998 resultados para Ley general tributaria
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La ley 1480 de 2011 conocida también como Estatuto del Consumidor, es una norma creada para proteger en la mayor medida posible a los consumidores en Colombia en todos los sectores de la economía nacional, como regla general. A pesar de esto, fue expedida la Ley 1558 de 2011 que busca reformar la Ley del Turismo, la cual dispone que en materia de servicios de transporte aéreo, el Estatuto del Consumidor se encuentra excluido. En consecuencia los consumidores de este sector económico se encuentran protegidos exclusivamente por las normas especiales que menciona dicha ley, las cuales al ser analizadas y confrontadas con las disposiciones del Estatuto del Consumidor, se evidencia una precariedad en los derechos de protección que otorga la ley especial frente a la ley general. Por lo tanto se concluye que los usuarios de los servicios de transporta aéreo se encuentran desprotegidos en sus derechos como consumidores, al ser la norma especial significativamente menos proteccionista que la norma general. La Tesis de grado analiza la situación descrita, haciendo un análisis comparativo del régimen especial que busca proteger a los usuarios de servicios de transporte aéreo, con la norma general que aplica para el resto de consumidores en Colombia; Ley 1480 de 2011. Así mismo realiza un examen de constitucionalidad de la norma especial, para determinar la violación de las disposiciones Constitucionales, que la ley 1558 de 2012 causa, especialmente respecto del derecho a la igualdad y al derecho a la protección de los consumidores de el sector económico en mención.
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Para el desarrollo de las actividades mineras en nuestro país, es imprescindible que los concesionarios cuenten con condiciones que permitan la continuidad de las actividades de exploración y explotación mineras, y con ello que las condiciones jurídicas, a partir del inicio del trámite precontractual y el contrato de concesión sean claras, y se encuentren inmersas en reglas para las partes de la relación contractual, fundamentadas en los principios de seguridad y estabilidad jurídica, como garantía para efectuar la actividad minera proyectada. Dentro del trabajo de investigación se aborda un análisis del sector minero, la problemática para el desarrollo de las actividades mineras, desde la perspectiva de los principios objeto de investigación, para determinar, si el contrato de concesión minero colombiano, como instrumento generador de derechos y obligaciones, brinda condiciones que permitan adelantar el proyecto minero y se alcancen los objetivos señalados por el Estado para el beneficio de la colectividad, y del contratista minero alcanzando los beneficios económicos proyectados.
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Los precios de transferencia ocupan el interés de los Estados en el mundo actual al constituir uno de los retos fundamentales del Derecho Internacional Tributario. En el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), creada en 1961, se discutieron y desarrollaron diversas propuestas para regular el fenómeno. Estas, se materializaron en Modelos de Convenios Tributarios e instrumentos de soft law, que hoy en día constituyen los principios internacionalmente aceptados en la materia. Las Guías de la OCDE sobre precios de transferencia para empresas multinacionales y administraciones tributarias son el cuerpo normativo de soft law que se erigen, en el Ordenamiento Internacional, como el norte de las legislaciones a nivel interno para efectos de regulación de dicha temática. Su adopción por parte de los países miembros y no miembros de la OCDE se enfrenta a problemas teóricos derivados del quebrantamiento del decantado principio de reserva de ley tributaria y el respeto por la seguridad jurídica, razón por la cual su incorporación ha variado de Estado a Estado. El presente trabajo recoge la experiencia en varios países europeos y latinoamericanos y pretende proponer una fórmula de adopción en Colombia, coherente con los principios constitucionales tributarios y con virtualidad de superar las críticas realizadas por la doctrina a la aplicación directa de las Guías.
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El estudio de los derechos de aduana se aborda inicialmente a través de la definición que sobre los mismos efectúa el artículo primero del Decreto 2685 de 1999, denominado Estatuto Aduanero de Colombia, artículo que, como es usual en materia aduanera, comprende ciertas definiciones para la aplicación del mismo y enfatizando que las expresiones usadas en dicha compilación aduanera, tendrán el significado que ahí se determina.
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Describir la implantación de la Ley de Reforma Educativa de 1970 en los cursos sucesivos a este año. Realizar una yuxtaposición de situaciones a través del siglo XX mediante la Ley de Enseñanza Primaria del año 1945 y la Ley General de Educación de 1970. Muestra representativa de los centros escolares de Educación General Básica de Barcelona, provincia y ciudad, desde 1970 hasta 1974 que comprenden alumnos de 6 a 14 años de edad. Investigación analítica de la Ley General de Educación de 1970 respecto a sus directrices y orientaciones en todos los aspectos de la enseñanza de la EGB: centros docentes, aulas alumnado, profesorado... Se realiza un estudio estadístico del proceso de escolarización llevado a cabo en la provincia y ciudad de Barcelona durante los años 1970 a 1974 y las correspondientes previsiones para 1975. Análisis comparativo de los resultados reflejado en un balance de 4 años de la ya citada reforma educativa de 1970. Tablas de distribución estadística consultadas en distintas instituciones. A través de la cartografía automática se obtienen mapas que señalan los porcentajes de alumnos escolarizados en los sectores públicos, de la Iglesia y privado seglar, número de alumnos por aula y el déficit funcional y físico de la enseñanza en la provincia de Barcelona. A nivel de Cataluña se muestran las tasas de escolarización por edades y el déficit funcional. Los histogramas consultados reflejan los porcentajes de población escolarizada por edades y niveles en el curso 72-73. Comparación porcentual de los datos consultados e índices de tendencia central que permiten obtener unos resultados objetivos de la investigación. Para llevar a cabo una buena reforma educativa se debe tener en cuenta: revisión de los presupuestos que motivan la reforma educativa y las necesidades no satisfechas. La necesidad de evaluar los medios, la programación y el producto de la enseñanza. Intentar una mayor conexión con el Ministerio, conseguir una máxima cooperación de todos aquellos implicados en el campo educativo. Necesidad de una enseñanza gratuita.
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Conocer la evolución de la orientación educativa como ciencia, a través de la Revista de psicología general y aplicada. Artículos de la Revista de psicología general y aplicada de 1946-1984. Se seleccionan aquellos artículos en cuyo título aparezca el término orientación, analizándose la evolución del consejo editorial y las bases materiales de la publicación para pasar al estudio bibliométrico: producción bibliográfica, autores más productivos, nivel de colaboración y citas. Revista de psicología general y aplicada, 1946-1984. Ley de Lotka. Ley de Dispersión de Bradford. Índices de productividad de los autores. Porcentajes de distribución de artículos. Umbrales de significación para citas recibidas y emitidas. El análisis de productividad señala que hay 47 artículos de orientación publicados, distribuyéndose la aportación de los autores de forma desigual. J. Mallart es el autor más productivo, siendo el índice de colaboración muy bajo (21'27 por ciento), frente al individualismo que alcanza el 93'38 por ciento. Los autores más citados son J. Mallart, J. Germain, F. Secadas, y los que mayor número de citas emiten son: D. E. Super, J. Sánchez, E. Cervantes, A. Linares, J. Long. El autor más citado y que no cita es F. Secadas. En la RPGA existe un incremento en el número de artículos sobre orientación a partir de (1970-1975) debido a la reforma de la Ley General de Educación. Pese a ello el índice de productividad es bajo, los autores más productivos están vinculados a la revista a través del consejo editorial, lo que incide en el índice de productividad. Destaca el profundo individualismo en la producción de la orientación escolar.
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Tras el debate suscitado en torno al Documento de Bases para una Ley de Calidad, el Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica de Calidad. A través de su articulado, se concretan y precisan las propuestas para la mejora de la educación. El Anteproyecto da una idea clara de cuál es el alcance que se pretende dar a la Ley de Calidad. Se ha optado por una vía intermedia entre dos decisiones posibles: el retoque de la legislación vigente mediante la articulación de modificiones puntuales a la misma y, la aprobación de una ley general de educación que derogue la legislación vigente hasta el momento. El resultado ha sido el mantenimiento en lo sustancial de la estructura del sistema educativo diseñado por la LOGSE y la incorporación de innovaciones de gran trascendencia que modifican el modo de enseñar y aprender. En base a todo esto, se analiza el mencionado Anteproyecto y su Documento de Bases, y se realizan unas valoraciones y consideraciones preliminares, de carácter general, profundizando en el problema de los conciertos educativos y la organización de la de los Centros.
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Se reflexiona acerca de la necesidad de realizar una reorganización de la enseñanza española, mediante la elaboración de una ley general de la educación. Se especifica como realizar esta ley. No se deba prescindir de dos reglas: la sencillez y la de decantación. Por otro lado es aconsejable que al organizar la enseñanza en su conjunto se tienda a la unificación mayor posible, se eviten las opiniones personales, y las soluciones demasiado geniales. Pero el elemento fundamental de la organización docente consiste en la fijación de loa diferentes niveles de la enseñanza; en nuestra realidad actual, lo mismo que en otros sistemas docentes, hay unos niveles de los que es imposible prescindir. Son los siguientes: el del comienzo de la enseñanza obligatoria, el de la diversificación previa al término de aquélla, el del término de la enseñanza obligatoria, el del término de la enseñanza media e ingreso en loa estudios superiores, el de la diversificación previa al término de la enseñanza media y el correspondiente al final del primer ciclo. Como conclusión se puntualizan las ideas principales: la legislación educativa española es firme perfilar un cuadro general de la enseñanza, que se caracteriza por los siguientes aspectos. El comienzo de la enseñanza obligatoria a los seis años, la diversificación a loa diez años, comenzando a esta edad la enseñanza media, el primer ciclo de la enseñanza media general de cuatro cursos que se terminaría, en consecuencia a los catorce años de edad, el término de la enseñanza obligatoria a los catorce años, coincidente con el nivel final del primer ciclo de la enseñanza media general, el comienzo de una pluralidad de estudios a este mismo nivel, la enseñanza media de siete curaos de duración total, concluyendo a los diecisiete años, nivel de comienzo para los estudios superiores y posible nivel general de selección al término del segundo curso de loa estudios superiores, con validez para el ejercicio de determinadas actividades.
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la ley general de instrucción pública de 1857, más conocida por el nombre del ministro que la promovió, Moyano, ha sido considerada el punto de partida de la universidad española actual y, en general, de toda la enseñanza del país, ya que abarca los tres grados. La organización que estableció de la enseñanza se ha mostrado tan ligada a la realidad social española, que todavía hoy están vigentes los principios que estableció. El debate sobre la educación y la enseñanza del país había sido ya puesto sobre la mesa por la ilustración. De aquí, que el tema llegara ya maduro cuando los liberales se reunieron en Cádiz y en la elaboración del texto constitucional ya estaba presente le tema de la educación como uno de los medios más eficaces de reformar el país. Así, necesidad de elaborar una ley general de instrucción pública y comisión extraparlamentaria para que preparara un proyecto de ley, que recogía los principios básicos en que se iba a basar la instrucción pública: la enseñanza en todos sus grados había de ser nacional , de competencia exclusiva del Estado y tenía que llegar a todos lo ciudadanos. Pero proyecto paralizado hasta que vuelvan los liberales con Fernando VII en el trienio liberal, fue promulgado con el nombre de Reglamento General de Instrucción Pública en 1821. Gran parte quedó inédita pues para poderla poner en practica se necesitaban unos medios económicos de los que el estado carecía en ese momento y la inestabilidad política impedía las condiciones necesarias para ponerla en marcha. Los gobiernos liberales que en ese momento se sucedieron lucharon para crear esta nueva ley, pero habrá que esperar al gobierno de Isabel II. Pero iniciativa precedente claro de la ley Moyano. Primer precedente plan que firmó el Duque de Rivas, ministro de la gobernación en 1836 con los moderados. Con ellos, la educación pierde la orientación democrática y fuerte inspiración clasista y toda la enseñanza no debe extenderse a toda la sociedad, sino que debe ser patrimonio de unos pocos y ni secundaria, ni superior para toda la sociedad. Pérdida de importancia de los estudios científicos y primacía de los estudios humanísticos. Por fin con la mayoría de edad de Isabel en 1843 con gobierno moderado, se prepara un nuevo plan de instrucción realizado por Antonio Gil de Zárate, conocido literato muy influido por la cultura francesa y muy buen conocedor de la regulación de la enseñanza en Francia Finalmente se realizará el Plan Pidal en 1845, llamado asi porque fue el ministro que lo firmó, a pesar de que su autor principal fue Zárate. Por fin, se logra una ordenación general básica de la enseñanza. Así el plan punto de partida en el Plan fracasado de 1836 y los dos proyectos legislativos de 1838 y 1841 como la legislación francesa vigente. En definitiva, responde al punto más álgido del proceso nacionalizador y centralizador del programa liberal. Todo controlado por el estado. La iglesia no puso trabas a este proceso secularizador, pero años más tarde trate de recuperar el terreno perdido, debido a su mala situación tras el apoyo a la causa carlista. Pero el Plan Pidal talón de Aquiles, al ponerse de manifiesto su debilidad normativa al tener rango de Decreto y tendrá que ser retocado. Finalmente es sustituido en 1847 y1850 lo que creó un estado de opinión favorable a darle rango de Ley y se hizo en el bienio progresista con Alonso Martínez, pero tras ser derribado Espartero proyecto eliminado. Aunque precedente inmediato de la ley Moyano. Al ser perfectamente coherente con la legislación que pretendía sustituir. En general tanto moderados como progresistas estaban de acuerdo, salvo en pequeños detalles. Destaca el papel del Estado y diferencias en el papel de la iglesia. De ahí, que cuando moderados volvieron al poder en 1856 con Moyano este presentará a las Cortes un nuevo proyecto de ley, que era simplemente de bases, se recogían simplemente los principios básicos en los que la mayoría parlamentaria estaba de acuerdo y en los que no se innovaba nada. Moyano presentó la ley nada más que como un perfeccionamiento de la situación ya existente y su proyecto fue aprobado por las Cortes con facilidad y sin problemas.
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Extracto de las declaraciones del secretario general técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Don Pedro Segú a la revista 'Actualidad Española'. Cita las actividades desarrolladas en España dentro del marco de la conmemoración y destaca como gran aportación la Ley General de Educación, su importancia para la vida de toda la comunidad y el Magisterio, pieza fundamental para hacer realidad esta reforma .
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Se examina la legislación y la insatisfactoria situación actual de los servicios de Orientación Educativa y Profesional y de los servicios de Psicología Escolar y Orientación Profesional.Por otra parte, se definen las verdaderas condiciones que debe reunir la orientación profesional y, se exponen las nuevas perspectivas que se abren con la Ley General de Educación, que establece cuáles deben ser las características y objetivos de estos dos servicios en la Enseñanza General Básica.
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Se describen las repercusiones originadas en la estructura del sistema escolar por las innovaciones metodológicos y de contenido y los cambios de objetivos concretos que para la Educación General Básica pretende La ley General de Educación.
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El Proyecto de Ley General de Educación que se discute en las Cortes define un nuevo concepto para el centro de educación general básica y concede nuevas actividades, de programación, coordinación y control, al director de estos nuevos centros. Así, la complejidad y diversidad de las funciones encomendadas a éste lleva a considerar la posible formación de un equipo directivo, en el que el director, los maestros y profesores, organicen, de forma compartida, los centros docentes.
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Contiene: I. Objetivos y directrices metodológicos en la Educación General Básica ; II. Niveles y contenidos ; III. Evaluación ; IV. Organización y comprobación del trabajo escolar
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Investigar sobre la viabilidad de la puesta en marcha del Departamento de Ciencias en un centro de EGB. Elaboración de un cuerpo doctrinal que justifique tal Departamento. Determinar el rol del jefe del departamento. Encontrar un organigrama que cumpla con la funcionalidad que proporcionen las nuevas orientaciones pedagógicas. Proponer una estructura de criterios flexibles que garantice la coordinación y participación de todos los miembros implicados. Investigar sobre la posibilidad que el departamento presenta como unidad organizativa de servir al centro para su integración y proyección con la comunidad local. Analizar las limitaciones, materiales y humanas, que puedan impedir la puesta en marcha de estos departamentos. Centro piloto de EGB José Antonio de Elche (Alicante). Aceptada la proposición de la Ley General de Educación y las nuevas orientaciones, para la creación y puesta en marcha de los departamentos por áreas, la metodología a emplear está basada en: análisis del contexto real en el que se va a establecer el departamento; proposición de un organigrama funcional y su estructura, desarrollar unas funciones y actividades dentro de la infraestructura del departamento; observación y análisis, con recogida de datos de las funciones y actividades puestas en funcionamiento; creación de un cuerpo doctrinal que sirva de feedback para el autoperfeccionamiento; evaluar la organización. Libros de consulta para el profesor, para el alumno material elaborado. Material científico. Material de paso. Medios audiovisuales. En el lugar de la investigación, no existe un laboratorio tal y como se entiende que debe ser uno de Ciencias en su sentido más amplio, aunque existe un aula que se utiliza para tal fin. La frecuencia de uso del laboratorio, por semanas, es el de grupos medios existentes en la segunda etapa con 24 horas de consumo semanales, que suponen el empleo del 80 por ciento del tiempo disponible. En los alumnos de primera etapa, su asistencia al laboratorio es discrecional. Rara vez el alumno manipula el material del laboratorio. Se creó una sala de uso polivalente que era usada indistintamente por los niveles de primera y segunda etapa. La biblioteca cuenta con un elevado número de volúmenes, a la que asisten los alumnos de segunda etapa. Se dispone de granja de experimentación agrícola, usada por los alumnos de sexto. Dos son las grandes funciones que desarrolla la puesta en marcha del Departamento de Ciencias: dar a la estructura organizativa de una comunidad docente la coordinación y flexibilidad que garantice el desarrollo positivo de las áreas implicadas y su interrelación con otras, y otra es su servicio a la Ciencia.