904 resultados para 5699 Otras especialidades jurídicas (Derecho Romano)
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Encuadernado con otras obras.
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Contiene un índice alfabético de las materias que tratan las Providencias generales expedidas desde el año de 1760 hasta el presente...
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Tesis de la Universidad Central (Madrid), Facultad de Derecho, leída el 09-12-1866.
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Representada en el teatro del Príncipe el 8 de abril de 1860.
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La presente ponencia debe entenderse en el marco de investigaciones que se vienen desarrollando desde la Universidad Nacional de Córdoba en torno a la Educación Jurídica y su influencia en el campo profesional. Se pretende observar el surgimiento en América Latina de nuevos tipos de profesionales del derecho denominados "Abogados Populares" y especialmente el desenvolvimiento de sus prácticas jurídicas en nuestra sociedad. Entre las múltiples características de éste ejercicio profesional podemos hacer mención a la utilización de estrategias alternativas en la resolución de conflictos jurídicos y a la asunción de un compromiso político y ético en la representación de sectores sociales vulnerados. Para abordar la temática cobra especial relevancia las siguientes dimensiones: a) contradicciones globales-locales producto de la fase actual del capitalismo b) tensión entre el derecho regulativo y el derecho emancipatorio c) el rol de la enseñanza superior en la formación de profesionales
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La presente ponencia debe entenderse en el marco de investigaciones que se vienen desarrollando desde la Universidad Nacional de Córdoba en torno a la Educación Jurídica y su influencia en el campo profesional. Se pretende observar el surgimiento en América Latina de nuevos tipos de profesionales del derecho denominados "Abogados Populares" y especialmente el desenvolvimiento de sus prácticas jurídicas en nuestra sociedad. Entre las múltiples características de éste ejercicio profesional podemos hacer mención a la utilización de estrategias alternativas en la resolución de conflictos jurídicos y a la asunción de un compromiso político y ético en la representación de sectores sociales vulnerados. Para abordar la temática cobra especial relevancia las siguientes dimensiones: a) contradicciones globales-locales producto de la fase actual del capitalismo b) tensión entre el derecho regulativo y el derecho emancipatorio c) el rol de la enseñanza superior en la formación de profesionales
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Se trata de delimitar el concepto de tolerancia respecto a otras instituciones canónicas como la disimulación y la dispensa. Se analizan las fuentes clásicas para conocer las razones de estas instituciones que flexibilizan la aplicación del derecho en el caso concreto.
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EN este trabajo se estudian las referencias a la tolerancia en la jurisprudencia del Tribunal Supremo español. Se ofrece una delimitación del concepto de tolerancia respecto de otras categorías afines.
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En materia de Derecho internacional privado la nueva Ley de la Jurisdicción Voluntaria opta básicamente por remitirse de manera genérica a otras disposiciones de nuestro ordenamiento, incluidos los convenios internacionales y los instrumentos de la UE. La aplicación de las normas de competencia internacional puede plantear significativas particularidades en el ámbito de la jurisdicción voluntaria, en especial, con respecto a la concreción de las reglas relevantes, el alcance de ciertos mecanismos de flexibilización, la actividad de los operadores no jurisdiccionales y la coordinación con las reglas de competencia interna. En el ámbito del Derecho aplicable, la peculiar vinculación entre normativa material y procesal dificulta su delimitación y aconseja la coordinación entre los criterios de competencia y la determinación de la ley aplicable. Los intereses objeto de protección en los expedientes de jurisdicción voluntaria pueden justificar un tratamiento parcialmente diferenciado en lo relativo a la aplicación del Derecho extranjero. En materia de reconocimiento de resoluciones, ámbito en el que la nueva Ley sí incluye ciertas disposiciones específicas, presenta gran interés el análisis de las resoluciones susceptibles de reconocimiento, el régimen de inscripción registral, los motivos de denegación del reconocimiento y la coordinación con las normas incluidas en otras recientes reformas.
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Propongo tomar una perspectiva a la vez filosófica e histórica pensando en torno al problema más abstracto de los límites a la obediencia de la norma en términos teóricos por un lado (poniendo en diálogo construcciones iuspositivistas e iusnaturalistas) y ejemplos concretos que pueden notarse en la práctica de los abogados penales durante el siglo XIX en Buenos Aires en particular el de los casos de violación en varones. Si bien no existe codificación formal hay persecución formal y pena del delito a partir de la denuncia y en contradicción con la idea de obediencia a la ley formal y a ciertos principios considerados fundamentales (no penar sin ley previa). En estos casos que tomo como base para la reflexión se puede ver no sólo el conflicto jurídico sino su relación con cuestiones que pueden considerarse "no-jurídicas" como ideas sobre la sexualidad, la honorabilidad y las consecuencias para la sociedad de este delito, que llevan a una práctica jurídica desobediente/disidente de la ley formal. Planteo que en ocasiones la desobediencia con fundamentos puede garantizar no sólo una forma del hacer -y de entender el hacer- justicia sino llevar al cambio en las normas como, para el caso en particular, ocurrió en 1903.
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Propongo tomar una perspectiva a la vez filosófica e histórica pensando en torno al problema más abstracto de los límites a la obediencia de la norma en términos teóricos por un lado (poniendo en diálogo construcciones iuspositivistas e iusnaturalistas) y ejemplos concretos que pueden notarse en la práctica de los abogados penales durante el siglo XIX en Buenos Aires en particular el de los casos de violación en varones. Si bien no existe codificación formal hay persecución formal y pena del delito a partir de la denuncia y en contradicción con la idea de obediencia a la ley formal y a ciertos principios considerados fundamentales (no penar sin ley previa). En estos casos que tomo como base para la reflexión se puede ver no sólo el conflicto jurídico sino su relación con cuestiones que pueden considerarse "no-jurídicas" como ideas sobre la sexualidad, la honorabilidad y las consecuencias para la sociedad de este delito, que llevan a una práctica jurídica desobediente/disidente de la ley formal. Planteo que en ocasiones la desobediencia con fundamentos puede garantizar no sólo una forma del hacer -y de entender el hacer- justicia sino llevar al cambio en las normas como, para el caso en particular, ocurrió en 1903.
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Propongo tomar una perspectiva a la vez filosófica e histórica pensando en torno al problema más abstracto de los límites a la obediencia de la norma en términos teóricos por un lado (poniendo en diálogo construcciones iuspositivistas e iusnaturalistas) y ejemplos concretos que pueden notarse en la práctica de los abogados penales durante el siglo XIX en Buenos Aires en particular el de los casos de violación en varones. Si bien no existe codificación formal hay persecución formal y pena del delito a partir de la denuncia y en contradicción con la idea de obediencia a la ley formal y a ciertos principios considerados fundamentales (no penar sin ley previa). En estos casos que tomo como base para la reflexión se puede ver no sólo el conflicto jurídico sino su relación con cuestiones que pueden considerarse "no-jurídicas" como ideas sobre la sexualidad, la honorabilidad y las consecuencias para la sociedad de este delito, que llevan a una práctica jurídica desobediente/disidente de la ley formal. Planteo que en ocasiones la desobediencia con fundamentos puede garantizar no sólo una forma del hacer -y de entender el hacer- justicia sino llevar al cambio en las normas como, para el caso en particular, ocurrió en 1903.