elaboración de un Dictamen e Informe Final sobre la auditoria de cumplimiento de obligaciones de la Ley en mención. Debido a que la investigación realizada es de una Ley existente se tomó como fuente de estudio para obtener la información del tema dicha Ley. Para la elaboración del trabajo de investigación se utilizó el tipo de investigación documental informativa (expositiva), ya que el escrito se basó en información relevante de las diversas fuentes, sin tratar de aprobar u objetar una idea o postura. Nuestra contribución radicó en analizar y seleccionar de esta información aquello que es relevante para la investigación. Por último se organizó la información para cubrir todo el tema, sintetizar las ideas y luego fueron presentadas en un reporte final que, a la vez, sea fluido y esté claramente escrito. Para el desarrollo del trabajo de se utilizó como instrumento la observación, mayormente la observación por medio de entrevista para conocer los procesos del objeto a estudio y un análisis de la información obtenida para concluir con la Opinión del Auditor. Dicha opinión se ve reflejada en el Dictamen e Informe Final, el cual fue elaborado mediante el desarrollo de cuestionarios y programas de auditoría. Tomando en cuenta que el desarrollo de los cuestionarios se hizo a través de visitas al cliente en un determinado período de tiempo, el cual se midió mediante un cronograma de actividades. Concluyendo con que el tema de investigación valió la pena elaborarlo, puesto que se conocieron nuevas áreas, las cuales están siendo puestas en práctica, aunque por el momento son pocas las empresas que se encuentran acogidas a la Ley de Servicios Internacionales así como los auditores autorizados por el Ministerio de Hacienda. Es recomendable, que las empresas que pretendan ser acogidas por dicha Ley, evalúen muy bien la actividad económica que llevan a cabo, para así mantener los beneficios de la Ley en mención.

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En la actualidad, la era de la exportación de servicios se encuentra en continua reinvención, la cual, apoya el poder contar con especialistas para ciertas aéreas o actividades de las empresas, con la finalidad de crear una mayor satisfacción de los clientes, reducciones de costos, focalización de las actividades principales para cada empresa, etc. La tercerización logística y la cadena de suministros, con procedimientos en continua innovación, proporciona el insumo principal en el presente trabajo de investigación, abordando la temática desde la óptica de la recién creada Ley de Servicios Internacionales en El Salvador, como un mecanismo jurídico que aportará al país, un dinamismo logístico a nivel regional; y la importancia que los estudiantes en Contaduría Pública posean un conocimiento actualizado de la mencionada ley. La investigación está basada a través de un estudio analítico y descriptivo, partiendo de la descripción de los procedimientos de tercerización logística aplicando la Ley de Servicios Internacionales, se identifican características, elementos que interactúan, requisitos que facilitan la operación y la incidencia en el aprendizaje en materia aduanera. A través de instrumentos como encuestas y entrevistas realizadas a los estudiantes en contaduría pública, se logró identificar el nivel de conocimientos que poseen sobre la tercerización logística, los procedimientos aduanales que interactúan y las actividades que incentiva la Ley de Servicios Internacionales, a partir de ello surge la necesidad de elaborar un manual técnico que facilite la comprensión de los procedimientos de tercerización logística aplicando la Ley de Servicios Internacionales como un material que sirva de consulta, a nivel de estudiantes, profesionales y empresas. Es importante hacer notar que el ámbito laboral requiere de profesionales competentes y actualizados, encaminado a las nuevas tendencias y forma de realizar los negocios, soportando a las empresas en decisiones que se traducen en rentabilidad para los accionistas. Por lo tanto se ha diseñado una guía de procedimientos de tercerización logística de manera que facilite a los estudiantes, profesionales de Contaduría Pública, empresas e interesados en conocer sobre dichos procedimientos y empresas que deseen realizar actividades como operadores logísticos con forme a la Ley de Servicios Internacionales.

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El tema en estudio consiste en una recopilación de los diferentes fallos, sentencias y opiniones emitidos por la Corte suprema de Justicia a través de la sala de Contencioso Administrativo, El Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduana y la Dirección General de Impuestos Internos respectivamente con respecto a los artículos de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, y su origen radica en la necesidad de analizar los diferentes puntos de vista de los organismos antes mencionados y que están íntimamente ligados a la aplicación de dicha Ley. Los objetivos trazados para el desarrollo de la investigación, consisten en poner a disposición del contribuyente y del profesional en Contaduría Publica un documento que facilite la aplicabilidad de los artículos en estudio además conocer las funciones que desempeña cada uno de los organismos mencionados, la investigación a realizar será de tipo documental y bibliográfica, tomando como base la normativa jurídica y legal El resultado final consiste en la redacción de un caso práctico, de tipo teórico que recoja ya sean los antecedentes la doctrina o las opiniones emitidas por cada artículo, para la correcta aplicación de los correspondientes artículos.

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El uso de la nutrición parenteral domiciliaria (NPD) en pacientes que no pueden alcanzar sus requerimientos nutricionales por la vía enteral está aumentando en los últimos años, permitiendo la normalización del estilo de vida de los pacientes. Entre las patologías que más frecuentemente precisan de la NPD en España destacan la neoplasia y la isquemia mesentérica. Sin embargo, la NPD constituye uno de los pilares básicos del tratamiento de enfermedades mucho menos frecuentes como es el caso de la esclerosis peritoneal encapsulante. A continuación presentamos el caso de un paciente diagnosticado de esclerosis peritoneal encapsulante con soporte NPD de más de 7 años de NPD con un catéter central de inserción periférica (PICC) para la NPD sin complicaciones y pudiendo realizar su actividad laboral habitual. Dado lo excepcional del caso lo remitimos para su publicación.

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Fondo Margaritainés Restrepo

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Las responsabilidades que el profesional contable adquiere, a partir que entra en vigencia la LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA CONTADURÍA PUBLICA, vienen a enmarcarlo en nuevo contexto donde su mayor reto es la búsqueda del perfeccionamiento en el pleno ejercicio de su profesión. Ante esta situación, la Profesión de la Contaduría Pública juega un papel importante, ya que exige a sus miembros estar altamente capacitado para enfrentar los retos que trae consigo las atribuciones que la ley le otorga. En el ámbito actual, caracterizado por ser cambiante y complejo, el contador público deberá ser capaz de defender la profesión, ya que esto le estará asegurando el prestar al empresario salvadoreño, servicios de calidad que reúna las características y requisitos deseados por este; es por esta razón que se decidió escribir acerca de esta temática de actualidad, que comprende los aspectos principales deseados en la prestación de los servicios del profesional, por medio de la investigación: “ EL PROFESIONAL CONTABLE Y SU RESPONSABILIDAD ANTE EL SURGIMIENTO DE LA LEY REGULADORA DEL EJERCICIO DE LA CONTADURÍA PUBLICA “. La investigación tiene como objetivos, elaborar un documento que contenga un análisis de la responsabilidad que el profesional contable adquiere frente a quienes requieran de sus servicios, así como la de proporcionar los lineamientos necesarios a considerar para responder eficientemente a los preceptos contenidos en la Ley. La metodología utilizada en la realización del trabajo fue de tipo bibliográfica y de campo; la primera sirvió para elaborar el marco teórico conceptual y como base para la propuesta de la investigación, la segunda se utilizó como una guía para la elaboración del documento al usar técnicas de investigación, como la encuesta y las entrevistas para la obtención de la información; así como el uso de técnicas de muestreo estadístico para la selección de la población y la muestra. Para obtener la información, la encuesta se elaboró de forma tal que el Contador Público expusiera su criterio en cuanto a las diferentes responsabilidades que adquiere con el surgimiento de la Ley. Los resultados obtenidos se analizaron e interpretaron con el fin de definir las responsabilidades que este adquiere con las atribuciones y preceptos contenidos en la Ley. Basándose en la investigación se determinó las principales responsabilidades del profesional contable para cumplir adecuadamente con las disposiciones de la Ley, el cual se abordó a partir de los siguientes elementos:Responsabilidad académica, ética, técnica y legal. Los resultados esenciales obtenidos en el desarrollo del trabajo se resumen: -Con el surgimiento de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría el Profesional Contable adquiere una mayor responsabilidad en cuanto a lo académico, ético, técnico y legal. -El Contador Público considera un beneficio para la profesión el hecho de que se haya creado una Ley que regula su adecuado ejercicio. -La imposición de sanciones específicas contenidas en la Ley para el Contador Público, es un factor determinante para que este realice responsablemente su trabajo. -Es necesario que el Profesional Contable incremente sus conocimientos en todas las áreas que las atribuciones de la Ley le exigen. -La responsabilidad técnica del Contador Público se traduce en el hecho de que tiene que realizar su trabajo en forma más cuidadosa y diligente. -La existencia de sanciones específicas incrementa el nivel de responsabilidad ética y legal del Profesional Contable. Finalmente se presentan las conclusiones y recomendaciones, producto de la investigación.

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En el primer trimestre del año 2012 se aprobó y publicó la primera ley de medicamentos en El Salvador, después de más de diez años entre estudios y archivos en la Asamblea Legislativa. Esta ley nace con la finalidad de regular los precios de las medicinas, estrategias comerciales y publicitarias entre otras disposiciones. Es por ello que durante el periodo de marzo a noviembre de 2012, se realizó en El Salvador un estudio de campo con el propósito de identificar y medir el impacto financiero por la aplicación de la Ley de Medicamentos en los laboratorios farmacéuticos. La investigación se basó en datos y componentes de productos con mayor demanda y rentabilidad para las compañías, para lo cual se evaluó información de catorce entidades de un universo total de cincuenta y dos empresas inscritas en la base de la Dirección Nacional de Estadísticas y Censos (DIGESTYC); la muestra fue seleccionada aleatoriamente de todo el país con el propósito de asignar la misma probabilidad a cada una ellas. Para el estudio se recurrió y obtuvo acceso a información financiera (costos, precios, ventas, márgenes, etc.) de una compañía del rubro con amplia proyección y representación en el mercado salvadoreño; a parte de las encuestas y entrevistas que se practicaron en otras empresas y entidades gubernamentales; como también consultas de material bibliográfico técnico y legal. Lo anterior contribuyó a la recopilación y análisis de información de forma tal, que ha permitido identificar los siguientes aspectos fundamentales de la investigación: Actualmente la industria farmacéutica no ha disminuido los precios de los medicamentos, debido a que la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) no ha emitido el reglamento de la Ley que regulará los precios de las medicinas; una de las acciones tomadas por la Dirección es auxiliarse de la Defensoría del Consumidor para verificar que no existan aumentos en los precios. Existen laboratorios farmacéuticos que poseen su propia cadena de farmacias de venta al público, a las cuales dejan un margen de venta de hasta un 25% sobre su precio de compra; en base a ese monto las farmacias hacen el descuento por medicamentos según sus políticas ó convenios comerciales. La prohibición de regalías, comisiones y cualquier otro tipo de dadivas por parte de los laboratorios a los dependientes de farmacias, médicos, o instituciones de distribución de medicamentos; a representado un ahorro material dentro de los gastos de venta de los laboratorios farmacéuticos, por lo que puede hacer uso de mayor disponibilidad de efectivo. Existe un notable incremento en la línea de producción de medicamentos genéricos, debido a que serán más económicos en su precio al público con respecto a los de tipo innovador, consecuentemente; también en sus costos de producción. En base a escenarios financieros planteados y proyectados, se percibe un notable impacto financiero en las compañías farmacéuticas; principalmente por la regulación de precios de los medicamentos y la prohibición del pago de dádivas a dependientes de farmacias, farmacias, doctores y demás compañías distribuidoras de medicamentos.