931 resultados para Constitución nacional


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La del acceso a la tierra y su distribución, ha sido una problemática transversal a la historia de los conflictos sociales en el país. En el caso de los pueblos indígenas, la existencia de todo un marco jurídico nacional e internacional que reconoce sus derechos territoriales, así como de importantes avances que a este punto se han producido en cuanto a titulación de tierras de resguardo en nuestro país, fueron dos factores que invitaron a preguntarnos en este trabajo por las dinámicas que, a pesar de ello, subyacen a un permanente desconocimiento de tales derechos. Con este objeto, en él se caracterizan las disputas que, desarrolladas en el marco del ordenamiento jurídico e institucional de la Constitución Política de 1991, han llevado a la existencia de una contraposición entre el reconocimiento y la eficacia de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Desde una perspectiva crítica, la mirada propuesta presenta un abordaje a tales disputas que abarca una aproximación a sus antecedentes históricos y posterior configuración a instancias de la expedición de las normas, la formulación de las políticas y el ejercicio del control judicial constitucional, en los años posteriores a 1991. Resultado de tal caracterización, se demuestra de qué manera dichas pugnas, que tienen expresiones normativas, administrativas y judiciales, y a su vez son determinadas por factores sociales, políticos, económicos y culturales, han llevado a la existencia en nuestro país, de una brecha de implementación de tales derechos.

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Esta investigación analiza y diagnostica la manera en que los actores sociales y políticos han incidido en la implementación de la Política Nacional de Competitividad en la Región Orinoquia durante el período 2008-2013. Se explica cómo, desde su comportamiento en espacios de participación ciudadana y enmarcados en un entorno violento, estos actores han condicionado la eficacia de dicha política; situación que se ha representado en un bajo desempeño competitivo. Para ello, desde una perspectiva sistémica de la competitividad y mediante un trabajo de campo realizado en la región, se analizan variables como la gobernanza, la participación ciudadana, el capital social y la integración regional, con el fin de identificar problemáticas y formular finalmente una serie de recomendaciones para la construcción de entornos competitivos en la región Orinoquia.

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El propósito de esta monografía es analizar la incidencia que ha tenido el modelo de autofinanciación incentivado por el Estado colombiano en el carácter público de la Universidad Nacional de Colombia en los últimos veinte años, a partir de la teoría de los bienes club. Se plantea desde el análisis teórico y factico una revisión a la normatividad de la Educación Superior en Colombia para explicar la forma en que el aumento desequilibrado de los recursos propios frente a los aportes de la nación en el presupuesto de la Universidad Nacional de Colombia, sumado a algunas problemáticas en los gastos de funcionamiento, ha perpetuado los niveles de exclusión en el acceso al bien, restringiendo de esta forma el carácter público del servicio que ha prestado esta institución en las últimas dos décadas.

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El uso de instrumentos y directrices en la política pública para la modelación de los resultados de la actividad científica y tecnológica ha sido frecuente en el Estado colombiano. Este trabajo bajo la ‘teoría de la regulación’ de Black, examina el Modelo de Medición de Grupos de Investigación y de calificación de Revistas Científicas –Publindex- de Colciencias, como instrumentos de intervención del Estado, fundados en el uso de indicadores bibliométricos y cienciométricos. Para ello, se da respuesta a interrogantes referidos a la auto-organización de la ciencia; su relación con el Modelo de Grupos de Investigación, la influencia que dicho modelo tiene sobre la libertad de investigación; las implicaciones que tiene el otorgar categoría o status a los Grupos por actos estatales y la conveniencia de que el Estado tenga un sistema de incentivos para el examen de información científica y técnica originada en indicadores científicos, entre otros. Se busca en síntesis, aportar elementos que permitan, desde una perspectiva sistémica e interdisciplinaria explicar algunas de las razones por las cuales los elementos involucrados en la estructuración de la normativa de ciencia y tecnología, pueden inducir a afectaciones negativas y positivas en el quehacer científico y tecnológico.

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Analizar las relaciones existentes entre una serie de indicadores extraídos de las producciones escritas de alumnos de octavo de EGB y los resultados académicos obtenidos por los mismos. Considerando los resultados obtenidos en una serie de tests de personalidad y de aptitud intelectual, de carácter tanto verbal como no verbal. La investigación pretende encontrar la estructura factorial formada por los mismos así como el comportamiento de las mismas en distintas circunstancias, considerando que si realmente existe dicha estructura se ha de mantener independiente de los valores particulares que las variables tomen en cada momento, y de la muestra que sirva de base al estudio. 103 alumnos de octavo de EGB.. Hipótesis de trabajo: Estructura factorial que agrupa a las variables implicadas en el rendimiento escolar. Indicadores de rendimiento a partir de la media aritmética de las calificaciones de la primera y segunda evaluación de las asignaturas de rendimiento (Lengua, Ciencias Naturales, Matemáticas, Ciencias Sociales e Idioma) Indicadores Psicológicos: APT, TIG 2, OTIS sencillo, EPI de Eysenck. Indicadores Lingüísticos correlacionadas con la complejidad sintáctica y la dificultad lectora. Indicadores socio-culturales a través de encuestas individuales familiares. Indicadores de acumulación de déficit a través de una encuesta personal. Encuestas y tests. Análisis factorial. Contextualización del problema y fundamentación teórica del fracaso escolar a través del rendimiento: Concepto, causas y consecuencias de dicho fracaso. El fracaso escolar y el lenguaje, con las aportaciones de la psicolingüística, la sociolingüística. Teoría sociolingüística de Bernstein. Análisis de textos a través del léxico realizando un estudio sobre el lenguaje. Debido a la dispersión de variables constitutivas, encontramos dos vías de agrupamiento, las relativas a la constitución personal del sujeto y aspectos de carácter fraseológico o lingüístico. Es necesaria la adquisición óptima de las estrategias lingüísticas básicas: lectura, escritura y expresión oral, en orden a una optimización de las adquisiciones escolares. Los diferentes análisis factoriales han puesto de manifiesto la existencia de tres factores claramente diferenciados: léxico, rendimiento-capacidad intelectual y sintáctico-fraseológico. Un cuarto factor referido a la personalidad de los sujetos de la muestra podría aparecer. Existe un substrato lingüístico situado en la base de los resultados obtenidos por los alumnos, que corrobora la necesidad de tener un código elaborado y adaptado a las necesidades demandadas por la institución escolar. Aspectos diferenciales referidos al tipo de convivencia, la edad, número de alumnos repetidores.

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Estudiar la educación en el estado de México entre 1824 y 1889. Este periodo se sitúa entre dos acontecimientos históricos de la tradición liberal mexicana, el establecimiento de la república federal y el de la instauración del porfiriato.. La primera parte analiza la política educativa surgida de una circunstancia histórica determinada y en la segunda las realizaciones de cada una de las instituciones educativas que se crearon a lo largo de este periodo. Así se observan los puntos de orientación y confusión en que cayó la política educativa, al malinterpretarse sus objetivos por verse como sinónimo de progreso material.. Se realiza un estudio bibliográfico de autores locales, de monografías de las instituciones y de trabajos que exponen el pensamiento y la obra de personajes relevantes. También se consultan documentos de archivos y periódicos oficiales del momento.. Desde 1824 y gradualmente la enseñanza es una tarea controlada y estimulada por el Estado, como representante del pueblo. Así se crean las escuelas municipales de primeras letras y el Instituto Literario. La educación debe reunir los ideales y poderes del pueblo representado en el Estado, y las necesidades, aspiraciones y realidades propias de la época en que vive. La política educativa está orientada a la formación de una sociedad libre, abierta y democráticamente progresista. En principio la educación recae en los ayuntamientos que, aunque con escasos recursos, se preocupan junto con los padres de familia, de introducir los métodos más modernos de lectura, escritura y las cuatro operaciones fundamentales. Aunque la educación se convierte en obligación del Estado como medio para lograr sus propósitos y esencia para el progreso, no se plasma en una organización del sistema educativo hasta la Constitución de 1857. Es entonces cuando se vigila el contenido de la educación, los reglamentos y se imponen los castigos ante cualquier violación. Se acaba con los coletazos del sistema colonial y se impone el laicismo.. La educación no se puede resolver con más o menos recursos financieros, ni es cuestión meramente académica o política. El sistema educativo constituye una manifestación concreta del conjunto de relaciones sociales, económicas y políticas que caracterizan a una nación. Para ver su justa dimensión hay que estudiarla dentro del contexto histórico en el que se inscribe.

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Analizar la situación en que se encuentra la libertad de elección en educación dentro de los sistemas educativos de varios países, sobre todo en España. La tesis se estructura en cuatro capítulos. En el primero se estudia la evolución de las medidas llevadas a cabo en los sistemas educativos de nueves países: Australia, Canadá, Chile, Estados Unidos, Francia, Holanda, Inglaterra, Nueva Zelanda y Suecia. El siguiente capítulo recoge 73 casos reales de aplicación de distintos programas de libertad de elección en educación. En el tercer capítulo se analiza la política educativa no universitaria en España tras la aprobación de la Constitución de 1978, con referencias sobre todo a las medidas relacionadas con la libertad de elección. Por último, en el capítulo cuarto se describe el movimiento de la libertad de elección en educación; se realiza una síntesis de los diferentes factores técnicos implicados en el diseño de los programas de libertad de elección de centro; y se analizan los factores pedagógicos más relevantes de todos los implicados en los sistemas de elección. Bibliografía, legislación y documentación sobre los programas descritos en la investigación. La metodología consiste en la revisión crítica de la documentación utilizada en la investigación. No existe una única forma de ampliar el grado de libertad de elección en educación y se pueden diseñar distintos programas según los objetivos que se desee alcanzar. No obstante, un mismo programa puede lograr objetivos muy diversos en función del contexto en que se realice. A su vez, un mismo objetivo puede alcanzarse con programas muy distintos. Los criterios de admisión de alumnos y la baremación utilizada en los centros escolares de España han variado mucho a lo largo de la historia. Además, en la actualidad existen en este ámbito diferencias importantes entre las comunidades autónomas. La diversidad es el factor pedagógico fundamental de un sistema educativo y de un sistema de elección. No puede haber elección sin diversidad, pero tampoco es posible la diversidad sin elección.

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Estudiar la libertad de enseñanza en la España de Franco. Libertad de enseñanza entendida como el derecho de los particulares e instituciones no estatales a crear Centros de enseñanza, y más concretamente, Centros de enseñanza superior o Universidades. Consta de seis capítulos: 1.- Es introductorio y en él se presentan datos correspondientes a la trayectoria histórica en política universitaria desde el siglo XIX (a partir de la Constitución de 1812) hasta aproximadamente el primer tercio del siglo XX (incluida la II República española), al hilo de los intentos y logros legislativos más significativos. En ellas se reflejan las ideas educativas que quisieron aplicar los diferentes grupos dirigentes o susceptibles de serlo, a través de la configuración de un específico sistema educativo. 2.- Se contemplan las modificaciones que se produjeron en España durante los primeros años del franquismo, por actuación del Ministerio de Educación Nacional, para contribuir a la transformación de la vida del país, a través de reformas en el Bachillerato, en las altas instituciones científicas dedicadas principalmente a la investigación y en la Universidad. 3.- Está dedicado a considerar las sugerencias, propuestas y opiniones de determinadas instituciones de católicos (que de una u otra forma se dedican a la docencia), en relación con la anunciada reforma de la Universidad española, fundamentalmente las que hacen una referencia más directa a la libertad de enseñanza de la Iglesia en materia universitaria. 4.- Se centra en el proceso legislativo que precede a la promulgación de la Ley de Ordenación de la Universidad española de 1943 y en el estudio particular de los factores implicados en el reconocimiento de Centros universitarios no estatales. 5.- Considera la evolución cronológica del tema de la creación y reconocimiento de Centros de enseñanza superior no estatales en España, desde 1944 hasta los años finales del Ministerio de Joaquín Ruiz Giménez. 6.- La primera parte trata de la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 1957, cuya promulgación supone la ruptura del monopolio estatal en la enseñanza técnica superior. La segunda parte del capítulo se refiere más específicamente a los aspectos que rodean la firma del Convenio entre el Estado Español y la Santa Sede, en 1962, que regula las condiciones para el reconocimiento civil de los estudios no eclesiásticos realizados en las Universidades de la Iglesia. 1.- En los años de Gobierno de Franco no se ha encontrado ninguna opinión destacada que cuestione el cometido de la Universidad como formadora de las minorías dirigentes. 2.- En el nuevo Estado surgido del golpe del 18 de julio la preocupación por la reforma de la Universidad es temprana (Proyecto de 1939 que regula las Universidades del Estado, Anteproyecto de Ley de Organización de las Universidades Nacionales de 1941, la Ley de Ordenación de la Universidad de 1943_). 3.- Con respecto a la reforma de la Universidad en los primeros años del franquismo deber señalarse que tanto las instituciones de católicos (reclaman el derecho de la Iglesia a crear Universidades), como algunos falangistas (también católicos, pero pertenecientes a instituciones oficiales), afirman que el liberalismo es el causante de los males de la Universidad española. 4.- En general, al reclamar la libertad de enseñanza se piensa en el derecho de creación de Centros docentes independientes de los del Estado. 5.- La firma del Concordato de 1953 supone el reconocimiento por el Estado español de los derechos de la Iglesia en todos los niveles de la enseñanza. 6.- Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 se asiste a un punto de inflexión en el tema de la libertad de enseñanza. Dos avances significativos: El derecho a la existencia de Escuelas de Enseñanza Técnica de Grado Superior no estatales y el establecimiento de un examen global ante un Tribunal mixto para esas Enseñanzas Técnicas no estatales. 7.- El régimen de Franco, al reconocer los derechos docentes de la Iglesia hace posible que se haga realidad la libertad de creación de Universidades no estatales.

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Se hace un repaso por los distintos significados que puede tener el concepto nación como grupo étnico, como lugar de nacimiento, nación, espíritu y voluntad de un grupo humano, como instrumento de poder, y como comunidad de destino. La España de las autonomías se pone en marcha a partir de la Constitución de 1978 y se analizan algunos presupuestos en los que esta se basa. Por último, se destacan algunas de las distintas definiciones que alcanzan las Autonomías y donde la cuestión nacional queda más delimitada.

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Transcripción de la Orden Ministerial a través de la que se constituía el Archivo Histórico Provincial y de Protocolos en la provincia de Tarragona. Se confiaban al Patronato para Fomento de Archivos, Bibliotecas y Museos de Tarragona las gestiones pertinentes para la organización del Archivo. El presupuesto del mismo lo elaboraría el Ministerio.

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Se exponen los motivos para la creación del Consejo Nacional de la Música, dentro de la Dirección General de Bellas Artes. Por quiénes estará integrado y la nueva constitución de la Comisaría General de la Música así como de sus competencias.

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Se analiza el proceso de constitución del Consejo Nacional de Colegios de Licenciados y Doctores en Ciencias, Filosofía y Letras de España que quedó constituido bajo la presidencia del Inspector de Enseñanza Media, Sr. Navarro Latorre y con los miembros Decanos de los Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Ciencias, Filosofía y Letras y miembros del Servicio Español del Profesorado de Enseñanza Media. Se constituyeron las siguientes ponencias: Reglamento del Consejo Nacional; Presupuestos y Tasas de los Colegios; Mutualidad de Licenciados y Doctores; bases del trabajo del personal docente; Reglamento de las atribuciones de los Colegios y de los problemas de la Enseñanza Media. El Ministro de Educación Nacional, dio posesión de sus cargos a los miembros de la Junta Nacional del Consejo de Colegios Oficiales de Licenciados y Doctores. Finalmente, el Secretario del Consejo comunicó mediante telegrama la creación de dicho Consejo al Caudillo.

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Título anterior de la publicación: Boletín de la Comisión Española de la UNESCO

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A partir de la reforma y codificación constitucional de 1998, realizado por la autoproclamada Asamblea Nacional Constituyente de 1997, se introdujo el principio de competencia en la Constitución ecuatoriana, determinando así la regulación de ciertas materias por ley orgánica, ciertas por ley ordinaria y ciertas por actos normativos con categoría normativa inferior a la ley. El mencionado principio de competencia tiene relevancia desde que ya no se aplica a rajatabla el principio de jerarquía que hasta antes de dicha codificación se utilizaba con mucha frecuencia cuando existían problemas de contradicciones normativas, ya que las normas jurídicas en general estaban perfectamente jerarquizadas, sin dar pábulo a confusiones sobre la aplicación de las normas. Evidentemente la Constitución ecuatoriana no determina expresamente la aplicación del principio de competencia, es más, en el artículo 272 de la Constitución se trata de jerarquizar el ámbito normativo, pero sucede que esto no es así, ya que no se puede interpretar la Constitución de manera absoluta y en contra de si misma. Es por lo dicho que en derecho constitucional existen mecanismos y métodos propios de interpretación constitucional como es el método tópico que en suma nos dice que a la constitución hay que interpretarla en función de los principios de unidad de la Constitución, concordancia práctica, corrección funcional, función integradora y fuerza normativa de la Constitución, que se explicarán ampliamente en el desarrollo de la tesis y mediante el cual llegaremos a la conclusión que la Constitución ecuatoriana determina claramente el principio de competencia. Es debido precisamente a este problema de interpretación de la Constitución, que en los actuales momentos, con este nuevo principio introducido en la constitución ecuatoriana, ha llevado a que el Congreso Nacional trate de regular mediante ley (sea esta orgánica u ordinaria) materias que la constitución ha asignado a otros órganos del Estado, lo que se traduce en una evidente arbitrariedad por parte del legislativo sobre potestades que la Constitución no le ha asignado, contrariando así el principio de legalidad consagrado en el artículo 119 de la Constitución que determina: “Las instituciones del Estado, sus organismos y dependencias y lo funcionarios públicos no podrá ejercer otras atribuciones que las consignadas en la Constitución y la ley...”. La importancia de este tema desde el punto de vista académico es interesante desde que la aplicación del principio de competencia no es una invención ecuatoriana, es así que este principio de origen francés con la V República de 1958 es tomado en sistemas como el español, el chileno, el colombiano entre otros ya han determinado claramente la aplicación de este principio por sobre el principio clásico de jerarquía, determinando en su jurisprudencia que la creación y aplicación de la norma se la realiza en virtud de las competencias que la Constitución de cada país ha determinado a los órganos del poder público respectivos. Por último, la importancia social de este tema es evidente ya que el Congreso Nacional ecuatoriano utilizando un concepto ya superado, como es el de que la soberanía radica en ellos, pretende arbitrariamente regular materias que no le competen, provocando así una confusión en los operadores de la norma, como son la administración pública, los jueces y los administrados, utilizando el criterio de que una ley y mejor aun que una ley orgánica se aplica por sobre el resto del ordenamiento jurídico inferior en aplicación del principio de jerarquía y no del principio de competencia vigente a partir de la codificación y reforma constitucional de 1998.

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La presente investigación contiene el análisis jurídico de: servicio público; servicio público de energía eléctrica; seguridad jurídica; inseguridad jurídica; concesión; contrato de concesión. Se realiza un estudio del Contrato de Concesión suscrito entre el CONELEC y MachalaPower, a fin de verificar si existe o está estipulado la figura de seguridad jurídica, así como también las estipulaciones contractuales que permitan reestablecer la ruptura del equilibrio económico, en caso de presentarse. De igual manera se realiza un análisis comparativo entre la Constitución vigente de 1998 y el Proyecto de Constitución que se somete a referéndum el 28 de septiembre de 2008 sobre el servicio público y seguridad jurídica