999 resultados para Derecho a la privacidad


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A grandes rasgos, la Tesis se estructura en dos Partes claramente diferenciadas, pero interrelacionadas de tal suerte que se complementan y dan unidad al objeto de la investigación realizada. La primera Parte que lleva por título "El proceso constructivo: regulación jurídica" se subdivide en tres Capítulos. En el primer Capítulo procedo a justificar la necesidad de un marco normativo regulador del proceso constructivo de la edificación, a través de la diferenciación entre los conceptos y fases del proceso constructivo y proceso de edificación, para pasar a continuación a efectuar un análisis somero de la regulación del proceso constructivo en Francia y en el Reino Unido, que nos van a permitir detectar algunas de las soluciones propuestas por las legislaciones de ambos Estados y la finalizo con la descripción evolutiva que en España ha tenido lugar éste sector, para concluir con un estudio de las propuestas y estrategias comunitarias en dicho ámbito. En el segundo Capítulo analizo el concepto de responsabilidad civil en la construcción, su tratamiento tanto desde el punto de vista doctrinal como jurisprudencial e incorporo los posibles cambios que se contemplaron en el proyecto de Ley de reforma de CC de 1994 y que no fructificó debido al cambio de legislatura acaecido en 1996. El tercer Capítulo referido a la Ley de Ordenación de la Edificación, facilita la comprensión de las posibles soluciones que se deberían implantar y favorece su crítica, en cuanto refleja la desvinculación normativa en lo que se refiere a la edificación. Se conforma de un primer apartado en el que desarrollo el proceso de evolución de la Ley; y un segundo en el que realizo un estudio de la misma a partir de las diferentes fases del proceso de edificación, analizando los agentes intervinientes, sus funciones y actividades en cada una de las fases; ámbito de responsabilidad y garantías que propone la Ley, así como la necesidad del aseguramiento de la calidad. La segunda Parte titulada "Interacción de la legislación sectorial en el proceso constructivo de la edificación" se subdivide, al igual que la primera Parte, en tres Capítulos que, de manera respectiva, analizan la legislación sectorial correspondiente al proceso constructivo en materia de colegios profesionales, de residuos, y de seguridad y salud. En el cuarto Capítulo relativo a los colegios profesionales reflejo los cambios que ha supuesto el desarrollo del mercado interior y la libre competencia; asimismo expongo una futura función de los colegios profesionales que, como garantes de sus asociados, deberán tener como objetivo principal la de conseguir que sus profesionales sean técnicos competentes En el quinto Capítulo presento la situación actual en España en materia de residuos, tras la transposición de las respectivas directivas comunitarias y subrayo el papel precursor de Cataluña en el desarrollo de sus competencias respecto de los residuos en la construcción. Además, significo la necesidad de una estructura de ordenada económica de rotación en la gestión de residuos en la construcción. En el sexto Capítulo señalo la recepción en el Derecho español de las tendencias europeas, el reconocimiento y la regulación de los diversos agentes que se han ido integrando y participando en el proceso edificatorio respecto de la seguridad y salud. De forma complementaria, se evidencia la carencia de educación en la cultura del riesgo. Finalmente, en relación con algunos aspectos concretos de la Tesis y al objeto de clarificar o ilustrar determinadas cuestiones, he considerado conveniente incluir tres Anexos. El primero de ellos lo compone el Catálogo Europeo de residuos (escombros de construcción y demolición); desde el contenido del segundo anexo se puede proceder a un estudio comparativo y esquemático de los diversos proyectos de LOE y el tercero tiene por objeto poner en relación el paralelismo existente entre las tres normas de sistema de gestión (UNE-EN ISO 9000:1994, sobre sistemas de calidad; UNE 77-801:1994, sobre sistemas de gestión medioambiental; UNE-EX 81-900:1996, sobre sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales).

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El Estado español tiene más de 100.000 construcciones ilegales. En la actualidad, la ejecución de las sentencias en materia urbanística no es eficaz. Existe, por tanto, una situación de inejecución de las sentencias urbanísticas. Un ciudadano puede construir una casa al amparo de una licencia. Sin embargo, a veces, esta licencia es ilegal porque infringe el plan urbanístico aplicable y incluso la propia ley de urbanismo. La consecuencia jurídica de la ilegal es la obligatoriedad del derribo de lo ilegalmente construido. Lo mismo sucede ante la declaración de ilegalidad de un plan urbanístico. En este caso, el juez o tribunal estimará la ilegalidad del plan y el fallo deberá ser ejecutado. La solución no es un fácil porque la demolición o derribo de la construcción ilegal trae consigo el pago de una indemnización a los propietarios que han edificado al amparo de una licencia ilegal.El derecho a la ejecución de sentencias es prescrito por el artículo 24 de la Constitución española. Este artículo 24 garantiza el derecho de todos ciudadanos a una tutela judicial efectiva. El Tribunal Constitucional español en sus sentencias número 67/1984 y 28/1989, reconocieron que el derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales deriva del propio derecho a la tutela judicial efectiva. La justicia administrativa está regulada por la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En su artículo 103.1 de la Ley 29/1998, establece que los jueces y los tribunales de la jurisdicción administrativa son los competentes para hacer ejecutar las sentencias. Por otro lado, el artículo 117.3 de la Constitución Española otorga la competencia en exclusiva a los jueces y tribunales para hacer ejecutar las sentencias, como manifestación del principio de división de poderes.En último lugar, los valores que la legislación urbanística española incorpora, tales como, el desarrollo sostenible, urbanismo sostenible y la cohesión social, quedan inaplicados si las sentencias urbanísticas no se ejecutan.

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Analiza la comunicación como una dimensión que en la sociedad de masas se concreta en un espacio institucionalizado en el que las personas intercambian datos, conocimientos y, en último término, significaciones. Preguntarse por la importancia de la comunicación en la sociedad actual, vista según algunos como sociedad de la información, y discutir acerca del potencial de las nuevas tecnologías comunicativas para cambiar nuestra realidad son los puntos de partida para sumergirse en una apreciación jurídica del complejo fenómeno comunicativo. Su parte central esta obra plantea el problema de los derechos humanos fundamentales dentro de la dimensión de la comunicación social -derechos nuevos y a la vez clásicos en un régimen democrático-: libertad de expresión, derecho a y de la información, y derecho a comunicar. Las relaciones que se producen en el espacio comunicativo entre los medios y los ciudadanos resultan complejas, especialmente aquellas que se traban a partir de los procesos informativos. Busca responder a las siguientes interrogantes: ¿cuáles son los contenidos de los derechos de la comunicación?, ¿cómo los ejercen los medios y la ciudadanía?, ¿bajo qué premisas, alcances y limitaciones lo hacen? Los juristas y comunicadores, docentes y estudiantes de materias afines, profesionales e interesados en la promoción de los derechos ciudadanos encontrarán aquí materiales útiles para la reflexión.

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En este libro se analiza la capitalización de cinco empresas públicas bolivianas en el período 1994-2005, para lo cual se revisa, como antecedente, la crisis del capitalismo de Estado que provocó el proceso hiperinflacionario de los años ochenta y las medidas de reforma estructural aplicadas en Bolivia a partir de 1985. Se estudia también el proceso capitalizador y sus efectos en el derecho y la economía bolivianos. De la recopilación de datos y su análisis, el autor concluye que la capitalización tuvo efectos profundos en estos campos; por ejemplo, la creación del derecho regulatorio, cuyo sistema de solución de controversias está asentado en procesos administrativos, o la transformación de la economía, por la que el Estado dejó de actuar como ente productivo y pasó a ejecutar labores de control y regulación. Esta investigación servirá de guía y documento de consulta a los interesados en constatar los efectos que tuvo la capitalización y reconocer la necesidad de realizar ajustes y mejoras al proceso.

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Pone de relieve las obligaciones del Estado en la garantía del derecho a una educación de calidad, como un derecho fundamental, exigible, inalienable e irrenunciable de la persona, y justiciable e impostergable como obligación del Estado. Así, visibilizar a la educación como la principal fuente del desarrollo personal y social, debido a que hace posible apropiarse de de otros derechos. Con este propósito se han organizado tres capítulos. En el primero, se hace un breve recorrido de los principales problemas que enfrenta la educación básica en el país; luego, se describen las responsabilidades que involucran al Estado, en la protección, promoción y ampliación del derecho a la educación, y se concluye con los alcances del derecho a la educación, según la Observación General número 13 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC), en relación al sistema de las 4-As (asequible, accesible, adaptable y aceptable). En el segundo, se elabora un marco conceptual de políticas públicas, con énfasis en el enfoque de derechos, en el que se integra: el origen y algunas definiciones, los enfoques considerados más comunes, las tipologías; y, el ciclo de las políticas públicas. Este aparatado, facilitará hacer un análisis del tipo de políticas educativas, implementadas en el país en las últimas décadas y orientar el diseño de las políticas, en el siguiente capítulo. En el tercero, se presentan unas propuestas metodológicas de políticas públicas para la educación básica, centrado en las personas y el aprendizaje, en los que se considera como componentes clave: implementar un manejo curricular, desde la perspectiva del aprendizaje; ampliar y/o adecuar la infraestructura y el equipamiento; mejorar las capacidades y condiciones de los docentes; implementar un sistema de rendición de cuentas e incentivos; impulsar un modelo de gestión educativa estratégica e integral; y, se concluye con una breve descripción de las condiciones de educabilidad.

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¿Cómo aplica la Corte interamericana de Derechos Humanos criterios de diversidad en las reparaciones destinadas a pueblos indígenas? Esta interrogante orienta la presente investigación, teniendo como premisa que, en materia de reparaciones, no sería adecuado utilizar los mismos criterios para un pueblo indígena, que para una comunidad no indígena, pues en cada caso, de acuerdo al contexto, circunstancias y desarrollo sociohistórico, se demanda un reconocimiento diferente, se han vivido situaciones de dominación, subordinación, desigualdad y exclusión que condicionan su relación con la sociedad, y por lo tanto requieren de una satisfacción distinta cuando han sufrido violaciones de derechos humanos. A través de este estudio se procura analizar las tensiones que se producen entre las nociones de universalidad de los derechos humanos y relativismo cultural, en el ámbito de las reparaciones, y evaluar la importancia de considerar la cosmovisión y características propias de los pueblos indígenas fin de disponer reparaciones justas y adecuadas. Examinando el desarrollo mostrado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es posible comprender cuanto ha avanzado el máximo tribunal interamericano en el reconocimiento de la diversidad cultura, y sobre esta base realizar algunas apreciaciones sobre la evolución de la aplicación de criterios de diversidad cultural en lo casos relativos a pueblos indígenas.

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El programa Bolsa Família es considerado como la principal política pública de corte social desarrollada en el marco del gobierno brasileño de Luis Inácio Lula da Silva y está orientada a garantizar el derecho a la alimentación, a la salud y a la educación de familias que se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema. El objetivo de Bolsa Família es remover las fuentes de privación de libertad, la miseria y pobreza de las familias beneficiarias, a través del fortalecimiento del ejercicio de los mencionados derechos, lo que representa un aporte potencial a la realización de los Derechos Económicos Sociales y Culturales y de forma indirecta, sienta bases operativas a la realización del derecho humano al desarrollo de sus beneficiarios. Este programa evade la concepción tradicional de desarrollo, direccionada simplemente al crecimiento económico y a la elevación de índices como el producto interno bruto – PIB. Esta política pública es considerada como una herramienta fundamental en la ardua tarea de disminuir las desigualdades sociales en Brasil.

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Existe en la sociedad un conflicto entre los que defienden los intereses de la mujer - que considera que tiene derecho a suspender un embarazo no deseado- y aquellos que piensan que se debe proteger un bien jurídico distinto: el nasciturus. En esta posición se encuentran las legislaciones que han penalizado el aborto, como el Ecuador. Se argumenta en nuestra legislación que la Constitución protege lo que denomina vida humana, desde el momento de la concepción y que, por tanto, es necesario penalizar el aborto. ¿Acaso la vida del embrión es un derecho constitucional superior a los derechos constitucionales que tiene la mujer? ¿Cómo se puede realizar una ponderación correcta entre los distintos valores constitucionales en conflicto? Este trabajo gira alrededor de la siguiente pregunta: ¿se requiere una reforma constitucional para despenalizar el aborto consentido en la legislación ecuatoriana, aceptando las diversas posiciones científicas, doctrinarias e ideológicas al respecto del inicio de la vida humana? El capítulo primero contiene la normativa ecuatoriana y la de algunos países sobre el aborto. El capítulo segundo resume cuatro casos de jurisprudencia para determinar el elemento estructural. El tercer capítulo hace referencia a posiciones doctrinarias e ideológicas: trato de descubrir el componente político cultural de la ley sobre el aborto. Concluyo con la propuesta de la despenalización total del aborto consentido- antes de la viabilidad del feto-. Luego de este período, cualquier procedimiento se justifica, en caso que la salud o la vida de la mujer se encuentren en peligro.

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La desnudez del garantismo es el estudio sobre la realidad de la aplicación de tres principios constitucionales dirigidos a la protección de los detenidos en los distritos judiciales de Azuay y El Oro. La principal tarea es observar la efectividad de las garantías constitucionales en la praxis del subsistema penal de la detención, haciendo un control en el cumplimiento de estándares como: ser oído y ser defendido, ser oído y ser presentado y ser oído en un plazo razonable. Tomando como punto de partida el garantismo, nos lanzamos en compañía de otras ramas del derecho a descubrir la realidad de cada uno de los estándares constitucionales de la detención. A través de entrevistas y encuestas nos involucramos, por una parte, con las agencias judiciales, ministerio público y policía judicial de cada distrito; y por otra, con la otra cara de la moneda de la medida cautelar de la detención, es decir, con defensores y detenidas/detenidos de los centros carcelarios de Cuenca y Machala. Su trabajo es obtener la información necesaria que permita hacer un razonamiento en el cotejo de la eficacia de las garantías constitucionales formales en su manifestación práctica. Sin duda, se trata de un estudio que refleja el mundo que no queremos ver, la realidad dentro de la realidad y las esperanzas de decenas de personas a las que el ius puniendi les transformó la vida, dentro de una sociedad que niega, de alguna manera, la posibilidad de reconciliación con el tema.

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El derecho a solicitar la devolución del IVA a favor de las instituciones del Sector Público, dio pie a un sinnúmero de inconvenientes que lo único que lograron fue obstaculizar el proceso de devolución de IVA mensual, perjudicando a las instituciones públicas que se veían privadas de capital para poder continuar con el cumplimiento de sus fines. Este trabajo pretende exponer los principales problemas que surgen por la no tipificación en la ley del plazo de prescripción del derecho para pedir la devolución del IVA debidamente pagado, tema en el cual encontramos criterios opuestos, de lo que nace la importancia de legislar este tema que causa graves inconvenientes. Problema que aunque ya no pertenece a las instituciones del sector público, actualmente causa inconvenientes a los demás organismos que tienen derecho a la devolución de IVA, de conformidad al art. 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno, reformado por el art. 128 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador. Además analizaremos el no reconocimiento de intereses a favor de estos organismos, por parte del Servicio de Rentas Internas, a pesar de haber transcurrido más de un año en la resolución de un reclamo y que este haya sido favorable. Revisando los temas expuestos podemos percibir en muchas ocasiones la violación de derechos constitucionales que no son considerados por el SRI al emitir sus resoluciones en contra del contribuyente; siendo a veces censurable la actitud de la administración tributaria en el sentido de entorpecer su operación práctica, mediante inadmisiones injustificadas y caracterizadas por un formalismo inaceptable que no se separa en mucho de la arbitrariedad. El propósito de este trabajo es encontrar la base legal apropiada, a fin de evitar inconvenientes a los contribuyentes y a la administración tributaria, por la falta de normativa clara y expresa, que se debe aplicar en los casos motivo del presente estudio.

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El derecho al desarrollo es un derecho de muy reciente aparición. Junto con el derecho a la paz, al medio ambiente, a disfrutar del patrimonio común de la humanidad o a la asistencia humanitaria, el derecho al desarrollo cierra, por el momento, el proceso de evolución de los derechos humanos iniciado con la Revolución Francesa.

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A la luz de los nuevos cambios tecnológicos, es posible preguntarse por las formas y las interrelaciones que deben encauzar normativamente la amalgama de factores que conforman la moderna era digital, evitando la exclusión y fortaleciendo su avance. Para ello resulta imprescindible responder a la pregunta de si es posible regular y actuar sobre el avance la sociedad de la información. Y, para responder a esta pregunta, es necesario entender el funcionamiento de los fundamentos básicos de la sociedad de la información y los retos actuales planteados en el ámbito de las nuevas tecnologías.

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Discriminación en la jurisprudencia constitucional de Colombia El derecho a la igualdad y la proscripción de toda forma de discriminación es, sin lugar a dudas, el elemento básico de cualquier sistema jurídico occidental. La igualdad tiene una calidad metajurídica. Se trata de un concepto que atraviesa todo el saber occidental, pasando por evidentes problemas filosóficos, de teoría política y, aún de economía.

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El “Imperio de los Incas” que estuvo en proceso de consolidación, fue exterminado y esclavizado por el colonizador “español”, pues la población “del Imperio Incaico, conforme a cálculos prudentes, no era menor de diez millones. Hay quienes la hacen subir a doce y aun a quince millones” y “podemos señalar que disminuyó aproximadamente en un 75% hacia 1561”; y “entre 1821-1823, en los países de Perú, Ecuador y Bolivia, el 90% de la población eran siervos indígenas”; habiéndose suprimido el tributo indígena en el Perú, recién durante el gobierno de Ramón Castilla en 1854. Genialmente, José Carlos Mariátegui publica sobre “El problema de la tierra”, en los 7 ensayos de interpretación de la realidad peruana, donde establece que el problema del indio es “fundamentalmente económico”, afirmando que “No nos contentamos con reivindicar el derecho del indio a la educación, a la cultura, al progreso, al amor y al cielo. Comenzamos por reivindicar, categóricamente, su derecho a la tierra”. Sin embargo, José María Arguedas señaló que las “luchas sociales tienen un trasfondo no sólo económico, en un país como el nuestro, sino un denso trasfondo cultural”. Siendo así, nos preguntamos ¿Por qué a través de la historia el indígena peruano ha sido y es invisibilizado?, entonces ¿Qué pasó y en que parte del tiempo se detuvo la lucha del reconocimiento y respeto del indígena peruano?

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La necesidad de investigar y estudiar el tema en cuanto al tratamiento jurídico del procedimiento de la vía de apremio en nuestra legislación tributaria, obedece a diversas circunstancias, entre ellas, interrogantes a temas frecuentes como: la jurisdicción coactiva, juicio o procedimiento, juez o funcionario, supletoriedad del Código Civil, la ejecución forzosa del patrimonio del deudor en cuantía suficiente para cubrir la deuda tributaria no satisfecha en el período voluntario de pago, y dentro de esta el embargo de bienes inmuebles y muebles, su búsqueda y selección, por la importancia que esta institución reviste en la actualidad para nuestro país desde el punto de vista económico, político, y social. Dada la complejidad que la rodea y el hecho de que, no obstante constituye un deber social la obligación de tributar, en ocasiones se incumple, requiriendo entonces el Estado de mecanismos o procedimientos encaminados a cobrar la obligación no satisfecha y así garantizar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias en beneficio de la sociedad. Paralelamente a lo expresado, me motivó también el estudio del tema, la necesidad de contar con normas jurídicas vertebradas y eficientes capaces de garantizar la recuperación de las deudas existentes. La utilidad de los resultados obtenidos, pretendemos aplicarlos a nuestro proceder y normativa al resultar éstas incompletas en cuestiones relativas al tema, con la presente investigación realizamos aportes teóricos que contribuirían a la solución de los problemas sociales derivados de la problemática, de gran utilidad práctica, toda vez que intentamos perfeccionar procesos no definidos o pocos definidos en la administración tributaria ecuatoriana.