992 resultados para Uca cumulanta
Resumo:
El Informe Warnock aborda parte de los problemas que surgen a partir del diagnóstico de esterilidad, tanto para los individuos como para toda la sociedad. Justifica el recurso de técnicas para solucionar la imposibilidad de concebir. Se describen los distintos procedimientos dando las recomendaciones para cada una de las técnicas empleadas hasta el momento: inseminación artificial (homóloga y heteróloga), fecundación in vitro, donación de óvulos y embriones, útero subrogado. Aborda el uso extendido de las técnicas de tratamiento de la esterilidad para otros fines: evitar la transmisión de enfermedades hereditarias y selección de sexo. Asimismo, realiza sugerencias para una práctica correcta en todos los procedimientos y propone seguimientos y revisiones. En paralelo al análisis exhaustivo de la Comisión Warnock, se actualizan los datos procedimentales, evaluando los aspectos éticos y la eficiencia de algunas técnicas.
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Resumen: La grave consecuencia del comportamiento renuente de la sociedad respecto de la donación es la “muerte injusta de pacientes” en listas de espera. La escasez de órganos y el incremento de estas listas han alentado la búsqueda de soluciones. El público necesita educación e información sin ambigüedades. Además, la parcial formación universitaria sobre este tema es también responsable de una inadecuada acción médica. Para lograr esto, sería necesaria la incorporación de programas de educación en trasplantes en los planes de estudios escolares, el apoyo de las comunidades trasplantológicas nacionales e internacionales y el activo sostén del Estado y de los distintos credos religiosos. Es nuestro deber generar una solución para evitar que políticas racionalistas dirigidas a modificar la escasez de órganos no resulten ineficaces y aun contraproducentes debido a una atención inadecuada a los complejos rasgos antropológicos, psicológicos y ético-sociales del ser humano
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Cuando nos proponemos encarar el pensamiento de un autor hay varios elementos previos que deben ser considerados. En primer lugar —aunque haciendo las veces de filólogos «amateurs»— debemos fijar el mejor texto y —en el caso que se abarque la totalidad de la obra— asegurarse no dejar nada afuera. Así ha pasado desapercibida en la comunidad científica la importantísima tesina de Don Sebastián de Benalcazar titulada «Kelsen y la aproximación historicista al derecho natural clásico», en la cual se analizan las inexactitudes en las que incurre, como consecuencia de no contar con un adecuado texto del pensamiento de Aristóteles que, honradamente, él busca analizar...
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Resumen: El uso jurídico como método de resolución de los conflictos de normas en el Derecho Internacional Privado reclama al Derecho Público extranjero con la única limitante del orden público aplicado a posteriori y como conjunto de principios. Si asumimos el problema de la adaptación de la norma desde el uso jurídico, puede hablarse de una teoría del “envío pleno” al derecho extranjero y a partir de allí todo el ordenamiento extranjero debe ser tenido en cuenta y no solo el Derecho Civil o una parte de él. Se debe rescatar la concepción sistémica del Derecho en un mundo jurídico donde la distinción clásica entre el Derecho Público y el Derecho Privado ha perdido su sentido y vigencia.
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“Resonancias marianas en los Catecismos Hispanoamericanos del Siglo XVI” (Continuación) / Juan Guillermo Durán -- Obispos y religiosos. Disposiciones pastorales organizativas / Emilio Barcelón -- “Fe y Cultura: Hermenéutica Cultural en América Latina” / Pablo Sudar -- Libros recibidos -- Crónica de la Facultad -- Índice Volumen XVIII
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Editorial -- Sistema de jubilaciones y pensiones en América Latina: Reformas, paradigmas y temas emergentes / Fabio M. Bertranou -- No hay seguridad social sin gestión de calidad / Luis G. Bulit Goñi -- Reciprocidad jubilatoria / Pablo Casali -- El estrés ocupacional. Un nuevo desafío para los sistemas de protección de los trabajadores / David A. Martínez ; Marcela Vargas Gómez -- El financiamiento de los futuros sistemas de pensiones / Ariel G. Pino -- Las reformas de los regímenes de la previsión social brasileña de 1998 a 2003 / María Beatriz da Cunha Fernándes -- Formulación de un sistema de protección social en Colombia / Gina Magnolia Riaño Barón -- Levantamiento de información desagregada del sistema de pensiones chileno: encuesta “Historia laboral y seguridad social” e Historias previsionales / Ximena Quintanilla D. -- Los servicios sociales. Algunas experiencias en España y el Cono Sur / Ana María Talmon -- Apéndice -- In Memoriam -- Recensiones
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Resumen: Las Relaciones Internacionales son uno de los temas predominantes en la agenda política actual. ¿Hasta qué punto la teoría hegeliana legitima y, al mismo tiempo, explicita la contradicción-mediación en el escenario de la globalización? Teniendo en cuenta esta cuestión, el objetivo de este artículo es, en primer lugar, presentar la teoría hegeliana del Estado en el contexto de las Relaciones Internacionales y, a continuación, actualizar este debate tratándolo al respecto de la soberanía brasileña. Por último, se presentan los desafíos de la articulación de Derecho Interno e Internacional, y se reconstruyen las posiciones de algunas teorías políticas actuales en vistas a la posición hegeliana
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Integran este número de la revista ponencias presentadas en Studia Hispanica Medievalia VIII: Actas de las IX Jornadas Internacionales de Literatura Española Medieval, 2008, y de Homenaje al Quinto Centenario de Amadis de Gaula
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La verdad del alma. Una lectura de la cuestión 10 “De Veritate” / Héctor Aguer -- Naturaleza teológica de los Nuevos Ministerios / Osvaldo D. Santagada -- Teoría de la evolución: actualización bibliográfica / Miguel de Asúa – Cecilia Demargasso Nuevos aportes bibliográficos I. Teología cristiana del judaísmo (Jorge Mejía) II. Ontología y libertad. A propósito de un libro de E. Briancesco sobre San Anselmo (José Pablo Martín) -- Crónica de la Facutad -- Notas bibliográficas -- Libros recibidos – Índice del volumen XXI
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Resumen: Este artículo se propone situar la categoría de nupcialidad en la circularidad hermenéutica entre lo antropológico y lo trinitario, a fin de recuperar su poder especulativo y reconfigurador tanto para la teología como para la filosofía y la mística contemporáneas. Para ello se apela a la fuerza de las existencias teologales de Juan de la Cruz, Edith Stein y Christophe Lebreton. A partir de sus testimonios el artículo postula una relación fecunda entre Estética teológica y Ontología trinitaria que redunda en una caracterización actualizada de la nupcialidad compuesta por ocho notas distintivas que el texto desarrolla.
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Resumen: Se analiza el caso de una mujer de 42 años que padece un cáncer localmente avanzado de cuello uterino, asociado a una insuficiencia renal obstructiva, a la luz de las consideraciones éticas respecto al uso de los medios de preservación de la vida. Se discute la proporcionalidad y ordinariedad del uso de la derivación urinaria, en función de las condiciones clínicas evolutivas de estos pacientes.
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TEOLOGOS
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Resumen: El artículo aborda el tema del estatus jurídico del ser humano en estado embrionario en el proyecto de nuevo Código Civil y Comercial presentado en 2012. Se parte de la cuestión de que el orden jurídico no crea la personalidad, sino que la reconoce en el ser humano por el solo hecho de serlo y se analiza el Código Civil de Vélez Sársfield en sus diversas interpretaciones. Se concluye que a la luz de la Constitución Nacional y el resto del derecho positivo vigente el ser humano en estado embrionario o fetal, desde el momento mismo de su concepción, goza de todos los derechos reconocidos y garantizados por el orden jurídico. En ese marco, se analiza el Artículo 19 del proyecto y se observa que realiza una arbitraria e injusta discriminación al establecer dos momentos para el comienzo de la existencia de la persona. Además, la redacción deja en una indefinición jurídica al ser humano fecundado y concebido extrauterinamente antes de su implantación. También se analiza el tema en relación con la propuesta de articulado referido al cuerpo humano (Art. 17). Se considera el peligro de cosificación y atentado contra la dignidad humana que encierra la propuesta.
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Resumen: Dostoevskij atribuye a la belleza una función salvífica (“la belleza salvará al mundo”), poniéndola así en relación con el campo afectivo, salvación significa en efecto vida plena; para Matisse “Todo arte digno de tal nombre es religioso”, es decir, posee una función de “mediación-unión” entre órdenes diversos. La noción de “visión interior”, es la que mejor fundamenta estas convicciones. Ella atraviesa el tiempo y el espacio: está presente en la antigua cultura china, así como en la Grecia clásica y en la Antigüedad Tardía y permanece implícita durante todo el Medioevo; se la vuelve a encontrar en alguno de los máximos pintores modernos (Kandinsky, Chagal). Todos los testimonios de los artistas concuerdan en indicar que para alcanzarla es necesario una especie de ascesis: ésta consiste en una revelación, experimentada como un don, del Sentido oculto en lo sensible; por el hecho de dar inicio al pasaje de un nivel ontológico a otro (valencia re-ligiosa o syn-bolica) y de consistir en una experiencia de plenitud de vida, le pertenece además un efecto transformante (valencia afectiva). Esta vía propiamente humana de la “visión interior”, por la cual la apariencia (lo sensible) se vuelve trans-parencia de lo invisible, se presenta como la más adecuada al arte cristiano para el culto.
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Resumen: En las últimas décadas, mientras en el pensamiento mo - ral asistimos al panorama sobre las últimas consecuencias del relativismo, en el derecho se ha ido conformando un nuevo paradigma: el “Estado de derecho constitucional” cuyo fundamento se halla en la defensa de los derechos humanos y en el principio democrático en la organización social. Para poder comprender tal nuevo modelo sobre el derecho se hace necesario analizar previamente los fundamentos filosóficos en que se sustenta, caracterizados por la dialéctica modernidad- posmodernidad. La modernidad asentada en el desencantamiento del mundo, la descontextualización del saber y el subjetivismo; y la posmodernidad que le ha agregado la instrumentalización de la razón, el aumento del nominalismo lingüístico y un mero pragmatismo han generado el nacimiento de una “nueva ética” totalmente individualista y un neo-constitucionalismo que ha colocado a la Constitución, fundada en los derechos individuales y en la democratización de la vida pública, en el núcleo del pensamiento jurídico actual. Frente a tal panorama, se indican a modo de contribución académica, las ventajas y desventajas o peligros que tal modelo jurídico- político lleva implícito.