680 resultados para Derecho mercantil España 1737 fuentes


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Pretende comprender la función y misión de la universidad en el marco salmantino, analizando las ventajas e inconvenientes que supuso ser considerada 'modelo' por el régimen, así como analizar el proyecto salmantino que Tovar tenía en mente,observar el grado de implicación mútua entre la Univesidad y la ciudad de Salamanca, acercarnos a la figura de D. Antonio Tovar Lorente, como pensador e intelectual, quien intenta plasmar sus convicciones durante su periodo como rector, conocer y analizar el proyecto aperturista y europeista inicado en este periodo y su aplicación en Salamanca, estudiar a profesores salmantinos que merecen un lugar destacado en la historia de la Universidad, así como el conocimiento del cuadro docente de Salamanca en este periodo, su edad, ideología, dedicación, acceso a la condición de profesor...como también las características del alumnado. La política educativa universitaria es otro de los puntos a analizar, así como actividades y actos de la Universidad, la restauración del grado académico de doctor, la importancia teórica al fomento de la investigación, la remodelación y ampliación de los espacios universitarios, los recursos económicos de la Universidad en ese período, y por último el significado del VII Centenario de la Universidad de Salamanca . El estudio ha sido realizado a partir del metódo histórico pedagógico, completado con el biográfico, planteando una serie de etapas clásicas de heurística, crítica y hermenéutica, por lo que se parte de una fase predescriptiva en la que se plantea, identifica y justifica el tema a investigar. Lo cual remite a la formulación de hipótesis, fundamento de la investigación y requisito imprescindible para delimitar el objeto de estudio, así como la elección de instrumentos de medida y técnicas de análisis estadístico que nos guíen en la interpretación de los datos. Tras la recogida y selección de documentos, propios de la heurística, se presenta una de las fases de mas cuidado asegurar la validez y autenticidad de los documentos utilizados, y por último la construcción histórica y educativa del trabajo, desde una perspectiva genético-evolutiva. Al tratarse de una investigación de carácter histórico, y por lo tanto no experimental, no se cuenta con una muestra ni con unos instrumentos o análisis estadísticos, ya que se basa en el rastreo de numerosísimas fuentes tanto de carácter primario, haciendo referencia con esto a fuentes manuscritas obtenidas en numerosos archivos como el de Salamanca (Libros de actas y de registro de la misma, expediente de los profesores de la Universidad, en la Facultad de Ciencias, de Derecho, de Medicina y Filosofía y Letras, así como asuntos generales de Secretaría General, y Asuntos Exteriores, documentación sobre las distintas facultades existentes, antes nombradas durante el período de rectorado estudiado, así como los edificios y obras realizados, las cuentas generales, las cajas 1, 2, 3 referidas al VII Centenario de la Universidad de Salamanca, y analizada la correspondencia del Rector Antonio Tovar). Respecto al Archivo general de Alcalá de Henares se han analizado numerosos expedientes de catedráticos de la Universidad. Fuentes secundarias: por un lado las impresas: Boletines Oficiales del Estado, estadísticas y escalafones de la enseñanza superior, memorias académicas de la Universidad de Salamanca, Memorias de los Colegios Mayores, anuarios, índices, indicadores, crónicas de la Universidad de Salamanca, oraciones con motivo de la apertura del curso académico en la Universidad de Salamanca y en otras Universidades. También se ha analizado la prensa diaria (Adelanto, Gaceta, ABC), las revistas especializadas en el ámbito de Salamanca (El Gallo, Trabajos y Días, Revista Universitaria, Revista de la Universidad. Escuela de Acción Católica de Salamanca , Juventud Universitaria Masculina Acción Católica, Cinema Universitario, Revista del Cine-Club del S.E.U. de Salamanca) Revistas de ámbito nacional (La joven España, Alferez...). Fuentes orales (Joaquín Ríiz-Giménez Cortés, Manuel García Ibáñez y Juan Antonio Tovar Larrueca, Fuentes gráficas: planos, obras y reformas, y fotografías e ilustraciones. Rastreo de archivos, comprobando su veracidad y auntencidad mediante la interpretación y comprensión de su contexto y significado. En este periodo aún la Iglesia posee un gran poder dentro de la educación. El sistema es centralizado, uniforme y al servicio de la ideología dominante, sin margen para las líneas de autonomía, pero en esta época se comienza a vislumbrar una apertura ya que aparece la Asamblea de universidades donde catedráticos comienzan a debatir sobre educación.Sobre la figura de Tovar dentro de su papel como rector , dos principios fundamentales tiene en mente, por un lado, la modernización de la Universidad de Salamanca, otorgando nuevos estudios y especialidades, medios de investigación, fomento de las publicaciones e intercambio científico, apertura al exterior, compromiso del profesorado, interrelación de enseñanzas;y dos, la formación de minorías rectoras al servicio de la sociedad, en la que se contemplan preceptos netamente falangistas, de trabajo, esfuerzo, deber, así como de favorecer toda inteligencia personal, independientemente de su posición social. Da gran importancia a las investigaciones y fomenta las bibliotecas , proponiendo la creación de la Academia de las Ciencias de la Universidad de Salamanca, pionera en España, aunque no llega a ver su funcionamiento.Tovar es consciente de que Salamanca es utilizada como imagen y modelo del régimen, por lo que diseña y establece la incorporación de Salamanca a un nuevo renacer intelectual, asentada en aspectos de la Universidad científica alemana, y así mismo de la universidad anglosajona estadounidense en aspectos puntuales de financiación, autonomía y fomento de la investigación. Pero la realidad con la que cuenta la Universidad es paupérrima y un estudiantado interesado más por la salida que el título ofrece que motivado por aprender, por lo que se crean estudios especializados acordes con las necesidad de la sociedad e intereses de Salamanca, alcanzar una calidad manifiesta en las cuatro facultades, lo que implica tanto a la docencia como a la investigación, reconocimiento de la autoridad del magisterio salmantino, con concesiones de autonomía corporativa desde el Gobierno Central y el impulso aperturista hacia Europa y América.Lo que implica compromiso y dedicación del profesorado; las relaciones interpersonales de maestro-discípulo mas allá de las aulas, respeto hacia el alumno y dedicación del mismo, estímulo a publicaciones universitarias, aliento hacia la conformación de bibliotecas de facultades, seminarios, y sobre todas ella hacia la Biblioteca General de la Universidad, la reforma de espacios y edificios, los nuevos programas de enseñanzas; los nuevos estudios; promoción de cátedras y seminarios, restitución de antiguos privilegios, y la confirmación del 'Alma mater' en su relación con Hispanoamérica. Se produce una mayor proporción de innovaciones frente al mantenimiento de una política y estructuras asumidas desde el comienzo de la dictadura. Por un lado se observa un continuismo de la universidad de Salamanca con etapas anteriores pero por el grado de innovación percibida en cuatrograndes bloques, también es vigente: en la estructura universitaria, profesores y alumnos, en los saberes impartidos, y los medios a su alcanze..

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Existe un enfrentamiento entre el derecho a la intimidad y la libertad de expresión y de información. Es en el contexto de la prensa y de la comunicación de masas donde se encuadra este enfrentamiento entre derechos. Las normas relativas a los derechos fundamentales y las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El derecho a la intimidad es un límite a las libertades, pero es un derecho protegido constitucionalmente. En este sentido, resulta difícil decidir cuál es el derecho que debe prevalecer sobre el otro. Por lo tanto, cuando el ejercicio legítimo de las libertades choca con el derecho a la intimidad tiene que llevarse a cabo un juicio de las circunstancias concurrentes en cada caso concreto.

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Se plantea una encuesta cuyo objetivo es dar respuesta a una serie de interrogantes que se plantean sobre la enseñanza del Derecho en España, se trata de escrutar cómo funciona un sector muy importante de la Universidad, docente y ejerciente. Algunos de las preguntas que se formulan tienen que ver con la extensión del curso universitario de Licenciatura en cinco años; la distribución dentro de la carrera de las materias de Derecho privado y Derecho público; si se ajustan o no a la realidad las asignaturas que se estudian en la carrera; si deberían crearse nuevas escuelas profesionales o facultades que complementaran las enseñanzas adquiridas en la facultad; la conveniencia de introducir un curso preparatorio de 'cultura general'; si serían preferibles los cursos cuatrimestrales o los de extensión normal o la conveniencia de establecer el examen de grado con pruebas teóricas y prácticas exigidas para discernir la Licenciatura de Derecho.

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Tratar en profundidad los derechos y deberes de los protagonistas de la educación, espigando para ello las normas constitucionales de los países de la Europa Occidental. Justificar la existencia de la enseñanza privada y las ayudas de los poderes públicos a ella. Ley Española General de Educación de 1970. Art. 27 de la Constitución de 1978 dedicado a la educación. Normas constitucionales de la Europa Occidental. El estudio se estructura en capítulos: introducción. 1. Derechos y deberes de las personas en materia educativa: ¿qué comprende la libertad de enseñanza? 2. Deberes y derechos del estado en la educación: sirve para justificar y delimitar la intervención estatal y sus funciones respecto a los centros privados y a la ayuda y fomento de las mismas. 3. Educación e igualdad: recoge los principios de libertad de enseñanza y de igualdad de oportunidades ante la educación. 4. Educación y gratuidad: se analiza la obligatoriedad de la asistencia a la escuela y la obligatoriedad de la gratuidad por parte de los centros que prestan la enseñanza. 5. Sobre las ayudas del estado a la enseñanza privada; examen sintético del derecho comparado europeo occidental. 6. Los conciertos educativos. 7. Examen evaluativo de las distintas formas jurídicas dependientes de la Iglesia o institutos religiosos acogidos al derecho canónico como los que utilizan formas de derecho mercantil. 8. Constitución y educación: regulación de los derechos y libertades educativas en la nueva Constitución Española. La gratuidad de la enseñanza no es un principio esencial de la educación. Este derecho corresponde al alumno y no a los centros educativos. La libertad de enseñanza mejora la calidad de ésta. La enseñanza no estatal, aun cuando se subvenciona, resulta más barata para el Estado ya que suele poseer mejor administración y mayor interés en el aquilatamiento de los costos y control de los gastos. El Estado tiene el derecho y el deber de crear directamente y sostener escuelas propias, mas no en régimen de monopolio ni cerrando indebidamente las privadas o suplantándolas de manera innecesaria. La homologación, como la apertura de nuevos centros, de ser reglada y concederse automáticamente, siempre que se cumplan las condiciones mínimas establecidas.

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L'objectiu d'aquesta tesi doctoral és analitzar el llegat jurídic de Ramon Martí d'Eixalà, especialment els seus manuals de dret mercantil i dret civil. En aquest sentit, cal recordar que Ramon Martí d'Eixalà va viure en el segle XIX, moment en el qual s'havien iniciat una sèrie de canvis econòmics i socials profunds. El seu manual de dret mercantil, Instituciones de derecho mercantil de España fou molt més reconegut que el Tratado elementar del derecho civil romano y español. Doncs, el manual de dret mercantil fou recomanat com a llibre de text pels estudis de Jurisprudència durant varis anys, mentre que el manual de dret civil mai va formar part del llistat de manuals elaborat pel govern. A més, la filosofia britànica ocupa una part important de la investigació, ja que Ramon Martí d'Eixalà coneixia el pensament britànic i va introduir la filosofia del sentit comú a Catalunya.

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A lo largo de este trabajo de investigación se efectuará un análisis de las normas que regulan la validez y eficacia de las firmas electrónicas, tanto en Ecuador como en Colombia y Perú. Se dará especial importancia al tratamiento jurídico procesal de las mismas, contenido en los respectivos Códigos de Procedimiento Civil, así como en las nuevas leyes de comercio electrónico, firmas y mensajes de datos de los tres países. Realizaremos un análisis jurídico doctrinario, por lo que citaremos conceptos doctrinarios de autores conocidos en el ámbito del derecho procesal y de las áreas electrónicas y los compararemos con las normas actuales que al respecto se han ido creando. Esta compuesto por tres capítulos. En el primero se estudian nociones fundamentales que nos permitirán entender los conceptos, y el funcionamiento de las firmas electrónicas, dando importancia al ámbito jurídico más que al técnico; en el segundo revisaremos nociones de prueba y medios de prueba, analizaremos sus definiciones, elementos y estableceremos sus diferencias, para finalizar con el estudio de la firma electrónica como prueba y medio de prueba. Finalmente, el capítulo tercero se centrará en el análisis del tratamiento jurídico procesal de la firma electrónica como medio de prueba en las legislaciones ecuatoriana, peruana y colombiana, incluyendo temas como la carga de la pureba, la práctica o ejecución de la misma y la valoración.

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La presente es una investigación de carácter doctrinario, sobre los fundamentos del derecho de la competencia y su aplicación a un sector de la economía sumamente importante y por ello extensamente regulado, como lo es el mercado bancario. En el ámbito mundial ha sido frecuente la discusión sobre si las normas que se promulgan de forma general para regular los mercados, pueden o deben ser aplicadas a un mercado tan sensible como el financiero, tal discusión se da por varias consideraciones que van desde el entender a los servicios bancarios como un servicio público y no como un servicio al público hasta el señalar que las entidades bancarias son instrumentos, en muchos casos, de la política monetaria o crediticia de un Estado, lo que impediría aplicarle en términos generales las normas sobre competencia. La discusión a la que se alude, ha sido zanjada a través de varios fallos de jurisprudencia, ello en el ámbito de la Comunidad Europea y de los Estados Unidos de América, sin embargo en nuestro país es aún un tema que debería ser parte de las discusiones de la elaboración de una política de competencia, discusión a la que pretendería, en algo, contribuir este documento.

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La práctica mercantil ha revolucionado constantemente las estructuras tradicionales del mercado aportando nuevas figuras a lo largo de la historia; desarrollándose muy por delante del avance normativo de dicha área. La sindicación de acciones es un claro ejemplo de lo anotado, siendo en la actualidad adoptada por gran cantidad de sociedades anónimas alrededor del mundo. Pese a ello, doctrinariamente, la gran mayoría los autores no se han preocupado por estudiar esta figura y dilucidar varias inquietudes que trae consigo previo a su incorporación legislativa y aplicación práctica. No obstante, países con una experiencia mercantil mucho más desarrollada han iniciado el análisis doctrinario de la sindicación de acciones y esgrimido teorías tanto a favor como en su contra. En el Ecuador, pese al nulo tratamiento legislativo sobre la celebración de acuerdos de sindicación, estos convenios se constituyen en necesidades comunes de los empresarios, quienes tienen que aventurarse en la oscuridad y en ocasiones al margen de las prescripciones legales, ya que en su práctica se erigen como instrumentos de mucha utilidad para los accionistas que participan de ellos. Por su parte, la Superintendencia de Compañías no ha emitido un criterio que haga referencia al tema lo cual evidencia el desconocimiento reinante, toda vez que se ha limitado a prohibir determinados acuerdos sin analizar el instituto de la sindicación en toda su magnitud y en todas sus manifestaciones. Es en virtud de aquello y dada la necesidad de un panorama más claro, que el objetivo del presente trabajo recae en el análisis de la Sindicación de Acciones alrededor de los países más representativos del mundo así como en los más allegados a nuestro sistema jurídico.

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El artículo analiza con detalle la procedencia del arbitraje y otros medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria, comenta el desarrollo que han tenido los medios alternativos de solución de controversias en materia tributaria en el Ecuador, trata sobre el arbitraje tributario en el ámbito interno de los estados, defendiendo su procedencia frente a los principios de legalidad y de indisponibilidad de la obligación tributaria, así como respecto del principio de exclusividad de jurisdicción, estudia el arbitraje tributario internacional, con énfasis en el contemplado en los convenios para evitar la doble imposición y en el previsto para disputas derivadas de la utilización de precios de transferencia, y, finalmente, se refiere a la procedencia del arbitraje en el caso propuesto en el Ecuador por las empresas petroleras para la devolución del IVA.

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La actualidad de los procesos de integración económica ha incentivado la elaboración de trabajos de toda complexión en una materia cuyo eje central gira en tomo a lo político y económico. Como se sabe, la cuestión se inscribe en una nueva estructura de las relaciones internacionales, donde las fronteras del Estado-nación propias de los siglos XVIII y XIX, se desdibujan en provecho de la conformación de espacios más amplios. En nuestra literatura el caso particular de la Unión Europea que es el modelo más conocido, presenta un complejo desarrollo político, social, económico y jurídico desde los respectivos ""Estados de Derecho"" que el Derecho Derivado y la jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo han sabido construir. Desde esta perspectiva, en esta investigación se ensayarán algunas reflexiones sobre la evolución del proceso europeo de integración, atendiendo en primera instancia a sus antecedentes históricos y construcción jurídica, para después ingresar al análisis de lo que es el Mercosur, su sistema de solución de diferencias y a posteriori, concluir con algunas consideraciones a propósito de la posible creación de un tribunal de justicia supranacional.

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La presente Tesis, analiza como objetivo fundamental, la determinación de existencia de un derecho transnacional que supere las fronteras nacionales e internacionales, para ello pretende efectuar una distinción entre la antigua lex mercatoria medieval y la moderna lex mercatoria, utilizando la puntualización de sus características transnacionales, que forman parte del desarrollo en la historia del andamiaje jurídico, del variado y disperso Derecho Mercantil Internacional. El presente trabajo establece los principios en juego de las negociaciones comerciales internacionales, éstos contienen normas de derecho generales y de origen consuetudinario, se estudia el conjunto de usos y costumbres que se implementaron en la Edad Media, mismos que regían los actos de comercio, configurando la institución jurídica denominada “Lex Mercatoria”. Se investiga si la lex mercatoria, constituye una categoría jurídica a la par de las normas promulgadas por un órgano competente, si es un ordenamiento jurídico autónomo o la subordinación de ordenamientos jurídicos preexistentes, se efectúa un enfoque desde varias perspectivas, utilizando argumentos a favor y en contra, respecto al ámbito de válidez de la lex mercatoria. Un grupo de autores consideran a la “lex mercatoria” como nuevo derecho creado por particulares, para regir relaciones de Derecho Privado, otros la razonan, como una herramienta jurídica de apoyo a las legislaciones nacionales, para lo que se analizan las relaciones comerciales y convenios internacionales, basándonos en instrumentos definitivos por organizaciones internacionales. En conclusión la lex mercatoria, es una herramienta jurídica, que permite, por medio de las negociaciones transnacionales, el desarrollo de un derecho uniforme del comercio internacional, soporte de las legislaciones nacionales, sin descartar, que es un tercer derecho en estado de formación, que se vislumbra terminará de constituirse gracias al progreso de las relaciones económicos transnacionales.

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La presente tesis versa sobre la responsabilidad tributaria en el ámbito ecuatoriano que poseen las fiduciarias al momento de constituir un fideicomiso mercantil inmobiliario. La adopción del fideicomiso en nuestro país ha servido como un instrumento de desarrollo en términos bursátiles y a la vez como una herramienta para la evasión y elusión tributaria. La figura fiduciaria constituye uno de los contratos más interesantes y novedosos en el ámbito del derecho mercantil; ésta ha sido utilizada desde hace mucho tiempo en varios tipos de negocio debido a su versatilidad y a la seguridad que brinda, tomando en cuenta la buena fe de los intervinientes en el contrato fiduciario. El fideicomiso mercantil implica una forma de control en el ámbito tributario para la Administración Tributaria; sin embargo, no ha sido tomado en su verdadera dimensión, es decir, la figura financiera y económica que sirve para el intercambio de información de los negocios fiduciarios que se desarrollen en nuestro país. El poco conocimiento que se tiene con respecto de los negocios fiduciarios no permite un eficaz control y utilización como herramienta para obtener información de primera mano de las fiduciarias.