1000 resultados para Art 1 Ley 222 de 1995
Resumo:
Los grupos de sociedades les permiten a las empresas que los integran, satisfacer algunos de sus requerimientos económicos para ejecutar operaciones y negocios más fácilmente, así como proyectarse de manera eficiente en los mercados nacionales e internacionales. Se trata de mecanismos indispensables para aunar recursos, pues la concentración de capitales, trabajo y tecnología les procura obtener beneficios directos gracias a las relaciones que se construyen en su interior. En esta nueva edición, en homenaje al Profesor Francesco Galgano, el lector encontrará un valioso instrumento para entender la regulación de estos entes jurídicos corporativos en Italia y en Argentina, de la mano de dos reconocidos juristas: Francesco Galgano - quien fue profesor de la Universidad de Bologna (Italia)- y Horacio Roitman -profesor de la Universidad de Córdoba (Argentina)-.
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Este trabajo, hermenéutico interpretativo, profundo y emotivo, que elegí para optar mi título doctoral, ha sido un desafío, que retó mi capacidad académica y me ha permitido “dar la palabra” a mujeres racializadas, sujetas a teorías y debates, que las dimensionan desde periféricos rincones de la sinrazón social, política y académica de una América Latina que se jacta de su Multiculturalidad y Pluriétnia, pero que no termina de encajar el tema de la Negritud, como un asunto político que demanda acciones integrales para lograr el reconocimiento “real” de esa declaración derechos humanos que proclama que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” Colombia, ha mostrado su deseo de incorporar en su noción de Estado social de Derecho la premisa de que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y así lo recogió en su Carta Magna, en la reforma constitucional del año 1991, al declarar que “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana”. (Art, 7) y facultar a esas diversidades étnicas, como lo es la Afrodescendiente (en ese momento autodenominada Comunidades negras de Colombia) a proyectar una ley que les permitiera establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana (Art 1, Ley de Comunidades Negras, 70 de 1993)...
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Servicios registrales
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"Supersociedades: Ejercicio del derecho de inspección en la sociedad anónima - acuerdos de accionistas (artículo 70 de la Ley 222 de 1995) ".
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Análisis de la dinámica legitimadora de la Corte Constitucional en el tributo de estampillas, considerado desde la jurisdicción departamental, en el Estado colombiano.
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Delegates the authority and responsibility for the Job Training Partnership Act to the Workforce Development Department(WDD). Replaces and rescinds Executive Order #24.
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Iowa Ag Review is a quarterly newsletter published by the Center for Agricultural and Rural Development (CARD). This publication presents summarized results that emphasize the implications of ongoing agricultural policy analysis, analysis of the near-term agricultural situation, and discussion of agricultural policies currently under consideration.
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Iowa Ag Review is a quarterly newsletter published by the Center for Agricultural and Rural Development (CARD). This publication presents summarized results that emphasize the implications of ongoing agricultural policy analysis, analysis of the near-term agricultural situation, and discussion of agricultural policies currently under consideration.
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Iowa Ag Review is a quarterly newsletter published by the Center for Agricultural and Rural Development (CARD). This publication presents summarized results that emphasize the implications of ongoing agricultural policy analysis, analysis of the near-term agricultural situation, and discussion of agricultural policies currently under consideration.
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Se declaró infundado el recurso de anulación interpuesto contra el laudo arbitral proferido el 26 de agosto de 2010 por el Tribunal de Arbitramento constituido para dirimir las controversias surgidas en relación con el contrato de consultoría No. 104 de 2007, celebrado entre el señor Juan Bernardo Botero y la Empresa de Obras Sanitarias de Caldas S.A., E.S.P. - EMPOCALDAS S.A., E.S.P.
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La Cámara de Comercio se abstuvo de registrar el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad GOLDEN MEDICAL GROUP COLOMBIA SAS, por medio de la cual se nombraba el revisor fiscal y se aceptaba la renuncia del suplente del gerente. Esta decisión se fundamentó en 2 motivos: (1) No se indicó de manera clara el número de acciones representadas en la reunión. (con fundamento en los artículos 22 de la Ley 1258/08 y la ley 222/95) y (2) A título de recomendación: que por prohibición expresa del código, no es viable dejar un cargo de representación legal vacante, en consecuencia, debe o eliminarse el cargo, lo que acarrea una reforma estatutaria, o nombrar a alguien en dicho cargo.
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Se aborda de manera particular el análisis de las exenciones concedidas por el Estado mediante la Ley 218 de 1995, más conocida como la Ley Páez, tras la emergencia económica que sufrieron los Departamentos de Cauca y Huila. Se debaten los conceptos de gasto público y ahorro fiscal.
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El interés por desarrollar el tema de cultura ciudadana y su influencia sobre los indicadores de movilidad referidos a la accidentalidad, surge a partir de una percepción de éxito de tres alcaldías que lograron transformaciones culturales y físicas en Bogotá. El propósito era comprobar a partir de un análisis cuantitativo que la cultura ciudadana funcionó como herramienta de gestión y que había logrado afectar positivamente las crecientes tasas de accidentalidad vial en Bogotá, durante dichas alcaldías (1995-2004). Sin embargo, la caracterización de la cultura ciudadana referida a la accidentalidad vial, tenía un alto componente cualitativo que permitió comprender que las estadísticas no se podían asociar directamente a las estrategias de cultura ciudadana y que por lo tanto, la investigación debía concentrarse en dimensionar la capacidad real que tenían las acciones de cultura ciudadana sobre el problema urbano, desagregando las dos variables.