956 resultados para Teoría jurìdica
Resumo:
Resumen: El autor propone en este artículo reflexionar sobre algunos aspectos del libro The Idea of Justice de Amartya Sen a la luz d e la obra del filósofo italiano Antonio Rosmini, difusor de la expresión “justicia social” en los orígenes del pensamiento social católico. En primer lugar, el autor muestra las coincidencias de Sen y Rosmini sobre el lugar de la razón en el análisis de la idea de justicia social frente a los planteos puramente emocionales y pragmáticos. En segundo lugar, propone una comparación entre las críticas que desarrollan Sen y Rosmini a las denominadas por el primero “teorías trascendentales” de la justicia y a los llamado s “cambios estructurales” así como la necesidad de cambios graduales para llegar a una sociedad justa. En tercer lugar, intenta mostrar cómo la opción por las personas y sus capacidades elegida por Sen puede ser iluminada y profundizada desde la teoría rosminiana de las capacidades. En cuarto lugar, describe el giro cognitivo que propone Sen para las instituciones y las políticas públicas. Finalmente, el autor enuncia algunas objeciones que pudieran hacerse al planteo propuesto en el artículo junto con unos comentarios finales sobre las mismas.
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La Constitución Nacional reconoce un orden de conducta instituido por Dios y otro instituido por el Estado… el débito legal debe resultar conforme al débito moral. Si así no fuera, cualquier imposición del legislador no sería derecho sino un acto de violencia desnaturalizando el poder que el Estado tiene de reforzar con débito eventualmente coercible obligaciones emergentes de la virtud de la justicia. En este trabajo nos ocuparemos de la relación entre ley moral natural y la ley positiva humana a partir de las consideraciones que Arturo Enrique Sampay2 formula en su obra, La filosofía jurídica del Artículo 19 de la Constitución Nacional3. Sampay desarrolla el tópico principalmente con la inspiración de la doctrina de Tomás de Aquino.
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Resumen: En la actualidad, coexisten diferentes formas de entender la tecnología y el proceso tecnológico. En tanto que la tecnología ocupa un lugar de relevancia en las sociedades actuales, las apreciaciones que se derivan de una u otra posición pueden diferir ampliamente en las formas y mecanismos de abordaje y, por ende, en sus consecuencias. Desde la Teoría Crítica de la Tecnología, Andrew Feenberg propone que el desarrollo tecnológico debería ser un proceso democrático, que permita la participación de los diversos actores involucrados. Considera incorporar a aquellos grupos que en muchos de los procesos de desarrollo que se llevan a cabo en el presente no participan en la etapa de diseño y que sufren sus impactos. Para que este proceso de democratización sea posible, los diferentes actores sociales deben estar preparados. El presente trabajo profundizará sobre el perfil del ingeniero emergente de la Teoría Crítica de la Tecnología y su contraste con el modelo propuesto en las carreras de ingeniería. Intentaré determinar de qué modo el perfil de ingeniero vigente puede contribuir a la implementación de procesos de democratización en el diseño tecnológico.
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En continuidad con el camino iniciado en 2005, los días 2, 3 y 4 de octubre de 2013 se realizaron en Buenos Aires las IX Jornadas Internacionales de Derecho Natural dedicadas al tema “Derecho Natural, hermenéutica jurídica y el papel del juez”, organizadas conjuntamente por la Pontificia Universidad Católica Argentina “Santa María de los Buenos Aires” (UCA) a través de la Cátedra Internacional Ley Natural y Persona Humana, la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) a través del Centro para el Estudio del Derecho y la Ética Aplicada (CEDAP-UC), la Universidad Católica San Pablo (Arequipa, Perú) y la Universidad Santo Toribio de Mogrovejo (Perú)...
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Resumen: La dimensión literaria del acto comunicacional científico-jurídico es un elemento implícito en la interacción de la retórica y dialéctica jurídicas. La matriz artística surge ya del parangón ofrecido por Aristóteles en la Retórica: la evocación de la antistrofa (figura que nos reenvía a pulso cierto al arte poético) lo dice todo, apenas sugiriendo. La comunicación que defenderemos consiste en afirmar que la belleza del acto comunicacional científico jurídico y la perfección de su arte son imputables a su autor y supone una responsabilidad de tipo moral que trasunta en el arte comunicativo el vaso de lo comunicado. Existe una lealtad del recipiente al contenido implícita en la metáfora aristotélica, que requiere una fidelidad del científico para dar cuenta del tesoro que lleva en sus vasijas endebles.
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Resumen: Luego de la crisis financiera global de 2008, el blindaje conceptual del paradigma neoclásico, edificado sobre un atractivo formalismo matemático, ha dejado entrever sus falencias. En ese contexto, este artículo plantea la necesidad de revisar sus fundamentos, en especial la concepción antropológica y la metodología que subyace detrás del modelo. El autor analiza al mainstream como un modelo reduccionista de la naturaleza humana, y postula la necesidad de modificar el rumbo de la ciencia económica hacia una dirección personalista, enfocada en el bienestar social de las personas, que considere la importancia de la moral en la toma de decisiones. Asimismo, el economista debería desarrollar su trabajo desde una perspectiva reflexiva y de diálogo con el resto de las ciencias sociales.
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Resumen: Este artículo analiza el fallo del 13 de marzo de 2012 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, en el cual el máximo tribunal argentino adoptó la interpretación amplia del Artículo 86, inciso 2, del Código Penal, a la luz de la “voluntad del legislador histórico”; teniendo en cuenta que la misma Corte la invoca en sus fundamentos para fallar a favor de la constitucionalidad del inciso referido. Se parte de entender el contexto histórico e ideológico de las primeras décadas del siglo XX, tanto a nivel nacional como internacional, del cual surge la influencia que tuvo la eugenesia en los ámbitos científicos, académicos y jurídicos. Teoría que tenía por objetivo la búsqueda del “perfeccionamiento” de la especie humana, lo que implicaba descartar a los seres humanos más débiles, imperfectos o defectuosos. Dentro de este contexto se impulsó la modificación del Código Penal, por lo que es central para entender la “voluntad del legislador histórico” el Informe de la Comisión de Códigos del Senado de la Nación, de 1920, que receptó claramente las ideas eugenésicas, siendo el Artículo 86, inc. 2, un claro ejemplo de ello. El mencionado informe demuestra que la verdadera motivación de los legisladores para incluir la no punibilidad del aborto en este inciso fue que no nacieran “seres anormales o degenerados”, no hay una sola mención a la situación de la mujer embarazada y de los perjuicios que un embarazo en estas condiciones le podrían acarrear.
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Resumen: Michael Behe y William Dembski son dos de los líderes de la Teoría del Diseño Inteligente, una propuesta surgida como respuesta a los modelos evolucionistas y anti-finalistas prevalentes en ciertos ambientes académicos e intelectuales, especialmente del mundo anglosajón. Las especulaciones de Behe descansan en el concepto de “sistema de complejidad irreductible”, entendido como un conjunto ordenado de partes cuya funcionalidad depende estrictamente de su indemnidad estructural, y que su origen resulta, por tanto, refractario a explicaciones gradualistas. Estos sistemas, según Behe, están presentes en los vivientes, lo que permitiría inferir que ellos no son el producto de mecanismos ciegos y azarosos, sino el resultado de un diseño. Dembski, por su parte, ha abordado el problema desde una perspectiva más cuantitativa, desarrollando un algoritmo probabilístico conocido como “filtro explicatorio”, que permitiría, según el autor, inferir científicamente la presencia de un diseño, tanto en entidades artificiales como naturales. Trascendiendo las descalificaciones del neodarwinismo, examinamos la propuesta de estos autores desde los fundamentos filosóficos de la escuela tomista. A nuestro parecer, hay en el trabajo de estos autores algunas intuiciones valiosas, las que sin embargo suelen pasar desapercibidas por la escasa formalidad en que vienen presentadas, y por la aproximación eminentemente mecanicista y artefactual con que ambos enfrentan la cuestión. Es precisamente a la explicitación de tales intuiciones a las que se dirige el artículo.
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Contenido: Editorial : veinte años de la revista fundada por el Dr. Santiago de Estrada – Derecho Eclesiástico: Condición jurídica del Estado de la Ciudad del Vaticano / Ariel David Busso – Derecho Comercial: La empresa y las responsabilidades emergentes de la competencia desleal / Isabel Miguez – Presentación en concurso preventivo de una (ex) entidad financiera / Javier Armando Lorente – La contenciosidad del procedimiento concursal / Claudio A. Galli – Panorama de la cooptación en el directorio privado en el Derecho Comparado / Mariano Gagliardo – Sobre los fundamentos: Teoría política de la costumbre y de la codificación : Montesquieu y la doble cultura jurídica en la antigua Francia / Paul-Ludwig Weinacht (traducción del Prof. Dr. Hugo Laitenberger) Universidad de Würzburg – Las certezas del sentido común y los caracteres esenciales de la pena / Mauro Ronco. Universidad de Modena, traducción de Alfredo Battaglia y comentario de Luis María Rizzi: “La pena como retribución y redención” – In memoriam – Documentos: Portada, índice y primer editorial del Nº 1 de “Prudentia Juris” en agosto de 1980 -- Recensiones
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Resumen: Este trabajo aborda la posibilidad de analizar las relaciones entre diferentes sociedades del noreste de África y el Levante a través del análisis de los sistemas-mundo c. 1985–1640 a.C.
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Resumen: La “Nueva Escuela del Derecho Natural” (NEDN) pretende ser una “recuperación” de la “Teoría clásica de la ley natural”. Sus principales representantes son G. Grisez, J. Finnis, J. Boyle, R. P. George y W. May. A ellos se agregan varios pensadores de Estados Unidos y Canadá como R. Shaw, R. Lawler, J. C. Ford, R. A. Connor, T. Kennedy, entre otros. Esta escuela se endilga la recuperación de la versión “auténtica” de Tomás de Aquino de la ley natural, por una reinterpretación de la misma, al entender que ella ha sido deformada por teólogos morales posteriores. En una primera etapa, el trabajo aborda las posiciones centrales de la NEDN, principalmente de Germain Grisez y John Finnis, sin desatender a sus seguidores y críticos. En segundo lugar, y por el planteo de la NEDN, se hace preciso el ocuparse de las fuentes del entredicho, a saber, el concepto de ley en Tomás de Aquino y su impostación en la naturaleza y en la racionalidad práctica.
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Contenido: El Estado de la Ciudad del Vaticano y la Santa Sede : a cuál de ellos debe atribuirse subjetividad internacional: sus relaciones entre sí y con la República Argentina / Jorge Omar Ireba – Acerca de la ética de la abogacía / Siro M. A. De Martini – Contrato de locación de vientre / Dora Rocío Laplacette – La conducta incriminada / Alberto Carlos Battaglia – Presentación del “curso de Derecho Constitucional” / Carlos M. Bidegain – El conflicto social / Omar Cirigliano – Teoría del estado y constitución jurídica : en la obra filosófica de A. E. Sampay / José Ricardo Pierpauli – Notas bibliográficas
Acerca de la teoría de los valores extremos y su aplicabilidad a la estimación del riesgo financiero
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Resumen: La hipótesis clásica de normalidad de las distribuciones de las rentabilidades implica el supuesto que los precios de los activos están formados por agregación de "shocks" aleatorios representativos de los factores que impulsan a los operadores a realizar estimaciones sobre el comportamiento de dichos precios y que estas estimaciones individuales constituyen variables aleatorias con varianza finita, independientes entre sí. Pero, diversos estudios realizados sobre los retornos de los activos financieros en mercados tradicionales y/o emergentes nos indican que los mismos suelen tener "colas" de distribución pesadas, o lo que es lo mismo, suelen presentar mayores probabilidades de ocurrencia de eventos riesgosos. Han surgido desde la teoría moderna de portafolios, distintos intentos de solución para esta problemática. En este sentido podemos señalar que una alternativa muy estudiada últimamente, para representar el comportamiento de las rentabilidades, es a partir de las distribuciones de valores extremos que consideran exclusivamente la distribución de las rentabilidades altas y de pérdidas excepcionales. Este enfoque motiva el presente trabajo de investigación, en el cual estudiaremos la caracterización de las "colas" de distribución pesadas en el contexto de la Teoría de los valores extremos, a partir de este marco teórico, podremos inferir medidas de riesgo adecuadas para caracterizar los retornos de activos en los mercados tradicionales y más precisamente en mercados de las economías emergentes o en vías de desarrollo, caracterizados principalmente por una distribución de sus retornos más leptocúrtica que la distribución de retornos de los mercados más desarrollados.
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Resumen: Se aplicó el Modelo de Crédito Parcial (MCP) de la Teoría de Respuesta al Ítem (TRI) al análisis de ítems de una escala que mide Afecto hacia la Matemática. Esta variable describe el interés de los estudiantes de Psicología por involucrarse en actividades vinculadas a la matemática y los sentimientos asociados al uso de sus conceptos. La prueba consta de 8 ítems con formato de respuesta Likert de 6 opciones. Participaron 1875 estudiantes de Psicología de la Universidad de Buenos Aires (Argentina) de los cuales un 82% fueron mujeres. El análisis de la consistencia interna brindó un índice altamente satisfactorio (Alfa = .91). Se verificó la condición de unidimensionalidad requerida por el modelo mediante un análisis factorial exploratorio. Todos los análisis basados sobre la TRI se realizaron con el programa Winsteps. La estimación de los parámetros del modelo se efectuó por Máxima Verosimilitud Conjunta. El ajuste del MCP fue satisfactorio para todos los ítems. La Función de Información del Test fue elevada en un rango amplio de niveles del rasgo latente. Un ítem presentó una inversión en dos parámetros de umbral. Como consecuencia, 1 de las 6 categorías del ítem no fue máximamente probable en ningún intervalo de la escala del rasgo latente. Se analizan las implicancias de este hallazgo en la evaluación de la calidad psicométrica del ítem. Los resultados de este estudio permitieron profundizar el análisis del constructo y aportaron evidencias de validez basadas en las estructura interna de la escala