961 resultados para Derecho español


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El presente trabajo proporciona un panorama abarcador del derecho argentino en materia de reclamos por reparaciones pecuniarias promovidos por usuarios de los servicios públicos. Se trata de una reseña distribuida en tres secciones: primeramente, la presentación básica de las normas y regulaciones argentinas; a ella le sigue un capítulo que constituye el corazón conceptual del trabajo, en el que se vuelca una descripción pormenorizada de la casuística en la materia; finalmente, se concluye con un relevamiento de episodios que revelarían la puja de intereses encontrados que subyacen a la temática abordada.

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Son bien conocidas las tensiones entre juristas y economistas en torno a la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Mientras para los economistas más ortodoxos los derechos sociales son simples declaraciones, para los juristas más progresistas los derechos sociales, al igual que los derechos civiles y políticos, son plenamente exigibles a través de mecanismos judiciales y no judiciales. En el ámbito de estos últimos mecanismos, especial lugar ocupan las políticas públicas. Conforme con este marco, este ensayo llama la atención sobre la necesidad de que las políticas educativas se diseñen e implementen con fundamento en el contenido del derecho a la educación y las obligaciones constitucionales e internacionales del Estado colombiano en la materia. El ensayo se estructura en tres acápites: (i) presenta algunas reflexiones que ponen en evidencia la distancia entre la política educativa y el derecho a la educación; (ii) sintetiza el contenido fundamental del derecho a la educación y las obligaciones del Estado; y (iii) presenta un conjunto de indicadores a partir de los cuales se puede valorar el éxito de las políticas en lo que se refiere al respeto, protección y realización del derecho a la educación. 

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 La potestad sancionadora, en cabeza de la Administración, ha sido reconocida como una de las competencias de gestión de la que es titular la autoridad administrativa. Pues, de nada serviría que la Administración ostentara una facultad para imponer una obligación o regular una conducta, en aras de alcanzar el bienestar general, y no lo fuera para imponer sanciones por su incumplimiento. Sin embargo, esta situación no significa que las diversas autoridades administrativas tengan carta blanca para ejercer el ius puniendi a su antojo y de este modo ejerzan de forma discrecional o arbitraria esta potestad. Por el contrario, la Administración debe estar a los criterios de adecuación y graduación previstos en la norma o, en caso de no existir estos, a su sentido de justicia, que debe propender por una medida proporcional a los hechos ocurridos.  

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Las normas de terminación de oraciones son un recurso valioso para los investigadores interesados en el estudio de los efectos que tiene un contexto sobre los procesos de reconocimiento de palabras, y la comprensión del lenguaje en general. Este estudio presenta las normas de terminación para la palabra final de 278 oraciones en español para niños mexicanos, obtenidas a través del método de cloze, en una muestra de 420 estudiantes (226 niños y 194 niñas) de 9 a 12 años de edad del 4º al 6º grado de primarias públicas del Estado de México. La tarea de los niños consistió en leer cada una de las oraciones y completarlas con una palabra al cierre. Se calculó la probabilidad de cierre de cada palabra respondida para cada uno de los contextos, de acuerdo a las respuestas de los niños. Aunque el corpus incluyó oraciones con diferentes restricciones contextuales, la respuesta de los sujetos mostró un mayor número de oraciones con alta probabilidad de cierre. Este material puede ser utilizado en la investigación sobre la comprensión del lenguaje tanto auditivo como escrito en niños.

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Intenta el análisis de las diferentes propuestas pragmáticas en torno a la enseñanza de la pintura, tanto dentro de las antiguas escuelas superiores de Bellas Artes como después de su reestructuración dentro del ámbito universitario. Se tomó el año 1942 como comienzo de este trabajo porque fue en ese año cuando se establecieron una serie de normativas que determinaron las características de las enseñanzas que se impartieron en estos centros durante más de tres décadas. Con este trabajo se ofrece una ordenación sistemática de las unidades didácticas que hoy se vienen desarrollando en las facultades españolas, así como las correspondientes a las citadas escuelas superiores. Por tanto, el objeto de este estudio es la presentación textual y gráfica, así como el análisis y estudio descriptivo de estas unidades. Este trabajo consta de tres partes. A) Se ha destacado los planes de estudio como marco base en el que se inscriben las materias del area de conocimiento de la pintura y ello con el propósito de ofrecer una visión de conjunto en torno a la formación integral del titulado de Bellas Artes. B) Se ocupa del análisis didáctico de las diferentes asignaturas de Pintura propiamente dichas, a efecto de consignar los objetivos que se persiguen alcanzar con ellos, la metodología utilizada y la mecánica de evaluación. C) Se centra en destacar los sujetos implicados en el proceso educativo. A) Tras la entrada en vigor del decreto del 21 de septiembre de 1942, las enseñanzas artísticas en las antiguas escuelas superiores de Bellas Artes, se organizaron y orientaron, primordialmente, a la formación de artistas. La enseñanza se centró en la capacitación técnico-profesional, descuidando la formación conceptual de sus alumnos y suprimiendo algunas materias. Los contenidos se orientaban a la producción de obras. B) El profesorado, según el plan de 1942, accedía al cuerpo numerario de profesores aunque no tuvieran la titulación que dichos centros expedían. Se accedía a una plaza numeraria a través de un concurso-oposición. La remuneración económica era muy baja. C) El alumno, según el plan de 1942, debía realizar un examen de ingreso para demostrar sus aptitudes para el dibujo. D) A partir de 1978, los estudios de Bellas Artes se integraron en el marco universitario, experimentando una serie de cambios en el: diseño curricular, enseñanza de la pintura propiamente dicha. Requisitos académicos exigidos al profesor: se equipará a los exigidos en las facultades universitarias. Requisitos académicos exigidos a los alumnos: acceden en función de su nivel cultural, lo que provoca una masificación y dificulta una enseñanza individualizada, esencial para el desarrollo de estos estudios. E) El proceso de reformas no concluirá hasta llevar a cabo las previsiones de la LRU.

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El trastorno del desarrollo de la coordinación se caracteriza por dificultades en el desarrollo psicomotor que generan consecuencias en el desempeño en actividades de la vida diaria y escolares y requiere un diagnóstico precoz. Una herramienta para diagnosticarlo es el Cuestionario del Trastorno del Desarrollo de la Coordinación (CTDC), en su versión en español y por el cual se realiza esta investigación, cuyo objetivo fue determinar las propiedades psicométricas del CTDC. Metodología. Estudio descriptivo y de validación de instrumento, con una muestra de 41 niños de 6 a 12 años de edad, escolarizados, en quienes se aplicó el CTDC y la Batería Da Fonseca. Se analizó la confiabilidad por consistencia interna, intraevaluador y la validez concurrente entre ambos instrumentos. Resultados. Se obtuvieron resultados positivos, la confiabilidad para el cuestionario completo por consistencia interna mediante el coeficiente alfa de Cronbach de 0,92 y la confiabilidad intraevaluador mediante el índice de Kappa de 0,82 con un p<0,001 y para ítems independientes valores Kappa por encima de 0,5, la validez concurrente a través del coeficiente de correlación de Spearman Rho fue de 0,6 con un p<0,01. Conclusiones. El CTDC cuenta con adecuadas y fuertes propiedades psicométricas para su aplicación y uso clínico.

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El trastorno del desarrollo de la coordinación se reconoce por dificultades motoras que afectan el rendimiento en actividades cotidianas y escolares; por tanto, se hace necesario un diagnóstico precoz para iniciar una intervención oportuna. Un cuestionario para diagnosticar es el Developmental coordination disorder questionnaire’07, DCDQ’07. Objetivo: realizar la traducción y adaptación transcultural al español del DCDQ’07. Materiales y métodos: tres traductores independientes tradujeron el cuestionario, clasificando sus ítems como equivalentes, con problemas en algunas palabras y sin equivalencia, y desde su equivalencia experiencial, semántica, conceptual e idiomática. Resultados: el artículo presenta los resultados preliminares de la investigación, la cual culminó su primera fase de traducción de los quince ítems del cuestionario. Ocho de ellos fueron clasificados como equivalentes, seis con problemas en algunas palabras y uno sin equivalencia. Diez ítems correspondieron a traducción por equivalencia experiencial, cuatro se clasificaron como equivalentes semánticas y uno se consideró con doble equivalencia. La autora del cuestionario original valoró positivamente la versión en español. La percepción de los padres frente al cuestionario fue positiva. Conclusiones: la mayoría de los ítems del cuestionario no tuvo dificultad en su traducción, facilitando su adaptación transcultural al español y la continuidad del proceso de validación y confiabilidad.

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Ofrecer una interpretación de las dinámicas que presidieron los procesos de constitución del movimiento antifranquista de enseñantes que dieron lugar, en los inicios de la transición, a los sindicatos de clase en la enseñanza. El sentido último de estos análisis es el de aportar, a partir de una experiencia histórica concreta, elementos que contribuyan al desarrollo de una línea de investigación sobre estos agentes sociales que permita, a su vez, enriquecer los debates sociológicos sobre la educación.. El periodo de tiempo elegido transcurre entre 1970 -en que se aprueba y pone en marcha la L.G.E.- y el curso 1977-78 -entre la firma de los Pactos de la Moncloa y la negociación de la constitución. El trabajo se halla estructurado en los siguientes capítulos: I. Ofrece una visión panorámica de las interpretaciones sociológicas sobre la posición y funciones del profesorado. II. Aproximación al modelo organizativo que, en la enseñanza, impuso el régimen franquista (modelo de corporativismo franquista). III. Trata de las primeras transformaciones que se dieron en los colectivos docentes desde la década de los sesenta (aprobación de la L.G.E., de 1970). IV. Se analiza la ruptura efectiva con los organismos corporativos impuestos, que se traduce en la constatación de unas estructuras asociativas autónomas, asamblearias y unitarias. V. Se estudian los debates y procesos que presidieron la dificil y complicada implantación de un marco plural de organización de clase en el sector.. Se ha constatado que los compromisos y las prácticas del colectivo de enseñantes adquieren significado en relación con otras facetas que entran en juego, además de las propias del trabajo. Particularmente, los colectivos de enseñantes en esta experiencia accedieron a concepciones alternativas de la educación y la sociedad frente a la imposición de un discurso profesionalista por un gobierno autoritario, mostraron capacidad para analizar y posicionarse criticamente ante el modelo político y social en su conjunto, así como para actuar conscientemente en coherencia con dichas visiones e insertaron su descontento laboral en proyectos y compromisos globales, que iban más allá de sus estrictos intereses como asalariados del estado. Del enfrentamiento con las principales centrales obreras resultó la constitución de una organización sindical 'autónoma asamblearia' que, a pesar de no mantener vínculos orgánicos con los sindicatos obreros, se autodefinia como 'sindicato de clase' y, efectivamente, desplegó acciones entre el profesorado con orientaciones coincidentes con las centrales sindicales. Se puede afirmar que no fueron las formas organizativas en sí las que dieron el sentido último a las orientaciones de los agentes sociales. De igual manera, se ha podido constatar que los compromisos y orientaciones de las acciones y organizaciones del colectivo de enseñantes ni están fijados de antemano, ni se adoptan de forma monolítica por todo el profesorado, ni se asumen definitivamente una vez en la vida. El análisis de situaciones y experiencias concretas afirman la idea de que las orientaciones y prácticas adoptan significados peculiares que es preciso desentrañar en cada caso..

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El objetivo del trabajo es obtener evidencias a favor del carácter cuantitativo de la especialización hemisférica en procesamiento lingüístico. Nos planteamos estudiar diferencias hemisféricas en capacidad de acceso al léxico. Para ello utilizamos una tarea de decisión léxica: decidir si el estímulo presentado es o no palabra, esto es, comparar la secuencia de letras presentada con las unidades que forman el léxico. Estudio normativo: Participaron 310 sujetos, de los cuales 144 eran varones y 166 mujeres; todos eran estudiantes universitarios, con edades comprendidas entre los 18 y los 46 años. Estudio experimental: Participaron 127 sujetos, 62 varones y 65 mujeres, la media de edad era de 22,1 años. Se realizó en primer lugar un estudio normativo en el que una muestra amplia de sujetos evaluó el grado en que una palabra evocaba una imagen. El conjunto de nombres fue seleccinado previamente a partir de un diccionario de frecuencias del castellano. En el estudio experimental se utilizó un diseño factorial 2x2x3x2, con el tiempo de reacción y el índice de errores como variables dependientes. De las variables independientes, tres fueron factores intergrupo con los siguientes niveles: sexo (varón, mujer), clase sintáctica (nombres, verbos), imaginabilidad (alta imagen, media imagen y baja imagen), y un factor intragrupo, campo visual (campo visual derecho, campo visual izquierdo). Hubo otro factor, utilizado sólo con la clase sintáctica nombres: frecuencia silábica posicional (baja, alta). Las variables controladas fueron: secuencia de estímulos, preferencia manual, lateralización de estímulos, tiempo de exposición, efecto atencional, emisión de la respuesta, efecto de la práctica, local. Estudio normativo: Del 'Frequency Dictionary of Spanish Words' se seleccionaron 540 nombres y 227 verbos. Estudio experimental: Para la selección de los sujetos: test de lateralidad; para la fase experimental: 240 estímulos verbales, de ellos, la mitad eran palabras y la otra mitad pseudopalabras; para la presentación de los estímulos: ordenador personal; para la medida de las variables dependientes: teclado del ordenador; hoja de instrucciones. 1. La asimetría cerebral de los hemisferios cerebrales es un fenómeno de carácter relativo/cuantitativo, de forma que no existe una superioridad absoluta del hemisferio izquierdo para el procesamiento verbal; 2. La participación del hemisferio derecho en el procesamiento de material verbal puede ponerse de manifiesto mediante tareas de decisición léxica; 3. La capacidad de acceso al léxico por parte del hemisferio derecho está modulada por la clase sintáctica y por el grado de imagen de las palabras, al menos cuando la frecuencia léxica es alta o moderada; 4. El efecto de los factores imagen y clase sintáctica está, a su vez, modulado por el sexo de los sujetos; 5. En el caso de los varones, el hemisferio derecho tiene capacidades para realizar decisiones léxicas con nombres de alta o moderada imaginabilidad. También tiene acceso al léxico para el caso de verbos de alta imagen; 6. En el caso de las mujeres, el hemisferio derecho tiene capacidades para realizar decisiones léxicas con nombres de baja imaginabilidad y verbos de alta imagen.

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Estudiar las capacidades lingüísticas del hemisferio derecho con sujetos neurológicamente normales y procedimientos visuales. Investigación I: 189 sujetos, 127 varones y 62 mujeres. Investigación II: 48 sujetos, 24 varones y 24 mujeres. Investigación III: 32 estudiantes universitarios, 16 varones y 16 mujeres. Investigación IV: 48 sujetos, 24 varones y 24 mujeres. Investigación I: estudio normativo; Investigación II: diseño factorial 2x3x2x3, con TR, y el índice de errores, como variables dependientes. Los dos factores inter fueron el sexo y el grupo relativo a la imagen de la categoría palabras, alta, media o baja. Los dos factores intragrupo fueron el campo visual y la categoría o tipo de estímulo: palabras, pseudopalabras, no-palabras. Las variables controladas fueron: secuencia de estímulos, efecto atencional, emisión de respuestas, tiempo de exposición, lateralización del estímulo, lateralidad. Investigación III: diseño factorial 2x2x2x2 con dos factores intergrupo, sexo y modalidad de presentación y dos factores intragrupo: campo visual y tipo de juicio. Como variables dependientes se utilizó el TR y el IE. Las variables controladas fueron las mísmas que en la anterior investigación; además de la imagen, alta imagen, y tipicidad de los estímulos. Investigación IV: diseño factorial 2x3x2x2. Las variables dependientes: Tiempo de reacción y el índice de errores. Dos factores inter: sexo y modalidad de presentación. Los factores intragrupo fueron: campo visual y tipo de juicio. Las variables controladas fueron las mismas que en las investigaciones anteriores. En todos los casos se empleó una presentación unilateral. En las investigaciones III y IV el primer elemento lateralizado y el segundo central. Investigación II: a) en la categoría palabras, no hay diferencias entre los campos visuales, cuando se trata de nombres de uso frecuente y de alta imagen. Las palabras abstractas, sólo son procesadas por el hemisferio izquierdo; b) los resultados en la categoría pseudopalabras se observa ventajas en el hemisferio derecho; c) en la categoría no-palabras, no hay diferencias entre los campos visuales; d) se observa una mayor lateralización en los varones. Investigación III: existe superioridad del hemisferio derecho. En la realización de los juicios de pertenencia categorial. El hemisferio derecho es capaz de realizar categorizaciones, siempre que no sea de tipo verbal. Investigación IV: se comprueba la superioridad del hemisferio izquierdo en la realización de juicios de semejanza categorial. Hay diferencias entre los tipos de juicios. Aventajando los juicios afirmativos para la detección de las diferencias hemisféricas, así como la existencia de patrones diferentes de asimetría cerebral según el sexo con una mayor lateralización en los varones. En las variables de medida empleadas, los TR aparecen como menos sensibles que los índices de errores. En esta investigación se apoya la hipótesis cuantitativa de la diferenciación hemisférica.

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El derecho a la ciudad como derecho colectivo se presenta jurídicamente desde tres facetas necesarias: (a) el usufructo equitativo de lo que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, (b) el mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad y (c) el goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos. Este es un derecho del cual son titulares los ciudadanos ampliamente considerados, y del cual es responsable, en concreto, la autoridad pública de la ciudad; sin embargo, dada su naturaleza compleja, se hace necesario un sistema de corresponsabilidades para hacerlo efectivo.